- Derecho civil
- Diferentes
especies de leyes - De las
actas - El
matrimonio - Del parentesco
y los alimentos - De la
paternidad y filiación - Adopción
y tutela - Del
patrimonio
de familia
UNIDAD I
DERECHO
CIVIL
CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN
1.1. – Concepto de
derecho civil.
– Es la parte del derecho privado constituida por el conjunto
de normas
jurídicas y situaciones con las relaciones comunes y
ordinarias del hombre en lo
que atañe a su personalidad,
patrimonio y a la institución de la
familia.
También se puede definir como el derecho privado
general que tiene por objeto la regulación de la persona en su
estructura
orgánica, en los derechos que le corresponden
y en las relaciones derivadas de su
integración en la familia y de ser
sujeto de un patrimonio dentro de la sociedad.
Clemente de Diego, jurista argentino, dice que el derecho
civil es un conjunto de normas reguladoras de las relaciones
ordinarias y más generales de la vida en que el hombre se
manifiesta como tal, es decir, como sujeto de derechos y obligaciones,
de derechos al patrimonio y como miembro de una familia para el
cumplimiento de los fines individuales de su existencia dentro de
conjunto social.
1.2. – Ciencia del
derecho. – Es una ciencia social investigadora, fundada sobre
la experiencia de las proporciones normativas jurídicas,
encaminada a la comprensión de su significado y a la
construcción del sistema
jurídico.
1.3. – Derecho subjetivo. – Es el poder que
conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otro
sujeto. Es el interés
jurídico.
1.4. – Derecho objetivo.
– Es el conjunto de normas que conforman el sistema
jurídico de una nación
como el derecho
público y el derecho privado
1.5. – Derecho vigente. – Son todos los preceptos de
derecho que están vigentes en la actualidad.
1.6. – Derecho positivo.
– Es el conjunto de preceptos de derecho que regulan la
conducta del
hombre.
Al documento formal por el que se emprende un litigio o
proceso
judicial de carácter civil se le conoce como DEMANDA, y se
utilizan los términos de ACTOR y DEMANDADO, debe
redactarse con claridad y precisión, los HECHOS en
párrafo
separado, los FUNDAMENTOS DE DERECHO (la explicación clara
de la doctrina jurídica) y la PETICION concreta que
reviste en el ámbito civil una importancia
excepcional.
CAPÍTULO II
OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL
A diferencia de otras ramas del derecho que regulan aspectos
que solamente atañen a parte de los individuos, como los
aspectos de comercio, los
hechos delictuosos, las relaciones obrero-patronales, etc., el
derecho civil también denominado DERECHO COMÚN se
integra con normas relativas a la condición general del
individuo como
sujeto de derechos y obligaciones como miembro de una familia y
titular de un patrimonio.
En sus orígenes este derecho se integraba por el
conjunto de normas aplicables a los integrantes de las CIVITAS
Romanas, a los ciudadanos de Roma por lo que
denominaron IUS CIVILE, para diferenciarlo de otras normas que se
aplicaban a quienes procedían de otras ciudades, pero con
el paso del tiempo al ser
difundido a otras latitudes en un ordenamiento conocido como
CORPUS IURIS CIVILES, se le denominó derecho civil.
En la actualidad esta rama del derecho comprende las normas
relativas a las personas desde su nacimiento hasta sus atributos
jurídicos como capacidad, domicilio, estado civil,
nacionalidad,
matrimonio,
paternidad, bienes,
obligaciones, contratos que se
realicen, así como también todo lo relacionado con
las sucesiones.
El actual código
civil para el DF., aplicable a toda la republica en materia
federal que fue aplicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de marzo de 1928 y que entro en vigor el
1° de octubre de 1932., se encuentra estructurado en 4 partes
denominadas libros;
LIBRO PRIMERO.
– comprende las normas relativas a las personas.
LIBRO SEGUNDO. – Se refiere a las cosas y los bienes
LIBRO TERCERO. – Se refiere a las sucesiones
LIBRO CUARTO. – A las obligaciones
CAPÍTULO III
CONTENIDO DEL DERECHO CIVIL
Este abarca grandes instituciones,
la
personalidad, la asociación, la familia y el
patrimonio compuesto de los derechos de las cosas, de
obligación y de sucesión MORTIS CAUSA y que
considerándolo como derecho común se incluye una
posición de materias que propiamente son extrañas
al objeto específico, como en el caso de la nacionalidad y
la extranjería (derecho internacional
privado), las servidumbres legales de interés publico
y la expropiación forzosa (derecho
administrativo), así también el concurso de
acreedores correspondientes al derecho
procesal.
Página siguiente |