Aspectos normativos de la diversidad cultural y el balance y perspectivas del pluralismo jurídico en México
I. PLANTEAMIENTO
DEL PROBLEMA
Los derechos de
los pueblos indígenas han sido motivo de tratamiento por
todos los sectores sociales. El mayor interés se
ha despertado, sin duda alguna, en las últimas
décadas. Fueron la
Organización de las Naciones Unidas y
la Organización Internacional del Trabajo
quienes iniciaron esta cruzada. Los instrumentos
internacionales han sido conscientes de la problemática de
este grupo
vulnerable y han plasmado sus postulados con base en la necesidad
del respeto a las
culturas, formas de vida, de organización, instituciones
y tradiciones de los pueblos y comunidades. Con la
influencia internacional, se ha permeado en nuestro país
el criterio de que resulta impostergable implementar mecanismos
jurídicos adecuados que eliminen toda forma de discriminación e intolerancia y se promueva
la participación de estos grupos como
beneficiarios del desarrollo
económico, político, jurídico, social y
cultural del país.
No obstante que el influjo de estos instrumentos trajo consigo
el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas
de México, a
fin de ser congruentes con la realidad nacional sobre la
composición pluriétnica, y por ende, pluricultural
del pueblo mexicano; la nueva política
Indígenista no ha sido capaz de garantizar los derechos de
estos grupos a su diversidad jurídica y cultural.
El reto de la ciencia
jurídica consiste en establecer los mecanismos
idóneos que impacten en el reconocimiento de los sistemas
normativos indígenas y una nueva relación entre
éstos y el sistema positivo
mexicano que permita su eficacia y
potenciación a fin de construir un Estado
nación
pluricultural.
II. DIVERSIDAD
CULTURAL
A) CONCEPTO.
Lo diverso se percibe a menudo como dispar, lo que contradice
a lo uniforme y homogéneo. En su sentido original y
literal la diversidad cultural bien puede referirse
entonces simplemente a una variación, un modo diverso y
contrastante.
Desde luego, hoy en día, esta visión está
superada, ya que la diversidad cultural alude más como
concepto a una relación social y las formas de
articulación de los grupos cuya conciencia de
identidad se
finca en aspectos culturales[1], y que no son
opuestos a la homogeneidad, ya que cuentan con diálogos y
valores
compartidos. Más bien el concepto de diversidad
cultural va más lejos, en el sentido de que considera la
multiplicidad de las culturas en una perspectiva sistémica
donde cada cultura se
desarrolla y evoluciona en contacto con otras, es decir, es un
pluralismo dinámico.
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