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Necesidades básicas del ser humano y su satisfacción a través de la cultura (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4

Métodos cualitativos

Métodos cuantitativos

Propensión a "comunicarse con" los

sujetos del estudio

Propensión a "servirse de" los sujetos

del estudio

Se limita a preguntar

Se limita a responder

Comunicación más horizontal… entre

el investigador y los investigados…

mayor naturalidad y habilidad de

estudiar los factores sociales en un

escenario natural

 

Son fuertes en términos de validez

interna, pero son débiles en validez

externa, lo que encuentran no es

generalizable a la población

Son débiles en términos de validez

interna -casi nunca sabemos si miden

lo que quieren medir-, pero son

fuertes en validez externa, lo que

encuentran es generalizable a la

población

Preguntan a los cuantitativos: ¿Cuan

particularizables son los hallazgos?

Preguntan a los cualitativos: ¿Son

generalizables tus hallazgos?

GRANDES PROBLEMAS DEL
SALUD DEL SIGLO XXI

La Sociedad Cambia Más Rápido Que La
Sanidad

       La sociedad del siglo XXI
cambia de forma rápida en dirección incierta. El
sociólogo Zygmunt Bauman ha acuñado el concepto de
sociedad o vida líquida para definir un modelo emergente
de sociedad en el que las cosas se convierten en objetos de
consumo o en objetos de reciclaje, y en la que nunca se sabe con
certeza hacia dónde se evoluciona1. En este
mismo contexto, el sociólogo Ulrick Beck ha hablado de la
sociedad del riesgo como aquella en la que la búsqueda de
certezas genera más incertidumbre2.
Finalmente, Francis Fukuyama se ha referido al fin de la historia
para definir un modelo de sociedad en la que los acontecimientos
pasan con gran rapidez, de forma inmediata y son objetos de
múltiples análisis en tiempo
presente3. Este proceso de finitud de la historia,
como disciplina encargada de la descripción y el
análisis retrospectivo de los acontecimientos sociales, es
consecuencia de un conjunto de fenómenos que, en lo que
respecta a los sistemas sanitarios, se pueden clasificar como
"transiciones sanitarias" (Tabla 1) y que permiten la
visualización de los cambios conforme éstos se van
produciendo, en "tiempo real".

       Este concepto de
now-history o "historia en tiempo real" dificulta la capacidad de
reacción de los agentes sanitarios, a los que los
determinantes del cambio suelen pillarles desprovistos de
soluciones. Ello es debido, en parte, a que la velocidad del
cambio es mayor que la capacidad de reacción al mismo por
parte de las personas e instituciones sanitarias. Un ejemplo de
esta situación lo constituye el aumento de tarjetas
sanitarias que se ha producido en algunas CC.AA. y que ha
supuesto un colapso de algunos servicios sanitarios debido a una
demanda asistencial no prevista. A ello se une la escasa
capacidad de planificación de los servicios sanitarios,
como se ha demostrado con la imprevisión producida en la
estimación del número de médicos necesarios.
La coexistencia en el tiempo de un aumento del número de
jubilaciones de profesionales con la disminución del
número de nuevos licenciados en activo -resultante de las
políticas de numerus clausus que se han aplicado desde
1980 en las facultades de medicina– era un fenómeno
previsible que no había sido adecuadamente
previsto. 

          Los
sociólogos modernos concluyen que vivimos en la sociedad
de la incertidumbre, del cambio y del exceso, y esas
características también se reflejan en las
actitudes de los ciudadanos con respecto a la salud y a los
sistemas sanitarios. Las características más
relevantes de este nuevo modelo de cambio social se
describen  tabla 2.

 

Así, en España se ha configurado un nuevo modelo
de usuario de la sanidad que condiciona los patrones de
utilización de los servicios sanitarios y aumenta la
complejidad de la visita médica. Una complejidad que, de
hecho, está influenciada por una condiciones de
presión asistencial, difusión rápida de
nuevas tecnologías, escasa preparación de los
profesionales de la medicina en habilidades de relación y
comunicación con los pacientes, mayor exigencia de los
usuarios, baja autoestima y burn-out de los profesionales de la
atención médica, y unas elevadas expectativas en la
capacidad resolutiva de los servicios de salud y en el beneficio
potencial de los avances científicos.

      En España se ha
producido en los últimos años una elevada
alfabetización de la población, entendida
ésta como un aumento del porcentaje de ciudadanos que
saben leer, escribir y hacer operaciones numéricas
simples. A ello se ha unido un incremento de la educación
formal de la ciudadanía, medida por el porcentaje de
personas que han finalizado los estudios de bachillerato y los
que han tenido acceso a estudios universitarios. Curiosamente,
este aumento de la alfabetización formal básica y
superior no se ha acompañado de un incremento de la
alfabetización sanitaria y de la educación
cívica. Por alfabetización sanitaria se entiende la
capacidad de las personas para encontrar, entender y utilizar
adecuadamente, en beneficio propio o de aquellas personas que
cuidan, la información relacionada con los temas de salud.
Asimismo, el concepto de educación cívica hace
referencia, en este caso, a la capacidad de los ciudadanos para
realizar un uso justificado y adecuado de los recursos
públicos. A estos déficits de alfabetización
sanitaria y educación cívica se une la
extensión, en el Estado del bienestar, de los servicios
sanitarios al ámbito de las políticas sociales.
Esta situación se manifiesta en tres situaciones
específicas: los centros de salud, los servicios de
urgencias y la atención sociosanitaria.

       En los sistemas
sanitarios modernos el centro de salud se convierte en un "centro
social" ya que parte de la patología que atiende
está relacionada o acompañada de situaciones
relativas a la dependencia, problemas de salud mental,
estrés, soledad y adicciones, entre otras condiciones de
naturaleza social. Ello ha llevado a algunos sistemas sanitarios
a considerar al centro de salud como un centro social o
sociosanitario, lo que supondría, en términos de
organización de la asistencia, dar una mayor relevancia de
la que tienen en la actualidad a los profesionales de
enfermería y a los trabajadores sociales. 

      Otra característica
singular de nuestro sistema sanitario es la utilización
que se hace de los servicios de urgencias. En ésta se ve
el reflejo de una sociedad que no sabe esperar y que busca
encontrar soluciones rápidas a los problemas de salud. El
hecho de que las urgencias hospitalarias sea la puerta preferida
por muchos ciudadanos para entrar en el sistema sanitario cuando
tienen un problema de salud indica, en aquellos casos en los que
no constituye la alternativa adecuada, un déficit de
educación cívica sobre los usos de los bienes
públicos y un problema de alfabetización sanitaria.
A ello se une la ausencia de servicios de salud que atiendan a
los pacientes en horario de tarde-noche y de fin de semana.

Finalmente, el envejecimiento de la población produce
un incremento de la comorbilidad, lo que se define, en la
denominada transición epidemiólogica, como la
transición de un estadio de enfermedad única y
aguda, a uno de pluripatología y enfermedad
crónica. Todo ello en un entorno sanitario donde predomina
el hospital de alta tecnología y la fragmentación
por especialidades, obviando una aproximación más
cercana a las necesidades de salud y sociales de los
pacientes. 

        El escenario
expuesto se hace más complejo cuando la atención
sanitaria califica a sus usuarios como clientes y no como
pacientes. La naturaleza del concepto de cliente o consumidor
implica una capacidad de elección de lo servicios por
parte de éste, una participación del usuario en la
evaluación de los servicios obtenidos, dar prioridad a la
visión subjetiva de la necesidad médica y la
adopción de un modelo de relación entre
profesionales y usuarios más simétrico, entre otras
tendencias emergentes. La diferencia esencial es que un
consumidor de un servicio convencional, por ejemplo un
supermercado, puede decidir si acude o no a éste,
cuándo va y qué va a comprar, mientras que un
usuario de los servicios sanitarios se supone que acude a los
mismos por necesidad, no por voluntad, y su capacidad de
elección está restringida. En este sentido, en los
servicios de atención sanitaria se manifiesta la
tensión existente entre una organización
diseñada para atender enfermos de forma gratuita y
universal y una concepción del paciente como usuario,
cliente o consumidor. Ello configura la necesidad de determinar
un nuevo marco de derechos y obligaciones acordes con un nuevo
modelo de paciente.

        Finalmente, en la
denominada sociedad de la información, Internet ha
supuesto una verdadera revolución. Se ha pasado de una
situación de incapacidad para acceder a información
sobre temas de salud o del acceso a una información de
escasa calidad y genérica, a acceder a una gran cantidad
de información de calidad desigual y que supera la
capacidad de cribado de los internautas. Así, en el mes de
octubre de 2006 se podían encontrar 300 millones de
referencias sobre cáncer en el buscador Google, de las que
más de 3 millones eran de cáncer de mama y
1.390.000 sobre el tratamiento de este tipo de tumores con un
nuevo fármaco, el Herceptin. Curiosamente, o no, Internet
permite acceder a las búsquedas más variopintas,
como la de encontrar 455 webs que hacían referencia al
inexistente tratamiento de la angina de pecho con
frijoles. 

La experiencia de los pacientes en
España 

         En los
últimos años, desde la Fundación Biblioteca
Josep Laporte se han dirigido y promovido diferentes estudios
genéricos en pacientes y usuarios de la sanidad con los
siguientes objetivos4: valorar la percepción y experiencia
de los usuarios y pacientes con el Sistema Nacional de Salud;
evaluar los cambios producidos en el sistema sanitario;
visualizar tendencias en la utilización de los servicios
sanitarios y en el auto-cuidado; estudiar la confianza de los
ciudadanos en el sistema de salud y revisar el estado de la
opinión pública sobre los temas de salud y sanidad.
Los estudios realizados seguían metodologías
cuantitativa y cualitativa. Entre las investigaciones
cuantitativas destacan: una encuesta realizada en julio 2001 para
el Observatorio de Salud y Mujer en 6.530 mujeres
españolas valorando sus necesidades de información
de salud; otra encuesta llevada a cabo en septiembre de 2002 en
una muestra de 2.700 usuarios de la sanidad y una tercera
realizada en noviembre de 2005 con la Universidad de Harvard en
3.010 ciudadanos. Entre los trabajos cualitativos, destacan: el
estudio internacional "El Paciente del Futuro" que dirigido desde
el Picker Institute de Oxford se realizó en 8
países europeos con la metodología de grupos
focales, el estudio "El Paciente Oncológico", y estudios
en pacientes con osteoporosis y con enfermedades
cardiovasculares. Los principales resultados de los estudios
cuantitativos aparecen resumidos en las tablas 3 y 4.

       En ellos se pone en
evidencia la escasa implicación de los pacientes en la
toma de decisiones sanitarias, donde adoptan mayoritariamente un
rol pasivo, la necesidad de mejorar los procesos de
información a los pacientes -tanto en cantidad como en
calidad- y la importancia del médico y de los medios de
comunicación como agentes de información. Los
resultados del estudio de "Confianza en el Sistema Nacional de
Salud"5 evidencian la elevada confianza de la
población en las profesiones sanitarias con respecto a
otras profesiones. También ponen de manifiesto que la
población es consciente de que la sanidad atraviesa
problemas financieros o de sostenibilidad, pero, a pesar de ello,
no están dispuestos a aceptar medidas de
financiación complementaria -basadas en el copago de
servicios o en la subida de impuestos– a excepción de los
impuestos del tabaco y del alcohol

Los principales resultados del estudio español del
proyecto internacional "El Paciente del Futuro" aparecen
descritos en la tabla 5.

       Los mismos evidencian
cómo los españoles sitúan la sanidad y los
temas de salud como prioritarios. Este dato confirma los
resultados obtenidos en las diferentes encuestas realizadas a
principios de la década de los 90 en España.
También destaca la reivindicación de la figura de
"mi médico" como agente de salud de los pacientes, a pesar
de que se le pide una mayor dedicación en tiempo de visita
y en la calidad de la información proporcionada. Esta
visión se confirma en el estudio de "Confianza". Asimismo,
aparece la dicotomía pasiva-activa en la actitud de los
pacientes hacia los temas de salud que, posteriormente, se
confirma en los estudios cuantitativos. La tendencia pasiva de
los pacientes exige el protagonismo de los médicos en los
procesos de toma de hijos de personas mayores. 

Desde el año 2003 diferentes iniciativas han intentado
fomentar la educación cívica y la promoción
de los derechos de los pacientes en España. La decisiones,
adoptando un modelo de relación paternalista. Por el
contrario, la tendencia activa, minoritaria en los estudios
cualitativos y cuantitativos, evidencia la aparición
emergente de un nuevo tipo de pacientes que quieren participar y
adoptar un rol protagonista en los procesos de toma de decisiones
que afectan a su salud.

Estos pacientes optarían por un modelo de
relación médico-paciente deliberativo e incluso, en
algunos casos, científico. Se podría hipotetizar
que los ejemplos de este nuevo modelo de paciente se
visualizarían en un nivel educativo alto, pacientes
jóvenes, padres de niños enfermos y en primera de
estas iniciativas fue la Declaración de Barcelona de las
Asociaciones de Pacientes, formulada por representantes de 50
organizaciones de pacientes y usuarios del Estado
español6. La difusión de la misma
llevó a la constitución del Foro Español de
Pacientes, que agrupa 14 grandes organizaciones, 637 asociaciones
de pacientes y 267.000 miembros. El Foro está impulsando
en la actualidad la creación de foros autonómicos,
de los que ya existe el "Forum Catalá de Pacients" que
agrupa 25 asociaciones y 31.000 miembros. El Foro ha organizado
ya dos congresos nacionales de pacientes y se ha constituido en
una organización de promoción de los derechos de
los pacientes. Finalmente, con el objeto de promover una mayor
alfabetización sanitaria de la sociedad civil y de los
pacientes se ha creado la Universidad de los Pacientes. Este es
un proyecto promovido por la Universitat Autónoma de
Barcelona y la Fundació Biblioteca Josep Laporte que tiene
como misión promover actividades de información,
incluidos los "podcasts epacientes" y diferentes sitios webs, de
investigación, de formación, con los programas de
paciente experto y de paciente tutor, y de asesoría y
acreditación de actividades.

Mutaciones Demográficas

           
Según las previsiones medias de las Naciones Unidas, la
población mundial alcanzará 8.000 millones en 2028
y 9.000 millones en 2054, y luego se estabilizará en torno
a esa cifra. No habrá entonces una explosión
demográfica, sino más bien un gran aumento seguido
de un estancamiento. Algunos demógrafos estiman que dentro
de algunos decenios podría incluso producirse una
implosión. En efecto, según las previsiones
más bajas de las Naciones Unidas la población
mundial se estabilizaría en torno a los 7.300 millones
hacia 2050, antes de empezar a declinar. Teniendo en cuenta que
la transición demográfica se ha acelerado, no se
puede descartar que a mediados del siglo XXI la población
mundial supere apenas los 8 mil millones.

     Por otra parte, la población
mundial está envejeciendo. Según la
hipótesis media de las Naciones Unidas, de 1995 a 2050 los
menores de 15 años disminuirán -del 31% al 19% de
la población mundial-, mientras que las personas de
más de 60 años aumentarán -del 10% al 22%.
También está evolucionando la distribución
geográfica de la población mundial. A no ser que se
produzcan grandes corrientes migratorias -un fenómeno
siempre posible-, la población de Europa y Japón
disminuirá en los próximos 50 años.
Según algunos estudios, la única solución
para resolver la drástica disminución de la
proporción entre personas activas e inactivas sería
la inmigración. Las causas de mortalidad también
evolucionan. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha
dado la voz de alarma sobre la inminente posibilidad de que
estalle una crisis mundial provocada por las enfermedades
infecciosas. A pesar de los progresos considerables en la lucha
contra esas enfermedades -se ha logrado erradicar la viruela y
podrían declararse definitivamente vencidas la
poliomielitis y la dracunculosis-, siguen causando la tercera
parte de las muertes que ocurren en el mundo. Las bacterias y los
virus que las provocan son nuevos, están en constante
mutación o han aprendido a resistir a los tratamientos que
nos protegían hasta ahora. En cualquier caso, todos se
caracterizan por una enojosa tendencia a desplazarse.

Cuando una enfermedad desaparece, surge otra nueva: en 1980 la
OMS anunciaba la erradicación mundial de la viruela, y un
año después se identificaba el sida por primera
vez. Además, hay un recrudecimiento de enfermedades graves
como la tuberculosis, se han identificado nuevos agentes
infecciosos como el prión y varias enfermedades conocidas
empiezan a resistir a los antibióticos clásicos, al
mismo tiempo que disminuyen las investigaciones sobre las
vacunas. En Botswana, el país más diezmado por la
epidemia del sida, una cuarta parte de la población adulta
está infectada por el virus y la esperanza de vida al
nacer decayó de 61 años a 47 en el último
decenio, cuando debería ser actualmente de 67 años
si no existiera esa epidemia. La esperanza de vida también
se redujo en la Federación de Rusia y en varios
países de la antigua URSS.

           
Existe un vínculo entre la educación de las
jóvenes y las cuestiones de población y desarrollo.
Muchos estudios han puesto de relieve la repercusión
positiva que tiene la educación de la mujer en el
desarrollo social y la salud, y más concretamente en los
índices de mortalidad infantil y fecundidad. A este
respecto, cabe preguntarse si el mejor método
anticonceptivo no es la educación para todos a lo largo de
toda la vida. El aumento de la población mundial conlleva
una urbanización masiva, acelerada por las
transformaciones socioeconómicas, que transforma la escala
de las ciudades y va acompañada por fenómenos sin
precedentes: pobreza y exclusión urbanas, secesión
de grupos y barrios, problemas ambientales, acceso a los recursos
naturales y culturales, derecho a la vivienda, nuevos problemas
de ciudadanía y retracción del espacio
público. De confirmarse estas tendencias, se estima que
dentro de 40 años habrá que construir el
equivalente de 1.000 ciudades de 3 millones de habitantes, o sea
casi tantas ciudades como las que existen actualmente.

     Hoy en día el crecimiento
urbano más acusado se produce, o bien en las regiones
más pobres y en este caso no guarda relación con un
desarrollo efectivo, o bien en las zonas de auge económico
más rápido. En este último caso, el "boom"
suele provocar una explosión caótica que genera
grandes problemas de abastecimiento de agua potable,
energía, aprovisionamiento alimentario suficiente,
violencia, marginación y exclusión. Esto hace que
en muchos países proliferen "comunidades cerradas" que se
amurallan y protegen con barreras, o se aíslan en lugares
apartados. Millones de personas fascinadas por el brillo de las
grandes ciudades truecan la pobreza del medio rural por la
miserable "soledad acompañada" de las grandes
aglomeraciones, donde suelen carecer de los servicios más
elementales, ya se trate de escuelas, sistemas sanitarios o
infraestructuras básicas, y viven sumidas en la miseria y
la exclusión que a menudo son terrenos abonados para la
violencia y el extremismo. Ante esas situaciones,
¿cómo humanizar la ciudad, reconstituir la
urbanidad y el civismo, e integrar a los marginados?

CONDICIONES DE VIDA,
FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS,
EMPLEO, EDUCACIÓN,
RECREACIÓN

Todo comenzó principalmente con la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948. Lo que se pretendía
era establecer un conjunto de normas de derechos humanos que, por
ser formalmente positivadas y tener la aceptación
voluntaria de los Estados miembros de las Naciones Unidas, y
generar un ambiente político internacional de normas de
derechos humanos.

Los derechos económicos, sociales y culturales,
además de ser proclamados en la Declaración
Universal dos Derechos Humanos de 1948, fueron codificados en una
norma específica: Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales – documento que vino a
ser adoptado por la ONU en 1966 y ratificado por Brasil en 12 de
diciembre de 1991.

La primera idea fue la creación de una Carta
Internacional de Derechos Humanos y un único pacto
internacional, que tuviese obligatoriedad para los Estados
signatarios y que tratase tanto de los derechos civiles y
políticos como de los derechos económicos, sociales
y culturales. Las divergencias entre los bloques mundiales –
Unión Soviética (firmes defensores de los derechos
económicos, sociales y culturales) y Estados Unidos
(defensores de los derechos civiles y políticos) – las
objeciones acerca la naturaleza jurídica de eses derechos
impidieron esa formulación, adoptándose dos
tratados distintos: El Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos y el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales:

"La Comisión de Derechos Humanos
recibió por medio del ECOSOC el encargo de la Asamblea
General de preparar un instrumento que precisara en
términos jurídicos los derechos enunciados en la
Declaración Universal, comenzó a trabajar sobre la
idea de elaborar un solo pacto dedicado únicamente a los
derechos civiles y políticos. Posteriormente, al declarar
la Asamblea General la indisolubilidad entre el goce de ambas
clases de derechos, se decidió incluir dentro del pacto
los derechos económicos, sociales y culturales, siguiendo
el modelo de la Declaración Universal. Pero las dudas
sobre el carácter justiciable de unos derechos cuya
formulación era imprecisa, indujeron a la Asamblea General
a variar su opinión y configurar dos pactos
distintos.
"

Los trabajos comenzaron en 1947, sin embargo, en 1954
todavía no habían sido concluidos. No por falta de
reuniones de las comisiones o por falta de propuestas de un pacto
único, sino por las presiones políticas durante la
Guerra Fría que impidieron la conclusión del pacto
único, restando, como única solución
inteligente la creación de los dos pactos.

Esos adoptados en 1966, pero solamente entraron en vigor diez
años después, cuando consiguieron el número
de ratificaciones necesarias. Lo que prevaleció en
realidad, fue una visión liberal de derechos humanos
minimizando la discusión de derechos económicos y
sociales como derechos que deberían ser aplicados cuando
fuera posible o conveniente. Fue una tendencia ideológica
que prevaleció en la adopción de esos pactos.

Dos años después, en la Conferencia Mundial
realizada en Teherán en 1968, se afirmó la
indivisibilidad y la interdependencia de los derechos humanos,
como nos enseña Cançado Trindade: "Como os
direitos humanos e as liberdades fundamentais são
indivisíveis, a realizaçao dos direitos civis e
políticos sem o gozo dos direitos econômicos,
sociais e culturais torna-se impossível
"

En ese sentido, las Naciones Unidas a parte de adoptar dos
pactos distintos buscó a lo largo de los años
afirmar el carácter indivisible e interdependiente de los
derechos humanos. En los años setenta, resoluciones de las
Naciones Unidas reiteraron esta idea, al afirmar que:

"Todos derechos humanos son universales, indivisibles,
interdependientes y están relacionados entre sí. La
comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma
global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y
dándoles a todos el mismo peso.
"

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales presenta un rol extenso de derechos lo que
representa un desarrollo de la DUDH en cuanto al ideal del ser
humano liberado del temor y de la miseria por medio del goce
integral de los derechos humanos, económicos, sociales y
culturales, como también de los derechos civiles y
políticos.

El PIDESC busca establecer normas con mayor poder vinculante
para los Estados en materia de los derechos económicos,
sociales y culturales, fijando igualmente su contenido, alcance y
limitaciones; comparando con la DUDH, éste amplía
la gama de los derechos económicos sociales y culturales,
y es un importantes instrumento buscar la materialización
de estos derechos.

De esta forma se clasifica los derechos: En primer lugar, el
derecho de los pueblos a su libre autodeterminación
política y a proveer su desarrollo económico,
social y cultural, disponiendo libremente de sus riquezas y
recursos naturales, sin que se pueda privar a un pueblo de sus
propios medios de subsistencia.

En segundo lugar, un grupo de derechos laborales que comprende
el derecho al trabajo, a la formación técnico
profesional, a la ocupación plena, a condiciones de
trabajo satisfactorias y equitativas, a un salario justo que
permita condiciones dignas al trabajador y su familia, al
descanso y al tiempo libre, a los derechos sindicales, que
comprenden la libertad sindical de asociación y el derecho
a la huelga.

En tales artículos del PIDESC establece el derecho al
trabajo, sin discriminación alguna, con derecho a una
remuneración justa, y además añade el
derecho al individuo a sindicalizarse.

El derecho al trabajo está reconocido por varios
instrumentos normativos en el ámbito internacional, pues
se trata de un derecho muy importante para el desarrollo de la
persona humana, su dignidad y sobretodo para la
realización de otros derechos humanos.

"Toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir
con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la
supervivencia del individuo y de su familia y contribuye
también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o
aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en
el seno de la comunidad.
"

Es una obligación del Estado garantizar a las personas
el derecho al trabajo libremente elegido o aceptado, esta es una
definición basada en que la dignidad y el respecto de la
persona son posibles a través de su libertad.

Esto genera el desarrollo personal y la integración
social y económica de la persona. Según la OIT el
"empleo pleno, productivo y libremente elegido" vincula la
obligación de los Estados Partes en abolir, condenar y
luchar contra todas las formas de trabajo forzado.

Es importante añadir que "el derecho al trabajo no
debe entenderse como un derecho absoluto e incondicional a
obtener empleo
".

Como se ha comentado anteriormente, la importancia del trabajo
se caracteriza sobretodo por la dignidad del mismo, y cuanto a
ese punto se observa que trabajo digno es aquel que respeta los
derechos del hombre como trabajador y los demás derechos
de la persona, es decir, añade al trabajador derechos
típicos como remuneración y seguridad pero no
implica en la restricción de otros derechos fundamentales
como la integridad física y mental.

Tal remuneración justa implica una forma equitativa y
satisfactoria que garantice una condición a los
trabajadores de vivir y asegurar la vida de sus familias con
dignidad. Los Estados están obligados a establecer unos
mecanismos de fijación del salario mínimo, para
determinar, revisar y ajustar periódicamente sus tasas,
con la finalidad de mantener con el salario mínimo unas
condiciones básicas que garanticen la cualidad de vida
digna de los trabajadores.

Según la Observación General Nº 18 del
CDESC, el trabajo pleno será posible con la
conjunción de los siguientes elementos interdependientes y
esenciales, que deberán ser proporcionados por los Estados
en la medida de las condiciones internas existentes:

  • Disponibilidad: Los Estados Partes deben proporcionar
    servicios especializados para ayudar y apoyar a los individuos
    a identificar el empleo disponible y acceder a él.
  • Accesibilidad: el derecho a acceder al trabajo, se define
    en tres dimensiones:
    1. Sin discriminación por motivos de raza, color,
      sexo, idioma, religión, opinión
      política o de otra índole, origen nacional o
      social, posición económica, nacimiento,
      discapacidad física o mental, estado de salud,
      orientación sexual, estado civil, político,
      social;
    2. Condición de accesibilidad física para
      persona discapacitadas;
    3. Información sobre los medios para obtener acceso
      al empleo.
  • Aceptabilidad y calidad: el derecho del trabajador a
    condiciones justas y favorables de trabajo, condiciones
    laborales seguras, el derecho a constituir sindicatos y el
    derecho a elegir y aceptar libremente empleo.

El artículo 7, d) también trata del derecho al
trabajo y establece el derecho al descanso, al disfrute del
tiempo libre, a una limitación razonable de la
duración del trabajo y a vacaciones periódicas
pagadas una vez que garantizan una elevada productividad, al
tiempo que se protege la salud física y mental de los
trabajadores. La importancia de ellos se funda en el derecho a la
salud, y es explicado en las normas de la OIT que actualmente,
tratan del tiempo de trabajo y confieren el marco para la
regulación de las horas de trabajo, de los periodos de
descanso diarios y semanales, y de las vacaciones anuales.

Los sindicatos desempeñan una función primordial
al garantizar el respeto del derecho al trabajo en los planos
local y nacional y ayudar a los Estados a cumplir sus
obligaciones, "el derecho de sindicación y de
constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores
y de trabajadores es el requisito necesario para la solidez de la
negociación colectiva y del diálogo social" ,
entonces su importancia como señala el artículo 8,
parágrafo 1, a), es la libertad de la persona a fundar y a
filiarse a los mismos .

Un tercer grupo que tiene que ver con los derechos de
subsistencia, que comprenden el derecho a la salud física
y mental, el derecho a la seguridad social, el derecho a un medio
ambiente sano, el derecho a un nivel de vida adecuado que incluye
la alimentación, el vestido y la mejora en las condiciones
de existencia .

El derecho a la salud y al bienestar están vinculados
con el ejercicio de otros derechos humanos y depende de ellos, en
particular el derecho a la alimentación, a la vivienda, al
trabajo, a la educación, a la dignidad humana, a la vida,
a la no discriminación, a la igualdad, a no ser sometido a
torturas, a la vida privada, al acceso a la información y
a la libertad:

"Esos y otros derechos y libertades abordan los componentes
integrales del derecho a la salud. Gracias a una amplia gama de
factores socioeconómicos que promueven las condiciones
merced a las cuales las personas pueden llevar una vida sana, y
hace ese derecho extensivo a los factores determinantes
básicos de la salud, como la alimentación y la
nutrición, la vivienda, el acceso a agua limpia potable y
a condiciones sanitarias adecuadas, condiciones de trabajo
seguras y sanas y un medio ambiente sano."

Tales derechos no deben ser entendidos como derecho a estar
"sano", derivan de libertades y derechos como el derecho de la
persona a controlar su salud y su cuerpo, incluso su libertad
sexual, el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratamientos
y experimentos médicos sin su consentimiento. Ya en el
plano de los derechos se nota las obligaciones positivas del
Estado en promover un sistema de protección de la salud a
todas las personas con oportunidades y tratamientos iguales.

El Comité interpreta el derecho a la salud como un
derecho que no sólo trata la atención de salud como
asistencia medica, sino también con la composición
de factores determinantes de la salud, y por supuesto del bien
estar, como el acceso al agua limpia potable , a condiciones
sanitarias adecuadas, alimentos sanos, vivienda adecuada,
condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a
la educación e información sobre cuestiones
relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y
reproductiva.

El derecho a la alimentación que debe ser asegurado
para que la persona pueda disfrutar de un nivel de vida adecuado,
también esta vinculado a la dignidad de la persona y de la
justicia social, pues requiere la adopción de
políticas económicas, ambientales y sociales
adecuadas, en los planos nacional e internacional, orientadas a
la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los
derechos humanos por todos.

El derecho a alimentación adecuada designado a todo
hombre, mujer o niño consiste en la disponibilidad de
alimentos en cantidad y calidad suficiente para satisfacer las
necesidades alimentarías de los individuos, sin sustancias
nocivas, y en el acceso de esos alimentos en formas que sean
sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos
humanos.

Ese derecho tendrá que alcanzarse progresivamente. Con
la obligación básica de los Estados en adoptar las
medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre.

Un cuarto grupo son los derechos culturales, que comprende el
derecho a la educación, la libertad de los padres a
escoger la educación de sus hijos, a participar de la vida
cultural y a gozar de los beneficios del conocimiento.

Y finalmente un quinto grupo, incluye los derechos relativos a
la protección de ciertas categorías o sectores,
primero la familiar especialmente en lo que se refiere
protección de la maternidad, de la adolescencia y los
derechos de la niñez.

Es importante observar que el Pacto es un instrumento
convencional que impone obligaciones jurídicas vinculantes
a los Estados partes. Según Cassese:

"Los Pactos tiene valores diferentes: justamente porque
constituyen tratados internacionales propiamente dichos,
sólo obligan a los países que expresamente los han
aceptado por medio del procedimiento formal de la
adhesión. Por lo tanto, en un sentido son más
fuertes (precisamente porque imponen imperativos jurídicos
obligatorios); en otro sentido, en cambio, son más
débiles porque solamente implican aquellos Estados que se
han comprometido a observarlos.
"

El artículo 2º del Pacto impone a los Estados la
obligación de adoptar medidas hasta el máximo de
sus recursos disponibles, de modo que se pueda asegurar
progresivamente el pleno ejercicio de derechos en él
reconocidos. Ese mismo artículo señala la
naturaleza de las obligaciones jurídicas generales de los
Estados Parte e incluye tanto obligaciones de comportamiento como
obligaciones de resultado.

Los Estados Parte del PIDESC son responsables ante la
comunidad internacional y ante sus propios pueblos por el
cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Pacto, tales
obligaciones según el PIDESC son respectar, proteger y
realizar.

Se entiende por respetar cuando el Estado se abstiene de hacer
algo que viole la integridad de un individuo o infrinja su
libertad, incluyendo la libertad de utilizar los recursos
materiales disponibles a tal individuo de manera que ése
encuentre mejor para satisfacer sus necesidades básicas.
La Corte Superior de Sud Africa encontró en el caso de la
desconexión de los servicios de agua por parte de la
municipalidad sin un procedimiento justo y equitativo, era una
ruptura prima facie de esta obligación de respetar el
derecho a tener agua.

Por proteger se entiende que el Estado "tome las medidas
necesarias para prevenir que otros individuos o grupos violen la
integridad, la libertad de acción u otros derechos humanos
de un individuo. La Corte Europea de DD.HH en el caso
López Ostra v Spain y Guerra v Italy, encontró que
los cuerpos gubernamentales habían fracasado en la
protección del derecho a la vida privada y familiar, al
continuar permitiendo a las industrias que emitieran gases
tóxicos y desechos a pesar del daño ambiental y los
problemas de salud .

Por último la obligación de cumplir o realizar
requiere que los Estados tomen las medidas necesarias para
asegurar a cada persona dentro de su jurisdicción las
oportunidades para obtener la satisfacción de esas
necesidades, reconocidas en los instrumentos de derechos humanos,
que no pueden ser aseguradas sólo con esfuerzos
personales. Así el derecho a la alimentación debe
estar garantizado cuando no se accede a ese derecho por falta de
trabajo, avanzada edad, enfermedad, desastre, etc. Lo mismo debe
suceder con la vivienda o la salud.

El Comentario General nº 03, de 1990, del Comité
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las
Naciones Unidas ofrece una interpretación oficial sobre la
naturaleza de las obligaciones impuestas por el PIDESC a los
Estados-partes. De acuerdo con las Naciones Unidas, el concepto
de progresividad indica que la plena realización de
derechos económicos, sociales y culturales no podrá
ser alcanzada, de modo general, en un corto período de
tiempo e incluye tanto "obligaciones de comportamiento como
obligaciones de resultado" Así, las obligaciones impuestas
tiene diferencias significativas de aquellas contempladas en el
artículo 2º del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, que prevé obligación
inmediata de respectar y asegurar a los derechos en él
previstos .

Entretanto, para el Comité, la progresividad no debe
ser interpretada como una justificativa para que el Estado deje
de implementar los derechos económicos, sociales y
culturales. ésta sería apenas una forma de llevar a
cabo la realidad y las dificultades involucradas para plena
realización de dichos derechos. Según las Naciones
Unidas el Pacto impone, de hecho, a los Estados,
obligación de actuar de forma efectiva para la
obtención de este objetivo.

VALENCIA,  SEPTIEMBRE DE 2008

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Autor:

Bassetto,  Giovanni 

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