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Introducción al Derecho – Derecho Civil: Concepto y División (página 2)



Partes: 1, 2

El Derecho de las obligaciones
y los contratos,
que regula los hechos, actos
y negocios jurídicos, y sus consecuencias y
efectos vinculantes.

El Derecho de
cosas o de bienes, que regula lo que se conoce como derechos
reales y, en general, las relaciones jurídicas de los individuos con
los objetos o cosas, tales como la propiedad,
los modos de adquirirla, la posesión
y la mera tenencia.

Normas de responsabilidad civil

El Derecho de familia que regula las consecuencias
jurídicas de las  relaciones  de familia,
provenientes  del matrimonio
y del parentesco. Sin perjuicio, que parte de la
doctrina la considera una rama autónoma del
Derecho.

El Derecho de sucesiones o sucesorio, que
regula las consecuencias jurídicas que vienen determinadas por el fallecimiento
de un individuo en cuanto a las formas de transmisión de sus bienes y
derechos a terceros.

Por último, también incluye
normas genéricas aplicables a todas las ramas del Derecho, como la aplicación e
interpretación de las normas
jurídicas, y normas de Derecho internacional privado. Por esta
última razón, el Derecho civil recibe su denominación de "Derecho común".

Es necesario tener en
cuenta que el estudio del Derecho civil comprende, además, el análisis de las
diferentes acciones judiciales que el ordenamiento jurídico otorga para la
protección de las situaciones jurídicas antes descritas.

Derecho romano el conjunto de normas que constituyen
el Derecho privado, entendiendo por tal a aquél
que regula las relaciones entre las personas. Se oponía, por tanto, al Derecho
público, que regula las relaciones de las personas con los poderes
del estado
y de los poderes públicos entre sí.

Derecho civil como
Derecho común:

Las normas del Derecho
civil se aplican a todas las materias de Derecho privado que no tengan una
regulación especial de carácter legal. La evolución del derecho, y su especialización,
hicieron nacer ramas específicas de Derecho privado como el Derecho
mercantil. Estas ramas tienen en común el hecho de mantener como derecho supletorio al Derecho civil, que se
instituye así como Derecho común

Derecho civil como
Derecho General:

Derecho civil contiene
normas que regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables a todos los
individuos independientemente de factores como nacionalidad,
profesión,
religión,
etc. Se aplica a todos los que se hallan en la misma situación jurídica.


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