- Introducción
- Definición. Misión.
Visión - El Consejo Supremo Electoral (CSE)
historia y cambio de nombre a Consejo Nacional Electoral
(CNE) - Integración
- Organismos
subordinados - Organismos
subalternos - Conclusión
- Bibliografía
Introducción
El Consejo Nacional Electoral (CNE) es uno de los 5 poderes
independientes de la República
Bolivariana de Venezuela, el cual es responsable y garante de
la transparencia de los procesos
electorales y refrendarios que se llevan a cabo en dicha nación.
Nace como Consejo Supremo Electoral el 11 de septiembre de
1936
a través de la Ley de Censo
Electoral y de Elecciones. Es la representación visible
del Poder
Electoral. Desde el año 1997, con la entrada en vigencia
de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, deja de
llamarse Consejo Supremo Electoral, para llamarse con el nombre
que conocemos actualmente, solo que con rango Instituto
(organismo del estado sin
personalidad
jurídica propia) y no se constituía como poder
público, hasta la aprobación por referéndum
de la Constitución de 1999, es entonces cuando la
nueva constitución le otorga el rango de máximo
órgano del Poder Electoral.
Según la Ley Orgánica del Poder Electoral: "El
Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del Poder
Electoral, tiene carácter permanente y su sede es la
capital de
la
República Bolivariana de Venezuela. Es
de su competencia
normar, dirigir y supervisar las actividades de sus
órganos subordinados, así como garantizar el
cumplimiento de los principios
constitucionales atribuidos al Poder Electoral.
Ejerce sus funciones
autónomamente y con plena independencia
de las demás ramas del Poder Público, sin
más limitaciones que las establecidas en la
Constitución y en la ley."
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL:
Definición
El Consejo Nacional Electoral es el ente rector
del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los
procesos electorales y refrendarios; garantiza a los venezolanos
la eficiente organización de todos los actos electorales
que se realicen en el país y en particular, la claridad,
equidad y
credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y
sostener el prestigio de la institución electoral. Noble
propósito para mantener vivo en los ciudadanos el afecto
por la democracia, en
cuanto al sistema
más adecuado para una pacífica convivencia de
nuestra sociedad.
Misión:
Ejercer como órgano rector del Poder Electoral la
organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a
procesos electorales a realizarse en el ámbito nacional,
regional, municipal y parroquial, a través de la Junta
Nacional Electoral, la Comisión de Participación
Política y
Financiamiento
y la Comisión de Registro Civil y
Electoral como órganos subordinados, garantizando y
preservando el sufragio como expresión genuina de la
voluntad del pueblo y fuente creadora de los poderes
públicos.
Visión:
Será el vértice de una organización
electoral moderna y autónoma cuya normativa, estructura,
procedimientos
y sistemas
optimizan la ejecución y control de los
procesos electorales y de referendos, mediante el concurso de un
equipo de funcionarios de amplia carrera y experticia electoral
que haciendo uso de las más avanzadas tecnologías y
bajo los principios de transparencia y respeto a la
voluntad del electorado, ejecutan comicios de alta calidad,
ubicándose como importante referencia en la
organización de elecciones en América
Latina.
El Consejo Supremo Electoral
(CSE) historia y cambio de
nombre a Consejo Nacional Electoral (CNE)
Se creó a través de la Ley de Censo Electoral y
de Elecciones, sancionada el 11 de septiembre de 1936 por el
Congreso Nacional de la República de Venezuela, luego de
las largas dictaduras castrista y gomecista. En ese entonces, el
CSE era un Tribunal de Apelaciones de las decisiones emanadas de
las Juntas Estadales y supervisaba el proceso de
elecciones.
El CSE continuó con esas características a
través de las leyes de los
años 1940-41. Sus miembros durante esos años eran
designados por la Cortes Supremas de las distintas entidades; no
había representación de los partidos
políticos en el Cuerpo y era notable la estrecha
dependencia que mantenía con el Poder Judicial conforme a
esas leyes. Durante esa época las elecciones para el
Congreso de la República eran de segundo grado, los
Senadores eran elegidos por las Asambleas Legislativas de cada
estado, y los Diputados por los representantes de las
municipalidades. La elección del Presidente de la
República era de tercer grado, ya que era electo por ambas
Cámaras reunidas en el Congreso Nacional.
Página siguiente |