Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Apuntes para una reflexión sobre la laicidad del Estado: El caso del Estado Nicaragüense (página 2)



Partes: 1, 2

Por lo tanto, es importante destacar que desde la Constitución del año 1893 al 1987,
Nicaragua no tiene religión oficial, y
es por tanto un Estado sin
religión oficial. El Arto. 14 de la Actual
Constitución vigente, establece que Nicaragua no tiene
religión oficial.-

El espíritu de este concepto, como
norma programática mandata al Gobierno de
la
República de Nicaragua que todas sus políticas
públicas en sus diferentes esferas de la vida nacional,
deben ser estas al margen de las ideas religiosas, por lo tanto
el Estado,
como sujeto de Derecho
Público en el ejercicio de la autoridad que
le confiera la Constitución Política, no profesa
ninguna religión.

Por otro lado tenemos que la separación Iglesia-Estado o entre la Iglesia y el
Estado
es un concepto legal por el cual las instituciones
del Estado y el gobierno nacional se deben mantener al margen de
instituciones religiosas.

Sin embargo, este concepto ha sido durante mucho tiempo un tema
de debate
político. A los que se oponen a la separación
Iglesia-Estado se les suele llamar teócratas. Un concepto
relacionado es el de religión civil. La separación
Iglesia-Estado está relacionada con la libertad de
culto, pero son conceptos distintos, y no se debe inferir
precipitadamente que los países con una religión
oficial del Estado carecen necesariamente de libertad de culto,
ni que un país sin religión oficial tiene
necesariamente libertad de culto.

Tanto en Europa como en
América
la separación Iglesia – Estado viene a ser un hecho
consolidado que emanó del Renacimiento,
desde que Maquiavelo
separara política y moral y se
desarrollara una cultura laica,
esto como consecuencia de las revoluciones

burguesas que deshicieron la frecuentemente aludida por
las reaccionarias alianza entre el altar y el trono. Por otro
lado tenemos a las culturas islámicas no reconocen tal
separación y la legislación o sharia emana
directamente del Corán y de la Sunna que es una fuente del
derecho, así como del Estado o la política, que son
frecuentemente asociadas a la fe con lazos indivisibles por
algunos gobiernos teocráticos fundamentalistas, en
especial en la versión chiíta de estas
creencias.

Sin embargo, en Europa y en América
latina, tras las revoluciones burguesas, los Estados han
tenido que regular sus conflictivas relaciones con la Iglesia
Católica a través de interesantes tratados llamados
concordatos, cuyos objetivos
estaban encaminados regular la enseñanza privada, la financiación
de la iglesia y sus esferas de participación en la vida
civil (matrimonios, divorcios, beneficencia, entierros,
enseñanza, ceremonial…)

El Estado sin religión (Estado
Laico)

Habiendo establecido los aspectos conceptuales sobre las
relaciones Iglesia- Estado y
separación Iglesia Estado, es bueno hacer
algunas consideraciones sobre el Estado sin religión. Es
decir qué se entiende por Estado Laico.

El concepto en sí de Estado Laico, no existe como
tal. La laicidad está relacionada solamente con la educación y lo
religioso, principalmente separando la influencia de la
religión en la educación. Sin
embargo, se ha utilizado para el Estado también. Es un
concepto del Liberalismo,
que fue un aporte a la humanidad, que ha sido recogido por la
mayoría de los pueblos civilizados, indicando que el
Estado Moderno debe de estar al margen de las ideas o creencias
religiosas en cuestiones de legislación de sus
políticas públicas,
específicamente
sobre este aspecto.

El Estado sin religión y el laicismo
históricamente siempre han tenido que ver con el poder
político y la religión. La laicidad del Estado
tiene que ver con el Estado de
Derecho. El estado de derecho somete a una disciplina
jurídica la relación de su actividad con los
habitantes de su territorio en interés de
estos y con la finalidad de protegerlos de la arbitrariedad y de
la injusticia.

Por lo tanto, la laicidad la encontramos centrada en la
transición entre una legitimidad otorgada por lo sagrado a
una forma de autoridad proveniente del pueblo (laos) lo que nos
refiere y nos permite entender que tanto la laicidad, como la
democracia,
son un proceso
más que una forma fija o acabada en forma
definitiva.

Por laico en derecho canónico se entiende
a la persona que vive
en medio del mundo, y ejerce su vocación de santidad en
las circunstancias ordinarias de la sociedad.

El Diccionario de
la RAE define laico, en su segunda
acepción:

Como relativo a la escuela o
enseñanza en que se prescinde de la instrucción
religiosa.

Por laicismo entiende la RAE, como:

La doctrina que defiende la independencia
del ser humano o de la sociedad, y más particularmente
del Estado, de toda influencia eclesiástica o
religiosa.

Parece que quienes aplican el adjetivo de laico al
Estado tienen en la mente esta última definición.
El concepto de Estado laico se refiere, de modo propio,
al:

Estado en que se prescinde de la enseñanza
religiosa y, por extensión, al Estado independiente de
toda influencia religiosa, tanto en su constitución como
en sus individuos
.

El Estado sin religión oficial es un precepto
constitucional, que tiene tanta importancia como otros preceptos
constitucionales. El Estado sin religión es uno de los
principios
fundamentales de la ideología liberal, es decir este modelo nace
con la ideología liberal que es uno de los postulados de
la Revolución
Francesa y en el caso de Nicaragua fue retomado por la
Revolución
Liberal de Zelaya.

Sin embargo, cabe señalar que la Reforma
Protestante buscaba la separación de, los "negocios
eclesiásticos"
de los "negocios del Estado".
Por otro lado, permitían la constitución de las
instituciones esenciales para cualquier Estado laico, es decir,
independiente de las instituciones eclesiásticas. Que
quieres decir esto, que a partir de ese momento, (el caso de
Nicaragua), se podía ser nicaragüense (gracias al
Registro
Civil) sin tener que ser católico o de cualquier otra
religión. Y se podía contraer matrimonio y ser
sepultado, simplemente por el hecho de ser ciudadano del
país, sin tener que estar adscrito a una Iglesia, sin que
el elemento religioso fuese el decisivo para el ejercicio de sus
derechos. En
suma, la separación permitió el inicio de la
formación de un Estado sin religión oficial, laico,
es decir cuyas instituciones ya no dependieran de la legitimidad
religiosa.

Por lo tanto, hay que definir la laicidad como un
proceso de transición, de formas de legitimidad sagradas a
formas democráticas o basadas en la voluntad popular, lo
que nos permite también comprender que ésta
(laicidad) no es estrictamente lo mismo que la separación
Iglesias – Estado. De hecho, existen muchos Estados que no son
formalmente laicos, pero establecen políticas
públicas ajenas a la normativa doctrinal de las Iglesias y
sustentan su legitimidad más en la soberanía popular que en cualquier forma de
consagración eclesiástica.

Los rasgos distintivos de un Estado sin religión
oficial son:

  • Apoya una sociedad que se rige por leyes de
    inspiración laica.
  • Una sociedad en la que se garantiza la
    separación de la Iglesia y el Estado.
  • La Iglesia no necesita del Estado para
    subsistir.
  • El Estado no está sometido a la Iglesia para
    legislar.
  • Una sociedad en la que tienen cabida todas las
    ideologías (libertad de conciencia +
    libertad religiosa).

El Estado sin religión oficial tiene los
siguientes principios:

  • libertario que establece que el Estado debe
    permitir la práctica de cualquier
    religión;
  • igualitario, que excluye la posibilidad de que
    el Estado dé preferencia a una religión sobre
    otra.
  • neutralidad, que promueve el pluralismo,
    prohibiendo que el Estado promueva la religión como tal,
    desalentando actitudes no
    religiosas".

La laicidad como categoría filosófica y
política es llevada a las estructuras
del Estado moderno, o Estado de Derecho, también conocido
como Estado Liberal, donde el Estado moderno no tiene
religión oficial. Por lo tanto, me parece necesario
precisar algunos puntos respecto a la laicidad del
Estado.

Cabe señalar que la laicidad del Estado
nicaragüense no es que deba estar en contra de la
religión, simplemente debe mantenerse al margen de todas
las doctrinas religiosas, respetando todo tipo de culto o
religión fuera de las instituciones del Estado. La
laicidad del Estado nicaragüense no prohíbe la
educación religiosa. Sólo sostiene que tal
educación debe impartirse en los colegios privados como
asignatura extra curricular y no en las escuelas que reciben
dinero del
Estado.

Una vez que tratamos de realizar esta breve
conceptualización de la laicidad del Estado, en aras de
clarificar nuestra exposición, trataremos de a ahondar sobre
cuáles fueron los fundamentos esgrimidos por la filosofía política para defender
este modelo estatal.

Cabe recalcar que el sentido jurídico del
laicismo asume que:

  • El Estado esta obligado a establecer la
    garantía individual de la libertad de las creencias
    religiosas; es decir, el Estado no puede declarar ninguna
    "religión oficial" ni legislar bajo
    aspectos religiosos, ni mucho menos prohibir ninguna creencia
    religiosa.
  • El Estado debe reconocer la personalidad
    jurídica de todas las iglesias o asociaciones
    religiosas
    , de modo que todas ellas tengan la
    garantía constitucional de existir en plenitud de
    derechos y obligaciones.
  • El Estado tiene la obligación de hacer
    que las autoridades civiles respeten y hagan valer el
    orden plural y democrático de la sociedad
    ,
    culturalmente establecido y consolidado por la sociedad.
    Esto significa que debe garantizar la equidad
    máxima o la desigualdad mínima de todas las
    iglesias o asociaciones religiosas.

Cuando uno revisa la historia
universal, se da cuenta que todos aquellos que ejercieron el
poder político han mantenido relaciones cambiantes con las
doctrinas religiosas vigentes en la época. En ciertos
períodos, la autoridad política adoptó una
doctrina religiosa como oficial y propia, como un medio
más para fortalecer su control social y
justificar la obediencia a sus normas
jurídicas.

Este tipo de régimen, es el que se conoce como
"La teocracia", se caracterizó por un
poder político ejercido de manera monopólica en
determinado territorio, cuyos objetivos centrales era la defensa
y la promoción de una doctrina religiosa
determinada. Sin embargo, existen regímenes
políticos en que el gobierno se mantiene alejado de las
doctrinas religiosas, lo cual implica una separación entre
el poder político y las instituciones
religiosas.

Conclusiones

Creemos que: Tanto la Iglesia y el Estado son realidades
concretas y que ocupan un mismo espacio político-social,
por el cual se debe trabajar. No todos los "espacios
político-sociales" son idénticos ni equiparables.
La separación institucional de Iglesia-Estado, no lleva
consigo la carencia de relación. Las relaciones
Iglesia-Estado han de ser distintas en función
del modelo de Estado-sociedad. Existen espacios de interés
común en los que la Iglesia puede colaborar con el Estado
y el Estado con la Iglesia: Obra social. Programas
educativos. Trabajar por las capas sociales menos
favorecidas.

Que la laicidad del Estado debe responder a la
pluralidad real
de todas las expresiones religiosas o
confesiones de fe. Que la laicidad del Estado debe ser la
garantía de los derechos humanos.
La laicidad del Estado debe ser parte de: un Estado de Derecho.
ser un pilar de la democracia. Ser parte de un Estado moderno,
donde las autoridades electas por el pueblo no están
sujetas a ninguna confesión o credo religioso.
La laicidad del Estado debe respetar la libertad de culto. La
laicidad del Estado debe manifestarse a través de un
gobierno con autoridades electas sin consideración a su
credo religioso.

 

 

Autor:

William Ulises Rodriguez Arce

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter