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Derecho Administrativo



Partes: 1, 2

    1. Derecho administrativo
    2. Clasificación de las
      funciones
      del Estado
    3. Derecho
      administrativo
    4. Las funciones
      del Estado
    5. Resumen
      de
      Derecho
      administrativo primer parcial
    6. Acto
      administrativo
    7. Ejecución,
      cumplimento y extinción del acto
      admnistrativo

    UNIDAD I

    DERECHO
    ADMINISTRATIVO

    Estado. – la  organización jurídica de una
    sociedad, bajo
    un poder de
    denominación que se ejerce en determinado territorio, sus
    elementos son; territorio, población y gobierno. Y se
    caracteriza por tener autonomía.

    Soberanía. – Es la que reside esencial y
    originalmente en el pueblo, que la ejerce por medio de los
    poderes de la unión  

    Derecho público. – Conjunto de normas
    jurídicas que regulan la actuación de los
    individuos frente al estado.
    Así como las relaciones de los estados como entidades
    entre los particulares con el estado, pero considerando este con
    su potestad soberana. 

    El estado es una sociedad humana establecida en el territorio
    que le corresponde, estructurada y regida por un orden
    jurídico, que es creado, definido y aplicado por un poder
    soberano para obtener el bien público temporal formando
    una institución con personalidad
    moral y
    jurídica.

    CAPÍTULO I

    CLASIFICACIÓN DE
    LAS FUNCIONES DEL ESTADO

    1.1. – Función
    legislativa. –
    En toda organización estatal tiene que
    existir una actividad encaminada a formular las normas generales
    que deben en primer término estructurar al estado y en
    segundo termino reglamentar las relaciones entre el estado y
    los ciudadanos y las relaciones de los ciudadanos entre
    sí.

    1.2. – Función judicial. – Todo estado debe
    tener una función encaminada a tutelar el ordenamiento
    jurídico definiendo la norma precisa que aplican en loes
    casos particulares.   

    1.3. – Función administrativa. – Una
    función esencial del estado es actuar promoviendo la
    satisfacción de las necesidades de los ciudadanos
    fomentando el bienestar y el progreso de la colectividad,
    aquí se encuentra comprendida la función
    gubernamental o de alta dirección con el estado.

    CAPÍTULO II

    DERECHO
    ADMINISTRATIVO

    Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la
    organización y funcionamiento del poder
    ejecutivo. 

    Esta definición es criticada ya que no precisa la
    naturaleza y
    el contenido de las normas, organización y
    funcionamiento.

    Maurice Hauriou; dice que el derecho
    administrativo es la rama del derecho publico que regula

    1. – La organización de la empresa de
    la
    administración publica y de las diversas personas
    administrativas en las cuales ha encarnado. 

    2. – Los poderes y los derechos que poseen estas
    personas administrativas para manejar los servicios
    públicos

    3. – El ejercicio de estos poderes y derechos por la
    prerrogativa especial por el procedimiento de
    acción
    de oficio y las consecuencias contenciosas que se siguen.

    Así la característica esencial es definir al
    derecho administrativo como regulador de la organización y
    acción de las autoridades administrativas (de manera
    formal) y de considerar a las autoridades como personas y a las
    facultades que le son atribuidas como derechos.

    La escuela realista
    del derecho administrativo, es el conjunto de las reglas
    relativas de los servicios
    públicos según Gastón Jesé. La
    critica a esta definición abarca otras actividades que no
    son servicios públicos, que lo realiza el estado
    según normas que son de derecho administrativo.

    Otros autores de derecho administrativo  dicen que, es el
    conjunto de normas que regulan las relaciones del estado con los
    particulares". Aquí la crítica
    que se hace a esta definición es que se comprende una
    parte contenido de la rama del derecho ya que también el
    derecho
    constitucional y el derecho
    procesal regulan estas relaciones.

    Otros autores dicen que el derecho administrativo "es el
    derecho regulador de la actividad del estado para el cumplimiento
    de sus fines. Se confunde el derecho publico en todas sus ramas
    con el derecho administrativo ya que la actividad que el estado
    desarrollad para el cumplimiento de sus fines por el contenido de
    todas las funciones del mismo estado.

    Gabino Fraga define al derecho administrativo diciendo que
    incluye el régimen de organización y funcionamiento
    del poder ejecutivo por lo tanto comprende las normas que regulan
    la actividad de dicho poder que se realiza en forma de
    función administrativa, de esta manera no se debilita la
    distinción entre el punto de vista formal y del material
    de la función administrativa. Con esta definición
    se precisa la naturaleza, se logra una mejor adaptación a
    los principios de
    nuestro derecho
    público positivo en México.

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