Territorialidad del Impuesto de Industria y Comercio en Colombia
- Introducción
- Capítulo I. Origen de
los impuestos - Capítulo
II. Territorialidad del impuesto de industria y comercio,
avisos y tableros, en Colombia - Capítulo
III. La ley mercantil, el estatuto tributario nacional, la
nueva constitución política y los impuestos
territoriales - Capítulo
V. Estatutos tributarios territoriales - Capítulo
VI. Jurisprudencia, doctrina y
hermenéutica - Capítulo
VII. Conclusiones del trabajo de
investigación - Bibliografía
Territorialidad del impuesto de
industria y
comercio,
avisos y tableros, en Colombia
INTRODUCCIÓN
En el desarrollo de
esta trabajo de
consulta e investigación, se busca principalmente
hacer una evaluación
concisa pero seria, respecto de si en uno o más
territorios municipales y o distritales de Colombia, se le
impone a los contribuyentes que desarrollan actividades
mercantiles; bien por industria, bien por comercio y bien
por la prestación de servicios, el
pago de impuestos de
industria y comercio que legalmente sólo se le debe a uno
solo de esos municipios y o distritos.
Para llegar a una u otra conclusión, es necesario
revisar la normativa existente; tanto a nivel constitucional,
como a nivel legislativo y sus normas
reglamentarias; de igual forma es menester revisar algunos de los
acuerdos municipales y distritales vigentes, en los
municipios de la muestra que se
seleccione.
Adicional a lo anterior, es procedente, necesario y obligado
consultar jurisprudencias de las Altas Cortes, así como
las conceptualizaciones e interpretaciones de doctrinantes que se
han pronunciado al respecto.
Uno de los motivos de mayor interés en
esta investigación consiste en encontrar respuestas que
satisfagan las posibles inquietudes respecto de en que momento se
detecta que una persona es
contribuyente y por ende sujeto pasivo del impuesto de industria
y comercio, en determinado municipio y o distrito; en
buscar una respuesta satisfactoria que determine con claridad, si
un mismo contribuyente, responsable de los de impuestos de
industria y comercio; puede o no estar tributando dos o
más veces por la misma e igual actividad, en dos o
más municipios y o distritos distintos; por ende ser
clasificado e identificado como sujeto pasivo de dichos
impuestos, en esos dos o más municipios y o
distritos, por una misma actividad mercantil que solo desarrolla
en una jurisdicción territorial.
I- ORIGEN DE LOS
IMPUESTOS
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