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Derecho 1




Enviado por Julieta Velázquez



Partes: 1, 2, 3

    1. Regulación
      de la actividad humana
    2. Hechos y actos
      juridicos
    3. Obligaciones
    4. Contratos
    5. Contratos
      civiles típicos
    6. Derechos
      reales
    7. Derecho de
      familia
    8. Succiones

    UNIDAD 1

    Regulación
    de la actividad humana

    Derecho

    _Concepto: Muchas son las definiciones del
    derecho, pero todas ellas tienen un elemento q las une: el
    derecho entraña la idea de justicia,
    según Santo Tomas el derecho es la propia cosa justa. A su
    vez, el derecho contiene la noción de alteridad, o sea que
    requiere q exista una relación de por lo menos dos
    personas.

    La ley es un
    conjunto de normas dictada
    por autoridad
    competente, y que regula la vida del hombre en
    sociedad.
    Estas son de carácter obligatorio.

    _ Clasificación:

    *Derecho
    Natural y Derecho Positivo:
    El derecho natural es aquel que surge de la naturaleza
    misma del hombre, que se tiene solo por el hecho de ser persona humana y
    que es revelado por la recta razón. El derecho positivo es
    el orden jurídico propio que cada sociedad establece de
    acuerdo con su tiempo,
    espacio y condiciones particulares.

    *Derecho objetivo y
    derechos
    subjetivos: son dos aspectos distintos de abordar una
    cuestión: Mientras que el derecho objetivo es el conjunto
    de normas establecidas para una comunidad, los
    derechos subjetivos son cada una de las facultades que el
    individuo
    tiene en virtud de ese derecho objetivo. *Derechos patrimoniales
    y extramatrimoniales: Los derechos serán patrimoniales o
    extramatrimoniales según tengan o no contenido
    económico.

    Los derechos extramatrimoniales son: Los derechos
    de la
    personalidad, que son inalienables, imprescriptibles,
    inajenables, inembargables y absolutos. Y los derechos de
    familia que
    son aquellos que derivan del estado de
    la
    familia.

    Los derechos patrimoniales son: Los derechos
    personales o creditorios, por los cuales una persona puede exigir
    a otra una prestación de contenido económico. Los
    derechos
    reales, son aquellos por los cuales una persona posee un
    poder sobre
    una cosa. Los derechos intelectuales
    son aquellos derivados de la creación intelectual.

    *Derecho
    público y derecho privado: El derecho público
    es aquel en el cual el Estado toma
    parte como poder público. El derecho privado es aquel que
    trata las relaciones entre particulares.

    Derecho positivo: ¿?

    Fuentes del derecho

    La ley: Es la primera, es una norma, una regla
    que ordena el comportamiento
    humano con el sentido imperativo (obligatorio). A la ley se
    la puede entender en el sentido formal o en el sentido material.
    La ley en el sentido formal es toda norma sancionada por el
    congreso de acuerdo con procedimientos
    previstos por la constitución y promulgada por el poder
    ejecutivo. Ley en el sentido material es toda norma
    obligatoria de alcance general dictada por autoridad competente
    para hacerlo. Para sancionar una ley debe existir una iniciativa
    por parte de cualquiera de los leguisladores, del poder ejecutivo
    o de la iniciativa popular. Luego se sanciona en el congreso la
    cámara donde se presento el proyecto se llama
    de origen y la otra se llama revisora, la cámara revisora
    tratara el proyecto si es aprobado con la cantidad suficiente de
    votos en la de origen. Luego se promulga: Si el proyecto tiene
    sanción favorable, pasa al poder ejecutivo. Promulgado el
    proyecto, parcial o totalmente, el mismo pasa a ser publicado en
    el boletín oficial, a efectos de que el publico, la
    sociedad, tome conocimiento.
    La ley entra en vigencia a partir del octavo día de
    publicación en el boletín oficial. Y deja d estar
    en vigencia cuando la misma ley lo dicta, que aparezca una norma
    posterior que la regule, o derogación por falta de
    uso.

    La costumbre: La costumbre es la fuente
    originaria del derecho; en los pueblos primitivos, la costumbre
    fue la primitiva ley. Para que exista la costumbre y pueda ser
    fuente del derecho se requiere el elemento material: una serie de
    actos constantes y uniformes repetidos en el tiempo; y el
    elemento psicológico, que sea aceptado como
    práctica obligatoria por la comunidad.

    La jurisprudencia: Se entiende por jurisprudencia al
    conjunto de fallos judiciales, una serie de fallos concordantes
    son un fuerte antecedente para pensar que otros tribunales
    fallaran en igual sentido.

    La doctrina: Son las opiniones, obras y
    artículos de quienes estudian el derecho. De ningún
    modo es obligatoria y su importancia reside en la calidad o
    prestigio del autor y fundamentalmente, en si el juez que debe
    fallar coincide o no con dicha doctrina.

    La decodificación

    Partes: 1, 2, 3

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