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La argumentación jurídica como razonamiento




Enviado por Donkan Fenix Davila



Partes: 1, 2

    1. Definición del
      termino Discurso.
    2. Lenguaje y
      discurso jurídico.
    3. Discurso
      práctico y discurso jurídico.
    4. Reglas
      generales del discurso jurídico.
    5. Rasgos de
      la lógica jurídica.
    6. Figuras
      argumentales del discurso jurídico.
    7. La
      lógica factual en el análisis
      argumental.
    8. Ejemplo:
      Un fallo jurídico.

    Presentación.

    En este trabajo
    exponemos, de forma general, las características del
    discurso
    jurídico y, a partir de allí, algunos desarrollos
    que permitan sostener que el discurso jurídico en tanto
    actividad argumental es un razonamiento situado, como toda
    práctica argumental.

    Para tal objetivo,
    introducimos primero algunos elementos que sitúan al
    discurso jurídico como un tipo de lenguaje.
    Luego, exponemos una relación posible entre discurso
    práctico y discurso jurídico; por último,
    ofrecemos un acercamiento a la actividad argumental, propia del
    discurso jurídico, que permite, con mayor
    precisión, observar todo lo que está contenido en
    una práctica argumental, sea ésta jurídica o
    no. Este acercamiento es la propuesta de la lógica
    factual, que encuentra en el trabajo de
    Toulmin (1958) los desarrollos centrales.

    Definición
    del termino Discurso.

    Se puede definir el discurso como "toda sucesión de
    palabras, extensas o cortas, que sirva para expresar lo que
    discurrimos, debe ser adecuado, es decir, ordenado, acomodado y
    proporcionado para lo que se quiere, perfecto para el caso".

    Esta definición sugiere que el comunicador sabe lo que
    quiere con su discurso, y lo organiza para lograr ese
    objetivo.

    Todo discurso posee tres partes fundamentales: la introducción, el desarrollo y
    la conclusión. A su vez, la introducción tiene
    cuatro funciones: captar
    la atención del público, establecer una
    relación positiva con el público, justificar el
    tema y anunciar al público la información que recibirá

    Concepto de Discurso jurídico.

    El discurso jurídico es un tipo de
    juego de
    lenguaje, tiene determinadas reglas y procedimientos
    que lo guían y que le son propias a su naturaleza
    como discurso.

    Lenguaje y
    discurso jurídico.

    Con el concepto
    juegos del lenguaje, Wittgenstein (1988, 1997) se
    refiere a una prodigiosa diversidad de actividades que
    caracterizaría al uso del mismo; entre otras, según
    Wittgenstein, se encontrarían:

    "…Ordenar y actuar según órdenes
    -Describir un objeto según el aspecto o según las
    medidas -Crear un objeto según una descripción (dibujo)
    -Relatar un suceso -Hacer suposiciones sobre un suceso -Plantear
    una hipótesis y comprobarla -Representar los
    resultados de un experimento mediante cuadros y diagramas
    -Inventar una historia; y leerla…-Pedir,
    agradecer, blasfemar, saludar, orar…"
    (Wittgenstein, 1988:
    43).

    A partir de este catastro de
    actividades, Wittgenstein (1988, 1997, 1998) nos remite
    también a la idea de que entre los juegos de
    lenguajes sólo hay parecidos de familia respecto
    de reglas y procedimientos, pues entre ellos hay una
    complicada red de semejanzas que se
    solapan y entrecruzan. Semejanzas en lo grande y en lo
    pequeño
    (Wittgenstein, 1988: 73).

    Como otros, el discurso jurídico es un tipo de juego de
    lenguaje. Tiene determinadas reglas y procedimientos que lo
    guían y que le son propias a su naturaleza como discurso.
    Este es el punto de partida de algunos autores que describen el
    discurso jurídico; así lo hacen, por ejemplo, Alexy
    (1989) y Atienza (1993) que trabajan en argumentación
    jurídica; también encontramos en Manson (1984) y
    Barros (1994) trabajos específicos que señalan los
    procedimientos de este lenguaje.

    Como otros juegos, los del lenguaje se rigen por reglas.
    Wittgenstein aquí (1988, 1997, 1998) nos recuerda
    también que, para la existencia de una regla, es necesario
    que varias personas la sigan en diversos
    momentos: Al respecto Wittgenstein (1988) es preciso:

    "…No puede ser que una regla sea seguida una sola vez
    por una sola persona
    Seguir una regla, comunicar algo, dar una orden, jugar una
    partida de ajedrez son
    costumbres (usos, instituciones
    )."(Wittgenstein, 1988:
    91).

    Cada institución tiene costumbres, usos
    específicos que definen el juego de lenguaje en el que
    participan sus jugadores. En este sentido, la actividad
    específica del discurso jurídico es una forma
    de vida
    que, como tal, tiene una praxis vital
    común caracterizada por determinadas convicciones
    fundamentales. Sobre estas convicciones, todo tipo de juego se
    erige como sistema.

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