Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Los transgénicos y la defensa de la biodiversidad biológica en el Perú (página 3)



Partes: 1, 2, 3

El principio de precaución, el Protocolo de
Cartagena sobre Seguridad de la
Biotecnología derivado del Convenio sobre
Diversidad Biológica, ratificado por 140 países, no
ha sido ratificado por Chile, la ratificación
obligaría al país a respetar el principio de
precaución al tomar decisiones relativas a los organismos
vivos genéticamente modificados, Chile es centro de origen
de varias especies como la papa, tomate,
frutilla, etc, y su flora y fauna cuentan con
un gran endemismo, la isla de Chiloé
por ejemplo, ubicada mil 190 kilómetros al suroeste de
Santiago, es reconocida como centro de origen de la papa (Solanum
tuberosum) junto con Bolivia y
Perú y allí existe desde 1987 un banco de especies
que hoy mantiene más de 200 variedades de papa, por lo que
diversas organizaciones
ambientales impulsan la declaración de Chiloé como
zona libre de transgénicos.

La coexistencia de los cultivos
transgénicos con la agricultura
orgánica ha sido considerada imposible por productores de
España,
donde un estudio de casos de Cataluña y Aragón,
publicado por Assemblea Pagesa, Plataforma Fuera los
Transgénicos y Greenpeace, probó que siete
años de cultivos transgénicos contaminaron el
maíz
orgánico y el convencional, otro tanto está
ocurriendo en México, y
en Chile. Información reservada narra experiencias
similares en una localidad cercana a Santiago; en países
de la Unión
Europea, así como en Cuba, para
abordar estos temas existen leyes
específicas sobre organismos vivos modificados y seguridad
biológica, que contemplan severos sistemas de
Evaluación de Riesgo.

En el caso de Noruega, por ejemplo, ello se hace incorporando
el principio de precaución, así como tomando en
cuenta los niveles de incertidumbre reconocidos en el campo de la
Ingeniería
Genética, acerca de los efectos en el medio
ambiente, en la salud del ser humano y los
impactos socio económicos, culturales y éticos, la
participación pública y la transparencia son
también aspectos relevantes en estos análisis, incluso la
Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación (FAO),
activa promotora de los transgénicos, ha planteado el uso
de barreras entre cultivos convencionales y transgénicos
ante la posibilidad de que pueda haber contaminación, el representante regional
para América
Latina y Caribe, José Graziano Da Silva, en una
entrevista
reciente publicada por la agencia EFE, mostró
preocupación por los efectos medioambientales que puedan
causar este tipo de cultivos, especialmente en productos
básicos.

En el año 2003, el gobierno del
entonces Presidente Lagos había anunciado su
propósito de generar una política nacional
"para promover y orientar el desarrollo
biotecnológico del país" y se inició el
estudio de dicha política con el apoyo del fondo GEF/UNEP,
en 2006, el gobierno de la presidenta Bachelet
anunció como objetivo que
Chile se convierta en una potencia mundial
en el rubro de la alimentación, la mayor parte de las
instituciones
de gobierno no muestran preocupación por los aspectos
relacionados con la producción limpia.

Lo que es particularmente notorio en el INIA, Instituto
Nacional de Investigación Agropecuaria, cuyas políticas
también dejan ver su apoyo a los transgénicos y al
uso de plaguicidas, el gobierno ha propuesto que los proyectos de
introducción de organismos
genéticamente modificados deberían ingresar al
Sistema de
Evaluación de Impacto
Ambiental, con los precedentes ya conocidos acerca de las
aprobaciones de proyecto debido a
consideraciones políticas y no técnicas
como es el caso CELCO, Ralco y muchos otros, esa respuesta no
ofrece ninguna garantía para quienes se preocupan del
impacto de los transgénicos.

Desde 1987, Chile multiplica y exporta semillas
genéticamente modificadas, operando como estación
de cultivo de productos biotecnológicos desarrollados en
otros países, en la temporada previa al cuadro entregado
este mes de junio por el SAG, según la información
oficial citada en el Informe Final del
Proyecto PNUMA-GEF-CONAMA sobre Bases para el Marco Nacional de
Bioseguridad de Chile, la superficie sembrada con
transgénicos alcanzó las 8600 hectáreas, lo
que representa aproximadamente un 1% de la superficie nacional de
cultivos anuales y un 41% de la superficie semillera, generando
divisas del orden
de los US$ 50 millones al año, la superficie nacional de
semilleros transgénicos aumentó aproximadamente 20
veces entre los años 1999 y 2003, los mercados de
destino de estas semillas son principalmente Estados Unidos y
la Unión Europea, así como Canadá, en los
últimos años se están extendiendo
además los farmocultivos, con empresas como
Ventria Bioscience, que logró la autorización que
no tuvo en Estados Unidos, para sembrar en el 2005 en predios de
la VI región, 2 hectáreas de arroz
transgénico con proteínas
lactoferrina, lisozima y albúmina de suero humano, para la
producción comercial de fármacos
para combatir la diarrea.

Hasta ahora no se ha autorizado en Chile el cultivo comercial
de transgénicos, pero sí hay consumo
interno de alimentos
derivados de OGM importados desde Argentina, Brasil, Estados
Unidos y Canadá, ignorándose qué porcentaje
de las importaciones
alimentarías del país corresponde a
transgénicos; en Chile hay cultivos transgénicos
cuyas pruebas de
campo han sido autorizadas en el país, con proyectos como
una papa resistente a la bacteria Erwinia carotovora;
también se ha obtenido uva transgénica resistente
al hongo Botritis cinerea, otro proyecto relevante es el caso de
los carozos, en que se busca mejorar la presentación de
estos frutos para la exportación, en el ámbito de la
silvicultura, existe la capacidad en el país para producir
Pinus radiata transgénico resistente a ciertos insectos y
se está avanzando en la producción de variedades de
esta especie resistentes a herbicidas y de Eucaliptos resistente
al frío, entre 1991 y 2001, se financiaron 408 proyectos
en biotecnología por un monto total de US$ 73,4 millones,
ejecutados mayoritariamente por institutos estatales y
universidades públicas, el gasto total en
investigación y desarrollo en el país es de un 0.7%
del PIB, la
Comisión Nacional de Ciencia y
Tecnología (CONICYT), el Ministerio de Agricultura a
través de FIA y el Ministerio de Economía a través de CORFO,
están desarrollando la iniciativa "Genoma Chile", con dos
programas:
Genoma en Recursos
Naturales Renovables y Biominería, en el año
2002 existían en Chile 31 empresas biotecnológicas,
en su mayoría pequeñas, fundadas en los
últimos 10 años y con ventas totales
de alrededor de US$ 8 a 9 millones anuales, pero no existe
legislación sobre etiquetado ni se realizan evaluaciones
por el MINSAL a los alimentos.

En noviembre del 2006 se presentó en el Senado, con la
firma de legisladores de partidos de la oposición
Andrés Espina, Andrés Allamand, Juan Antonio Coloma
y también de la alianza de gobierno Eduardo Frei, Fernando
Flores, para concertar la moción sobre "Bioseguridad de
Vegetales Genéticamente Modificados" que busca legalizar
los cultivos transgénicos, la iniciativa presenta
antecedentes equívocos, ignora los efectos ya conocidos y
hace afirmaciones sin base científica sobre aumento de la
productividad
y sobre la posibilidad de asegurar resguardos adecuados para
evitar la
contaminación de otras semillas, también
desconoce el principio de precaución y no contempla
estudios de riesgos
independientes, las normas de
etiquetado que contempla son las propuestas por las
compañías productoras "equivalencia sustancial" las
cuales no dan garantías al consumidor sobre
su real contenido, el proyecto ha sido rechazado por
organizaciones ambientales y sociales del país.

En junio de 2006, la Cámara de Diputados aprobó
una iniciativa de ley sobre el
etiquetado de alimentos
transgénicos, que debería seguir este
año su trámite en el Senado, donde el proyecto
quedó empantanado, trasladándose ahora esta
discusión al proyecto descrito en el párrafo
siguiente, a fines de diciembre de 2007, el Senador Alejandro
Navarro presentó un proyecto de ley para prohibir la
fabricación, internación e importación en Chile de semillas
"terminador", es decir aquellas modificadas genéticamente
para no dar semillas o para crecer, desarrollarse, madurar, dar
frutos o destruirse sólo mediante la aplicación de
productos químicos, la percepción
de la ciudadanía es que en años pasados,
Greenpeace realizó una campaña nacional de alerta e
información sobre los transgénicos, distribuyendo
una guía, y publicando una lista de alimentos contaminados
con transgénicos que tuvo gran impacto entre los
consumidores, asi mismo desarrolló un muestreo y
análisis de semillas de maíz y una encuesta de
percepción pública, encargada a IPSOS, que
reflejó un claro rechazo a los transgénicos 58,5% y
exigencia de etiquetado 95,9% para los alimentos.

Entre las amenazas que percibe Greenpeace, es que se puede
agravar la situación actual de los productores de
maíz, que compiten en precios con
maíz argentino, siendo necesaria la autorización en
el país para la siembra de maíz transgénico
para consumo animal, además están los proyectos de
desarrollo del etanol (biocombustibles) a partir de maíz
transgénico, la Alianza por una mejor calidad de
vida (RAP-Chile), integrada por ANAMURI (Asociación
Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas), la
Corporación de Investigación en Agricultura
Alternativa (CIAL) y el Observatorio de Conflictos
Ambientales también incorpora en su trabajo la
denuncia de los efectos de los transgénicos y el
prontuario ambiental de las multinacionales que promueven su uso
en Chile y en el mundo, quienes fundamentan y promueve el derecho
de los campesinos a resguardar su semilla; asimismo existe
una Red Chile
Libre de Transgénicos que agrupa a organizaciones como
Fundación Sociedades
Sustentables e IEP y que desarrolla investigación,
campañas informativas y lobby ante las
autoridades, siendo necesario revisar el desarrollo
biotecnológico en Chile, Informa al Presidente de la
República y a la Comisión Nacional para el
Desarrollo de la Biotecnología (CNDB, 2003), "Diagnóstico Nacional y
Caracterización de la
Investigación Biotecnológica y de sus
Aplicaciones Industriales o Comerciales" (Gil et al., 2004).
"Diagnóstico sobre la Presencia y Estado de la
Flora Chilena emparentada con cultivos genéticamente
modificados, con énfasis en el riesgo de flujo
génico" INIA-MNHN, 2004, Campañas de Greenpeace,
Revista
ENLACE/RAP-AL, 2006-Sitio del SAG http://www.sag.gob.cl/-Boletín
Transgénicos al día.

La
legislación en el ámbito internacional en el uso de
los OMG

La comunidad
científica internacional está dividida al respecto,
como lo demuestra la disputa entre la Unión Europea (UE) y
las empresas de Estados Unidos, la cual ha llegado inclusive a la
Organización Mundial de Comercio (OMC), se han
tenido que crear leyes y normas que intenten regular y establecer
mecanismos de control,
seguimiento y prevención de los posibles riesgos que trae
consigo la utilización de OGM para la sociedad y el
medio ambiente, a
nivel internacional se han dado cambios significativos en cuanto
a la producción de soya, que se acentuaron a partir de
1997, cuando por recomendaciones de Estados Unidos y de la empresa
biotecnológica Monsanto, se comienza a utilizar la planta
de soya modificada resistente a herbicidas Roundup, con la
finalidad de sembrarla y que los productores vieran las
"ventajas" que esta nueva semilla les podría
proporcionar.

EL ETIQUETADO DE LOS
TRASGÉNICOS

Existe una tendencia en la Legislación Europea a
regular la comercialización de los OGM, con una
creciente intención de exigir el etiquetado de OGM para
diferenciarlos de los cultivos orgánicos y de los cultivos
convencionales, suministrando información detallada a los
consumidores, esto significaría un costo extra que
hasta el momento no queda bien definido como habría de ser
soportado entre los sujetos que participan desde la etapa su
producción, distribución y la de exportación e
importación, entre 1994 y 2000 la superficie sembrada de
soja
pasó de 6 millones a 8,8 millones de hectáreas,
registrando un crecimiento del 46,7%, del cual el 32% se produjo
desde 1996, coincidiendo con la introducción del cultivo
transgénico, antes de avanzar en el planteo del posible
impacto que tendría sobre las exportaciones por
las regulaciones sobre etiquetado de los países
importadores de la producción de transgénicos, es
necesario destacar que la demanda de los
mismos se encuentra centrada al presente casi exclusivamente en
soja.

  La soja transgénica argentina se exporta en
forma de haba cerca del 15% de la cosecha, esencialmente a
China y la
Unión Europea, en cuanto a la exportación de
subproductos, como aceites se dirigen para el Asia y Medio
Oriente, la producción de harina de soja hacia la
Unión Europea, la producción alcanza el 15% de las
exportaciones totales, lo cual lo convierte en el principal
producto de
exportación del país, al implementar el etiquetado
obligatorio es necesario analizar la significatividad de las
exportaciones de soja a los destinos más propensos a
establecer esta normativa, es importante tener en cuenta que las
exportaciones dirigidas a UE representan el 35,71%, con lo cual,
el impacto de tal medida puede generar problemas de
comercialización con los países europeos.

 Por otro lado en Argentina existen varios proyectos de
leyes sobre el etiquetado de OGM, pero hasta el momento el tema
no ha sido resuelto, uno de los principales argumentos de quienes
se oponen al etiquetado es que el mismo afectaría la
percepción del consumidor respecto a los
transgénicos y generaría desconfianza impactando
negativamente en la comercialización de los mismos,
además el etiquetado importaría costos
adicionales significativos que el sector involucrado no
está dispuesto a afrontar, en este orden de ideas, una
manera de ganar la confianza de los consumidores sería
mediante la implementación de un sistema que permitiese la
producción en forma conjunta de OGM y no OGM, para lograr
este objetivo sería menester separar la materia prima
y los productos a través de toda la cadena productiva y
comercial, dicha separación puede ser llevada a cabo a
través de dos métodos,
la segregación y la identidad
preservada.

SITUACIÓN DE LOS CULTIVOS
TRANSGÉNICOS EN AMÉRICA

USA

42.8 M Has

Soya, Maíz, Algodón, Colza

Argentina

13.9 M Has

Soya, Maíz, Algodón

Canadá

4.4. M Has

Colza, Maíz, Soya

Brazil

3 M Has

Soya

10°

Uruguay

>0.05 M Has

Soya, Maíz

12°

México

<0.05 M Has

Algodón, Soya

14°

Colombia

<0.05 M Has

Algodón

16°

Honduras

<0.05 M Has

Maíz

NORMATIVIDAD SOBRE LOS OMG EN
ECUADOR

La nueva Constitución ecuatoriana aprobada en
noviembre de 1997, establece que las leyes del país deben
regular la entrada de productos transgénicos, la norma
constitucional sólo puede ponerse en práctica
mediante la aprobación de una ley complementaria en el
Congreso o la emisión de un decreto ejecutivo, los
grupos
ecologistas temen que la Constitución pueda ser
malinterpretada y al permitirse el ingreso de alimentos mejorados
genéticamente, pero no transgénicos, se posibilite
indirectamente la entrada de éstos, el problema es que
Ecuador no
tiene capacidad técnica para determinar cuáles son
los alimentos transgénicos y cuáles no, puede
ocurrir que les envíen gato por liebre', enfatizó
Elizabeth Bravo, para la bióloga, es mejor que intervenga
el Congreso antes que el Ejecutivo, porque si el tema se trata en
el Parlamento puede abrirse un debate
nacional y las organizaciones ecologistas pueden dar argumento
validos, en cambio
mediante decreto no habría discusión.

Avances de la
legislación sobre los OMG, en el
Perú

Carlos Leyton Muñoz, abrir el mercado al
ingreso de los transgénicos de una manera indiscriminada
podría hacernos perder una de las fortalezas más
importantes que tiene el país, como es la biodiversidad
aseveró el ministro de Agricultura, la declaración
del funcionario contrasta con la de su antecesor Ismael Benavides
quien en su momento, afirmó que estos productos eran la
solución a la crisis
alimentaria, Benavides estuvo enfrentado así con el
ministro del Ambiente, Antonio Brack, este último
pidió que se declare al Perú como un país
libre de transgénicos.

Leyton, ha optado por el consenso y se reunirá con
Brack la próxima semana, "Haremos un balance de los pro y
de los contra", manifestó que también
dialogará con gremios empresariales para evaluar en
cuánto tiempo
trasladarían la reducción de precios
internacionales de algunos commodities al mercado local, de otro
lado opinó, que Sierra Exportadora debe ser una estrategia
integral y que debe permanecer en el sector Agricultura.

Norma Sobre Transgénicos

El Ministro de Agricultura, Ismael Benavides(2007),
informó que su despacho mantiene en estudio el proyecto de
reglamento de bioseguridad y que no hay fecha para que sea,
prepublicado, tal como solicitó el presidente Alan
García, para abrir un debate nacional, el ministro
apuntó que no hay apuro para tal publicación y que
actualmente se hace una labor de revisión de similares
legislaciones en el resto del mundo, "Estamos a la espera de los
informes de
otros países, pues la idea es que el documento esté
sujeto a la legislación comparada", reveló, yo no
quisiera comprometerme a ninguna fecha, pero a lo mejor se pueda
dar la publicación en lo que resta del año", este
reglamento como se ha informado anteriormente, abrirá en
la práctica el mercado para el ingreso al Perú de
cultivos transgénicos, la posición inicial del
Ministerio de Agricultura era apurar la aprobación de
dicha norma, sin embargo esta cambió luego de que el
presidente García convocara un debate nacional; Benavides
ratificó en conferencia de
prensa, su
oposición al proyecto de ley que plantea el etiquetado de
los transgénicos.

Los Transgénicos en el Perú y los Decretos
Legislativos 1059, 1060 y 1080

Los recientes decretos legislativos abren de par en par la
puerta para el ingreso sin control de los transgénicos,
así manifestó Isabel Lapeña (2008), ha
elaborado un documento que analiza de qué manera los
decretos legislativos 1059, 1060 y 1080 permitirían el
libre ingreso de transgénicos al país sin los
debidos controles, las normas expedidas por el gobierno en el
marco de la adecuación al TLC suscrito
con Estados Unidos, en materia de
agricultura ponen en serio riesgo la bioseguridad y los cultivos
orgánicos del país, Isabel Lapeña es
codirectora del Programa de
Asuntos Internacionales y Biodiversidad de la Sociedad Peruana de
Derecho
Ambiental (SPDA) y autora de numerosos trabajos de
investigación donde se tratan tres temas a tratar como
resultado de los decretos legislativos emitidos por el gobierno
en cumplimiento del TLC en materia
de agricultura, Decretos Legislativos 1059, 1060 y 1080.

Primer tema

Estos Decretos Legislativos analizados conjuntamente dejan la
puerta abierta a la entrada de transgénicos sin
ningún tipo de control y ello lo hacen apoyándose
en dos objetivos
distintos:

  • 1. Otorgando todas las competencias que tienen que
    ver con la comercialización de semillas en el
    país a una institución tradicionalmente de
    investigación, pero que paulatinamente se ha visto
    debilitada en su función investigadora y al mismo
    tiempo politizada.

  • 2. Debilitando la institucionalidad técnica
    existente en semillas como es SENASA, el Servicio Nacional de
    Investigación Agraria.

En relación con el primer Objetivo:

En principio, cualquier sistema que busque asegurar que las
semillas que se comercialicen en un país cumplan con los
requisitos de calidad y de
sanidad adecuados, se asegurará de que el control y la
certificación de los mismos estarán en manos de
entidades imparciales e independientes, libres del control de las
personas o entidades que las producen, cuando se actúa
como juez y parte se presenta el conflicto de
intereses, así el INIA apunta a convertirse en la autoridad que
promueve la biotecnología, la autoridad de semillas, la
autoridad sanitaria y fitosanitaria y la autoridad en
bioseguridad de las semillas transgénicas que esta misma
institución produce/importa y comercializa"; la Autoridad
Nacional de Semillas es la competente para normar, promover,
supervisar y sancionar las actividades relativas a la
producción, certificación y comercialización
de semillas de buena calidad, esta necesaria autonomía
técnica y jurídica necesaria para asegurar la
disponibilidad de semillas de calidad es sin embargo, socavada
cuando todas las competencias de
certificación de la pureza, identidad de las semillas, de
la vigilancia de las medidas sanitarias se sitúan en una
institución publica que también importa, produce, y
comercializa semillas, este sería el caso del INIA fruto
de los Decretos Legislativos recientemente promulgados; si bien
no se especifica claramente que sea el INIA la Autoridad Nacional
de Semillas y se deja su definición a la vía
reglamentaria, sin embargo se le otorgan todas las competencias
respectivas, extrayéndolas de SENASA, la autoridad
técnica que venía desarrollando dicho cometido, a
ello se suma el hecho de que al INIA, de una u otra manera, se le
otorgan competencias como productor de semillas
transgénicas y que él mismo es el que se encarga de
las evaluaciones de bioseguridad y aprueba las autorizaciones de
las semillas transgénicas que son puestas en el mercado,
si además de lo mencionado, la misma norma le exime a la
Autoridad en Semillas, de cumplir con los requisitos que se
exigen a los particulares para el registro de
semillas, entonces las consecuencias son previsibles.

El resultado viene dado en que el INIA puede producir e
importar semillas, y ponerlas en el mercado sin cumplir con los
requisitos para su certificación y comercialización
que se exigen a los particulares, y esto sin realizar las pruebas
necesarias de calidad y cumpliendo con las pruebas de sanidad que
ella misma determine y la evaluación de bioseguridad si
son transgénicos que ella misma considere, juez y parte,
absoluto conflicto de intereses, así el INIA apunta a
convertirse en la autoridad que promueve la biotecnología,
la autoridad de semillas, la autoridad sanitaria y fitosanitaria
y la autoridad en bioseguridad de las semillas
transgénicas que esta misma institución produce /
importa y comercializa, en esta situación los Decretos
legislativos 1080, 1059 y 1060 la aseguran en los siguientes
pasos:

  • 1. Se nombra al INIA secretario de la Comisión
    Nacional para la Innovación y Capacitación en
    el Agro que tiene como principal objetivo el "promover la
    biotecnología en todos sus aspectos", esta
    Comisión Nacional para la Innovación y
    Capacitación en el Agro se compone de 10 miembros de
    los cuales 5 son nombrados por el Ministerio de Agricultura,
    1 por el Ministerio de la Producción, 2 personas del
    área científica y 3 representantes de los
    productores agrarios.

  • 2. Los representantes de las universidades y de la
    cooperación económica internacional o nacional
    son nombrados por el propio Ministerio de Agricultura, en
    esta Comisión no están representados ni el
    Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), ni el
    Ministerio del Ambiente, ni asociaciones de consumidores, ni
    se asegura la presencia de asociaciones de pequeños
    productores, asea que la representación de la sociedad
    civil es nula.

  • 3. Al INIA se le otorgan facultades para dictar
    normas y establece los procedimientos para promover el
    desarrollo de la investigación, el desarrollo
    tecnológico y la innovación.

  • 4. También se le otorgan potestades
    sancionadoras a fin de que pueda imponer multas,
    cancelación de permisos, certificados o autorizaciones
    correspondientes, destrucción de productos finales
    etc, que son las propias de una institución que tiene
    competencias como Autoridad de Semillas y Autoridad Nacional
    de Sanidad Agraria.

  • 5. La producción de semillas que antes estaba
    reservada al sector privado ahora ya no lo esta tanto, la
    nueva Ley de Semillas (DL 1080) manifiesta que se
    establecerá mediante Reglamento los casos en que los
    organismos del sector público pueden producir semillas
    y se le otorga competencias al INIA en "la producción
    de semillas, plantones y reproductores de alto valor
    genético", se le permite poner en venta los predios
    rústicos que son propiedad del INIA.

  • 6. La nueva ley de semillas, simultáneamente
    establece que "quedan exceptuados de los registros
    establecidos en la presente ley, la adquisición
    importación o uso de semillas por la Autoridad de
    Semillas", disposición Complementaria Final Cuarta y
    añade esta misma Disposición que:

  • "Esta excepción no alcanza a los aspectos
    fitosanitarios, sujetándose las semillas y cualquier
    material de propagación de los vegetales a las medidas
    fitosanitarias que dicte la Autoridad Nacional en Sanidad
    Agraria".

  • El Decreto Legislativo 1059 Ley General de Sanidad Agraria
    quita la competencia a SENASA en relación con el
    control sanitario y fitosanitario de semillas; ¿Para
    quien queda esta competencia entonces?, por vía
    reglamentaria se espera que también recaiga en el
    INIA.

En relación con el segundo Objetivo.

El debilitamiento de una institución técnica
como es SENASA, en relación con las semillas
transgénicas:

  • 1. Se eliminan las referencias a sus competencias de
    importancia en este tema.

  • 2. Se elimina su competencia en "Establecer medidas
    fito y zoosanitarias para la importación, uso y otras
    actividades que se realicen con OVMs." (Antiguo Art. 6
    r).

  • 3. Se elimina una competencia con relevancia para el
    tema de transgénicos e importación de semilla
    en general y es el que SENASA o "La Autoridad Nacional en
    Sanidad Agraria integrará y participará en el
    Comité de Recepción de embarcaciones
    marítimas, fluviales y lacustre, que transporten
    plantas, productos vegetales, animales o productos y
    subproductos de origen animal." (Antiguo Art. 23.3).

En relación con el Ámbito de su competencia.

  • 1. Se elimina del ámbito de su competencia las
    semillas y los organismos genéticamente modificados,
    así se elimina de la definición de Insumo
    Agrario, y por lo tanto se extrae de la competencia de SENASA
    las medidas sanitarias y fitosanitarias de semillas y
    OGMs.

  • 2. Se elimina las semillas y cualquier material de
    propagación de los vegetales se sujetaran a las
    medidas fitosanitarias que la ANSA determine" (Art. 26
    antiguo).

  • 3. Se eliminan los Organismos Vivos Modificados y sus
    productos, la introducción, investigación,
    manipulación, producción, transporte,
    almacenamiento, liberación, conservación,
    comercialización, uso y manejo de Organismos Vivos
    Modificados y sus productos, de uso agropecuario, se
    sujetarán a las medidas fito y zoosanitarias adoptadas
    por la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, de conformidad
    con el Reglamento de la presente Ley, normas concordantes y
    complementarias sobre la materia". (antiguo Art. 30).

En relación con la Bioseguridad.

  • 1. Desaparecen las referencias de las competencias de
    la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria para realizar la
    evaluación y gestión de riesgos de actividades
    desarrolladas con OVM, la nueva Ley de Sanidad Agraria
    favorece la entrada y uso de Plaguicidas Químicos de
    Uso Agrario mediante la adopción de las siguientes
    medidas:

  • Se permite la entrada de plaguicidas extremadamente
    peligrosos de tipo 1A y 1B al decir que se restringirá
    o prohibirá su uso bajo la condición de que se
    cuenten con alternativas técnicas o económicas,
    cuando estos plaguicidas deberían estar prohibidos sin
    condiciones.

  • Se limitan una vez aprobados los plaguicidas, las llamadas
    Actividades Posregistro y que se refieren al monitoreo de los
    mismos, la realización de estudios de toxicidad para
    la salud como intoxicación por plaguicidas, vigilancia
    de los niveles de residuos por plaguicidas en los alimentos y
    de estudios medioambientales, esto implica contradicciones
    con la legislación andina: Decisión 436 de la
    CAN.

¿Y cómo se hace?

Mediante la derogación de distintos artículos de
la Ley No. 28217, Ley para reforzar las acciones de
control post registro de plaguicidas químicos de uso
agrícola (publicada el 1.05.2004), con fatales
implicancias, se va en contra de la tendencia mundial en la
gestión
de los plaguicidas, mediante la cual se exige que la industria de
plaguicidas asuma su responsabilidad en la gestión de los
envases usados y de los plaguicidas obsoletos o caducos,
así como en la capacitación a los usuarios de los
plaguicidas en los riesgo derivados de los plaguicidas y en el
adecuado uso de los mismos.

De esta manera, quedarían derogados los siguientes
artículos de la Ley No. 28217, "Artículo 4,
Promoción de insumos alternativos;
encargase al Ministerio de Agricultura para que promueva y
aplique políticas, estrategias,
métodos y prácticas alternativas al uso de
plaguicidas químicos para el control de
plagas que afecten la agricultura, para dicha labor se
dará prioridad a la producción orgánica, el
manejo integrado de plagas y el uso de otro tipo de insumos de
menor riesgo para la salud y el ambiente, quedando excluidos de
los programas de promoción del Ministerio de Agricultura y
de los beneficios de reducción arancelaria que adopte el
país, los plaguicidas clasificados como 1a y 1b por la
OMS, en fomento del uso de otros métodos alternativos.

Artículo 5. Capacitación y Asistencia
Técnica

Es obligación de la industria de plaguicidas realizar
actividades en forma conjunta con las autoridades competentes
para brindar la asistencia técnica y capacitación a
los diferentes niveles de usuarios de sus productos, con ello se
debe asegurar la reducción de riesgos de
intoxicación humana así como la disminución
sustantiva de la contaminación por plaguicidas.

El INRENA coordinará con los Gobiernos Regionales y la
Oficina de
Participación Ciudadana de cada
Región del país lo pertinente a la
capacitación en temas de conservación y uso
sostenible de los recursos
naturales renovables y la protección ambiental.

Los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley Nº
27867, artículos 51 y 53, desarrollarán acciones de
vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los
recursos naturales bajo su jurisdicción, y
promoverán la educación e
investigación ambiental. Para tales efectos
coordinarán dichas acciones con el Ministerio de
Agricultura, con la finalidad de armonizar las actividades de
asistencia y capacitación.

Artículo 6. De las Acciones Post registro

SENASA, en coordinación con las autoridades
responsables del registro de plaguicidas agrícolas en el
país, asegurará lo siguiente:

  • 1. Los titulares del registro de plaguicidas
    deberán contar con un programa de destino final de los
    envases de plaguicidas usados en la comercialización
    de éstos, siendo los principales responsables por la
    eliminación de los mismos, para lo cual deberán
    coordinar sus acciones con las autoridades competentes.

  • 2. Los titulares del registro de los plaguicidas
    deberán contar con un programa de disposición
    final de los plaguicidas vencidos, obsoletos y en desuso.

  • 3. Los titulares de registro de plaguicidas deben
    efectuar el control interno de la calidad de sus productos,
    directamente o a través del servicio analítico
    de terceros, reportando sus resultados en el momento en que
    se lo requiera la autoridad competente, SENASA
    implementará obligatoriamente el programa de
    vigilancia de la calidad de plaguicidas, para lo cual los
    titulares de registro aportarán económicamente
    para su implementación.

  • 4. La DIGESA en coordinación con el SENASA,
    implementarán programas de monitoreo de residuos de
    plaguicidas y otros contaminantes químicos en
    alimentos frescos y procesados, DIGESA tendrá a cargo
    el programa de monitoreo para la protección del
    consumidor nacional y SENASA atenderá los
    requerimientos para el comercio internacional de dichos
    productos.

  • 5. El Ministerio de Salud es responsable de la
    conducción de un Programa de Vigilancia
    Epidemiológica de los plaguicidas, para tal efecto
    deberá gestionar su revisión y
    aplicación a nivel nacional, utilizando sus propios
    recursos y estableciendo los mecanismos de cooperación
    necesarios con otros organismos públicos o privados
    para asegurar el registro de los incidentes de
    intoxicación, entre otras actividades importantes.

Artículo 7. De la Responsabilidad Compartida

Las orientaciones para promover la responsabilidad compartida
de los sectores de la sociedad para evitar los efectos adversos a
la salud humana y al ambiente de los plaguicidas químicos
y los demás alcances de la presente Ley están dadas
por el Código
Internacional de Conducta para la
Distribución y Utilización de Plaguicidas de la
FAO, la decisión 436, Norma Andina para el Registro y
Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y
Resolución 630, que aprueba el Manual
Técnico Andino; las orientaciones y disposiciones antes
descritas servirán de base para que las autoridades
determinen los niveles de coordinación y apoyo que
requieren de los entes involucrados, quienes bajo
responsabilidad, deberán cooperar para el logro de los
objetivos de la legislación en plaguicidas en el
país.

Tercer Tema:

En relación con el segundo objetivo de la Ley de
Sanidad Agraria, la promoción de las condiciones
sanitarias favorables para el desarrollo sostenido de la
agroexportación, a fin de facilitar el acceso a los
mercados de los productos agrarios nacionales, preocupa el
cumplimiento de las condiciones sanitarias con miras hacia la
Agroexportación en perjuicio o frente al poco tratamiento
dado a la sanidad de la producción agrícola para el
mercado interno, así en relación con las
condiciones sanitarias relativas a la importación:

  • 1. Abandono del control de la sanidad agraria de la
    producción agrícola para el mercado interno
    motivado además por la derogación de la ley
    28217, Ley para reforzar las acciones de control post
    registro de plaguicidas químicos de uso
    agrícola.

  • 2. Se permite la celebración de convenios con
    otros países con el fin de dar reconocimiento a los
    plaguicidas químicos permitidos por éstos hasta
    extremos absolutamente permisivos, así se permite la
    equivalencia teniendo en cuenta únicamente los
    criterios de ingrediente activo y concentración y
    olvidando otros criterios de formulación y el proceso
    de elaboración.

  • 3. Se establece la responsabilidad del sector privado
    únicamente para la exportación, pero no para la
    importación o uso a nivel nacional, así la
    Disposición Complementaria Final Octava del D.L. 1059,
    no menciona la responsabilidad de la condición de
    agricultor – importador – usuario de plaguicidas
    químicos que tienen los productores nacionales;
    tampoco la responsabilidad por riesgos a la salud y el
    ambiente que representan estos insumos, más aun al
    estar autorizada su importación y uso sin
    evaluación de riesgos toxicológicos humanos ni
    ambientales.

  • 4. El rol del sector privado, los productores y
    exportadores son responsables de velar por el cumplimiento de
    los requisitos fito y zoosanitarios de sus productos
    destinados a la exportación y de la
    implementación de un sistema de trazabilidad que
    permita accionar a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria,
    ante la notificación pro parte de la autoridad
    competente del país importador de la detección
    de una plaga o incumplimiento de las condiciones de ingreso u
    otras acciones vinculantes.

  • 5. Con esta misma intención, el
    artículo 6 del mencionado D.L. desregulariza la
    movilización de plantas y animales por el territorio
    nacional, expresando que será libre salvo que
    constituya riesgo, en cuyo caso será regulada, para lo
    cual la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria
    establecerá medidas fito y zoosanitarias.

Otros Temas:

Incremento de la discrecionalidad de las autoridades
públicas:

Se elimina el Sistema de Acreditación Oficial, se
elimina el Art. 12. "delegar funciones a
personas naturales o jurídicas de los sectores publico y
privado, interesadas y debidamente calificadas, para la
prestación de servicios en
los aspectos de sanidad agraria que ella determine" para ello el
SENASA tenía que adoptar procedimientos
técnicos para acreditación, establecer requisitos
para acceder a la delegación, calificar y autorizar y
supervisar a las personas que accedan a la delegación.

Se sustituye por delegar o autorizar el ejercicio de sus
funciones a personas naturales o jurídicas, de los
sectores publico y privado, para la prestación de
servicios en los aspectos de sanidad agraria que ella determine,
a fin de asegurar el cumplimiento de la presente ley.

Se exceptúa al mismo SENASA de los procedimientos para
la adquisición, importación y uso de productos,
pero la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria es usuaria de
plaguicidas y somete a procesos de
litigación, estos deben ser transparentes y dirigidos a la
adquisición de insumos que estén registrados y
reúnan las condiciones de calidad y seguridad.

De la misma manera que se incorpora una Cuarta
Disposición Complementaria Final en la Ley General de
Semillas (DL 1080) en la que se establece que "quedan exceptuados
de los registros y
procedimientos establecidos en la presente Ley, la
adquisición, importación o uso de semillas por la
Autoridad en Semillas".

PERÚ, 24 DE JUNIO DEL 2008

El gobierno peruano estaría por aprobar una norma de
bioseguridad para la liberación de cultivos
transgénicos, la cual podría ocasionar la
contaminación genética
de los cultivos locales, la red de Acción
en Agricultura Alternativa (RAAA) efectuó un llamado de
alerta a propósito de una reciente declaración del
doctor Juan Risi, jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), sobre el
reglamento de bioseguridad para la agricultura como parte del
paquete de normas que el Ejecutivo aprobaría en los
próximos días. La RAAA denunció que este
reglamento "es un instrumento que pondría en riesgo la
biodiversidad". El INIA es la autoridad competente para la
regulación de cultivos transgénicos en el sector
agrícola de Perú.

Según la RAAA, "Esta decisión de INIA con la
aprobación de la norma podría generar serias
implicancias para la biodiversidad, ya que en las condiciones de
diversidad geográfica, la presencia de cultivos
originarios y considerando los aspectos socioculturales de los
agricultores que manejarían los cultivos
transgénicos en nuestro país, el aplicar medidas
para "controlarlos" una vez liberados en los campos de cultivo
sería muy complicado y de difícil cumplimiento y
fiscalización por parte de las autoridades
competentes.

Se sabe que los cultivos transgénicos una vez liberados
en el ambiente pueden contaminar cultivos locales de la misma
especie a través del cruzamiento por medio del
desplazamiento del polen de plantas
transgénicas a plantas locales, produciendo una
pérdida de la biodiversidad genética, especialmente
si hablamos de los cultivos de papa, maíz y algodón
donde contamos con especies originarias y endémicas, la
contaminación genética es un hecho que se
está produciendo en muchos países del mundo donde
ya se han autorizado las liberaciones de cultivos
transgénicos, en México, en el año 2001 una
investigación científica
alertó la introgresión de genes transgénicos
en cultivos de maíz locales, lo cual provocó un
alerta en el país y a nivel mundial, dado que
México al igual que el Perú es centro de
diversificación del cultivo del maíz.

Asimismo, las medidas de control y contención que
pudieran plantearse en la norma para la liberación de
cultivos transgénicos serían complejas y muy
difíciles de implementar en el campo, dado que al contar
con áreas especiales y aisladas para el cultivo de
transgénicos no se podría controlar y menos si esta
tecnología
pasa a manos de los agricultores que por sus limitaciones en
infraestructura y capacitación para manejar esta nueva
tecnología no podría garantizar su aislamiento y
control, por lo que el riesgo de contaminación
genética sería inminente, el cual es un proceso
irreversible una vez ocurrido en el ambiente. Por otro lado, las
medidas para el control y comercialización de semillas
convencionales y transgénicas serían poco
aplicables, dado que la comercialización de semillas en el
interior del país es informal y es tradición de los
agricultores, especialmente en las comunidades campesinas, el
intercambio de semillas, especialmente en las ferias locales, lo
cual haría imposible evitar el intercambio y
contaminación de semillas convencionales con
transgénicas.

En ese sentido la decisión de normar la
liberación de cultivos transgénicos no es
únicamente del sector agricultura, sino del Ministerio del
Ambiente y del Ministerio de Salud, los que tendrían que
dar opinión técnica de las medidas y la
aplicación que propone esta norma de bioseguridad.

En ese sentido, la RAAA pide a la Presidencia del Consejo de
Ministros y al Ministerio de Agricultura solicite las opiniones
de otros sectores implicados, así como de organizaciones
de agricultores, consumidores y ambientalistas para evaluar la
consistencia y nivel de aplicación de las medidas de
control que se propone antes de su aprobación.

PERÚ: PRIMER BORRADOR DEL
REGLAMENTO

SOBRE BIOSEGURIDAD

El ministro de Agricultura, Carlos Leyton, informó hoy
que su portafolio tendrá listo a finales de la
próxima semana el primer borrador del reglamento de
bioseguridad que regirá la producción y uso de los
organismos genéticamente modificados (OGM) o alimentos
transgénicos.

Un alimento transgénico se define como aquél
cuyos ingredientes incluyen un organismo genéticamente
modificado, el cual a su vez es cualquier vegetal, animal u
organismo cuyo material genético ha sido modificado por
el hombre de
manera intencional, sin mediar ningún método
natural de intercambio de genes.

"Nos encontramos trabajando en el reglamento de bioseguridad
pues necesitamos de un documento que junte las propuestas
respecto al tema para discutirlo con el Ministerio del Ambiente
(Minam)", manifestó.

En ese sentido, recordó que el Ministerio de
Agricultura (Minag) encuentra varios puntos en consenso con la
política del Minam, sobre todo en que el tema de
transgénicos no debe tener una ley general para su uso y
desarrollo sino que debe aplicarse una norma específica
por producto.

"Es necesario que se evalúe si existe necesidad en el
país para el ingreso de este tipo de semillas", dijo tras
participar en el foro "Invest in Peru" en el
marco de la semana del Foro de Cooperación
Económica Asia Pacífico (APEC) que se realiza en
Lima.

Comentó que la regulación en la
producción de este tipo de productos es relevante para no
afectar la biodiversidad de Perú, ni sus pisos
ecológicos y las zonas de intervención de programas
ambientales y desarrollo
sostenible.

El etiquetado de los transgénicos no se incluye porque
es un tema que va más allá y es de un orden
más comercial, por ello se plantea también una
norma especial que regule el aspecto de la
comercialización de los transgénicos",
subrayó.

Cabe recordar que hace dos semanas la Asociación
Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) sostuvo que los
consumidores exigían el etiquetado de los alimentos
transgénicos para que se garantice su derecho a la
información.

Normas internacionales sobre
transgénicos OGM deben ser vinculantes

Tras el reciente debate sobre la introducción de
transgénicos y la necesidad de regular bajo normas
internacionales obligatorias las actividades que operan por
encima de las fronteras, respondemos diciendo que es
indispensable adoptar medidas sobre responsabilidad
administrativa ambiental que obliguen a los Estados frente a la
comunidad
internacional a responsabilizarse y compensar por los
daños al ambiente, la salud humana y la biodiversidad.

Esto es importante en el caso del Perú, uno de los
mayores bancos
genéticos del mundo y origen de la agricultura y la
ganadería
en nuestro continente, con al menos 8,000 años de
experiencia biotecnológica, esta reserva genética,
muchas veces no estudiada a profundidad, coloca a nuestro
país en un lugar de privilegio en seguridad alimentaria,
por el potencial de aprovechamiento de alternativas alimenticias
en su territorio.

En el Perú se han domesticado cerca de 182 especies de
plantas y 5 de animales, cuyo
legado es una enorme reserva de recursos genéticos
propios, con más de 3,000 mil variedades de papa, 55 tipos
de maíz, diversidad de tubérculos y granos andinos,
y centenares de frutales, por eso tenemos muy altos valores de
agro biodiversidad y somos centro de origen y de
diversificación genética de cultivos, con dos
grandes centros de domesticación, en los Andes 83 especies
domesticadas de plantas y 4 de animales; en la Amazonía,
85 especies de plantas domesticadas, conservadas in situ por
comunidades rurales.

Las posibilidades para superar la pobreza,
adaptarnos al cambio climático y asegurar la seguridad
alimentaria de nuestra población son altísimas y son un
capital de
oportunidad en el mediano y largo plazo. Así, argumentos
que la introducción de recursos genéticos de
afuera, contribuirá a superar la pobreza y la
adaptación al cambio climático, no tienen mayor
sustento.

Bajo el mandato del Protocolo de Cartagena de Bioseguridad,
existe obligación de establecer medidas jurídicas y
administrativas para evitar o reparar los posibles daños
causados por organismos vivos modificados a la
conservación de la diversidad biológica, por lo que
se exhorta a los países a asumir su responsabilidad por
los daños que resulten del movimiento
transfronterizo de transgénicos, mediante arreglos justos
entre Estados.

Es deber de cada país tomar medidas para proteger este
capital natural de primera condición para la seguridad
alimentaria que es la biodiversidad, ¿El Perú es un
país megadiverso? Sí, y mucho ¿Su
biodiversidad es un potencial para garantizar la seguridad
alimentaria de su población? Sí,
aprovechándola sosteniblemente y dándole valor
agregado, ¿Debe entonces permitir el Estado su
erosión
o desaparición? es indudable para todos que esto no debe
ser admitido bajo ningún concepto.

Y al ser legado a las futuras generaciones y la oportunidad
para el desarrollo social
y económico de las actuales, es lícito que el que
produce un daño a
estos recursos, a la salud humana y al ambiente, deba asumirlo y
repararlo. ¿Debemos renunciar a esto? NO.

No podemos renunciar a normas del Derecho
Internacional sobre responsabilidad y reparación por
los daños al ambiente cuando se opera por encima de las
fronteras, ni al principio, contaminador – pagador, inscrito en
nuestro marco legal nacional.

Hacerlo significa someterse a distintas reglas y marcos
jurídicos de los países, que generarán
costos y dificultarán un tratamiento justo en medidas de
compensación a nuestros reclamos por daños causados
a nuestros recursos genéticos, la salud humana y el
ambiente, por eso, el futuro régimen sobre responsabilidad
y reparación por daños del movimiento
transfronterizo de transgénicos, debe ser vinculante.

Preocupación por mejorar la calidad de
vida

Sin embargo, hay otros expertos en genética de América
Latina que defienden el uso de semillas transgénicas como
vía para asegurar el aumento en la producción de
alimentos, pese a las implicancias éticas y sanitarias que
podría representar el mal uso de esa
tecnología.

El argentino Oscar Grau, reconoció que cuando se
iniciaron las investigaciones
en genética vegetal los expertos no tenían la menor
idea de lo que estaban haciendo, todo lo que hacían con
una planta, modificándole genes que ''podían ser
hasta dañinos'', pero no lo sabían, asegura que en
la actualidad los investigadores saben lo que hacen con la
ingeniería genética; ''Sabemos
qué genes introducimos, cuántos estamos metiendo en
la planta, qué codifica ese gen, en qué ambiente
está ubicada la planta y qué producto produce'',
dijo el científico, que acepta la tecnología
''puede producir problemas'', pero afirma que los investigadores
están trabajando cuidadosamente, para el experto ''el
punto clave'' no es el uso o no de la tecnología, sino
''las cuestiones éticas que la sociedad va a tener que
definir'' sobre las mismas, asegura que las modificaciones
genéticas que se están haciendo ''pueden ser buenas
o malas, pueden ser usadas con fines bélicos o con fines
de control, por eso importa que la sociedad participe en las
decisiones para que estas cosas no se utilicen con fines
dañinos'', comentó.

Consumidores, ecologistas y la Unión Internacional de
Trabajadores de la Alimentación (UITA), cuestionan la
comercialización de plantas y semillas transgénicas
por el peligro que las mismas pueden ocasionar a la salud humana
y el ambiente; el agrónomo brasileño
Sebastián Pinheiro, asesor de salud y ambiente de la UITA,
dijo que aún no se ha determinado la influencia que pueden
tener las plantas genéticamente modificadas sobre la
cadena evolutiva. ''Cuando una bacteria o un polen
genéticamente manipulados escapan, nunca más se
podrán recuperar, el ambiente nunca más
volverá a ser el mismo, no es petróleo,
que se ve, esto no se ve y sus efectos son absolutamente
incontrolables'', argumentó.

Peligros de los
transgénicos para el ambiente

  • 1. Transferencia de la propiedad transgénica a
    cultivos nativos, criollos o plantas silvestres emparentadas,
    a través de la polinización cruzada por el
    viento o los insectos polinizadores, cruzándose entre
    sí y convirtiendo a cultivos convencionales en
    transgénicos, este fenómeno ya ocurre con las
    variedades no transgénicas hoy en día.

  • 2. Transferencia horizontal, es el intercambio de
    información genética entre especies no
    relacionadas entre sí. Este es un fenómeno que
    se da en vegetales de forma natural. Se ha detectado que
    también se produce entre especies transgénicas
    y especies no transgénicas, incluso bacterias y virus
    del suelo.

  • 3. Muerte de insectos no objeto, para explicar este
    punto, usaremos el siguiente ejemplo; los cultivos
    transgénicos BT fueron modificados con los genes de la
    toxina de la bacteria Bacillus Thuringiensis, para provocar
    en ellos resistencia a los lepidópteros, el polen de
    estos cultivos como el maíz, reducen la abundancia de
    heterópteros, abejas, aves y carabidos
    depredadores.

  • 4. Generación de resistencia, el uso masivo de
    la toxina BT del glifosato, genera resistencia en las plagas
    de insectos y malezas que se propone combatir, ya se han
    encontrado poblaciones de orugas resistentes al BT y
    "supermalezas": tal es el caso del ryegrass, Lolium rigidum y
    del ballico anual, una de las malezas más comunes en
    Australia.

  • 5. Mayor contaminación química; por ser
    genéticamente resistentes a los pesticidas, los
    cultivos transgénicos como la soja resistente al
    herbicida glifosato pueden ser fumigados con cantidades hasta
    tres veces mayores de estos, comparados con los cultivos
    convencionales, además, al crear resistencia en
    plagas, obligan a los agricultores a utilizar
    agroquímicos mucho más tóxicos
    simultáneamente.

Por su parte, las empresas de agro-biotecnología, los
científicos especializados en el campo y algunos
ecologistas progresistas argumentan que los beneficios de los
transgénicos tienen más peso que sus posibles
riesgos.

Lo positivo de
los transgénicos

Si bien es cierto que existe mucho por descubrir e investigar
por el momento podemos asegurar que los tansgenicos a corto plazo
solucionaran muchísimos problemas relacionados con
seguridad alimentaria.

Pero si deseamos ser consecuentes y hacer un desarrollo
sostenible debemos pensar que pasara mañana. Fuente
inspiración propia .

Las ventajas ofrecidas por la biotecnología por la
modificación genética, fundamentalmente en el
mejoramiento de cultivos agrícolas son las siguientes
características:

  • Resistencia a plagas y enfermedades

  • Resistencia a sequías y temperaturas extremas

  • Aumentos en la fijación de nitrógeno,
    permitiendo reducir el uso de fertilizantes.

  • Resistencia a suelos ácidos y/o salinos

  • Resistencia a herbicidas, permitiendo eliminar malezas sin
    afectar el cultivo

  • Mejoramientos en la calidad nutricional.

  • Modificaciones para obtener cosechas más
    tempranas.

  • Mejor manejo de poscosecha

  • Otras características de valor agregado

Las ventajas de los alimentos GM se resumirse en los
siguientes aspectos principales:

  • 1. Mejoras nutricionales, se pueden efectuar
    modificaciones genéticas para obtener alimentos
    enriquecidos en aminoácidos esenciales, alimentos con
    contenido modificado de ácidos grasos, alimentos con
    alto contenido de sólidos o alimentos enriquecidos en
    contenido de determinadas vitaminas o minerales, entre otras
    características de calidad nutricional.

  • 2. Mayor productividad de cosechas, se pueden obtener
    cultivos para alimentación genéticamente
    modificados que presenten resistencia natural a enfermedades
    o plagas, condiciones climáticas adversas o suelos
    ácidos o salinos, aumento en la fijación de
    nitrógeno de las plantas, resistencia a herbicidas,
    todo esto permite reducir notablemente el daño a los
    cultivos y aumentar la productividad agrícola en
    cifras cercanas al 25%.

  • 3. Protección del medioambiente, los cultivos
    biotecnológicos que son resistentes a enfermedades e
    insectos reducen la necesidad del uso de pesticidas
    agroquímicos, lo que se traduce en una menor
    exposición de agua subterránea, persona y
    ambiente en general a residuos químicos.

  • 4. Alimentos más frescos, cultivos a los
    cuales se ha modificado los genes que regulan la velocidad de
    maduración de frutos permiten obtener variedades de
    maduración lenta, de modo de permitir manejos de
    poscosecha o transportes de más larga duración
    sin que los alimentos lleguen al consumidor en estados
    avanzados de madurez.

LOS ARGUMENTOS DE UN AMPLIO SECTOR DE LA
COMUNIDAD CIENTÍFICA: 

Los científicos, artífices de la
bioingeniería, defienden las virtudes de los alimentos
transgénicos sosteniendo que entre los principales
objetivos buscados a través de la transgenía de
plantas se incluyen el combate de diversas pestes, un menor
requerimiento de agua o
herbicidas, la posibilidad del crecimiento en suelos salinos,
el embellecimiento de plantas ornamentales, una mejora en la
calidad de los alimentos tales como el aumento de su valor
nutritivo, la producción de vacunas orales
y las modificaciones organolépticas.

  En un sentido optimista se ha pronunciado el grupo de
científicos convocados por la Consulta de Expertos
FAO/OMS, la cual tuvo lugar en Ginebra en mayo/junio del 2000,
elaborándose un documento sobre seguridad de los alimentos
derivados de los vegetales genéticamente modificados, los
expertos concluyeron que el análisis de la seguridad de
los alimentos GMs requiere un estudio integrado y
específico para cada caso, concentrándose en
determinar las diferencias y similitudes entre alimentos GMs y
convencionales, asimismo destacaron que es muy poco probable, que
a largo plazo surjan efectos nocivos atribuibles exclusivamente a
alimentos genéticamente modificados

SEGURAMENTE ESTOS PRODUCTOS LLEGARON A SU
MESA Y UD.

YA SE PREGUNTO DE DONDE ES SU
PROCEDENCIA?

Los principales cultivos genéticamente modificados para
alimentación que se utilizan hoy en día son soya,
maíz, canola, tomate, papas y calabaza;
considerándose los tres principales soya, canola y
maíz, por su repercusión en Europa, los casos
de la soya y el maíz transgénicos resultan de
especial relevancia, la soya se utiliza en un 40 – 60% de los
alimentos procesados, como aceite,
margarina, alimentos dietéticos e infantiles, cerveza, etc. el
2% de la soya producida en estados unidos es transgénica,
de la que un 40% se exporta a Europa.

La utilización de plantas transgénicas en
programas de mejora se va incrementando día a día,
algunos expertos han llegado incluso a predecir que hacia el
año 2005 el 25% de la producción agrícola en
Europa lo será de plantas transgénicas.

La canola fue desarrollada por cultivadores canadienses con
técnicas tradicionales de cultivo, específicamente
por sus cualidades nutricionales, las semillas se prensan,
obteniéndose el aceite de canola para consumo humano y el
resto se procesa para obtener alimento para ganado, reconocida ya
por sus beneficios para la salud, la investigación ahora
se está llevando a cabo para mejorar aun más el
perfil nutricional de la canola.

El uso de
animales transgénicos una oportunidad de corto
plazo

La Biotecnología ha aplicado estas técnicas
experimentales de transgénicos y ya se están
estableciendo las primeras granjas farmacéuticas en las
que se crían ovejas, cabras, vacas o cerdos
transgénicos que producen en su leche
proteínas terapéuticas humanas, la
manipulación genética de un mamífero
doméstico transgénico consiste, en primer lugar en
preparar el fragmento de ADN que contiene
el gen humano, uniéndolo a otro fragmento de ADN
correspondiente a un elemento regulador (promotor) procedente de
un gen que promueve la síntesis
de una proteína de la leche (por ejemplo, la b – lacto
globulina, la caseína, etc.), de esta manera se asegura
que el gen humano sólo se expresará en las células de
las glándulas mamarias del animal transgénico
(oveja, cabra, vaca, cerdo) obtenido tras la inyección del
ADN manipulado en el pro núcleo masculino de un cigoto
producido por fecundación in vitro, sin embargo
actualmente, la utilización de la técnica de
clonación por transferencia de
núcleos de células genéticamente modificadas
resulta más ventajosa, con esta última
técnica, los investigadores del Roslin Institute de
Edinburgo obtuvieron por vez primera en 1997 ovejas
transgénicas procedentes de núcleos de fibroblastos
fetales a los que se les había introducido el gen humano
que codifica para el factor IX de coagulación de la
sangre
(Schnieke et al, 1997), los resultados de estos autores
demostraron además que la utilización de la
técnica de clonación de los núcleos
modificados genéticamente es mucho más eficaz que
la técnica original de microinyección de ADN en los
pro núcleos de los cigotos.

Posteriormente, con estas técnicas se ha conseguido que
la leche de las hembras transgénicas contenga
también otras proteínas terapéuticas humanas
(a-1-antitripsina, proteína C, factor VIII de
coagulación, antitrombina III, etc.), que pueden luego ser
fácilmente separadas de las restantes proteínas
propias del animal, además es importante señalar
que el animal transgénico no se ve perjudicado en su
desarrollo porque el gen humano sólo se expresa en las
células de las glándulas mamarias debido al
regulador específico al que se le ha asociado y por tanto,
en las restantes células del animal no se sintetiza la
proteína humana al estar silenciado el gen humano, en
consecuencia el animal doméstico ha sido convertido en un
gran biorreactor sin perjuicio aparente para él.

Las primeras granjas farmacéuticas fue establecida por
las compañías biotecnológicas como
Pharmaceutical Proteins Ltd (PPL) en Escocia (1500 ovejas),
Genzyme Transgenics en Estados Unidos (1000 cabras), Gene
Pharming Europe en Holanda (vacas), etc, otros grupos de
investigación utilización las granjas de cerdos
transgénicos dado su corto tiempo de gestación
(cuatro meses), el intervalo generacional (un año) y el
mayor tamaño de las camadas (10 a 12 lechones), teniendo
en cuenta que una cerda lactante produce unos 300 litros de leche
al año; las cifras económicas demuestran la
importancia futura de las granjas farmacéuticas, el
mercado de proteínas terapéuticas, que actualmente
se obtienen principalmente mediante fermentación o cultivo celulares, se estima
en unos 7.600 millones de dólares anuales y se calcula que
podrá llegar a ser de 18.500 millones de dólares el
año 2000 (ver Postel-Vinay y Millet, 1997 para una
versión divulgadora de los experimentos de
clonación y de animales transgénicos), las cifras
expresadas parecerían justificar las enormes inversiones
que es necesario hacer para obtener animales
transgénicos.

Ovejas Transgénicas

Los pacientes de enfisema hereditario necesitan ingerir
grandes dosis de a -1- antitripsina para suplir su deficiencia en
plasma, donde la concentración es de 2 mg/ml, en el Roslin
Institute de Edinburgo, en colaboración con la empresa PPL, se
han obtenido por diversos procedimientos ovejas
transgénicas portadoras del gen humano que codifica para
la a -1-antitripsina (unido al promotor de la b – lactoglobulina
para que se exprese exclusivamente en las células de la
glándula mamaria, así el grupo que dirige el Dr.
Ian Wilmut microinyectaron 549 cigotos con el ADN del gen humano
unido al promotor del gen de la b – lactoglobulina de oveja,
obteniendo 113 individuos de los que cinco (un cordero y cuatro
ovejas) eran transgénicos, las ovejas producían
más de 1 mg/ml de a -1- antitripsina en la leche e
incluso, una de ellas, que presentaba un mayor número de
copias del transgén integradas en el genoma, llegó
a producir hasta 63 mg/ml durante la primera semana, pero luego
se estabilizó en 35 mg/ml (Wright et al., 1991), el mismo
grupo de investigación ha obtenido también ovejas
transgénicas portadoras del gen humano que codifica para
el factor IX de coagulación de la sangre
(antihemofílico), primero mediante la técnica de
microinyección en el pro núcleo del cigoto del
correspondiente gen humano (ADNc) unido al promotor del gen de la
b – lactoglobulina de la oveja (Clark et al., 1989) y más
tarde mediante la técnica de clonación:
transferencia de núcleos de fibroblastos fetales
genéticamente modificados (Schnieke et al., 1997).

Cabras Transgénicas

Las cabras también pueden constituir unos buenos
biorreactores de proteínas humanas puesto que producen 4
litros/día de leche y sus períodos de
gestación y de desarrollo son cortos (5 y 8 meses,
respectivamente), así Ebert et al. (1991) obtuvieron
cabras transgénicas portadoras del gen humano que codifica
para el activador tisular de plasminógeno (AtPH) que, al
estar unido al promotor del gen de la b -caseína de la
cabra, producía hasta 2-3 mg/ml de AtPH en la leche del
animal. La proteína podía ser aislada con una
pureza del 98% y una actividad específica de 610.000 U/mg
(Denman et al., 1991).

Vacas Transgénicas

La gran producción lechera de las vacas (10.000
litros/año, 35 g proteína/litro de leche) las
convierte en poderosos biorreactores de proteínas humanas.
En 1991, tres grupos de investigación de Holanda (la
Universidad de
Leiden, la empresa Gene Pharming Europe y el Instituto de
Producción Animal de Zeist) obtuvieron vacas
transgénicas portadoras del gen humano de la lactoferrina
que se sintetizaba en la leche del animal por estar unido al
promotor de la a -S1-caseína bovina. Así,
Krimpenfort et al. (1991) inyectaron 1.154 pronúcleos de
otros tantos cigotos obtenidos por fecundación in vitro,
de los cuales sobrevivieron 981. A los 9 días
transfirieron 129 embriones a vacas estimuladas hormonalmente
(pseudopreñez), quedando 21 de ellas preñadas y
sólo 16 llevaron a término la gestación. Se
obtuvo un macho y una hembra (que era un mosaico). El macho dio
positivo para la presencia del gen humano en todos los tejidos
analizados (placenta, oreja y sangre), estimándose que era
portador de 5 a 10 copias del gen humano, más tarde otro
grupo de investigación (Cibelli et al., 1998) obtuvo tres
terneros clónicos transgénicos que llevaban el
transgén híbrido b – gal – neo que se
expresaba con un promotor muy potente del citomegalovirus, en el
caso de las vacas, otros objetivos pueden ser la
aplicación de la técnica conocida como "modelo de la
glándula mamaria" para reducir la lactosa (para los casos
de intolerancia) o fabricar "in vivo" leche maternizada,
suprimiendo mediante la técnica de "knockout" del gen de
la b -lactoglobulina de la leche de vaca para imitar a la leche
humana que no la tiene.

Conclusiones

  • 1. Algunos de los peligros para el medio ambiente y
    agricultura que originan los cultivos Transgénicos, es
    el incremento del uso de productos tóxicos para el
    control de plagas y enfermedades que originarían la
    contaminación ambiental, degradación del suelo,
    pérdida de la genética y biodiversidad,
    desarrollo de resistencias en insectos y "malas hierbas" o
    los efectos no deseados en otros organismos sobre los
    ecosistemas con consecuencias irreversibles e
    imprevisibles.

  • 2. Los riesgos sanitarios a largo plazo de los OMG
    presentes en nuestra alimentación o en la de los
    animales cuyos productos consumimos no se están
    evaluando correctamente y su alcance sigue siendo
    desconocido, nuevas alergias aparición de nuevos
    tóxicas y efectos inesperados son algunos de los
    riesgos.

  • 3. Los OMG refuerzan el control de la
    alimentación mundial por parte de unas pocas empresas
    multinacionales, son una de las armas predilectas de estos
    dictadores de la alimentación y lejos de constituir un
    medio para luchar contra el hambre, aumentan los problemas
    alimentarios, los países que han adoptado masivamente
    el uso de cultivos transgénicos son claros ejemplos de
    una agricultura no sostenible, en Argentina, por ejemplo, la
    entrada masiva de soja transgénica exacerbó la
    crisis de la agricultura con un alarmante incremento de la
    destrucción de sus bosques primarios, el
    desplazamiento de campesinos y trabajadores rurales, un
    aumento del uso de herbicidas y una grave sustitución
    de la producción de alimentos para consumo local.

  • 4. La solución al hambre y la
    desnutrición pasa por el desarrollo de
    tecnologías sostenibles y justas, el acceso a los
    alimentos y el empleo de técnicas como la agricultura
    y la ganadería ecológicas, la industria de los
    transgénicos utiliza su poder comercial e influencia
    política para desviar los recursos financieros que
    requieren las verdaderas soluciones.

  • 5. Defender la aplicación del principio de
    precaución y nos oponemos por lo tanto a cualquier
    liberación de OMG al medio ambiente, los ensayos en
    campo, incluso a pequeña escala, presentan igualmente
    riesgos de contaminación genética, por lo que
    también deben prohibirse. Greenpeace no se opone a la
    biotecnología siempre que se haga en ambientes
    confinados, controlados sin interacción con el medio,
    apesar del gran potencial que tiene la biología
    molecular para entender la naturaleza y desarrollar la
    investigación médica, esto no puede ser
    utilizado como justificación para convertir el medio
    ambiente en un gigantesco experimento con intereses
    comerciales. 

  • 6. A España llegan unos 6 millones de
    toneladas de soja, de las cuales aproximadamente el 66% es
    transgénico y un millón y medio de toneladas de
    maíz que han sido cultivados en países que han
    optado por el uso masivo de transgénicos.

  • 7. España es el único país de la
    Unión Europea que cultiva transgénicos a gran
    escala y que en 2008 se cultivaron unas 80.000
    hectáreas de maíz modificado con genes de
    bacterias.

  • 8. En los cultivos transgénicos se emplean
    muchos productos tóxicos, al contrario de lo que dicen
    las empresas que los promueven, con el consiguiente
    daño para el medio ambiente y la salud humana y
    biodiversidad; las dos terceras partes de los alimentos que
    ingerimos contienen derivados de soja y de maíz.

  • 9. Se está experimentando con genes de vaca en
    plantas de soja, con genes de polilla en manzana e incluso
    con genes de rata en lechuga.

Bibliografía

  • 1. Hilda Irene Cota, Investigadora del Claustro de
    Sor Juana, Doctorante en sociología, UAM-Azcapotzalco,
    mexico, 2007.

  • 2. Ruiz Piracés, Roberto, "El Protocolo de
    Bioseguridad en el comercio de transgénicos", informe
    interno de la Cancillería de Chile, Santiago, 2002,
    pag.2

  • 3. Valls, Mario, "La seguridad Biológica
    Internacional ante la modificación genética",
    Sección Doctrina, Rev. J.A., T°II, año
    2000, pag.1083.

  • 4. Ablin, Eduardo R., y otro, Productos
    transgénicos y exportaciones agrícolas:
    Reflexiones en torno de un dilema argentino, publicado por
    Cancillería Argentina, Dirección Nacional de
    Negociaciones Económicas y Cooperación
    Internacional, Bs. As., 2000, pag 7. Pérez Salom,
    José Roberto, Recursos Genéticos,
    Biotecnología y Derecho internacional,
    Ed.
    Aranzandi, Navarra, 2002, pag.293 a297.

  • 5. Ruiz Piracés, Roberto, "El Protocolo de
    Cartagena sobre Seguridad Biológica y el Comercio
    Internacional", en Revista Diplomacia, N°90,
    enero-marzo2002, Santiago de Chile, pag.52.

  • 6. Artículo 30 (3) de la Convención de
    Viena sobre la Ley de los Tratados. Ver Safrin, Sabrina, "The
    relationship with other agreements: much ado about a savings
    clause ", The Cartagena Protocol of Biosafety , The Royal
    Institute of International Affairs, Ed. Earthscan
    Publications Ltd, London, 2002, pag 439.

  • 7. Giodanino, Stella y otros, "Cultivos
    transgénicos: un debate sobre el futuro del comercio
    agroexportador argentino", Investigación publicada por
    Instituto de Comercio Exterior y el Banco Ciudad de Buenos
    Aires, Bs. As., 2002, pag.8.

Paginas web.
Consultadas.

http://www.bioenlaces.com/alimentos.asp

http://www.bioenlaces.com/alimentos/enzimatica.asp

http://www.bioenlaces.com/alimentos/agmod.asp

Monografias.com http://www.
diarioperú21.com.pe

DEDICADO.

Con todo aprecio dedicamos este trabajo de
investigación a nuestros profesores y colegas del
Doctorado Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible por haber
compartido amistad,
enseñanzas e información invalorables.

 

 

 

Autor:

Marco Tulio Sánchez Calle

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter