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Habeas Corpus




Enviado por PEDRO CAPACHO



Partes: 1, 2

    1. Fundamentos fácticos y
      jurídicos de la acción
    2. Procedencia de la
      Acción
    3. Competencia
    4. Pretensión
    5. Declaración
      Jurada
    6. Notificaciones

    Honorable

    ADMINISTRACIÓN DE
    JUSTICA

    Ref. HABEAS CORPUS

    EN FAVOR DE: LUIS ALFONSO PLAZAS
    VEGA.

    SITIO DE RECLUSIÓN: ESCUELA DE INFANTERIA DE
    BOGOTÁ

    EN CONTRA DE: FISCALIA GENERAL DE LA NACION, FISCAL CUARTA (4) DELEGADA
    ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    Magistrado (reparto):

    CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICIATURA DE
    BOGOTÁ

    SALA DISCIPLINARIA

    E. S. D.

    PEDRO JAIRO CONDIA TORRES, mayor de edad, vecino
    de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi firma y,
    PEDRO CAPACHO PABÓN, mayor de edad, vecino de
    Bogotá, identificado como aparece al pie de mi firma,
    acudimos como ciudadanos ante el H. Consejo Seccional de la
    Judicatura de Bogota, Sala Disciplinaria, en ejercicio del
    artículo treinta (30) de la Constitución Política de Colombia, reglamentado por la
    Ley Estatutaria diez noventa y
    cinco (1095) de dos mil seis (2006), para promover acción
    pública y Derecho Fundamental de habeas corpus
    , en favor
    del ciudadano LUIS ALFONSO PLAZAS VEGA, con el objeto
    que se le restablezca el Derecho Fundamental de la libertad personal
    , el cual
    consideramos se ha restringido vulnerando el Bloque de
    Constitucionalidad, la Constitución y la Ley.

    Hechos

    Razones por las que se considera que la captura con
    la que se privó de la libertad, se ha prolongado ilegalmente
    la privación de la libertad y se debe restablecer de forma
    inmediata.

    • 1. Con ocasión de los hechos ocurridos en
      la toma del Palacio de Justicia, por parte de un grupo
      subversivo armado al margen de la Ley que se auto
      denominó M 19, para los días seis (6) y siete
      (7) de Noviembre de mil novecientos ochenta y cinco (1985),
      "Presuntamente desaparecieron unas personas",
      que de
      acuerdo con los videos presentados en los medios de
      comunicación hipotéticamente salieron con vida
      de Palacio
      .

    • 2. De acuerdo con el conocimiento común
      que se tiene sobre la organización del Ejercito para mil
      novecientos ochenta y cinco (1985), existía en
      Bogotá una Brigada a cargo del Brigadier General
      JESUS ARMANDO ARIAS CABRALES <<Comandante de la
      Unidad Operativa denominada Brigada trece (13)>>,
      descendiendo existía un Estado Mayor a cargo del
      Coronel LUIS CARLOS SADOVNICK el cual se
      dividía en secciones denominadas
      así: (B1) de
      recursos humanos, (B2) de inteligencia, (B3) de operaciones,
      (B4) de logística y (B5) de relaciones públicas;
      descendiendo del segundo (2) Comandante y Jefe de Estado
      Mayor de la Brigada, existían unos Batallones de
      Infantería, Caballería, Guardia Presidencial,
      Policía Militar y otros etc…, los cuales se
      encargaban de ejecutar las órdenes que impartía el
      Comandante de la Brigada y o Superiores
      .

    • 3. Quienes tenían el mando para la
      época de los hechos eran
      : el Dr. BELISARIO
      BETANCUR CUARTAS
      , quien en su calidad de Presidente de la
      Republica, era el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas,
      en forma descendente sigue el General AUGUSTO MORENO
      GUERRERO
      , Comandante General de las Fuerzas Militares
      (Nótese que el Ministro de Defensa Nacional no hacia
      parte de la línea de mando, por tener una función
      eminentemente administrativa), en forma descendente continua,
      el General RAFAEL SAMUDIO MOLINA, Comandante del
      Ejército Nacional, después el Brigadier General
      JESUS ARMANDO ARIAS CABRALES, Comandante de la
      Décimo tercera (13) Brigada.

    • 4. Las tareas funcionales y misionales de las
      unidades tácticas eran completamente independientes, de
      las que le correspondían al B2 de la Brigada. En
      términos sencillos ni el B2 podía meterse en las
      labores de combate, ni los comandantes de las unidades
      tácticas (Batallones u Escuelas), podían meterse en
      las labores de inteligencia de la Brigada. La función
      operacional o de combate estaba a cargo del Brigadier General
      JESUS ARMANDO ARIAS CABRALES. Con sus comandantes de
      Unidades Tácticas. La labor de inteligencia que
      comprende reseña de personas rescatadas, interrogatorios
      y averiguaciones, le correspondía al Coronel EDIBERTO
      SANCHEZ RUBIANO
      , quien desempeñaba el cargo de B2 de
      la Brigada, tarea que cumplía con su personal
      orgánico, y el auxilio de expertos de inteligencia del
      comando del ejercito, el comando operativo de inteligencia
      COICI, el DAS y el F2.

    Partes: 1, 2

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