
Eventos que Dilatan y otros Actos que se dan Eventualmente en el Proceso Civil
Unificación del Proceso Civil(EL PROCESO COMO NÚCLEO DE LAS LEYES CIVILES Y MERCANTILES)
Uno de los más apasionantes temas de estudio jurídico es indudablemente el proceso civil, cuya naturaleza constituye la esencia del derecho privado y la razón misma de ser de los trámites que se siguen para dar a cada uno lo que es suyo o se le debe, según conceptos mismos del, actualmente vigente, Código de Procedimientos Civiles.
El tiempo que tiene de vigencia nuestro código de procedimientos civiles y la forma, ya obsoleta, con que regula algunas normas procesales, han provocado que se vengan produciendo algunas reformas, por ejemplo, la forma de tramitar las excepciones dilatorias, que otrora se ventilaban como verdaderos juicios sumarios y que a raíz de ciertas reformas pasaron a resolverse como artículos de previo y especial pronunciamiento, es decir, como cuestiones incidentales que son; otro ejemplo lo constituye el recientemente aclarado punto de la caducidad de la instancia. Sin embargo el momento actual exige algo más allá que una simple reforma y por ello se viene platicando sobre la posible promulgación de un moderno Código Procesal Civil, del cual solamente podemos contar con sus bases y su proyecto, que naturalmente se encuentra en estudio.
Son sustanciales los cambios que se verificarán en el marco de la entrada en vigencia del nuevo código procesal civil: minimización de los efectos dilatorios de ciertas instituciones procesales, que han provocado las maniobras más malintencionadas en los litigantes que han obrado de mala fe; eliminación de procesos innecesarios; brevedad del proceso; acortamiento de las diligencias pronunciadas por los jueces. En fin, un proceso que vaya acorde al momento histórico y a las necesidades de la sociedad.
Un Proceso compacto, breve, sencillo y sobre todo justo y apegado a las normas constitucionales del derecho.
Con todo esto, la proximidad o lejanía de la entrada en vigencia de esas nuevas tendencias, dependerá, indudablemente, de los estudiosos del derecho y de su entereza por abrirse a los cambios tan positivos que representarían un nuevo proceso civil.
Con todo, hay algo que no cambiará, por mucho que se modernicen las leyes y es el compromiso político que tienen muchos jueces que les impide resolver de manera justa y apegada a derecho; al igual que no se puede inculcar honradez en los juzgadores por mandato de ley.
Jueces justos se producirán de las nuevas generaciones, en la Universidad, donde se debe proyectar la probidad y la justicia como valores universales.
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