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La participación de los padres en la enseñanza es muy variable según los países. Puede ser muy elevada en ciertas cuestiones, débil en otras. Los poderes públicos no la promueven del mismo modo en todos los niveles del sistema educativo. La vía legislativa no sirve para nada aquí, salvo a titulo de incitación. La autorización para constituir asociaciones de padres de alumnos es un ejemplo.
Los poderes públicos pueden hacer una oferta mas amplia de colegios (aunque la libertad de elección no será nunca total, pues exigiría mantener un numero de plazas sin ocupar que seria económicamente insostenible). También pueden obligar a las administraciones locales y a los colegios a comunicar a los padres cierto tipo de información. En Inglaterra y Gales, por ejemplo, cada colegio tiene obligación de indicar a los padres algunos detalles sobre los programas escolares y los resultados obtenidos en relación con la medida nacional y con otros colegios de la región y de informarles sobre los progresos de sus hijos.
En Alemania, Dinamarca, España, Francia e Irlanda, los padres participan en los trabajos de instancias encargadas de elaborar la política de educación a nivel nacional o regional. En Canadá, algunas provincias han organizado comisiones consultivas de los consejos escolares de cada distrito. En cambio, en Inglaterra y en Gales, al igual que en Japón, los padres no están representados en ningunos de los organismos.
En muchos países los padres consideran su participación en la vida escolar como un derecho inherente a la democracia. En Alemania en Dinamarca o en Francia, este derecho esta reconocido por la ley desde hace varias décadas, la noción de responsabilidad de la escuela frente a la opinión publica se ha ido abriendo camino con responsabilidad de la escuela frente a la opinión publica se ha ido abriendo camino con responsabilidad de la escuela frente a la opinión publica se ha ido abriendo camino con mas o menos dificultades en Canadá, Estados Unidos y el Reino Unido. Esto implica que la escuela informe sobre sus recursos financieros y sobre la tasa de éxito y de fracaso escolar. Esta nueva política permite a la escuela satisfacer a la vez a los padres y a los contribuyentes.
Los poderes públicos tienen buenas razones para animar a los padres a que participen en la vida escolar. La escuela gana eficacia con ello. Si se creen en el efecto positivo de las elecciones del consumidor, los padres no solo tendrían que poder escoger los colegios de sus hijos, sino también influir sobre el modo de funcionamiento. Si los padres se consideraran realmente como consumidores, existe la posibilidad de que sepan claramente que es lo que quieren y que se muestren mas críticos hacia las presentaciones que se les ofrecen, lo que incitara a los colegios a responde mejor a sus expectativas.
Los poderes públicos saben igualmente que la participación de los padres puede elevar los niveles escolares. Estudios realizados a gran escala en Australia, Unidos y Gran Bretaña demuestran también que los colegios en los que los alumnos trabajan bien (en términos de resultados y de actitud hacia la enseñanza) son también aquellos que saben mantener buenas relaciones con las familias.
A excepción de Canadá y los Estados Unidos, todos los países incluidos en el estudio prevén un programa nacional que define el contenido de la enseñanza impartida en las escuelas, pero el margen de maniobra dejado a los centros varia mucho. En Dinamarca, España e irlanda, los padres están representados en las comisiones encargadas de definir o de reformar los programas escolares. En cambio, en Alemania existe en todos los Lander un consejo de padres de alumnos que da el ministerio de cultura su opinión sobre todas las cuestiones que afectan a la educación.
En Inglaterra, en Gales o en Japón, los padres no tienen la responsabilidad de expresar su punto de vista en organismos nacionales sobre el contenido la organización de la enseñanza. En Canadá y estados Unidos, los programas son definidos para cada estado o provincia, en principio sin participación de los padres. Sin embargo, varias provincias canadienses están reestructurando sus instituciones políticas y algunas han decidido establecer consejos consultivos de padres de alumnos que serán resultado sobre los programas.
La participación de los padres en la vida de los colegios toma formas muy diversas. En estudios recientes, la OCDE ha evaluado el papel de los padres en los procesos de toma de decisiones en las escuelas primarias. En los doce países estudiados, se estima que el 57% de los alumnos asisten a una escuela primaria en la que los padres intervienen en las decisiones financieras y organizativas; en cambio menos del 25% van a una escuela en la que los padres tengan algo que decir sobre la política personal.
La participación de los padres en la gestión de los centros varia, según los países, en función del margen de autonomía de las escuelas. En Alemania, los consejos escolares en los cuales están representados los padres pueden en ciertos casos intervenir en la elección del director de la escuela. En Dinamarca, en España y en Irlanda, las escuelas son mucho mas autónomas y los consejos de centro, en los que participan padres intervienen realmente en los proceso de decisión.
En este aspecto, los progresos son más perceptibles aun en Inglaterra y Gales, donde los órganos de dirección de los centros escolares (en los que participan los padres) toman casi todas las decisiones importantes, salvo las que afectan a los programas.
En casi todos los países estudiados hay asociaciones de padres de alumnos de distintas orientación, que en general se organizan en una red de consejo y asociaciones presentes en cada centro. Tales asociaciones no son en absoluto obligatorias, pero desde hace algunos años la mayoría de los gobiernos las estimulan. Algunas organizaciones de padres de alumnos son muy antiguas y en Francia y Japón por ejemplo forman parte del ámbito político local y son verdaderas reconocidas como un medio para que los ciudadanos participen en el escenario político en sentido amplio.
En cinco de los países estudiados Alemania, Dinamarca, España, Francia e Irlanda los miembros de las asociaciones de padres de alumnos participan en organismos nacionales y pueden ofrecer allí sus puntos de vistas. En Inglaterra y Gales los padres no están representados en esas instancias, auque, en principio, los textos de orientación importantes se comunican a la confederación nacional de asociaciones de padres de alumnos y a la de profesores.
En Alemania, en Dinamarca, en España y en Francia, los consejos de clases dan a los padres la ocasión de tomar parte en la vida escolar. Este sistema es prácticamente desconocido en los demás países. El principio de los consejos de clase es sencillo: todos los, padres de los niños de una clase se reúnen periódicamente con los profesores. En Dinamarca, donde los profesores acompañan a menudo a la misma clase durante toda la enseñanza obligatoria, padres y profesores pueden llegar a conocerse muy bien y los padres tienen peso en ciertos temas.
España:
La confederación española de asociaciones de padres y madres de alumnos (CEAPA) es una entidad social no confesional progresista e independiente integrada por 45 federaciones y confederaciones que a su vez agrupan a 32,000 asociaciones de padres y madres de alumnos de centros públicos de educación no universitaria. Trabaja por conseguir una escuela pública de calidad democratizar la enseñanza y mejorar las condiciones de la infancia.
Ceapa:
Es una entidad con personalidad jurídica que tiene por finalidad ser órgano de relación y coordinación entre las federaciones y confederaciones que la forman, al objeto de potencial sus respectivas posibilidades de actuación y de facilitas de esta manera la optima consecución de los propósitos y fines fijados en sus estatutos todo ello con el fin de dar mayor capacidad de actuación e intervención de padres y madres del alumno.
Los Objetivos generales de Ceapa son:
Concapa (Confederación Católica Nacional de Padres de familia y Madres de alumnos):
Nace en 1929 para promover los intereses de la familia y lograr que sus hijos reciban en la vida escolar, una formación acorde con sus propias creencias y convicciones. En definitiva, se trata de fomentar la unidad y la participación familia-escuela.
A partir de los años 70, con los cambios introducidos en la legislación española y las consiguientes repercusiones en el ámbito educativo la confederación centra aun más su actividad en la educación y en la necesidad de que los padres participen activamente en la formación de sus hijos.
Concapa esta inscrita en el censo de Ministerio de Educación y Cultura, según el real decreto1533 del 11 de julio de 1986 que regula las asociaciones de padres y amigos de alumnos. Actualmente cuanta con 5 federaciones provinciales que integran a las asociaciones de padres de alumnos de los colegios y en las que participan unos tres millones de padres.
Las asociaciones de padres de alumnos (APAS):
Son organizaciones reconocidas dentro del proceso educativo. Dichas organizaciones garantizan la libertad de estos asociarse para colaborar y participar así en las tareas educativas del centro de enseñanza al que asistan sus hijos. A estos efectos cuanta con la ayuda de sus maestros y profesores. De esta forma, el ámbito familiar y el escolar se aúnan en un esfuerzo común para desarrollar las capacidades de los alumnos.
Se consideran asociaciones de padres de alumnos a las que se constituyen centros docentes públicos o privados, que imparten enseñanza de educación preescolar, bachillerato y formación profesional, pudiendo ser miembros de ellas únicamente los padres o tutores de los alumnos que cursen estudio en los mismos.
Finalidades:
La constitución de las asociaciones de padres de alumno se efectuara mediante acta en la que conste la voluntad de varios padres o tutores de crear una asociación para el cumplimiento de sus finalidades.
Para las asociaciones de padres poder utilizar lo locales de los centros docentes será necesaria la previa comunicación de la junta directiva de al asociación a la dirección del centro de acuerdo con lo que disponga el reglamento orgánico del mismo o en su caso el reglamento del régimen anterior.
Los directores de los centros públicos, dentro de los medios materiales de que dispongan, facilitaran el uso de un local para el desarrollo de las actividades internas de carácter permanente de las asociaciones constituidas en los mismos, siempre que se a solicitado por estas.
Las apas no podrán desarrollar en los Centros Docente otras actividades que las previstas en sus estatutos dentro del marco de los fines que la ley le asigna como propios. En todo caso de dichas actividades deberá ser informado el consejo escolar del centro y podrán participar todos los alumnos cuando vayan dirigidas a ellos.
En México se crearon las asociaciones de padres de familia mediante el artículo 89, fracción I, de la constitución de este país y con fundamento en los artículos 38 de la ley orgánica de la Administración Publica Federal, 14, 15, 52, 53,54, 55, y 56 de la Ley Federal de Educación.
Objetivos:
Derechos y Obligaciones de los Asociados:
Las asociaciones de padres de alumnos en principio se vieron como una forma de enfrentamiento entre los padres y el claustro de profesores de cada centro, pero la experiencia ha demostrado que nada más lejo de la realidad, pues es precisamente la colaboración, la que ofrece la oportunidad de lograr los objetivos.
Las asociaciones de padres de alumnos fueron creadas y registradas en el gobierno civil el 23 de diciembre de 1984, con sus respectivos estatutos, sin embargo no fue hasta el año 1989 cuando empezó a actual de forma continuada.
Entre las actividades que realizan están:
Tal vez sea esta última actividad, sea la más conocida pro los padres, pero sus objetivos son otros de mayor relevancia, aunar a los padres para servir de enlace entre estos y los profesores, tanto a través del consenso escolar como directamente, pues todos forman parte de la misma comunidad educativa y comparten el interés para lograr una educación más eficaz. Para ello contribuyen de distintas maneras, reparaciones de centros, solicitudes de designaciones de profesores en los centros que los necesiten, entre otras importantes.
No obstante a todo lo anterior siempre quedan muchos temas pro resolver y para ello se necesita la cooperación de todos y cada uno de los padres.
La organización de los padres alrededor de la escuela y la constitución de asociaciones de padres se remontan a la segunda republica cunado en 1931, se reconoció a los padres el derecho de intervenir en la escuela.
A partir de la promulgación de la Ley General de Educación del año 1970, se constitucionalizaron las asociaciones de padres de alumnos en las escuelas públicas y un porcentaje importante de escuelas privadas tienen APAS.
La asociación de padres de alumnos es la forma más efectiva que tienen los padres de organizarse dentro del centro escolar.
Esta tiene como finalidad:
Además de estas funciones, también corresponde a las APAS la colaboración en el desarrollo de programas educativos, la formación de padres, la constitución de cooperativas entre otras. Las APAS se convierten entonces en entidades rudimentarias, participativas dinamizadoras de la escuela.
No siempre las APAS funcionan óptimamente, sus errores, dificultades y a veces mal funcionamiento se debe entre otras socas a:
La ordenanza 92´2000 es el fundamento operativo de las asociaciones de padres y Amigos de la escuela. Mientras que la Ley General de Educación 66´97 en su articulo 185 establece que en cada institución educativa se constituirá una asociación de Padres, Madres, tutores y amigos del Centro Educativo, con la finalidad de apoyar directamente la gestión del establecimiento.
La Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela, es una institución apartidista que no pertenece a ningún partido político y que en ella no se debe hacer proselitismo partidario plural que deben pertenecer todas las personas que tienen niños en la escuela y amigos de la comunidad, sin importar su religión, color de piel, sexo, edad o partido político; sin fines de lucro, el propósito de las asociaciones es el beneficio colectivo, no la ganancia económica personal, se trata de apoyar la escuela y la mejora de la educación de sus hijos e hijas.
La asociación de padres, madres, tutores y amigos de la escuela fue creada con el propósito de auxiliar reforzar y apoyar las labores docentes y administrativas en los centros educativos, procurando con ellos el desarrollo institucional de dichos centros y la mejor educación para sus hijos.
La asociación de padres, madres, tutores y amigos de la escuela fue creada con el propósito de auxiliar, reforzar y apoyar las labores docentes y administrativas en los centros educativos, procurando con ellos el desarrollo institucional de dicho centro y la mejor educación para sus hijos.
Es necesaria la participación de la familia en la educación de sus hijos e hijas y en el apoyo a la escuela por las siguientes razones:
La asociación de padres, madres, tutores, y amigos de la escuela tienen las siguientes funciones:
Membresía:
Gozan de pleno derecho a participar en las asociaciones, los padres, madres y los tutores de las escuelas, que tengan sus hijos o pupilos en el mismo y que estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles, sin importar su credo religioso, ideológico o política y que tengan el reconocimiento moral de su comunidad.
Los amigos interesados en participar o pertenecer a la asociación de padres de un centro, procuraran su membresía en dicho centro. El padre, la madre, el tutor o la tutora podrán ser miembros de la asociación, sin embargo en la directiva solo podrá participar un miembro de la familia nuclear.
Los directivos del centro educativo, así como los maestros no podrán ser miembros de la asociación de padres de la escuela donde desempeñan su cargo, sin embargo podrán como padres defender en asamblea los derechos de sus hijos si estos estudian en dicho centro y deberán así mismo responder ante la misma asamblea sobre deberes como padres y madres.
Derechos:
Los miembros de la asociación de padres, madres y amigos de la escuela, tienen los siguientes derechos:
Deberes:
Los miembros de las asociaciones d e padres, madres, tutores y amigos de la escuela tendrán los siguientes deberes:
Las asociaciones de padres deben formar comités con la finalidad de fortalecer las funciones de las mismas.
Los comités de trabajos son los siguientes:
Directiva:
La asociación de padres tendrá una directiva integrada por un presidente, un vicepresidente, un secretario (a), un tesorero (a) y cinco miembros. La directiva tendrá una duración de dos años con posibilidad de reelegirse por un nuevo periodo.
Funciones del Presidente:
Funciones del Secretario:
Funciones del Tesorero:
Recursos Económicos:
En coordinación y con la aprobación del centro educativo, las asociaciones de padres, madres, tutores y amigos de la escuela administraran los recursos económicos asignados o recabados por actividades o cuotas de apoyo, para lo cual deben presentar anualmente su presupuesto de ingresos y egresos y rendir cuentas al organismo contralor de la Secretaria de Estado de Educación.
El origen de los recursos económicos previstos para el desarrollo de las asociaciones de padres será:
Disolución de la Asociación:
La duración de la asociación de padres es indefinida, la asamblea de la asociación en cualquiera de sus modalidades, general o extraordinaria podrá disolver la directiva de la asociación, cuando existan razones valederas que puedan demostrar violaciones graves o conductas reiteradas que pongan en peligro el desempeño de la asociación de padres, así como la buena marcha del centro educativo.
En el caso extremo en que sea necesaria la asamblea podrá disolver la directiva, para lo cual deberá contar con un 7% de sus miembros y decidir con toda legalidad a partir de la mitad más uno de los votantes.
Autor:
Francisco Augusto Montas Ramírez
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