- Derecho
público - Definición de
Derecho
público comparado - Derecho penal
comparado - Derecho
administrativo comparado - Derecho
procesal comparado - Derecho aduanero
y Derecho
tributario comparado - Derecho
constitucional y Derecho concursal
comparado - Derecho
político , Derecho parlamentario y Derecho municipal
comparado - Conclusión
1.
INTRODUCCIÓN
El derecho público también debe ser
estudiado, y por supuesto también el derecho
público comparado, es decir, esta rama del derecho
comparado es muy útil sobre todo para los
correspondientes abogados especialistas, por ello, resulta
importante su estudio y en este orden de ideas es claro que
conviene estudiarla a efecto de conocer mejor la rama del derecho
comparado en mención.
Debemos precisar que el derecho comparado también
puede realizarse en el derecho público, por ello, es que a
continuación enumeramos las principales ramas de
aquél, lo cual debe motivar los correspondientes estudios
de derecho comparado.
El derecho comparado abarca a todas las ramas del
derecho y a todas las disciplinas jurídicas, lo cual debe
ser tenido en cuenta por parte de los tratadistas.
2. DERECHO
PÚBLICO
El derecho público es la rama del derecho o
disciplina
jurídica que estudia las ramas del derecho en las cuales
no se puede pactar, por que existen normas que no
pueden dejar de aplicarse.
Es decir, se refiere a todas las fuentes del
derecho ubicadas o en la proporción de toda esta rama
del derecho.
Para Aníbal TORRES VASQUEZ el derecho
público es el conjunto de normas que regulan la
organización, actividad y fines del estado y
demás entes público en sí y sus relaciones
(relaciones entre Estados y entre entidades oficiales) con los
particulares[1].
Por lo cual podemos afirmar que este autor considera al
derecho como un conjunto de normas y en este orden de ideas es
claro que la definición citada resulta inadecuada porque
no toma en cuenta todas las otras fuentes del
derecho, las cuales son mas de 20 y este autor citado las reduce
a sólo una.
Además sobre esta definición debemos
precisar que además no lo engloba a totalidad, lo cual
debe ser materia de
estudio por parte de los tratadistas.
En el vocabulario jurídico realizado bajo la
dirección de Henri CAPITANT se
determinó que el derecho público es el que regula
la organización del Estado y las relaciones en
que él entra en juego.
Esta definición es demasiado breve e incluso al
parecer confunde el término definido con el derecho
constitucional lo cual debe ser materia de estudio por parte
de los tratadistas.
3. DEFINICIÓN
DE DERECHO PÚBLICO COMPARADO
El derecho público comparado es el tema de fondo,
por ello, al presente brindaremos mayor cantidad de líneas
a efecto de profundizar en forma adecuada nuestra investigación y de esta forma podamos pulir
las asperezas del derecho comparado peruano, porque no desarrolla
el derecho público comparado y esto no ha sido advertido
por parte de los tratadistas, por ello, esperamos cumplir las
expectativas que tenemos, que es desarrollar el derecho
público comparado.
El derecho público comparado es la rama del
derecho que regula y estudia las relaciones jurídicas en
las cuales no existe acuerdo de partes, sino que los requisitos
son establecidos por otra fuente del derecho, como puede ser por
ejemplo la ley.
4. LO QUE ENGLOBA EL DERECHO PÚBLICO
COMPARADO
Es necesario estudiar lo que engloba el derecho
público comparado, a efecto de poder
comprender su importancia y ámbito de aplicación no
sólo en el derecho peruano sino también en el
extranjero.
En esta rama del derecho comparado se estudia las
siguientes comparaciones:
Del derecho público con el derecho
público.
Del derecho público con el derecho
privado.
Del derecho público con el derecho
social.
Además en esta rama del derecho comparado pueden
llevarse a cabo las siguientes
microcomparaciones:
Microcomparación del derecho público con
el derecho público.
Microcomparación del derecho público con
el derecho privado.
Microcomparación del derecho público con
el derecho social.
También en esta rama del derecho comparado pueden
llevarse a cabo las siguientes macrocomparaciones:
Macrocomparación del derecho público con
el derecho público.
Macrocomparación del derecho público con
el derecho privado.
Macrocomparación del derecho público con
el derecho social.
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