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La audiencia de revisión de medidas cautelares



Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Periculum in
      mora
    3. Las medidas
      cautelares
    4. Fumus commisi
      delicti
    5. Periculum
      libertatis
    6. La
      detención provisional en la historia
      salvadoreña
    7. La
      sustitución de las medidas cautelares
    8. Las audiencias
      orales
    9. Las
      audiencias para revisar las medidas cautelares
    10. Peticiones
      para revisar las medidas
    11. La
      revisión
    12. Recursos
    13. Otro caso
      real
    14. Autoridad,
      seguridad y democracia
    15. Formatos
      para solicitar la revisión de medidas
      cautelares
    16. Formatos para
      solicitar sustitución de medidas cautelares
    17. Conclusiones

    Dedico el fruto de mi inspiración al gran
    amor de mi vida: Elvira de Jesús Velásquez.

    INTRODUCCIÓN

    La aplicación de medidas cautelares en el proceso
    penal, juntamente con la celeridad de los procedimientos, es tema
    central en el asunto de democratizar la administración de
    justicia. Sin embargo, hay posiciones que afirman que la
    democracia en el proceso, es un obstáculo para la
    seguridad ciudadana y que es necesario limitar las
    garantías constitucionales para infundir temor en los
    "delincuentes", por supuesto que quienes defienden estas posturas
    son típicamente carcelistas, es decir, que todo lo
    resuelven con el recurso "cárcel".

    Hay problemas económicos, la respuesta es la
    "cárcel"; hay problemas sociales, la solución es la
    "cárcel"; existen dificultades educativas, hay que
    pararlas con la "cárcel".

    Para personas como directores de la policía nacional
    civil, fiscales y jueces, la única respuesta es la
    cárcel, para todo problema social, por eso proponen
    más cárceles y menores condiciones en sus
    interiores, para que se purguen verdaderos castigos al interior
    de sus paredes.

    En este documento se presentan las razones para decretar la
    detención provisional y porque es necesario e importante
    revisar las medidas cautelares; las dos clases de medidas
    cautelares que existen y la procedencia de abrir el proceso de
    tal manera que, generalmente, no sea necesario aplicar medida
    cautelar alguna.

    La forma de solicitar la sustitución de las medidas
    cautelares y como dicha solicitud genera la visión de un
    presunto prófugo, atentando así contra el principio
    de presunción de inocencia.

    Existe, también una clara diferencia entre
    revisión de medidas y sustitución de las mismas,
    claro que una es consecuencia de la otra, pero no significa que
    deben estar pegadas para proceder de manera consecutiva; la
    obligación de la primera no se exime por la no
    presentación de causas para la segunda.

    La forma en como se formulan las solicitudes para realizar
    audiencias de revisión de medidas y algunos casos
    especiales, se presentan en este documento.

    LA AUDIENCIA DE
    REVISIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES

    Las medidas cautelares han estado en el derecho procesal
    penal, casi desde siempre, con el nombre de arresto provisional o
    detención; por supuesto, que originalmente era lo
    único; actualmente existen otras formas de prevenir la
    fuga del imputado o de que éste burle la acción de
    la justicia (periculum in mora)

    Lógicamente, que para llegar a condenar a una persona,
    por ser ésta, jurídica, procesal y materialmente,
    considerada culpable, hay que recorrer todo un proceso, que a lo
    largo de la historia ha evolucionado y pasado por diversas
    manifestaciones: a) Inquisitivo; b) Acusatorio; c)
    Democrático.

    En El Salvador, apenas se ha llegado al sistema acusatorio y
    luego se tiende a retroceder al modo inquisitivo, por influencias
    políticas conservadoras.

    La tradición conservadora salvadoreña es
    intolerante a cualquier cambio, por mínimo que sea, a esto
    se debe que el proceso penal está empantanado en sus
    manifestaciones inquisitivas; y que aún, con un texto
    legal de contenido acusatorio, se haya concretizado en
    prácticas inquisitivas.

    LAS MEDIDAS
    CAUTELARES

    Las medidas cautelares son de dos tipos:

    • a) Personales; y

    • b) Patrimoniales.

    Partes: 1, 2

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