El recurso de Casación en materia laboral, en la República Dominicana (página 2)
Existen otros datos que
contribuyen a elaborar un adecuado escrito, y que figuran en los
textos legales de referencia.
En los cinco días que sigan a ese depósito, el
recurrente debe notificar a la parte adversa una copia de dicho
escrito, en el mismo plazo la secretaría de la Corte debe
enviar de forma íntegra el expediente a la S.C.J.
En los quince días de la notificación del
escrito introductivo del recurso de Casación realizado por
el recurrente, la parte intimada debe depositar en la
secretaría de la S.C.J. su escrito de defensa, y a su vez,
en los siguientes tres días debe notificar a la parte
recurrente copia de su escrito de defensa.
Vencido el plazo anteriormente señalado, o hecho el
depósito del escrito de defensa, el secretario
pasará todo el expediente al Presidente de la Suprema
Corte para que proceda a fijar la audiencia, sin necesidad de
opinión del Procurador Gral. de la Rep.
Por ultimo, la S.C.J. dispone de un plazo de 30 días
para dictar su fallo.
Las disposiciones de la Ley sobre
Casación (ley No. 3726) son aplicables en esta materia, salvo
que el Código
de Trabajo
establezca lo contrario.
Autor:
Lic. Manuel Coronado, M.A,D.
Abogado-Contador Público
República Dominicana
2/10/2008
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