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Derechos fundamentales y libertades públicas (Venezuela)




Enviado por Keilym Urbaneja



Partes: 1, 2

    1. Derechos humanos en
      las fuerzas Armadas
    2. Marcelino Rolando
      Lamas Largo. Situación represiva
    3. Conclusión

    Son aquellos que posibilitan un nivel de vida
    adecuado para las personas, entre ellos tenemos los derechos económicos, sociales y
    culturales (DESC). Que cubren las siguientes áreas:

    • La igualdad entre hombres y
    mujeres.

    • La accesibilidad y las condiciones de empleo.

    • La sindicalización.

    • La seguridad social.

    • La prioridad a la familia y a la
    protección especial a los niños.

    • El disfrute de la cultura.

    • La alimentación.

    • La vivienda.

    • La educación.

    • La salud física y mental.

    • El medio ambiente sano.

    • Derechos económicos: todas las personas pueden
      dedicarse libremente a la actividad económica de su
      preferencia sin más limitaciones que las establecidas
      por las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad,
      sanidad, protección de ambiente u otras de interés
      social, donde el estado promoverá la iniciativa privada,
      garantizando la creación y justa distribución de la
      riqueza, así como la producción de bienes y
      servicios que satisfagan las necesidades de la
      población, la libertada de trabajo, empresa, comercio,
      industrias, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas
      para planificar ,racionalizar y regular la economía e
      impulsar el desarrollo integral del país.

    • Derechos sociales: (la salud es un derecho social
      fundamental). Es obligación del estado garantizar que
      todas las personas gocen de este derecho.

    Toda persona tiene derecho a una
    vivienda adecuada segura, cómoda, higiénica con servicios básicos
    esenciales que incluyan un habitad que humanice las relaciones
    familiares.

    Estos dos aspectos son los derechos sociales fundamentales o
    básicos de los venezolanos de acuerdo a la ley una ampliación de este
    contenido puede ser encontrado en el capitulo V entre los
    artículos 75 y 97 de la constitución de la república.

    • Derechos culturales: Los valores de la cultura
      constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un
      derecho fundamental que el estado debe fomentar y garantizar,
      procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y
      presupuestos necesarios.

    La creación de la cultura es libre. Esta libertad comprende el derecho
    a la inversión, producción y
    divulgación de la obra creativa, científica,
    tecnológica y humanística incluyendo la protección
    legal de los derechos del autor sobre sus obras.

    En Venezuela las disposiciones
    sobre los derechos humanos se encuentran
    claramente establecidos en " la constitución de la
    república bolivariana de Venezuela". En el título
    III.

    En función de estas leyes que la república le
    ofrece al pueblo existen muchas organizaciones tanto
    públicas como privadas encardas de luchar contra la
    violación de estos. Las cuales tendrán como meta en
    común acciones de apoyo en defensa de los derechos,
    económicos, sociales y culturales
    y participaran en la
    planificación
    ejecución y seguimiento de las políticas de los derechos
    humanos, tendientes a la adopción de medidas
    inmediatas para su desarrollo progresivo y la
    optimización de la asignación de los recursos. Entre uno de ellos
    podemos mencionar la (OMCT) organización mundial contra
    la tortura.

    Los pactos internacionales de derechos humanos suscritos por
    Venezuela tienen una jerarquía constitucional y prevalecen
    en el orden interno en la medida en que contengan normas de su goce y ejercicios
    más favorables a las establecidas en la constitución de
    la república.

    Marco
    conceptual

    1.Nación: en sentido
    estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito
    jurídico-político, es el sujeto político en el que
    reside la soberanía constituyente
    de un Estado; la nación
    cultural, concepto socio-ideológico
    más subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a
    grandes rasgos, como una comunidad humana con ciertas
    características culturales comunes, a las que dota de un
    sentido ético-político. En sentido lato nación se
    emplea con variados significados: Estado, país, territorio o
    habitantes de ellos, etnia, pueblo y otros.

    • Nación política

    En el campo del derecho político, la
    nación política es el titular de la soberanía cuyo
    ejercicio afecta a la implantación de las normas
    fundamentales que regirán el funcionamiento del Estado. Es
    decir, aquellas que están en la cúspide del
    ordenamiento jurídico y de las cuales emanan todas las
    demás.

    • Nación cultural

    Partes: 1, 2

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