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Apuntes de derecho procesal penal



Partes: 1, 2, 3

    1. Respuestas
      del trabajo de procesal penal
    2. Salidas
      alternativas:
    3. Trabajo
      practico de derecho procesal practica forense
      penal
    4. Instrumentación
      referido a su libertad del imputado
    5. Procesal
      penal
    6. Respuestas
      del trabajo de procesal penal
    7. Trabajo
      práctico de derecho procesal penal
    8. Relación
      de hechos
    9. Fundamento
      de derecho y petitum
    10. Documento
      privado de acuerdo transaccional
    11. Documento
      privado de acuerdo transaccional
    12. Trabajo
      práctico de derecho procesal práctica forense
      penal

    ¿Los derechos y garantías
    que tiene la víctima en un proceso de
    acción
    penal donde implique la extinción o suspensión de
    la acción penal y, en su caso a impugnarla?

    La
    victima

    Es una persona natural o
    física,
    también puede ser una persona jurídica con el
    único requisito que se le haya vulnerado uno o más
    derechos que se encuentren protegidos por la constitución y el cód. Penal. Su
    petitorio lo podrá hacer mediante denuncia o querella.

    Las personas que no hayan llegado a la mayoría de edad
    y los enajenados mentales declarados, podrán formular
    querella por medio de sus representantes legales.

    En caso de incapacidad temporal de la víctima, sus
    derechos podrán ser ejercidos por sus familiares
    según la regla de la representación sin
    mandato.

    Las personas jurídicas podrán querellarse a
    través de de sus representantes.

    Victima: se considera víctima:

    1.- a la persona directamente afectada u ofendida por el
    delito.

    2.- al cónyuge o conviviente, parientes hasta el cuarto
    grado de consanguinidad o segundo de afinidad, al hijo o padre
    adoptivo y al heredero testamentario. En los delitos que
    cuyo resultado sea la muerte del
    ofendido.

    3.-las personas jurídicas en los delitos que le
    afecten.

    La victima tiene derecho a impugnar.-cuando no ha
    presentado pruebas
    suficientes para la realización de un proceso y el
    fiscal rechaza
    mi pretensión de llevar adelante un proceso por falta de
    pruebas en ese momento tengo vía libre para convertir la
    acción en Acción Privada estipulado en Art. 26
    C.P.P. Se solicita esta Acción ante el Juez instructor y
    luego se pone en conocimiento
    ante el Juez de sentencia para llevar adelante el proceso por la
    vía de Acción Privada.

    La Victima.-tiene derecho en caso que no hubiera
    intervenido en el proceso, deberá ser informada por la
    autoridad
    responsable de la persecución penal sobre sus derechos y
    por el juez o tribunal sobre los resultados del proceso.

    La victima tiene derecho a promover la acción penal
    mediante una querella, sea en los casos de acción
    pública o privada, según los procedimientos
    establecidos en este código
    de procedimiento
    penal.

    Suspensión de un proceso.- Cualquiera de las
    partes podrá pedir la suspensión del proceso
    siempre y cuando el imputado preste su conformidad y, en su caso,
    cuando haya reparado el daño
    ocasionado, firmado un acuerdo con la víctima.

    El término de la prescripción de la
    acción penal se interrumpirá por la
    declaración de rebeldía del imputado.

    Cuando el imputado aparezca el plazo se computará
    nuevamente.

    La victima tiene.- tiene sus derechos que son inalienables el
    derecho a la defensa tanto técnica, como material, son
    derechos consagrados en la C.P.E. Y El código de
    procedimiento penal y A otras leyes.

    Porque se extingue un proceso.-el proceso se extingue
    ya sea por muerte o por
    la pérdida de la capacidad de cualquiera de las partes,
    por el pago total de la deuda y daños y perjuicios.

    ¿Sujeto "A" denuncia a sujeto "B" por delito de hurto y
    resulta que el delito no fue cometido por sujeto "B" y sujeto "A"
    denuncia en la FEL.C.C a sujeto "B" sabiendo que sujeto "B" no
    cometió el delito. ? La conducta y
    comportamiento
    de "A" es delito, y si es diga que delito es, y si no es diga por
    que no es?

    (R.- Acusación y Denuncia Falsa. Art.166.C.P.).

    1.- ¿Qué es jurisdicción?

    2.- ¿Qué es competencia?

    3.- ¿Qué son las medidas
    cautelares?

    4.- ¿Qué es preclusión?

    Partes: 1, 2, 3

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