- Antecedentes
- Definición
- Importancia
- Clases
de comparación - Recepción
- Influencia
e inspiración - Fusión
de derechos - Escisión
de derechos
Generalidades
El derecho comparado no sólo
es útil para hacer comparaciones jurídicas, por lo cual
es claro que debe ser materia de estudio por parte
de los tratadistas comparatistas para que de esta manera puedan
dar a conocer sus conocimientos en un mundo que es cada vez mas
competitivo, lo cual merece los estudios por parte de los
tratadistas. Y en todo caso se hacen necesarios los estudios
necesarios a efecto de determinar la importancia del derecho
comparado, para lo cual deben los autores dar a conocer sus
opiniones, en un medio en el cual todo es cada vez mas necesario
y urgente, por ello, esperamos que en el derecho peruano se
realicen mayor número de publicaciones sobre el derecho
comparado, no sólo externo e internacional, sino
también interno, lo que debe ser materia de estudio a efecto
de poder realizar aportes al
derecho.
El derecho comparado debe ser estudiado por todos los
abogados, ya que si no es estudiado como disciplina principal, puede
ser estudiado como complemento, lo cual debe motivar los
correspondientes estudios de investigación.
Cuando uno hace comparaciones o propone recepciones, en
doctrina se conoce este hecho como hacer derecho comparado, lo
cual debe motivar los estudios correspondientes.
Si un jurista no conoce el derecho comparado es claro
que no podrá dominar a cabalidad la rama del derecho o
disciplina jurídica materia de estudio, por ejemplo si se
dedica al derecho civil, no podrá
dominar ésta si no conoce o domina el derecho comparado, por
lo tanto, sugerimos o dicho de otra forma proponemos su estudio,
a efecto de poder dominar mas o conocer mejor el derecho, todo
esto a través del estudio del derecho comparado. Y esto no
sólo ocurre en el derecho civil, sino en todas las ramas del
derecho y disciplinas jurídicas, por ello, este tema debe
ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
Si un jurista conoce el derecho comparado es claro que
puede conocer mejor o dominar mejor el derecho nacional, por lo
cual es claro que conviene estudiar derecho comparado, para que
se pueda conocer las diferencias y similitudes con otros sistemas jurídicos o
diferencias dentro del mismo, porque el derecho comparado no
sólo puede ser externo o internacional, sino que
también puede ser interno.
Antecedentes
En toda sede conviene estudiar los antecedentes del tema
estudiado a efecto de poder comprender el mismo en la historia del derecho, siendo
ésta última una disciplina jurídica, la cual es
materia de estudio por parte de algunos tratadistas a los cuales
se les conoce o denomina como historiadores del derecho o
historiadores jurídicos, los cuales buscan o estudian o
dicho de otra forma investigan los antecedentes del tema
estudiado, como es por cierto el derecho comparado, al menos en
esta sede.
El derecho comparado tiene pocos antecedentes, sin
embargo, algunos se retrotraen a las doce tablas, sin embargo,
esto es muy discutible en la doctrina, lo cual debe merecer los
correspondientes estudios por parte de la indicada, y en este
sentido es claro que debe merecer los estudios de los
tratadistas. Es decir, en la doctrina muchos temas son debatidos
o discutidos, lo cual motiva la publicación de trabajos
explicando o citando las diversas opiniones y en este sentido es
claro que ha merecido muchas publicaciones por parte de los
tratadistas.
El derecho comparado tiene ciertos antecedentes, dentro
de los cuales podemos citar el primer congreso internacional de
París de 1900, entre otros.
Otros antecedentes son los libros de derecho comparado,
dentro de los cuales destaca el trabajo de CONSTANTINESCO,
el cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas
del derecho comparado, los cuales son conocidos como
comparatistas o comparativistas.
En el derecho peruano podemos citar como antecedente el
libro de esta disciplina
jurídica de Julio AYASTA GONZALES, el cual constituye un
gran aporte en toda la historia del derecho comparado peruano, por
lo cual esperamos que los lectores e investigadores del presente
tengan acceso a dicha fuente de información.
Existen algunos otros antecedentes sobre o a cerca del
derecho comparado, lo cual debe merecer los estudios por parte de
los comparatistas que se dedican al estudio de su historia o
antecedentes, el cual no es un tema igual que los antecedentes
legislativos, sino que se trata de otro tema como es por cierto
los antecedentes del derecho comparado.
En la parte final del libro de René DAVID se ha
citado algunas fuentes de información
sobre derecho comparado, sin embargo, esto no ha rendido los
frutos correspondientes, por ello, esperamos que los
comparatistas aprovechen este apoyo para poder publicar libros de
derecho comparado, de tal forma que el mismo progrese en un medio
en el cual existen pocas publicaciones sobre esta disciplina
jurídica.
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