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Daño psicológico en mala praxis (página 2)




Enviado por dicataldo



Partes: 1, 2

Otro Tema que preocupa es el Consentimiento
Informado:

Se ha escuchado mucho en estos últimos tiempos sobre el
CONSENTIMIENTO INFORMADO, tanto por los profesionales de la
medicina como
por los pacientes prontos a recibir tratamiento por parte de
estos, toda vez que es de máxima importancia antes de
realizarse cualquier tipo de practica medica (tratamientos
odontológicos, anestesias; cirugías en general,
etc.)

El Consentimiento informado es específicamente lo que
hace al "sí" del paciente que será tratado por
determinado medico o Institución medica (privada o
publica)  con relación directa a aquello a lo que
se lo va a someter a fin de beneficiarlo con las técnicas a
aplicar, bien para devolverle su estado de
salud, bien para
mejorarlo, bien para acercarle un mejor nivel de vida, bien para
embellecerlo. En cualquier caso, y dado su condición de
"informado", será necesario todo tipo de información en su más amplio
concepto de la
palabra, para que el paciente conozca no solo la practica que se
le realizara, o intervención quirúrgica, o toma de
medicamentos, o anestesia, sino también sus lógicas
consecuencias, quedando a su vez claro el tratamiento a realizar,
el tiempo que
insumirá, los materiales a
utilizar, las reacciones que puede ocasionarle y demás, a
fin de que el medico se ampare frente a un eventual reclamo por
"Mala Praxis", que
hay tantos, y que el paciente se cubra por eventuales y
consecuentes "complicaciones" o inesperados sucesos.

Lo que allí no se encuentra escrito al firmarlo, previo
al acto medico, se entiende que no se ha informado, y si no se ha
informado, el profesional ha incurrido en una falta, que lo
implicara y comprometerá en la órbita de su
responsabilidad medica, si esto conlleva
"consecuencias no informadas", tratamiento distinto del informado
o resultados distintos a los prometidos, si se hubieran prometido
(ej. Cirugía estética embellecedora.

En cualquier caso, y si el profesional o la Institución
medica no toman el recaudo de la firma previa del consentimiento
informado, dado su carácter de no obligatorio,
(salvo ablación de órganos, peligro de muerte  o
amputaciones) implicara que no es de uso frecuente para estos,
dado que de todas maneras, sí es de uso frecuente el
consentimiento del paciente (verbal), con toda la
información del caso brindada por el profesional, frente a
una intervención, tratamiento o cualquier otra practica
medica.

Uno de los tantos modelos generales del mismo, y para
quienes nunca han visto uno o no saben lo que es, es este:
(aunque lo ideal es la información plena de todo el
procedimiento
a realizar)

___________________________________________________________________

CONSENTIMIENTO INFORMADO:

A través del presente, declaro y manifiesto, en
pleno uso de mis facultades mentales, libre y
espontáneamente y en consecuencia AUTORIZO al Doctor
más abajo identificado, lo siguiente

1.                  
He sido informado/a y comprendo la necesidad y fines de ser
atendido/a por el especialista más abajo
reseñado.

2.                  
He sido informado/a de las alternativas posibles del
tratamiento.

3.                  
Acepto la realización de cualquier prueba
diagnóstica necesaria para el tratamiento médico,
incluyendo la realización de estudios radiográficos
y analíticos, interconsultas con cualquier otro servicio
médico y en general, cualquier método que
sea propuesto en orden a las consecuencias de los fines
proyectados y conocer el estado
general de mi Salud.

4.                  
Comprendo la necesidad de realizar, si es preciso,
tratamientos tanto de carácter médico y
quirúrgicos, incluyendo el uso de anestesia local y/o
General; siempre que sea necesario y bajo criterio del
especialista.

5.                  
Comprendo los posibles riesgos y
complicaciones involucradas en los tratamientos médicos y
quirúrgicos, y que en mi caso la duración de estos
fenómenos, no esta determinada, pudiendo ser irreversible.
Comprendo también que la medicina no es una ciencia
exacta, por lo que no existen garantías sobre el resultado
exacto de los tratamientos proyectados.

6.                  
Además de esta información que he recibido,
seré informado/a en cada momento y a mi requerimiento de
la evolución de mi proceso, de
manera verbal y/o escrita si fuera necesaria y a criterio del
Doctor.

7.                  
Si surgiese cualquier situación inesperada o
sobrevenida durante la intervención o tratamiento,
autorizo al Doctor a realizar cualquier procedimiento o maniobra
distinta de las proyectadas o usuales que a su juicio estimase
oportuna para la resolución, en su caso, de la
complicación surgida.

8.                  
Me ha sido explicado que para la realización del
tratamiento es imprescindible mi colaboración con una
higiene Oral
escrupulosa y con visitas periódicas para mi control
clínico y radiográfico, siendo así que su
omisión puede provocar resultados distintos a los
esperados

9.                  
Doy mi consentimiento al Doctor y por ende al equipo de
ayudantes de la Clínica-consulta que él designe, a
realizar el tratamiento pertinente PUESTO QUE Sé QUE ES
POR MI PROPIO INTERéS,
con el buen entendido que puede retirar ese consentimiento por
escrito cuando así lo desee.

       CAPITAL
FEDERAL  ___________de ____________________de 200…

EL PACIENTE, TUTOR O REPRESENTANTE LEGAL
FIRMADO DON/DOÑA___________________________
D.N.I. Nº________________________________________

DRA………………
Colegiado
Número……………………………………………………….        
Firmado……………………………………………..             
____________________________________________________________________ 

Es absolutamente necesario que quien firme el mismo se
encuentre en su plena capacidad de decisión y no tenga
nublada su voluntad o viciado su consentimiento, dado que su
firma implicara estar en un todo de acuerdo con la
información otorgada, y el "si", como dijimos, para
comenzar el tratamiento.  Por esta razón, los menores
de edad deberán ser representados por sus padres, tutores
o autorizados, y la firma de los mismos refrendará tal
acto.

Existe mucha gente hoy día, en boga los juicios de Mala
praxis profesional, y a veces tentados por el dinero que
existe detrás, que asesorados por abogados inescrupulosos
"agrandan", inventan o exageran las consecuencias o
insignificantes errores, de tratamientos realizados por
médicos responsables, lo que desvirtúa el desempeño de profesionales letrados
conscientes, y reclamos reales y justificados de ex
pacientes.

Pero también es cierto que muchos profesionales
médicos cometen errores, como todos, solo que en la
órbita de la medicina, (lo que lo transforma en muy
trascendente para la vida de aquel paciente), muchas veces solo
por ser humanos, y muchas otras por falta de preparación
en la materia
específica o por falta de la higiene necesaria en una
cirugía, o por abaratar costos con
relación a la institución  donde trabajan, o
la prepaga u obra social del afiliado que atienden, y otros
tantos por distracción o por el gran estrés que
se vive en centros bonaerenses donde faltan médicos,
insumos u horas justificadas y necesarias de sueño.

En cualquier caso, tanto los médicos como las instituciones
gozan de seguros de
responsabilidad
civil o bien se autoaseguran, quienes en última
instancia y luego de examinar responsablemente al paciente en
Junta Medica, y su Historia Clínica
(cuestión  que se tratara en otra oportunidad)
repararán, de existir, la negligencia medica llevada a
cabo. En estos casos será necesario contar con un
profesional entendido en la materia (dado que solo abogados
especialistas en Mala Praxis cuentan con las armas indicadas
para la exposición
y defensa del caso) quien trabajando con un medica de la
especialidad, y luego de un concienzudo análisis sobre la viabilidad del reclamo en
virtud de los hechos ocurridos con este que fuera paciente,
podrá ir contra los solidariamente responsables
(llámese medico, obra social, prepaga, hospital,
clínica y/seguro) ya sea
Mediando o en Juicio, para lo cual no esta demás recordar
que existen por ley 10
AÑOS
DESDE LA OCURRENCIA DEL HECHO, O MOMENTO EN
QUE SE TOMO CONOCIMIENTO
DEL ERROR MEDICO, PARA LLEVAR A CABO EL RECLAMO.
(Prescripción)

Frente a todo lo expuesto, se observará que el
Consentimiento Informado, es un elemento 
importantísimo para el paciente y para el medico y/o
Institución, si los resultados de tal práctica
médica no son los esperados por alguno de ambos.

Para terminar, y a pesar de lo enfrentados que nos encontramos
los abogados con los médicos con relación a este
tópico, esta parte debe decir y reconoce y se enorgullece
de la excelencia de Profesionales de la Medicina  que
existen en nuestro país, quienes en su
mayoría  día a día, dejan la vida por
sus pacientes en la atención brindada. A ellos, muchas
gracias.-

 

 

 

 

Autor:

ESTUDIO JURÍDICO  DI CATALDO &
ASOC
.

Partes: 1, 2
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