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Legislación




Enviado por Arturo Clery



Partes: 1, 2

    DEBER  N°  1

    ANÁLISIS DE ARTÍCULOS DE LA
    EDUCACIÓN SEGÚN LA NUEVA
    CONSTITUCIÓN:

    ART. 26.- La educación es un
    derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber
    ineludible e inexcusable del Estado.
    Constituye un área prioritaria de la política
    pública y de la inversión estatal, garantía de la
    igualdad e
    inclusión social y condición indispensable para el
    buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad
    tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso
    educativo.

    ANÁLISIS:      

    Todo ecuatoriano sin distinción de raza, sexo, edad,
    condición social, política, económica tiene
    el derecho de recibir una educación digna,
    justa e igualitaria por parte del estado, la cual le
    servirá  para su desarrollo
    personal y profesional dentro de la sociedad en que
    vivimos.  En este proceso debe existir la
    colaboración y participación activa de los
    familiares que lo rodean a fin de culminar el proceso con
    éxito.

    ART. 27.- La educación se centrará en el
    ser humano y garantizará su desarrollo
    holístico, en el marco del respeto a los
    derechos
    humanos, al medio ambiente
    sustentable y a la democracia;
    será participativa, obligatoria, intercultural,
    democrática, incluyente y diversa, de calidad y
    calidez; impulsará la equidad de
    género,
    la justicia, la
    solidaridad y la
    paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la
    cultura
    física, la
    iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y
    capacidades para crear y trabajar. La educación es
    indispensable para el
    conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y
    constituye un eje estratégico para el desarrollo
    nacional.

    ANÁLISIS:

    La educación debe abarcar el desarrollo de todas las
    habilidades en el ser humano así como el afianzar y
    aplicar los valores
    morales.  Además ser intercultural, de conocimiento
    general del  entorno en que se desarrolla el individuo lo
    cual le permitirá estar preparado para afrontar cualquier
    situación en las diferentes etapas de la vida.  La
    educación debe ser impartida de manera igualitaria,
    dejando de lado cualquier interés de
    lucro, su único fin debe ser el impartir conocimientos de
    la mejor manera y hacia la mayoría de ciudadanos con el
    objetivo que
    puedan interrelacionarse entre sí  y luchen por el
    mejor servicio y
    progreso a su patria dentro o  fuera de ella y la manera
    más eficaz y eficiente es través de la
    educación.

    ART. 28.- La educación responderá al
    interés público y no estará al servicio de
    intereses individuales y corporativos. Se garantizará el
    acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad
    en el nivel inicial, básico y bachillerato o su
    equivalente. Es derecho de toda persona y
    comunidad
    interactuar entre culturas y participar en una sociedad que
    aprende. El Estado
    promoverá el diálogo
    intercultural en sus múltiples dimensiones. El aprendizaje se
    desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada. La
    educación pública será universal y laica en
    todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación
    superior inclusive.

    ANÁLISIS:

    La educación pública será laica,
    universal y gratuita incluyendo hasta el tercer nivel lo que
    permitirá la preparación de más
    profesionales, oportunidad que recibirán los bachilleres
    que en su mayoría salen a trabajar y dejan de estudiar, ya
    que por horarios de trabajo se
    dificulta que continúen estudiando o que su
    situación económica no les permite pagar sus
    estudios superiores pero según esta nueva constitución ahora sí tendrán
    esta oportunidad, la cual deberá ser aprovechada al
    máximo por los estudiantes ya que dicha gratuidad
    dependerá de su buen rendimiento académico, al que
    mucho están en desacuerdo pero que  su vez
    obligará a estudiar y por ende a ser mejores profesionales
    a futuro.

    ART. 29.- EI Estado garantizará la libertad de
    enseñanza, la libertad de cátedra en
    la educación superior, y el derecho de las personas de
    aprender en su propia lengua y
    ámbito cultural. Las madres y padres o sus representantes
    tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una
    educación acorde con sus principios,
    creencias y opciones pedagógicas.

    ANÁLISIS:

    El estado ofrece libertad de enseñanza  y
    cátedra a nivel superior por lo que el alumno y/o los
    padres de familia
    estará en libertad de escoger lo que le gusta y donde le
    gusta estudiar, de acuerdo con su  criterio con el
    único requerimiento de estudiar y salir adelante porque de
    lo contrario perdería la oportunidad de prepararse y su
    cupo sería aplicado para otro ciudadano que sí
    desee prepararse.

    ART. 343.-        El
    sistema nacional
    de educación tendrá como finalidad el desarrollo de
    capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la
    población, que posibiliten el aprendizaje, y la
    generación y utilización de conocimientos, técnicas,
    saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al
    sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y
    dinámica, incluyente, eficaz y eficiente.
    El sistema nacional de educación integrará una
    visión intercultural acorde con la diversidad
    geográfica, cultural y lingüística del país, y el
    respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y
    nacionalidades.

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