Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Apuntes sobre prueba preconstituida



Partes: 1, 2

    1. Breve
      resumen
    2. Nociones preliminares sobre la
      prueba
    3. La
      prueba preconstituida en el sistema nacional de
      control
    4. Diferencias
      entre prueba preconstituida y prueba
      anticipada
    5. Nuestra
      jurisprudencia
    6. Conclusiones
    7. Bibliografía

    LA PRUEBA PRECONSTITUIDA EN EL
    SISTEMA
    NACIONAL DE CONTROL PERUANO Y
    SU VALORACIÓN EN NUESTRO ORDENAMIENTO
    PROCESAL

    Breve
    resumen

    El presente trabajo tiene
    por objetivo el
    determinar la línea jurisprudencial adoptada por nuestros
    órganos jurisdiccionales al momento de expedir su fallo y
    valorar para dicho efecto la prueba preconstituida incorporada al
    proceso.

    INTRODUCCIÓN

    El presente trabajo monográfico, significa un
    primer avance de una investigación a mediano plazo sobre el tema
    de la prueba preconstituida, dada su positivización
    en nuestro ordenamiento jurídico, específicamente,
    dentro de las normas que
    regulan el Control Gubernamental (Ley
    Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
    Contraloría General de la
    República- Ley Nº 27785).

    Es de señalar que sobre este tópico, es
    parco lo que se ha escrito en la doctrina extranjera, y casi nada
    en la doctrina nacional, creo yo, debido a que muy poca gente
    inmiscuida en el litigio ha tenido la experiencia de encontrarse
    en procesos
    productos o
    generados de un Informe Especial
    (se le denomina así, al documento elaborado concluida una
    acción
    de control, donde se hayan detectado indicios de ilícitos
    o responsabilidades civiles, administrativas), o en todo caso, se
    considera que nuestro sistema procesal al proscribir el sistema
    de valoración denominado tarifa legal, no
    debería darle la importancia pertinente.

    Lo cierto es que nuestros órganos
    jurisdiccionales, en muchas de sus resoluciones, al momento de su
    pronunciamiento, invocan como sustento de lo decidido el Informe
    Especial, por ende, la curiosidad de investigar sobre el tema
    materia de
    desarrollo.

    Asimismo, se me ha de excusar al no ser el presente
    trabajo cuantitativamente generoso, ello debido al poco material
    escrito sobre el tema, sin embargo, considero que lo entregado es
    una primera pauta para un trabajo más extenso a
    posteriori, y que la jurisprudencia
    aportada (con más incidencia en lo penal)
    significará una reevaluación de las normas al
    respecto.

    I.- NOCIONES
    PRELIMINARES SOBRE LA PRUEBA

    Sobre la prueba existen distintas definiciones, como por
    ejemplo la propuesta por Alcalá- Zamora: "…conjunto
    de actividades destinadas a procurar el cercioramiento judicial
    acerca de los elementos indispensables para la decisión
    del litigio sometido a proceso, sin perjuicio de que suela
    llamarse también prueba al resultado así conseguido
    y a los medios
    utilizados para alcanzar esta meta…"

    Por su parte, Couture, señala: "En su
    acepción común, la prueba es la acción y el
    efecto de probar; y probar es demostrar de algún modo la
    certeza de un hecho o la verdad de una
    afirmación.

    La prueba es, en todo caso, una experiencia, una
    operación, un ensayo,
    dirigido a hacer patente la exactitud o inexactitud de una
    proposición. En ciencia,
    probar es tanto al operación tendiente a hallar algo
    incierto, como la destinada a demostrar la verdad de algo que se
    afirma como cierto.

    En sentido jurídico, y específicamente en
    sentido jurídico procesal, la prueba es ambas cosas: un
    método de
    averiguación y un método de
    comprobación".

    Cafferata Nores, propone: " En sentido amplio, cabe
    decir que prueba es lo que confirma o desvirtúa una
    hipótesis o una afirmación
    precedente…,mirando desde una óptica
    técnicamente más estricta, el fenómeno de la
    prueba presenta cuatro aspectos que pueden ser analizados por
    separado , aun cuando en el léxico jurídico
    ordinario (incluido el de este libro) no
    siempre se los distinga con precisión: 1) el elemento de
    prueba, 2) el órgano de prueba, 3) el medio de prueba, 4)
    el objeto de la prueba".

    Devis Echandía, manifiesta lo siguiente: "Dijimos
    que desde el punto de vista procesal es ineludible reconocer tres
    aspectos de la noción de prueba, el de vehículo,
    medio o instrumento; el de contenido esencial o esencia de la
    prueba (razones o motivos que en esos medios se encuentran a
    favor de la existencia de los hechos), y el resultado o efecto
    obtenido en la mente del juez (el convencimiento de que existen o
    no esos hechos). Una definición general de la prueba debe,
    pues, comprender esos tres aspectos de la
    noción".

    Es de señalar, que en el desarrollo del presente
    trabajo vamos a elaborar las conclusiones finales tomando en
    consideración las nociones de prueba que se han dado a lo
    largo del tiempo tanto
    en su aspecto penal como civil, es de traer a colación lo
    señalado por Miranda Estrampes: "Esta cuestión
    suscitó una apasionada polémica entre dos autores
    italianos: FLORIÁN y CARNELUTTI. Mientras Florián
    era partidario de la tesis
    dualista, al considerar que entre la prueba civil y la prueba
    penal existían diferencias sustanciales; Carnelutti, por
    el contrario, defendió la tesis unitaria. Dicho autor,
    partiendo del proceso como unidad, concluyó que entre
    ambas clases de prueba existía una unidad sustancial, y a
    pesar de reconocer la existencia de diferencias en cuanto a la
    manera de operar de la prueba, éstas, en su
    opinión, no afectaban a la esencia de la prueba
    misma".

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter