Monografias.com > Política
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

La distribución del poder en Perú



Partes: 1, 2

    1. El
      Poder nacional
    2. La
      Constitución Política de 1993.
    3. El
      problema del poder en el Perú: La
      descentralización.
    4. Bibliografía

    El
    Poder nacional

    El Estado Peruano, que conceptualmente es la
    Nación
    Peruana jurídicamente organizada
    , es la entidad que
    ejerce el gobierno en
    la
    República del Perú. La estructura del
    Estado
    está definida en la Constitución política del
    Perú aprobada en mediante el referéndum y
    promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de
    1994.

    Artículo Nro 43

    La República del Perú es democrática,
    social, independiente y soberana.

    El Estado es uno e indivisible.

    Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado,
    y se organiza según el principio de la separación
    de poderes.

    Constitución Política del Perú

    En la carta magna
    está establecido que la República del Perú
    es democrática, social, independiente y
    soberana
    . Su gobierno es unitario, representativo y
    organizado según el principio de separación de
    poderes es ejercido por un Estado unitario.

    ¿Qué es el Poder
    Nacional, y cómo está dividido?

    El Poder Nacional es una de las tres ramas que constituyen el
    Poder Público. Se divide en: Legislativo, Ejecutivo,
    Judicial, Ciudadano y Electoral.

    ¿Cuáles son las atribuciones del Poder
    Ejecutivo y quién lo representa?

    El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente(a), dos
    Vicepresidentes(as) y los (o las) Ministros(as). Sus atribuciones
    son las siguientes:

    • Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las
      Leyes.

    • Dirigir la acción del Gobierno.

    • Nombrar y remover al Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), a los
      Ministros(as).

    • Dirigir las relaciones exteriores de la República y
      celebrar y ratificar los tratados convenios o acuerdos
      internacionales.

    • Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de
      Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad
      jerárquica de ella y fijar un contingente.

    • Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional
      promover sus oficiales a partir del grado de Coronel(a) o
      Capitán(a) de Navío y nombrarlos(as) para los
      cargos que les sean privativos.

    • Declarar los estados de excepción y decretar la
      restricción de garantías en los casos previstos
      en la constitución.

    • Dictar, previa autorización por una ley
      habilitante, decretos con fuerza de ley.

    • Convocar la Asamblea Nacional a sesiones
      extraordinarias.

    • Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su
      espíritu, propósito y razón.

    • Administrar la Hacienda Pública Nacional.

    • Negociar los empréstitos nacionales.

    • Decretar créditos adicionales al presupuesto,
      previa autorización de la Asamblea Nacional o de la
      Comisión Delegada.

    • Celebrar los contratos de interés nacional conforme
      a la Constitución y a la ley.

    • Designar, previa autorización de la Asamblea
      Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador(a)
      General de la República y a los jefes(as) de las
      comisiones diplomáticas permanentes.

    • Nombrar y remover a aquellos funcionarios(as) cuya
      designación le atribuyen la Constitución y la
      ley.

    • Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por
      intermedio del Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), informes o
      mensajes especiales.

    • Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su
      ejecución previa aprobación del Congreso.

    • Conceder indultos.

    • Fijar el número, organización, y competencia
      de los ministerios y otros organismos de la
      Administración Pública Nacional, así
      como también la organización y funcionamiento
      del Consejo de Ministros, dentro de los principios y
      lineamientos señalados por la correspondiente ley
      orgánica.

    • Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido
      en la Constitución.

    • Convocar referendos en los casos previstos en la
      constitución.

    • Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la
      Nación.

    • Las demás que le señale la
      Constitución y la ley.

    Monografias.com

    ¿Cuáles son las atribuciones del Poder
    Legislativo y quién lo representa?

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter