- Resumen
- A manera de
introducción - La Ley 70 del 93 como elemento
indicativo - Universidad del
Pacífico y Ley 70 - Escuela y Ley
70 - Currículo
oculto y marginalidad de los saberes: una fiesta de quince
años - A manera de
conclusión - Referencias
bibliográficas
"La construcción del proyecto de
vida y la etnoeducación tiene lugar en
espacios donde se encuentran intereses hegemónicos que
tratan de frenar y controlar estos procesos"
Adán Martínez
Resumen
El presente artículo pretende mostrar las tensiones y
conflictos que
se han presentado en los últimos quince años en la
realidad educativa de Colombia a partir
de la promulgación de la ley 70 del 93.
Como se sabe, nuestro país ha venido asistiendo a la
emisión de normas que le son
exigidas desde los diversos organismos de la comunidad
internacional. Esto, genera en la comunidad la
sensación cómoda de que todo
está bien y que habita un estado noble
que solo persigue su bienestar. La tesis de este
trabajo
es que es posible observar como en la práctica como
se insiste en estrategias
asimilacionistas de invisibilización y aculturación
de los pueblos utilizando agentes eficaces para el
propósito como la escuela. Por
ello, se hace una revisión de la ya citada norma a
la luz de sus
desarrollos y la forma como ésta ha inaugurado unas nuevas
relaciones pedagógicas al interior de las comunidades
educativas en todos los niveles.
A manera de
introducción
La década del 90 en nuestro país además
de ser incierta en términos de lo político fue
aciaga en la búsqueda de nuevas formas de relación
social. Los discursos y
discusiones trascendieron las luchas de los grupos
étnicos, económicos y sociedad civil a
nivel nacional e internacional lo que precipitó que se
abordara la construcción de una nueva constitución política que abarcara
la realidad social y cultural de nuestra nación.
Por ello, la Constitución del 91 viene a hacer visible por
su misma lógica
interna que se ha venido habitando un país que reniega de
sus indígenas, excluye a los afroamericanos, ignora a
la mujer y
desconoce el papel de las culturas en su propia
consolidación como nación.
Es por ello, que al introducir el artículo transitorio
55, los constituyentes, que luego deviene en la Ley 70 del 93,
los constituyentes dejan planteada una estrategia de
reparación que va a venir a instaurar unos nuevos
conceptos en la educación,
otras miradas que de alguna forma fraccionarán el
tradicionalismo que la escuela desde su origen había
implantado en la colectividad su discurso
hegemónico sobre lo étnico. Max Weber
(1994:112), plantea al respecto que "resulta demasiado ventajoso
hacer gala de la fuerza de las
propias opiniones allí donde quienes escuchan que tal vez
piensan distinto, están sujetos al silencio".
¿Es posible entender que siglos de silencio y de
invisiblización colectiva agenciados por la escuela
desaparezcan con la promulgación de una norma? urge
entonces, abordar la revisión a quince años de
distancia de la forma como se ha venido regulando la
implementación de la Ley 70 en nuestro país.
La Ley 70 del 93 como elemento
indicativo
Si alguna vez nos preguntáramos, ¿de qué
ha servido la ley 70 del 93, en términos de
Etnoeducación Afrocolombiana de manera especial para el
Pacífico? Valdría la pena aproximarnos a este
interrogante desde la revisión genérica de lo
esencial de los principios que la
misma ley contempla en sus artículos iníciales,
donde se muestra la
necesidad de hacer una educación abierta y
comunal, donde la formación, crianza y las practicas
culturales estén inmersas en procesos
socioeconómicos esencialmente afro colombianos que se
demuestran en el artículo 3º, expresados a
través de los cuatro principios siguientes:
1. El reconocimiento y la
protección de la diversidad étnica y cultural y el
derecho a la igualdad de
todas las culturas que conforman la nacionalidad
colombiana.
2. El respeto a la
integridad y la dignidad de la
vida cultural de las comunidades negras.
3. La participación de
las comunidades negras y sus organizaciones
sin detrimento de su autonomía, en las decisiones que las
afectan y en las de toda la nación en pie de igualdad, de
conformidad con la ley.
4. La protección del
medio ambiente
atendiendo a las relaciones establecidas por las comunidades
negras con la naturaleza.
En este contexto, surgen una serie de decretos reglamentarios
y acciones de
reglamentación que vienen a perfilar toda una
secuencia de orientaciones a los desarrollos curriculares como
son: Los decretos 1122 de 1998, lineamientos curriculares de la
Cátedra de Estudios Afocolombianos, el decreto 804, que
reglamenta el capítulo tercero de la Ley 115 del
94;Educación para Grupos étnicos, Comisión
Pedagógica Nacional, ley 725 de 2001. ley 65 de 1988 por
la cual se crea la universidad del
pacífico. Muestran los grandes avances de la ley frente a
la educación y a la Etnoeducación;
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