- El
Poder nacional - La
Constitución Política de 1993. - El
problema del poder en el Perú: La
descentralización. - Bibliografía
El
Poder nacional
El Estado Peruano, que conceptualmente es la
Nación
Peruana jurídicamente organizada, es la entidad que
ejerce el gobierno en
la
República del Perú. La estructura del
Estado
está definida en la Constitución política del
Perú aprobada en mediante el referéndum y
promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de
1994.
Artículo Nro 43
La República del Perú es democrática,
social, independiente y soberana.
El Estado es uno e indivisible.
Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado,
y se organiza según el principio de la separación
de poderes.
Constitución Política del Perú
En la carta magna
está establecido que la República del Perú
es democrática, social, independiente y
soberana. Su gobierno es unitario, representativo y
organizado según el principio de separación de
poderes es ejercido por un Estado unitario.
¿Qué es el Poder
Nacional, y cómo está dividido?
El Poder Nacional es una de las tres ramas que constituyen el
Poder Público. Se divide en: Legislativo, Ejecutivo,
Judicial, Ciudadano y Electoral.
¿Cuáles son las atribuciones del Poder
Ejecutivo y quién lo representa?
El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente(a), dos
Vicepresidentes(as) y los (o las) Ministros(as). Sus atribuciones
son las siguientes:
Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las
Leyes.Dirigir la acción del Gobierno.
Nombrar y remover al Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), a los
Ministros(as).Dirigir las relaciones exteriores de la República y
celebrar y ratificar los tratados convenios o acuerdos
internacionales.Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de
Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad
jerárquica de ella y fijar un contingente.Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional
promover sus oficiales a partir del grado de Coronel(a) o
Capitán(a) de Navío y nombrarlos(as) para los
cargos que les sean privativos.Declarar los estados de excepción y decretar la
restricción de garantías en los casos previstos
en la constitución.Dictar, previa autorización por una ley
habilitante, decretos con fuerza de ley.Convocar la Asamblea Nacional a sesiones
extraordinarias.Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su
espíritu, propósito y razón.Administrar la Hacienda Pública Nacional.
Negociar los empréstitos nacionales.
Decretar créditos adicionales al presupuesto,
previa autorización de la Asamblea Nacional o de la
Comisión Delegada.Celebrar los contratos de interés nacional conforme
a la Constitución y a la ley.Designar, previa autorización de la Asamblea
Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador(a)
General de la República y a los jefes(as) de las
comisiones diplomáticas permanentes.Nombrar y remover a aquellos funcionarios(as) cuya
designación le atribuyen la Constitución y la
ley.Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por
intermedio del Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), informes o
mensajes especiales.Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su
ejecución previa aprobación del Congreso.Conceder indultos.
Fijar el número, organización, y competencia
de los ministerios y otros organismos de la
Administración Pública Nacional, así
como también la organización y funcionamiento
del Consejo de Ministros, dentro de los principios y
lineamientos señalados por la correspondiente ley
orgánica.Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido
en la Constitución.Convocar referendos en los casos previstos en la
constitución.Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la
Nación.Las demás que le señale la
Constitución y la ley.
¿Cuáles son las atribuciones del Poder
Legislativo y quién lo representa?
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