Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Responsabilidad penal en la embriaguez (página 2)



Partes: 1, 2

  • Total, absoluta, plena o completa: quita enteramente la
    conciencia
    del bien y del mal, el uso de la razón.
  • Parcial, relativa, semiplena o incompleta.

RESPONSABILIDAD DE
EMBRIAGUEZ AGUDA

Respecto a esta embriaguez descartada la inimputabilidad, la culpabilidad
se determina con base en principios
generales "Actio libra in causa" donde:

  • Quien se embriaga para delinquir, responde a título
    de DOLO.
  • Quien se embriaga previendo el hecho y lo acepta, responde
    por DOLO EVENTUAL.
  • Quien se embriaga voluntariamente con previsión del
    hecho, previendo el hecho, responde a título de CULPA
    sea que haya tenido o no la intención de
    ejecutarlo.

El principio general enseña que el sujeto para se
responsable debe gozar de su capacidad de comprender y
determinarse el momento del hecho, pero a veces el sujeto no
tiene esa capacidad de comprender y de determinarse cuando
ejecuta el hecho, pero no por una causa ajena a su voluntad, SINO
precisamente por su propia voluntad se ha colocado en la
incapacidad de comprender o determinarse.

Cuando la ignorancia es la causa de una acción,
el agente obra involuntariamente y es por ello inocente, excepto
en el caso en que él mismo sea la causa de su propia
ignorancia.

Ejemplo: los ebrios, que hacen mal bajo el influjo de
la bebida, sin duda cometen una injusticia pues ellos son la
causa de su propia ignorancia, pues en sus manos estuvo la
posibilidad de beber menos.

El núcleo central del fenómeno de las "acciones
libres en su causa", es el que el juicio de reproche se retrotrae
al momento en que el sujeto con plena capacidad decide ponerse en
tal estado, por
eso el momento decisivo no es la ejecución del
resultado sino el impulso dado para que la cadena causal se
desarrolle.

En estos casos el propio sujeto tras impulsar, como capaz de
conocimiento y
de determinación, la causalidad se sirve de su propia
persona como
de un instrumento.

La Corte Suprema ha dicho que con la regulación del
trastorno mental preordenado suministra el código
Penal la solución de aquellos casos en que pese a que el
sujeto agente actúa bajo una incapacidad de comprender la
ilicitud de una conducta o de
determinarse libremente de acuerdo con esa comprensión, de
manera conciente y voluntaria o cuando menos culposa ha provocado
anteladamente su trastorno, pues es entonces el estado
previo a la ingestión de la sustancia o puesta en marcha
del mecanismo alterador el que se toma como parámetro
evaluador para adecuar la solución punitiva dentro de los
marcos de la responsabilidad consciente y no de
inimputabilidad.

El hombre que
toma más licor de lo que debe, responde de las
consecuencias de los actos que realiza, por falta de dominio de sus
facultades.

La ebriedad en sí, es un estado predisponerte al
exceso, al desvío y al delito, de manera
que quien se dedica a ella se libra a sabiendas de la
frenación mental y ética que
la convivencia social impone, siendo un peligro que la Ley no puede
auspiciar.

Ejemplo: Las acciones libres en su causa pueden
ser:

  • dolosas: el que se embriaga para matar.
  • Culposas omisivas: el guardagujas que se emborracha y por
    esta razón no opera la señal, o el señor
    que controla el faro el una terminal aérea.
  • Culposas activas: la madre de sueño pesado que mata
    al hijo mientras duerme.
  • Cuando la embriaguez es preordenada, es totalmente
    responsable.
  • Cuando la embriaguez es accidental, por ejemplo:
    joven de 19 años ebrio se presenta ante policía y
    dice que acaba de matar a 6 personas en su habitación y
    que todavía restan 10, va a pedir ayuda para acabar la
    masacre, porta un gran cuchillo. Es llevado a enfermería, se sume en gran sueño,
    cuando despierta se sorprende del lugar y dice que no se
    acuerda de nada.

Luego se estableció lo que sucedió: estaba muy
fatigado y pensionado por el peligro de perder su puesto de
trabajo,
entró a un café y
pidió una cerveza, mientras
que se levantó a pagar, sus vecinos le echaron ron al
resto de cerveza que le quedaba, regresa a su mesa y en esas
pasaba el tranvía, por eso absorbió rápido
el resto de líquido, sube al vehículo y desciende
rápido y entra en crisis
delirante, con el sueño alucinatorio que le contó a
la policía. En este caso, NO hay pena ni medida de
seguridad…talvez se mirarían resagos
con la responsabilidad de quien puso al sujeto en esas
condiciones de forma maliciosa.

PATOLÓGICA

También llamada epileptoide, este calificativo lo basan
en el gran parecido con la epilepsia.

El cuadro de embriaguez patológica puede durar unos
minutos, 1 día o más…muchas veces hay que
acudir a contenciones mecánicas o tranquilizantes muy
fuertes.

Los delitos
más comunes cometidos en este estado son el homicidio,
lesiones, injurias, calumnias, violencia
sexual y daños.

SINTOMATOLOGÍA CLÍNICA

No tienen que darse todos, ni con la misma intensidad.

  1. ACLARACION: en los que soportan mal el alcohol, la
    embriaguez patológica puede presentarse ya con
    pequeñas dosis, PERO, también hay borracheras
    patológicas que se presentan tras un considerable
    abuso de alcohol.

  2. Poca dosis de alcohol,
    generalmente:
    mientras el la embriaguez aguda el estado
    depende de la cantidad de alcohol, en la aguda normalmente
    basta con una pequeña dosis, por eso requiere en el
    sujeto un sustrato.
  3. Subitaneidad: le sobreviene un estado de
    agitación intensa…obviamente esta Subitaneidad
    no se dará cuando la embriaguez patológica
    aparezca dentro de un proceso de
    grande ingesta.

    Ejemplo: ¡este no es el Juan de siempre! , el
    pacífico se hace pendenciero, el equilibrado y
    ecuánime se hace susceptible.

  4. Disonancia entre el hecho y la
    personalidad del agente:
    el comportamiento es desacostumbrado e inadecuado
    a la personalidad común del sujeto.

    Ejemplo: una palabra, la reconvención de un
    guardia, una amistosa advertencia, o a veces, sin causa
    alguna, el borracho se arroja agresivo sobre sus
    compañeros o sobre el primer transeúnte. No hay
    móvil proporcional a la reacción del sujeto, y
    a veces, no hay ningún motivo.

    Ejemplo: Departía el sujeto con otros, sale
    de la acera del establecimiento y sin más dispara
    contra 2 hermanos que pasan y transitoriamente se detienen
    allí. No se conocen, no son enemigos, nada hay que
    pueda hacer presagiar una tragedia.

  5. Futibilidad del motivo desencadenante o total
    inmotivación:
    aunque puede darse un motivo
    razonable, generalmente no existe móvil racional.
  6. Polimorfo delirio alucinatorio:
    desorientación (de lugar, de personas), estado
    confusional (ideas delirantes y absurdas). Ejemplo: Un
    paciente con estados crepusculares durante los cuales anda sin
    rumbo fijo y promueve escándalos sin conciencia de la
    situación y sin percibir claramente las impresiones del
    mundo externo.
  7. Gran fiereza y despliegue de fuerza o
    gran angustia y depresión:
    su actividad es exagerada,
    impulsiva y agresiva e incluso llega a la destructividad.
  8. Ausencia de trastornos motores y del
    habla:
    como no hay estos trastornos (desequilibrio, etc),
    los que rodean al embriagado piensan en cualquier otra cosa
    menos en el estado de embriaguez. Se podría decir que
    hay una coordinación motora perfecta y buena
    puntería, por eso muchos abogados se equivocan
    presentando un ebrio patológico como el trastornado
    totalmente.
  9. No hay terminación en sueño: si se le
    conduce al lecho, protesta y se niega a dormir, o lo hace para
    despertar más tarde en un estado de furor, mientras que
    los borrachos ordinarios se duermen enseguida.
  10. Amnesia Total o Parcial de los Hechos: La amnesia
    puede ser:
  • Anterógrada: no recuerdo de sucesos recientes a un
    shock físico o psíquico.
  • Retrógrada: no recuerdo de hechos pasados o
    circunstancias lejanos al shock.
  • Retardada: hay un recuerdo del hecho recién
    producido, pero luego se va olvidando a medida que avanza el
    tiempo de la
    comisión del mismo. Ésta se da por causa de
    epilepsia psíquica. Ejemplo: epiléptico
    comete hecho homicida en el estado de acceso, interrogado
    inmediatamente del hecho da razones para haberlo cometido, pero
    interrogado luego niega por olvido todo el hecho y se
    extraña que lo tengan incluso a él,
    también herido, al lado de la víctima.

La embriaguez patológica puede ser:

* Delirante: alucinaciones, angustia, delirio,
desorientación. Esta forma anómala de etilismo
agudo es observable en personas que se embriagan de modo
habitual.

* Convulsiva: convulsiones parecidas a las de epilepsia o
histeria, agitación, desorientación. Se observa de
psicópatas, histéricos, arterioescleróticos
y antiguos traumatizados de cráneo después de
ingerir alguna cantidad moderada de alcohol.

* Epileptiforme de Bunhueffer: estado crepuscular, similar al
epiléptico, con gran agitación y amnesia. El sujeto
es presa de una furia feroz. Es la clase de
más importancia médico legal.

Etiología de embriaguez patológica:

Se hallan presupuestos a
ella: epilépticos, esquizofrénicos, traumatizados
cerebrales, psicópatas, así como personalidades que
se hallan sometidas a una fuerte tensión afectiva.

ç Causas más o
menos transitorias: fuertes fríos o calores, fuertes
tensiones afectivas, hambre, tabaquismo,
excesivo cansancio.

ç Causas más o
menos permanentes: traumas de cráneo, sífilis
cerebral, encefalitis, epileptoides, esquizoides.

Lo anterior es importante para saber si hay medida de
seguridad (con base patológica) o no hay medida de
seguridad y responde sólo por responsabilidad
civil (sin base patológica).

Las anteriores causas muestran las predisposiciones del sujeto
que lo hacen propenso a embriaguez patológica.

Hay una predisposición general, según la
Corte Suprema de Justicia, de
ahí que NO SE EMBRIAGA PATOLÓGICAMENTE EL QUE
QUIERE SINO EL QUE PUEDE.

Con la embriaguez patológica muchas veces el sujeto no
parece embriagado y da apariencia de normalidad, por eso los
testigos pueden afirmar sobriedad. Por eso es importante la
pericia médica y psicológica.

RESPONSABILIDAD
DE EMBRIAGUEZ PATOLÓGICA

Reyes Echandía afirma que en la embriaguez
patológica su sintomatología muestra tan
profundas alteraciones de la conciencia que resulta correcto
ubicarla siempre como hipótesis de inimputabilidad.

Normalmente se acepta la no responsabilidad a título de
pena del ebrio patológico con o sin base
patológica, pero no siempre:

Basándonos en la regla Actio Libra in Causa, puede
llegar a haber responsabilidad penal…

Ejemplos:

  • Sujeto que sabe que hace embriaguez patológica y
    se procura este estado para delinquir.
  • Sujeto que sabe que se emborrachará
    patológicamente y prevé el resultado y lo
    acepta, lo soporta, lo tolera…responde por Dolo
    Eventual.
  • Sujeto que sabe que se emborrachará
    patológicamente y si sólo previó o no
    previó habiéndolo podido prever, pero sin
    aceptación…responde por Delito
    Culposo.
  • Quien ha hecho varias embriagueces patológicas y
    ha causado daños, sabe que no debe colocarse en tal
    estado por la posibilidad de reincidir; si no obstante lo
    hace, su responsabilidad queda librada a las reglas
    generales del dolo y culpa.

Tomado de "Embriaguez y Responsabilidad Penal"

de Nodier Agudelo Betancur.

 

 

 

 

Autor:

Adriana Marcela Montoya Daza

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter