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Desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (pymes), en el Perú (página 2)




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6. Marco legal de las pymes en el
peru

Los Congresistas de la República que suscriben
haciendo uso de la facultad conferida por el artículo
107º de la Constitución Política, presentan
el siguiente:

Proyecto De
Ley
Considerando:

Que de conformidad con el artículo 59º de la
Constitución Política del
Perú, el estado
estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de
trabajo y la libertad de
empresa,
comercio e
industria,
brindando las oportunidades de superación a los sectores
que sufren cualquier desigualdad y en tal sentido, promueve las
pequeñas empresas en todas
sus modalidades.

Que las pequeñas y micro empresas –
PYMES juegan
un rol determinante en el desarrollo
económico y social del país, con especial
énfasis en la generación de empleo y sobre
todo en lo vinculado a la mano de obra no calificada.

Que es necesario establecer mecanismos apropiados a efectos
de estimular, promover e incentivar las PYMES con el objeto de
lograr un incremento de la productividad, la
utilización eficiente de los recursos
naturales del país y una efectiva integración entre las PYMES y la mediana y
gran empresa en
nuestro país.

Que concordante con las ideas antes referidas, resulta
imperativo conformar un cuerpo legal que considere en forma
integral las etapas de constitución, tecnología, producción, promoción y comercialización de las actividades de las
pymes a fin de brindarles el estímulo requerido para su
desarrollo.

Por las consideraciones expuestas el congreso de la
republica ha dado la ley siguiente:
ley general de la pequeña y micro empresa

Titulo I

De las disposiciones generales

Capítulo I

Del Objetivo y
Finalidad de la ley

Artículo 1o.- Es objetivo de la
presente Ley impulsar políticas
de alcance general respecto a la pequeña y micro empresa
(PYME) dentro
de una economía social de mercado, a
través de la creación de nuevos instrumentos de
apoyo y la consolidación de los ya existentes.

Artículo 2o.- La presente Ley tiene por finalidad
promover el desarrollo
sostenido de las pequeñas y micro empresas, incentivar la
inversión privada, estimular la producción, promover la comercialización en el mercado interno y
externo, promover las organizaciones de
empresas de este tipo, así como elevar el nivel de
empleo y
estimular la capacidad creadora.


Capitulo II

De la Definición y Características
Artículo 3o.- Entiéndase por micro y pequeña
empresa, a aquellas unidades económicas que operan como
persona
natural o jurídica bajo cualquier forma de organización o gestión
empresarial y que desarrolla actividades de producción,
comercialización de bienes y
prestación de servicios, y
que además reúnen las siguientes características:

  • Tratándose de Micro Empresa:

El número total de trabajadores no excede de 15 –
El volumen de sus
ventas
anuales no excede de 140 U.I.T.

  • Tratándose de Pequeñas Empresas:

El número total de trabajadores no excede de 50 El
volumen de sus
ventas
anuales no excede de 400 U.I.T. Cuando en el texto de la
presente ley se haga mención a la sigla PYMES se
entenderá referido a las Pequeñas y Micro
Empresas.

Capítulo III

De la Licencia Municipal de Funcionamiento y de los
Requisitos Contables


Artículo 4o.- La solicitud Simplificada de Licencia
Municipal de Funcionamiento para las Pequeñas y Micro
Empresas, consiste en una solicitud presentada en papel simple
con carácter
de Declaración Jurada ante la Municipalidad Distrital o
Provincial correspondiente a la jurisdicción de la
PYME, a la que
se adjunta únicamente copia simple del Registro Unico
del Contribuyente – R.U.C. del solicitante.

Artículo 5o.- Con la sola presentación de la
solicitud simplificada de Licencia Municipal de funcionamiento,
se considera como otorgada una Licencia Municipal de
Funcionamiento Provisional, con validez de doce (12) meses
contados a partir de la fecha de presentación de la misma.
Durante este período el Municipio correspondiente,
efectuará las verificaciones y evaluaciones
correspondientes para otorgar o denegar la Licencia Municipal de
Funcionamiento con carácter definitivo.
Sólo se considera otorgada la Licencia Municipal de
Funcionamiento Provisional, cuando la actividad que se pretenda
desarrollar en el correspondiente local, no contravenga la
normatividad sobre zonificación y compatibilidad de
uso.

Artículo 6o.- Si vencido el Plazo de la Licencia
Municipal de Funcionamiento Provisional, el municipio respectivo
considera no procedente el otorgamiento de Licencia Municipal de
funcionamiento Definitiva, notificará su decisión a
la pequeña o micro empresa solicitante, otorgándole
simultáneamente un plazo adicional de seis (6) meses,
durante el cual podrá seguir funcionando en el mismo
local.

Artículo 7o.- El beneficio de simplificación
del otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento a que
están sujetas las PYMEs, rige también para los
casos de cambio de
ubicación comercial, apertura de nuevos locales o locales
adicionales, tanto dentro de una misma jurisdicción
municipal, como en diversas jurisdicciones municipales.

Artículo 8o.- Las pequeñas y micro empresas
comprendidas en la presente Ley están obligadas a llevar
los libros
contables de conformidad con lo establecido por las normas
tributarias vigentes.

Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto, las PYMEs
podrán optar facultativamente por llevar contabilidad
completa o los libros que
consideren necesarios.

Titulo II

De los instrumentos de promocion

Capítulo I

De la Política Sectorial
Artículo 9o.- Las acciones de
promoción hacia las Pequeñas y Micro
Empresas están dirigidas a la aplicación de
políticas sectoriales en las áreas
de capacitación y asistencia técnica,
financiamiento, comercialización, innovación tecnológica, exportación, así como el diseño
de estrategias que
promuevan la afiliación de los pequeños y micro
empresarios a la seguridad
social.
Artículo 10o.- La Comisión para la Promoción
de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME, coordina con el
Ministerio de Industria,
Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales,
Ministerio de Educación, PROMPEX,
COFIDE y el Banco de Materiales,
las acciones de
promoción hacia las Pequeñas y Micro Empresas,
coordinando con los demás sectores y entidades
públicas y privadas que correspondan.

Para la aplicación de lo dispuesto en el presente
artículo, PROMPYME implementará una Mesa de
Coordinación con carácter de
permanente, integrada por los organismos referidos más dos
representantes de los gremios de las PYMEs.

Capítulo II

De las acciones de Orientación y Apoyo
Artículo 11o.- Los Gobiernos Regionales y las
Municipalidades Provinciales y Distritales a través de sus
oficinas de Orientación y Apoyo orientan a las
Pequeñas y Micro Empresas en su constitución,
formalización, organización y comercialización con
el objeto de contribuir a su desarrollo así como facilitar
la convergencia de esfuerzos entre instituciones
públicas y privadas.

Estas oficinas tienen como función
primordial fomentar la comercialización de productos de
las pequeñas y micro empresas mediante mecanismos de
información, asesoramiento comercial,
promoción de ferias nacionales e internacionales y otras
que busquen la integración de las actividades comerciales
de las PYMEs.

Capítulo III

De la Capacitación y Asistencia
Técnica.


Artículo 12o.- El Ministerio de Educación es el
encargado de diseñar, coordinar y poner en práctica
acciones de capacitación y asistencia técnica
orientadas a incrementar y mejorar la gestión
empresarial y elevar la calidad de la
producción de los bienes y
servicios
prestados por las PYMES al nivel de los estándares
internacionales.

Para tal fin promueve a través de las Universidades,
Institutos Superiores y Centros Educativos, la
implementación de cursos de
capacitación en materias de constitución,
organización, gestión
empresarial, producción, comercialización y
control de
calidad, con énfasis en las pequeñas y micro
empresas.
Asimismo, propicia la creación de centros de
carácter público o privado para la formación
técnica, de los trabajadores de las PYMES.
Artículo 13o.- El Estado en
coordinación con los Gobiernos Regionales, Locales y
asociaciones representativas de las PYMEs, promueve la
implementación de Maquicentros a nivel nacional, dentro de
los alcances del Programa Nacional
de Maquicentros.

Para este fin las oficinas de orientación y apoyo de
los Gobiernos Regionales y Locales asesoran la formulación
del estudio técnico que sustente la factibilidad del
Proyecto.

Artículo 14o.- El Estado
prioriza programas de
capacitación y asistencia técnica hacia las
actividades productivas desarrolladas por las PYMEs que se
encuentren ubicadas principalmente en zonas de extrema pobreza.

Capítulo IV

De la Innovación Tecnológica

Artículo 15o.- El Estado
promueve la transferencia y creación de tecnología moderna
necesaria para elevar los niveles de calidad,
producción y productividad de
las PYMES.

Artículo 16o.- PROMPYME en coordinación con
el Ministerio de Industria Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales MITINCI, la
Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE, el Banco de Materiales, la
Comisión de Promoción de Exportaciones
PROMPEX, Gobiernos Regionales, Locales y asociaciones
representativas de las PYMEs desarrollan estudios y proyectos para la
adquisición de equipos, insumos y materiales que apunten a
elevar la productividad de las PYMES.

Artículo 17o.- Créase la "Bolsa de
Maquinarias y Equipos" para las PYMES, que se sujetará al
marco legal establecido en la Ley No 26361, Ley de la Bolsa de
Productos, con
la finalidad de dar cumplimiento a lo señalado en el
presente capítulo.

La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y
Valores
CONASEV es la entidad supervisora de dicha Bolsa, y además
implementará las disposiciones necesarias al cumplimiento
del presente artículo.

Titulo III

De La Comercializacion

Capítulo I

De la Sub-contratación


Artículo 18o.- El Estado prioriza la
profundización, ampliación y difusión de
programas de
desarrollo de proveedores,
con el fin de optimizar la vinculación entre las
Pequeñas y Micro Empresas proveedoras con las medianas y
grandes empresas
Artículo 19o.- PROMPYME se encarga de administrar el
sistema de
información sobre ofertas de compra y venta de
productos de las PYMEs a través de la Bolsa de Sub
Contratación, para lo cual su participación se
sujetará a que estén afiliadas al programa y
haberse sometido a un proceso previo
de calificación.

Capítulo II

Del Programa de Compras
Estatales

Artículo 20o.- Créase el Sistema de
Programas de Compras Estatales
a cargo de PROMPYME con la finalidad de promover y consolidar las
relaciones comerciales entre las pequeñas y micro empresas
con los diferentes organismos y entidades del sector
público.

En cumplimiento de lo dispuesto anteriormente PROMPYME se
encarga de coordinar las compras de los organismos y entidades
del sector público que puedan ser adquiridas de
pequeñas y micro empresas de manera individual o en forma
asociada.


Artículo 21o.- Las pequeñas y micro empresas, sin
perjuicio de las formas societarias previstas por las leyes vigentes,
podrán agruparse también por sectores productivos
en corporaciones, consorcios, comités y otros para gozar
de los beneficios del programa señalado en el presente
capítulo.


Capítulo III

Del Financiamiento
Artículo 22o.- El Estado a través de la
Corporación Financiera de Desarrollo -COFIDE – promueve el
mercado del crédito
a las PYMEs, mediante la formulación de proyectos que
permitan la búsqueda de fuentes de
financiamiento con el objeto de ampliar la oferta del
crédito
hacia este sector.

Asimismo, el Estado impulsará el sistema de Fondo
de Garantía con el fin de ampliar su cobertura en
beneficio de las PYMES

Artículo 23o.- El Banco de Materiales realiza
actividades de promoción, ejecución y financiamiento
de la infraestructura productiva y de servicios, así como
el aprovisionamiento de materiales y el equipamiento de las
microempresas
en todos los sectores productivos.

Capítulo IV

Del Régimen Tributario y De la Seguridad
Social


Artículo 24o.- Las Pequeñas y Micro Empresas se
regulan por las normas
tributarias en lo que les fuere aplicable.

Artículo 25o.- Créase el seguro de
salud a cargo del
Instituto Peruano de Seguridad
Social – IPSS, para los trabajadores de las micro y
pequeñas empresas, en sustitución del
Régimen de Prestaciones
de Salud, el mismo
que se otorgará bajo condiciones favorables y con una
asistencia integral al trabajador.
El aporte mensual del empleador por dicho concepto
será del 4% de la remuneración o ingreso que
perciba cada trabajador, teniendo como referencia la
Remuneración Mínima Vital.

Disposiciones Transitorias, Complementarias Y
Finales

Primera.- El Poder
Ejecutivo podrá actualizar los conceptos y
características básicas de las pequeñas y
micro empresas correspondientes a que se contrae el
artículo 3o de la presente ley, así como
señalar definiciones distintas a las establecidas cuando
las características regionales o sectoriales así lo
determinen.

Para el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente
expedirá Decretos Supremos refrendados por los Ministros
competentes.

Segunda.- Los Gobiernos Regionales y Locales en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11o de la
presente ley, implementarán oficinas de orientación
y apoyo a las PYMES.

Tercera.- El Ministerio de Educación dictará
las disposiciones legales correspondientes para que a partir del
período escolar de 1999, se incluya en la currícula
de estudios secundario, técnico y superior las materias
vinculadas a las actividades económicas que desarrollan
las pequeñas y micro empresas.

Cuarta.- Encárguese a la Primera Vice-Presidencia de
la República, en coordinación con los Gobiernos
Regionales y Locales, la continuación de las medidas de
promoción para la implementación de Maquicentros a
nivel nacional, dentro de los alcances del Programa Nacional de
Maquicentros.

Para este fin las oficinas de orientación y apoyo de
los Gobiernos Regionales y Locales se encargarán de
formular el estudio técnico que sustente la factibilidad del
Proyecto.

Quinta.- Encárguese a la CONASEV a dictar las
disposiciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto
en el artículo 17o de la presente ley.

Sexta.- El Poder
Ejecutivo en un plazo de 90 días presentará al
Congreso un proyecto de Ley relacionado a brindar ventajas
tributarias a las pequeñas y micro empresas del
país, con el fin de disminuir la brecha de desventaja
económica y productiva que las mismas padecen.

Setima.-El Poder
Ejecutivo en un plazo no mayor de 60 días
expedirá el reglamento del régimen de seguro de salud
creado por la presente ley para las PYMEs.

Exposicion De
Motivos

De la evaluación
realizada al Marco Legal de Promoción de las
Pequeñas y Micro empresas : Se tiene que este no obedece a
los esquemas actuales de libre mercado y necesidades de apoyo que
debe recibir éste sector productivo, sustentado por su
importancia económica y social.

Es por esta razón que el Proyecto de Ley General de
las PYMES, rescata los aportes de la D. Ley 705 – Ley de
Promoción de la Pequeña y Micro Empresa –
actualizando, adecuando y ampliando los alcances que debe tener
una Ley General que permita impulsar en desarrollo sostenido de
las PYMES, así tenemos:

De la Definición y Características de las
PYMES : La actual definición de las PYMES muestra
incompatibilidades entre el número de trabajadores y el
volumen de ventas anuales, número de trabajadores y otros
que no permiten su aplicabilidad en forma general. Por esta
razón este concepto no es
aceptado por instituciones
financieras y de control como
COFIDE, entidades bancarias y la Superintendencia de Banca y Seguros, que
vienen manejando sus propias definiciones.

A continuación sustentamos los criterios aplicados
para conceptuar la pequeña y Micro Empresa; sobre el
número de trabajadores y el volumen de ventas
del estudio de la legislación comparada de países
que han desarrollado políticas e instrumentos
específicos de promoción del sector de la
pequeña y micro empresa, hemos podido observar que como
criterios para la definición, se toman en cuenta el
número de trabajadores, el volumen de sus ventas y el
capital de
trabajo (desde la óptica
del número de maquinaria utilizada).

Estos parámetros varían de acuerdo a la
realidad de cada país, sin embargo, existe un factor
común en cuanto al número de trabajadores entre los
países miembros de la ASIA – PACIFIC
ECONOMIC COOPERATION (APEC). Tenemos así que los conceptos
de pequeña empresa se manejan entre 50 y 100 trabajadores
y entre 1 a 15 trabajadores para la micro empresa.

Dada la situación precaria de las micro y
pequeñas empresas y los conceptos que se viene manejando
en el país se ha convenido en determinar para micro
empresa hasta 15 trabajadores y para pequeña empresa hasta
50 trabajadores. Los volúmenes de venta obedecen a
los cálculos de número de trabajadores, gastos
operativos, niveles de rentabilidad
para llegar al nivel de ventas promedios.

Instrumentos de Promoción del diagnóstico situacional de las Pymes, se
tiene que éstas muestran una serie de carencias como las
de capacitación y asistencia técnica,
financiamiento, falta de una adecuada tecnología, carencia
de apoyo en la comercialización y otros que grafican la
incompetencia de las PYMES, tanto en el mercado interno como
externo, situación que ha llevado a un estado de
supervivencia a gran parte de ellas.

Si bien es cierto que el Estado no cuenta con los recursos
económicos para brindar un apoyo crediticio directo a las
PYMES, que consideramos sería únicamente un factor
de producción, que no necesariamente es el determinante
para el desarrollo de éstas; consideramos que mediante un
marco legal adecuado que contenga instrumentos efectivos de
impulso económico y con la participación de los
sectores públicos y privados se logrará el
desarrollo sostenido que tanto espera el país, así
tenemos :

De la Capacitación y Asistencia Técnica : De
acuerdo a los estudios realizados por organismos especializados,
entre los que figura el MITINCI, uno de los talones de Aquiles de
la situación de las PYMES constituye la falta de
capacitación y asistencia técnica en los diversos
campos , por lo que consideramos que ésta debe ser
integral y alcanzar a la gran mayoría, caso contrario el
impulso a este sector estará siempre orientado a estratos
pequeños cuyo impacto se pierde en el
universo.

Es por esta razón que consideramos que el Ministerio
de Educación como ente rector del sector, debe liderar
esta acción de capacitación A través de los
colegios secundarios a nivel nacional deben retomarse los centros
de preparación técnicos secundarios especializados
como los agropecuarios, comerciales y otros. Asimismo, los
centros de educación técnico superior y las
universidades, deben incluir en la currícula cursos de
preparación integral sobre los diversos aspectos de
constitución, formalización, gestión
empresarial y financiera, comercialización y otros que
contribuyan a un desarrollo integral del estudiante.

Consideramos que las medidas de capacitación deben
ser muy amplias porque es la única forma de llegar a la
totalidad de las PYMES sea directa o indirectamente, y cambiar la
cultura
empresarial que debe tener nuestro país. Es por esta
razón que en esta tarea involucramos directamente a los
Consejos Transitorios de Administración Regional y a los Gobiernos
Locales, que tienen a su cargo la planificación del desarrollo de sus
ámbitos jurisdiccionales, para que éstos participen
y promuevan el desarrollo de la capacitación
integral.

En este tema se considera la implementación del
Programa Nacional de Maquicentros, debido a que este modelo de
producción y capacitación viene dando resultados
muy ventajosos en los pequeños y micro empresarios.
Así mismo se promueve la promoción de todo tipo de
asistencia técnica que vienen manejando diversas
instituciones del Estado en forma aislada y sin una población objetivo debidamente focalizada.
Consideramos que si coordinamos y aunamos esfuerzos el impacto
deberá ser mayor.

De la Orientación y Apoyo a las PYMES : Uno de los
apoyos que requieren las PYMES es la orientación integral
sobre diversos aspectos de su desenvolvimiento.

Muchas municipalidades del país ante la necesidad de
este servicio
vienen desarrollando acciones de capacitación y
orientación eventual cuya cobertura es
mínima.

Teniendo en cuenta la magnitud de las Pymes que son
aproximadamente 3.5 millones y las necesidades de éstas,
consideramos que los Gobiernos Regionales y Locales deben brindar
estos servicios en forma permanente, para lo cual deberán
coordinar con el MITINCI, que maneja un sistema de
información importante, el INEI, que maneja el Sistema
Estadístico Nacional y en base a las necesidades de cada
una de las jurisdicciones deberán desarrollarse acciones
que logren cubrir los vacíos informativos y
técnicos que las PYMES exhiben.

De la Innovación Tecnológica : La
innovación tecnológica está orientada
fundamentalmente a la renovación de la maquinaria y equipo
el cual permite manejar tecnología moderna orientada a
mejorar los niveles de productividad y calidad a menores costos. Este
hecho hace que las PYMES puedan tener mayores niveles de competencia en el
mercado tonto con la producción nacional como con la
importada.

Para que este hecho esté al alcance de un gran
sector de las PYMES es necesario que los organismos promotores
como el MITINCI, PROMPYME, PROMPEX, en coordinación con el
sistema
financiero, manejen estudios, proyectos y programas
orientados la importación de bienes de capital que
permita renovar lo existente.

Una modalidad moderna de este tipo de comercio, lo
constituye la creación de la Bolsa de Maquinaria y Equipos
para las PYMES, dentro del marco legal de la Bolsa de Productos,
que ofrece información sobre precios,
calidad, mercados,
costos,
así como un lugar o punto de reunión para sus
socios, emitiendo reglamentos para garantizar las operaciones y dar
claridad al mercado, además fijan los volúmenes de
contratos
tratan de resolver los problemas que
se presentan entre las partes contratantes en forma amigable e
imparcial.

El propósito fundamental de las bolsas es recolectar
información para brindarla a los compradores y vendedores
que acuden a su recinto a descubrir los precios de
competencia de
sus productos. Este mecanismo contribuye en buena forma al
perfeccionamiento del mercado.

Este mecanismo permitirá ofrecer activos de
calidad que requiera el mercado, hacer participar al sistema
financiero en el financiamiento de dicha importación
una vez asegurado el mercado interno, triangulando de esta manera
la operación de importación
tecnológica.

De la Subcontratación : Una de las
características de los sistemas de
subcontratación es lograr una mayor utilización de
la capacidad instalada de diversos sectores de la economía, la cual
favorece principalmente a los pequeños y micro
empresarios, quienes pueden participar en la producción de
componentes que posibiliten una integración de los
productos, o de productos estándares que posibilite la
captación de mercados
importantes.

Asimismo, la gran empresa se ve favorecida debido a que
puede minimizar su costos de
producción a niveles de oferta de las
pequeñas.

Otra de las ventajas del sistema es la
especialización que se logra en las diferentes etapas de
producción, formando grandes consorcios de gran competitividad. Así mismo la
producción estándar permite manejos de controles de
calidad que logran ampliar mercado con proyecciones al mercado
externo que es muy riguroso en la calidad de los
productos.

Es en este sentido es que consideramos la promoción
de este tipo de sistema de comercialización a fin de que
los pequeños y micros empresarios puedan tener cada vez
más accesos a mercados más sólidos que
garanticen su desarrollo sostenido.

Del Sistema de Compras Estatales : El Estado constituye uno
de los principales compradores del mercado nacional, cuyas
operaciones
manejadas sistemáticamente se pueden orientar a organizar
el mercado con beneficio tanto para los pliegos compradores como
para los vendedores en cuyo escenario se encuentran las
PYMES.

PROMPYME se encargará de la implementación
del sistema y de las coordinaciones con los pliegos
compradores.

Consideramos que este sistema de compras estatales puede
constituir un elemento impulsor para que las PYMEs asociadas bajo
la diversas modalidades y corporaciones puedan competir en el
mercado de compras estatales.

Del Financiamiento: Las organizaciones
representativas de las PYMES a través de los diversos
eventos
informativos han reclamando al Estado una mayor atención crediticia, argumentando entre
otros aspectos la carencia de líneas de crédito en
condiciones blandas orientadas a este sector, así como las
exigencias y garantías que solicitan las entidades
financieras para calificarlas como sujetos de crédito.
Esta situación ha conllevado que la más del 90% de
las PYMES no tengan acceso al crédito formal del sistema
financiero.

Es por estas razones que el Proyecto de Ley orientada a
impulsar el sector propone lo siguiente : Uno de los mecanismos
para ampliar la oferta crediticia orientada a las PYMES a
través del sistema financiero formas es la búsqueda
de nuevas líneas de crédito con destino focalizado
en este sector, por tal razón el Proyecto de Ley obliga a
COFIDE y Mi Banco a la búsqueda de líneas de
crédito en las mejores condiciones económicas y
financieras, mediante la ejecución de proyectos que
sustenten dichos fondos. Asimismo, el Banco de Materiales como
entidad que viene apoyando este sector con la entrega de
materiales, está en condiciones de administrar
líneas recursos en
condiciones blandas para los sectores más deprimidos, dado
su modalidad de operación que constituye un modelo
eficiente de apoyo crediticio.

Por otro lado el Proyecto define una serie de instrumentos
de promoción que apuntan a mejorar la capacidad productiva
y de gestión integral de las PYMES, condiciones que por
sí solas permiten darle mayor solvencia económica y
financiera, lo que constituirá la mayor garantía
para acceder al sistema financiero formal.

Finalmente los Fondos de Garantía a cargo de FOGAPI,
vienen dando importantes resultados, por lo que el Proyecto de
Ley apunta a ampliar la cobertura del sistema, ampliando el
capital de
acuerdo a las necesidades del mismo y a las condiciones del
Estado.

De la Seguridad Social
: La Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud
tiene como objetivo central garantizar el libre acceso a prestaciones
de seguridad social a cargo de entidades públicas,
privadas o mixtas, presentando importantes innovaciones
relacionados al mercado de la salud que actualmente se encuentra
segmentado en áreas públicas, privadas y el IPSS;
no permitiendo el uso óptimo de la capacidad instalada de
éste.

Otro aspecto importante de esta modernización es la
relacionada a la apertura de los mercados potestativos que es la
versión moderna de los facultativos, el mismo que se
dará mediante un abanico de coberturas. Dentro de este
contexto el proyecto busca crear un seguro de salud para los
trabajadores de la Micro y Pequeña empresa el mismo que
deberá otorgarse en condiciones favorables y con una
asistencia integral al trabajador.

7. Analisis Costo
Beneficio

El presente proyecto de Ley General de la Micro y
Pequeña Empresa busca impulsar las políticas
orientadas a desarrollar sostenidamente al sector de las PYMES,
impulsar la inversión privada mediante la
creación de instrumentos de apoyo y la
consolidación de los ya existentes.

Del estudio situacional de las PYMES se ha determinado que
éstas vienen atravesando una difícil
situación económica, encontrándose la
mayoría de ellas en situación de supervivencia,
situación que afecta directamente el nivel de empleo sobre
todo de los sectores más pobres el país.

Principales problemas de
las Pymes

  • Reducción del mercado por efectos principalmente de
    la importación de productos (contrabando o dumping).
  • Facilidades de créditos de productos de medianas y
    grandes empresas.
  • Dificultades para obtener tecnologías modernas –
    Baja productividad por falta de capacitación y
    asesoría complementaria.
  • Barreras para la sub contratación como carencia de:
    financiamiento, organización, tecnología y
    gestión, etc.
  • Ausencia de la promoción al desarrollo productivo y
    tecnológico
  • Falta de programas de asistencia técnica y
    capacitación
  • Falta de conocimiento
    e información en cuanto al universo de la
    gran empresa de los consorcios nacionales e
    internacionales.
  • Ausencia de una base de datos
    para determinar las necesidades de abastecimiento.

En tal sentido el Proyecto de Ley, apunta a cubrir las
necesidades de las PYMES, consolidando sistemas de
acciones ya existentes, creando nuevos instrumentos de impulso
económico y financiero y comprometiendo un mayor esfuerzo
y creatividad de
las entidades del Estado orientadas a la promoción de este
sector.

Del Costo del
Proyecto: La iniciativa legal en sus diferentes articulados no
tiene iniciativa de gasto para el Estado, ni pretende
exoneraciones tributarias que no obedezcan a estudios
técnicos por parte de los organismos especializados.
El Proyecto de Ley lo que busca es aunar acciones en forma
coordinada y que las instituciones públicas y privadas
realicen los esfuerzos necesarios para orientar los recursos
hacia la utilización óptima de los mismos.

En lo que respecta a la ampliación del Fondo de
Garantía cuyo sistema viene brindando importantes frutos
en el apoyo crediticio de las PYMES, debemos puntualizar que
éste se desarrollará mediante un adecuado sustento
técnico que viene siendo coordinado entre el FOGAPI y el
Ministerio de Economía y Finanzas el
mismo que no irroga costos para el Estado.

Del Beneficio del Proyecto: Las pequeñas y micro
empresas constituyen un sector estratégico del
país, por constituir el 97.9 % del total de las unidades
productivas, por su aporte de aproximadamente el 40% de la
producción y la ocupación de aproximadamente 78% de
la PEA. Es por estas razones que cualquier esfuerzo que realice
el Estado en su favor tendrá un beneficio social de gran
importancia.

El esquema económico del país le asigna al
Estado el rol de regulador del sistema mediante políticas
claras de desarrollo que permitan las condiciones para el
desenvolvimiento óptimo de la empresa
privada, sobre la cual se apoya el desarrollo sostenido del
país y la generación de empleo.

Es por esta razón que consideramos que el Proyecto de
Ley permitirá el resurgimiento económico de las
Pymes, cuyos logros se verán reflejados en una mayor
producción, mayores exportaciones
principalmente de productos no tradicionales, generación
de mayor empleo, la atracción a las inversión
privada principalmente extranjera y otros beneficios de gran
impacto.

No debemos dejar de mencionar que a medida que las Pymes
produzcan más y se formalicen en una mayor
proporción el resultado será un impacto directo en
el crecimiento de la base tributaria y por tanto en el aumento de
los ingresos del
Tesoro.

Proyectos de Ley Nos. 2928, 3256, 3412 y 3514/97 – CR
suscritos por los señores Congresistas Barbarán R.,
Colchado A., Chiroque R., Espinoza M., Fernández B.,
Figueroa V., Gutiérrez M., Huamanchumo R., Lam A.,
León T., Mellado C., Patsias M., Ruiz C., Rodas D., Vargas
M., Villasante Ch. y Umezawa Y. en virtud de los cuales se
propone la LEY GENERAL DE LA PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA.

8. Comentarios

Como conclusión de este trabajo podemos dar algunas
ideas personales.

  • La economía en el Perú se maneja de una
    manera totalmente informal, desde los pequeños
    comerciantes hasta las grandes corporaciones incurren en un
    estado de informalidad, unos en mayor grado que otros pero
    todos aportan su cuota de informalidad.
  • El gobierno maneja
    el apoyo y desarrollo de las PYMES como un aspecto
    Político que lo único que hace es generar mayores
    problemas para este sector.
  • El estado no se preocupa en proteger la producción
    Nacional y aplica intereses y tasas que ocasionan que el
    productor peruano no se pueda desarrollar de una manera
    sostenida.
  • Un papel
    importante en la importación de los productos peruanos
    al exterior es el tipo de
    cambio que al ser irreal hace que la mercadería
    peruana tenga un valor mayor
    que la de los otros países.
  • Los peruanos ven en un negocio propio de pequeñas
    proporciones un medio para poder
    satisfacer sus necesidades básicas. Normalmente es un
    negocio familiar maquinaria artesanal y mano de obra no
    calificada. Pero también tenemos pequeñas
    organizaciones bien equipadas y con mano de obra calificada,
    esto hace que algunos de los productos que producen estas
    organizaciones tengan costos elevados y por ende el precio al
    publico será igual.
  • El peruano sacrifica la calidad por el precio, esto
    hace que la mayoría de estas organizaciones no se
    preocupen en producir un producto de
    calidad y a su vez que pueda tener un precio razonable para el
    consumidor.
  • Muchas veces los productos extranjeros son mas
    económicos que los nacionales produciendo una baja
    considerable en el consumo de
    los productos nacionales. Esto lamentablemente se da por la
    falta de control de
    parte del gobierno que
    permite un Dumping salvaje
    contra los productores nacionales.

9. Paginas Consultadas

www.inei.gob.pe

  • Página de la Asociación punto siete

www.ecouncil.ac.cr/ngoexch/apusesp.htm

  • Página del Congreso De La Repiblica

www.congreso.gob.pe/ccd/proyectos/pr9712/00326195.htm

Se tomaron pequeños fragmentos de otras páginas
que no se incluirán en el presente listado.

Trabajo enviado y realizado por:
Manuel Nuñez Piquet

26 de Octubre del 2000
Lima Perú

Partes: 1, 2
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