Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Metodología y hermenéutica jurídica



Partes: 1, 2

    1. Código civil y código de procedimiento
      del Estado de
      México
    2. Características de la
      ciencia
    3. Clasificación de las
      ciencias
    4. Clasificación
      del método
    5. Aprendizaje
      del Derecho
    6. Redacción
      de los escritos
    7. Proceso de
      la investigación
    8. Metodología
      jurídica
    9. Hermenéutica
      jurídica
    10. Interpretación
      de la
      ley y
      resoluciones judiciales
    11. Bibliografía

    CÓDIGO CIVIL Y
    CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO DEL ESTADO DE
    MÉXICO

    Proposición.-

    Es la relación de clase
    explícitamente y sin condiciones que exponen qué
    tipo de relación tiene una cosa con otra.

    Juicio de valor.-

    Es el razonamiento por medio del cual se decide la
    valoración negativa o positiva de la conducta humana
    (razonamiento de la conducta
    humana).

    Conclusión.-

    Es la proposición obtenida o justificada de otra.

    Premisas.-

    Son proposiciones que sirven de base para obtener la
    justificación o conclusión.

    Razonamiento deductivo.-

    En éste existen atingencias (relación) entre las
    premisas y la conclusión, si aceptamos las premisas
    entonces tenemos que aceptar conclusiones.

    Contingencia.-

    Es cuando el mensaje de verdad o falsedad comunicado por el
    conjunto de proposiciones analizado, depende de cómo sea
    la realidad de los hechos, en situaciones de orden civil no hay
    lugar a principio.

    Formalización de las normas
    jurídicas.-

    Facilita el examen de la estructura
    sintáctica de las normas jurídicas y auxilia en la
    determinación de las expresiones fundamentales para
    interpretación de las normas

    Concepto de ciencia.-

    Cuerpo metodológicamente formado y ordenado que
    constituye un ramo en particular del saber humano. Es
    también el
    conocimiento cierto de las cosas

    Norma jurídica.-

    Conjunto de reglas de carácter obligatorio que se deben
    seguir

    Ley.-

    Conjunto de normas jurídicas impuestas de
    carácter obligatorio a la sociedad y a
    las autoridades

    Costumbre.-

    Recopilación múltiple de actos o acciones que
    son aceptados por la sociedad

    La lógica
    jurídica.-

    Estudia las formas de razonamiento y uso de lenguaje en
    materia de
    derecho

    Definición.-

    Es el desarrollo del
    contenido preciso de una idea

    Descripción.-

    Es el relato de aquello que percibimos a través de
    los
    sentidos

    La jurisprudencia.-

    Solo es creada a través de magistrados de los
    tribunales y por ministros de la suprema corte de justicia de la
    nación
    y estas son 5 resoluciones a favor sin ninguna en contra.

    Si se llegase a tener una resolución en contra, se
    queda en tesis
    jurisprudencial.

    Ciencia del derecho.-

    Es una ciencia social que tiene órdenes
    jurídicas determinadas como objeto de conocimiento,
    es una actividad investigadora fundada sobre la experiencia de
    las proposiciones normativas jurídicas, encaminada a la
    comprensión de su significado y a la construcción del sistema
    jurídico

    Ciencia.-

    Latín Scientia, desire (conocer). Término que en
    su sentido más amplio se emplea para referirse al
    conocimiento sistemático, pero suele aplicarse a la
    organización de la experiencia sensorial.

    CARACTERÍSTICAS
    DE
    LA CIENCIA

    1. Materia propia
    2. Método propio
    3. Teoría propia

    La materia propia es el asunto de estudio que le
    corresponde en exclusiva; es el ramo particular de la
    situación que se va a estudiar, también es especial
    orientación o enfoque con que se estudian ciertas cosas o
    fenómenos.

    El método
    propio
    es el procedimiento ordenado que cada ciencia en
    Particular sigue para hallar la versad en su materia propia y
    para enseñarle "a este método también se le
    llama del conocimiento o epistemológico"

    La teoría
    propia
    es el conjunto de proposiciones legítimamente
    articuladas entre si que tiene como fin la explicación,
    predicción de las conductas dentro del área del
    derecho. 

    CLASIFICACIÓN DE
    LAS CIENCIAS

    1. Ciencias exactas
    2. Ciencias naturales
    3. Ciencias Sociales y Humanas.- Encontramos al derecho como
      un sistema racional de normas de conducta creadas por la
      sociedad, si tomamos consideración que el derecho es un
      conjunto de normas o reglas que gobiernan la conducta externa
      de los hombres en sociedad, el derecho es pues un
      fenómeno social.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter