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El catastro nacional, su importancia jurídica y la necesidad social de conformar un registro nacional de mapas catastrales digitales (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Los índices de propietarios usados por el Catastro, son
los que prepara el Registro
Público de la Propiedad y
contienen información, a partir de las citas de
inscripción.

  • Registración de Planos

En el Reglamento de la Ley Nº 6545,
se ha desarrollado el capítulo V de la Inscripción
de Planos, el cual tiene por objetivo
reglamentar los servicios
catastrales y el ejercicio de la Agrimensura, en relación
con el Catastro Nacional.

El artículo 30 de la Ley Nº 6545, establece la
obligatoriedad del plano de agrimensura, para toda
segregación o división de inmuebles y determina que
éste debe inscribirse en el Catastro, para que surta los
efectos correspondientes.

El plano de agrimensura, registrado en el Catastro, se
convierte en el plano catastrado y viene a ser un instrumento
que, confeccionado por un profesional técnico capacitado,
describe la naturaleza,
certifica los linderos, la ubicación y la medida de un
inmueble. Es por esto que ha adquirido gran importancia, como uno
de los instrumentos que describen y objetivan la propiedad
inmueble y la información técnica que suministra,
ha venido a ser complemento indispensable del instrumento
notarial, del documentos
judicial y la inscripción registral. Es, además, un
documento del archivo que
conserva, para el futuro, la información básica,
señalada anteriormente.

Para inscribir un plano debe presentase el profesional
responsable ante la oficina del
Colegio Federado de Ingenieros en el Registro el cual revisa el
protocolo del
agrimensor

  • ? Se sella contrato.

  • ? Se sella 4 copias heliográficas del
    plano

Con la cuatro copias se presenta a la oficina del diario del
Catastro y las presenta para su trámite, el plano debe de
tener al menos nombre del propietario o poseedor, derrotero,
ubicación, información del Registro Público,
distancia a punto fijo, su número de finca, método
utilizado y demás información que indica la ley
6545. Este documento cuando ingresa para su inscripción se
le traslada a un registrador que corrobora que la
información que presenta el profesional en el documento
este acorde a los requerimientos para su inscripción, la
más importante que se analiza es:

1-Timbres y derechos de
inscripción, la cantidad depende del área a
catastrar

2- Que la información de catastro – registro no
difiera del indicado

3- Métodos
utilizados y precisión

4-Coordenadas de ubicación

5- Las leyes y decretos
que lo afecten (Forestales, Reservas, ley de aguas , ley de
caminos, Planificación urbana) etc.

6- Que concuerda con los Mapas Catastrales
que existen.

Si cumple con los requisitos que la ley 6545, el Catastro,
Resoluciones, dictámenes de la procuraduría etc.,
el registrador procede a incluir en la base de datos
el número y la información que queda incorporada a
la base de datos, con la
fé publica que respalda a los ingenieros
topógrafos,
topógrafos y agrimensores.

Los planos catastrados individuales sirven como insumo para la
confección de los Mapas Catastrales.

CAPÍTULO V

Importancia de
implementar un registro nacional de mapas catastrales digitales y
su enlace con la
bases de datos del registro literal de bienes
inmuebles

Existió un esfuerzo de las autoridades del Registro
Nacional, para confeccionar un modelo
Catastral Digital con fondos del Gobierno
Holandés. Esto apenas fue un pequeño esfuerzo que
logró, con ello, crear una base de datos, parcial, de
Mapas Catastrales Digitales que en la actualidad incluye
sólo unas pequeñas zonas del país, la
utilizan, principalmente los Municipios, por ejemplo Curridabat
que fue la única que se completó en la actualidad.
Sólo existen unas zonas Declaradas Catastrales, o sea, en
proceso de
ejecución, pero no se han llegado a declarar Zonas
Catastradas, lo cual es lo que le da el sustento jurídico
y se hace mediante la exposición
pública a todos los dueños de los predios y
confrontar, con la realidad, dicha información y que cada
dueño o poseedor, mediante esa exposición,
dé su conformidad, para así al final se declara en
su totalidad, como zona Catastrada.

La Ley Nº 6545, establece un procedimiento
para la declaración de zonas catastrales o catastradas,
por decreto ejecutivo. Este procedimiento permite al Catastro
iniciar los trabajos catastrales o concluirlos de manera oficial.
A partir de la declaración de zona catastral.

Por medio de decreto ejecutivo se declararon varias zonas
catastradas, las cuales en la actualidad cuentan con una base de
datos parcial y Mapas Catastrales en proceso, proyecto que a
continuación se detalla como Catastro Multifinalitario, se
incluyen los beneficios que implica la implementación de
un Registro Nacional de Mapas Catastrales Digitales.

Catastro Multifinalitario

Dada la importancia que tiene la función
catastral para el Estado
Costarricense, a través de su historia, se ha venido
innovando; consecuencia de esto, es el proyecto que se
pretendió impulsar: Catastro Multifinalitario.

El propósito primordial era el de manejar, en forma
amplia y precisa, una base general de mapas catastrados, con la
base de datos del Registro Público, lo cual
servirá, entre otras cosas, para fines fiscales y
económicos, ya que se pretende, a su vez, enlazar estas
dos bases con la de la Dirección General de Tributación
Directa, constituyéndose así el Registro
Único Inmobiliario, (R.U.I.). Aunque el Catastro
Multifinalitario se desarrolla por etapas, con los beneficios que
produce lo fiscal,
permite la ejecución de las otras etapas que podrán
usar de las instituciones,
públicas o privadas, aprovechando el material
básico, producido mediante el levantamiento de la
información catastral del país.

Aplicaciones del Catastro Multifinalitario

EL Catastro Multifinalitario contendrá
información gráfica y literal sobre las
propiedades, objeto de levantamiento. Los mapas mostrarán
los linderos jurídicos y los elementos básicos de
la infraestructura asociada y las fichas. La
información es de tipo litoral e informativa.

Por ejemplo, a nivel fiscal se podrá aportar
información de curvas de nivel y de altura, de puntos
estratégicos denominados hitos. A nivel de
hidrología se aportaría información de
cuencas, ríos, quebradas y lagunas. En materia de
clima, los
meteorólogos interesados podrían aportar
información acerca de la clasificación del clima,
corrientes marinas, precipitación, temperatura y
humedad. Por ejemplo, una aplicación se puede realizar en
niveles independientes de la base de datos catastrales, pero
asociados por medio de un sistema nacional
de coordenadas a la información general, en un
procedimiento de superposicionar gráficos de la información. Se puede
pensar también en la inclusión de
información sobre la fauna marina,
acuática, terrestre, datos sobre el tipo de vegetación en cuanto a geología,
sobre la sismología y la vulcanología. Cada usuario
autorizado de la base de datos, elaborará y
mantendrá su tipo de información, por medio de
superimposición de la información de su área
específica.

Respecto de suelos, es
importante su uso potencial y la clasificación de los
mismos, considerando las amenazas tales como erosión,
inundaciones, deslizamientos, actividades sísmicas y
volcánicas, litorales peligrosos, contaminación, áreas deterioradas e
incendios
forestales.

A nivel político, podrá suministrarse la
división del territorio nacional, en regiones, provincias,
cantones y distritos, según se den modificaciones a la
actual división territorial existente.

Para fines de transporte y
comunicación, se puede brindar
información, a través de la elaboración de
mapas de ubicación de aeropuertos, clasificación de
puestos de peajes, rutas de buses, caminos vecinales, puentes,
estaciones y vías férreas, puertos y atracaderos,
rutas de barcos y feries, redes de telefonía, fax,
teléfonos celulares y teles, estaciones de
satélite, red de radios comunicadores,
estaciones de radio y televisión, oficinas de correos, red de
telégrafos, red marítima, red de aviación
civil, red de radio aficionados, red de la guardia rural, red de
puestos de la Cruz Roja y red de estaciones de bomberos.

Respecto a energía, se podrá brindar
información, tanto de energía
eléctrica como de hidrocarburos,
como lo son redes de transmisión eléctrica alta y
baja, plantas
hidroeléctricas, térmicas, geotérmicas,
biogestos, oleoductos, planta refinadora de petróleo,
tanques de hidrocarburos, estaciones de gasolina, gas propano.

En cuanto a aguas, el Catastro Multifinalitario podrá
brindar información sobre la distribución de redes de agua, tanto
potable, negras y pluviales, mediante la localización de
tanques de captación, plantas de tratamiento, acueductos,
pozos, estaciones de bombeo, tanques de distribución,
redes y colector de alcantarillados, acequias, lagunas de
oxidación, colectores pluviales, causes pluviales en
caminos y carreteras.

Para efectos de desarrollo, en
materia de comercio, se
brindará información de almacenes
fiscales, depósitos de materiales y
alimentos,
bodegas de fábricas, centros comerciales, almacenes del
Consejo Nacional de la Producción, mercados
municipales.

A nivel de servicios financieros, dará ubicación
de cooperativas,
financieras, mutuales, bancos, bolsa de
valores.

En el área industrial, debe contemplarse las industrial
primarias, (minas salinas, canteras y aserraderos), y lo
agroindustrial (bebida y alimentos). En la industria
secundaria se contemplará la producción maderera, papel, cartón,
industria manufacturera, industria química, metal
mecánica y la industria de la construcción, sin dejar de lado las
áreas industriales, ubicando zonas francas y parques
industriales.

Otra área es la de salud que ubicaría
los centros hospitalarios, consultorios médicos, farmacias
clínicas, centros y puestos de salud.

En materia de educación, debe
ubicar e informar sobre los centros de preescolar,
escuelas, colegios, centros de educación
superior, universitaria y parauniversitaria, así como
centros de documentación (Bibliotecas).

Para fines de seguridad y
emergencia, debe contemplar información sobre estaciones:
meteorológicas, hidrográficas, sismológicas,
vulcanológicas y experimentales, puestos de la guardia
civil y rural, tribunales y cárceles, puestos de la Cruz
Roja, del tránsito, y control
migratorio, estaciones de bomberos, red de hidrantes, entre
otros.

En el área de conservación de los recursos
naturales, en las propiedades de dominio
público deben contemplarse los parques nacionales,
reservas biológicas y forestales, refugios silvestres y
playas. Así mismo, se debe contemplar la infraestructura
para la conservación, tales como: zonas litorales, diques,
museos, sitios de patrimonio
culturales.

En lo que compete al área de recreación, hay que tomar en cuenta las
playas, parques infantiles, áreas verdes, estadios,
balnearios, polideportivos, templos, geológicos, clubes,
hoteles.

En cuanto al área de servicios municipales, debe
contemplar la operación y mantenimiento
de zonas de recolección de basura, rellenos
sanitarios, basureros municipales, mataderos, cementerios.

En el área de administración gubernamental, se
dará información sobre ministerios,
instituciones autónomas, municipalidades, embajadas y
consulados.

En cuanto a servicios residenciales, es necesario tomar en
cuenta las urbanizaciones, caseríos, condominios,
ciudadelas.

Con la información anterior, el Catastro
Multifinalitario está facultado para brindar los datos que
requieren los usuarios públicos y privados que deben tomar
en decisiones, para formular políticas
y programas de
desarrollo político, económico, social y cultural,
garantizándose la utilización óptima de los
recursos,
así como para que el Estado pueda
establecer sistemas de
impuestos
predial, a partir del valor
intrínseco de la tierra,
como lo son, las tasas de impuesto o
bienes
raíces, gravar sobre el valor de inmueble.

Jurídicamente, permite validar, mediante mapas y/o
planos catastrados, los límites
entre cada uno de los inmuebles en el territorio nacional.

Puede aportar información gráfica y literal en
el área económica, planificación
urbanística, que sirven para la elaboración de
planos de desarrollo urbanístico, industrial, comercial,
agropecuario, de riesgo y
crecimiento.

Permite también establecer redes de distribución
y abastecimiento de los servicios urbanos básicos que
brinden las Municipalidades y su operación y
mantenimiento.

El Catastro servirá a los bancos para garantizar sus
créditos, a partir del valor
intrínseco de la tierra que el
Estado tomará en cuenta, para establecer sistemas
impositivos, así como densidad
demográfica, infraestructura y valor de las mejoras y
plusvalía, recursos naturales, hídricos, subsuelo.
Regulación de la tenencia de la tierra. Impositivos,
impuesto territorial y municipal, reforestación, parques y
reservas de tierra, zonificación del país para
efectos de desarrollo, obtención de datos sobre la
propiedad, preparación de mapas de tenencia actual.
Además, servirá para planificar y establecer
prioridades para la
administración de los territorios nacionales.

Cabe mencionar que el gobierno Holandés aportó
el financiamiento
para realizar un estudio de
factibilidad, acerca del proyecto de Catastro
Multifinalitario desarrollado en su primera fase, todo lo que es
la gran área de San José.

El Catastro Multifinalitario requiere de una alta tecnología de
computación, alta capacitación del recurso humano utilizado
que le permitirá manejar un equipo especializado y
programas de computación novedosos. Entre los cuales, se
puede mencionar lo expuesto por el Ingeniero Mario Parra U., Ms.
C. quien, en su artículo Sistema de
Información Geográfica, con Infocad, (publicado
en la revista del
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica,
número 34 (1) (1991. P.11), expone que actualmente en
nuestro país, se ofrece entre otros Sofware GIS
(Geographic Information System) (Sistema de Información
Geográfica), llamado Infocad que brinda una
solución de HardwareSoftware de bajo costo que
satisface las necesidades del usuario final, o bien, la
versión para microcomputadoras llamado Digicard que
implementan los más recientes avances
tecnológicos de una nueva generación de
Software GIS, entendiéndose éste como un sistema de
información geográfica y los sistemas CAD (Computed
Aided Design) (Diseño
asistido por computadora),
que permiten la unión del mundo gráfico y del mundo
de la información no gráfica, pero que describe el
mundo gráfico. Es así, como en una poderosa base de
datos, relacional gráfica, en un simple sistema integrado,
se pueden efectuar diversos trabajos y estudios precisos, sobre
las entidades gráficas. Al respecto el Ingeniero Parra
señala, (1991, p.11).

"Infocad es un sistema que incluye funciones de
edición
y administración de imágenes,
administración a documentos, CAD, bases de datos
relación en SQL,
(Structure Query Languaje) (lenguaje de
consulta estructurada), aplicaciones en tiempo real,
análisis de redes, análisis y
consulta espacial, cartografía automática/
administración de planta física
(Cartografía automatizada y administración de
facilidades), Cogo (Geometría de Coordenadas) y muchas
características, todo dentro del un mismo sistema".
(15)

Por otra parte, cabe destacar que un catastro automatizado,
puede utilizar el Land Information Sistems (L.I.S.), o sea, el
Sistema de información territorial, el cual tiene diversos
paquetes que se pueden aplicar a la labor de manejo de la
información catastral.

La automatización considerada en el proyecto,
permite rapidez de operación, flexibilidad para presentar
operaciones,
actualización de datos gráficos y digitales
uniformidad de calidad,
facilidad de operación, elaboración, de planos a
partir de los datos, levantamiento de campo, registro de modelos
estereofotogramétrico, formación de bases de datos
cartográficos, simplificación de diseño y
trazo de programar, control de errores por medio de programas,
seguridad en los archivos,
pluridad de informes que
se obtienen en menor tiempo.

No obstante lo anterior, debe tomarse muy en cuenta que un
catastro sin mantenimiento, es una inversión perdida, por lo que debe
considerarse la información básica que se va a
levantar, su mantenimiento; además prever las facilidades
necesarias para que las posibles instituciones usuarias obtengan
la información actualizada. Por ejemplo, se puede
mencionar el caso del Instituto Costarricenses de Electricidad,
(ICE) que puede alimentarse del sistema de la base de datos, de
manera que dentro de ella, en uno o varios niveles independientes
de información, pueda levantar sus registros, para
utilizarlos de acuerdo con sus necesidades y a su vez, darle su
respectivo mantenimiento a la información.

Cabe destacar que, en la actualidad, en el Catastro Nacional
está trabajando un equipo de funcionarios a tiempo
completo, con representantes de la Institución, del
Registro Público y de la Dirección General de
Tributación Directa, a efecto de establecer la
unificación de la información, para el
establecimiento de la base de datos uniforme. Aunque como en todo
proyecto, en su iniciación se presentan obstáculos
para el desarrollo efectivo del mismo, por lo cual se
están llevando a cabo algunos esfuerzos coordinados por
la empresa
I.L.I.S.m, con el fin de capacitar a los funcionarios del
Catastro Nacional para la implementación del Catastro
Multifinalitario, sin embargo, dado que existe una serie de
ajustes estructurales de los altos jerarcas encargados de la
ejecución del proyecto, éstos tienen restringido el
acceso a la información.

RELACIÓN ACTUAL CATASTRO- REGISTRO

Es importante detallar la RELACION ACTUAL de CATASTRO-
REGISTRO, pues en ella se demuestra la problemática que se
presenta al no existir una relación entre Registros y que
se podrían solventar con la confección del MAPEO
CATASTRAL DIGITAL ligado a la información actual del
Registro de Bienes Inmuebles.

Proceso del Registro
Público

El Registro moviliza la administración a instancia de
parte y no de oficio, una vez que el acto o contrato se ha
presentado en la Oficina Correspondiente o Diario, donde comienza
el proceso de tramitación de todos los documentos.

A continuación, se anota en el libro Diario
con el número que le corresponda que además
contiene la fecha y hora de presentación y el extracto que
aparece en el protocolo, conocido como casilla y que resume la
clase de acto
contenido en el documento y las partes que lo realizaron.

Se deben satisfacer en forma total, los derechos de Registro,
los cuales pueden cancelarse con timbres del Registro Nacional o
por medio de recibos cancelados ante la sucursal del Banco Central de
Costa Rica, con sede en las instalaciones del Registro Nacional.
Esta tasación no releva al Registrador de la responsabilidad de verificar el monto exacto de
los derechos y especies fiscales que debe satisfacer el
documento.

Se revisa el Libro de Propiedades y se anota al margen que hay
un documento en proceso. Realizada esta operación, se pasa
al Registrador para su estudio; si se siguió el
procedimiento correcto, se inscribe y si no es así, se
devuelve al Notario, para que haga la corrección
correspondiente. La anotación en el Libro de Propiedades
queda vigente, hasta tanto se haga la inscripción.

Si la finca se encuentra en libros y el
acto o contrato se refiere a una modificación del
propietario o sustancial de la extensión del derecho, se
pasa al sistema de Folio Real. Luego se procede a poner un sello
en la página del Libro de Propiedades en que se indica que
ahora tiene Folio Real.

Para elaborar el Folio Real, se procesa un formulario con la
descripción de los datos del propietario y
de la propiedad y otra con los gravámenes. Se aplica el
documento presentado, por ejemplo, una venta y se
procede a introducir los datos, en el computador y a
producir el Folio Real.

En los casos de cancelación de hipotecas se hace esta
en el Libro de Propiedades, pero si no hay Folio Real no se
ordena su confección.

Uniformidad de la Información

Entre el Catastro y el Registro no existe una uniformidad de
información, pues esta última entidad no exige el
plano catastrado, sino y únicamente, en las segregaciones
o fusiones de
fincas. Además, el Catastro no puede producir la
información necesaria para exigir al Notario que en el
documento presentado al Registro, describa técnicamente la
realidad física. No es el plano catastrado el que debe
presentarse al Registro, sino la manifestación notarial de
que el acto o contrato, coincide en un todo con el plano
catastrado, citando su número de inscripción.

Una verdadera uniformidad se daría cuando el notario
tenga que hacer la descripción física del inmueble,
como aparece en los documentos del Catastro que estén en
íntima relación con la realidad. Incluyendo el
número catastral que está compuesto por el
número del mapa, por el de la parcela, para lo cual, se
requiere que el país entero esté cubierto por la
cartografía catastral.

El Plano del Inmueble se debe presentar como lo ordena la ley,
en los procesos
judiciales de localización de derechos proindivisos y en
los trámites de informaciones posesorias; asimismo, las
rectificaciones de áreas de las fincas ya inscritas, deben
hacerse con base en un plano catastrado.

El Catastro, en la actualidad, no produce planos catastrales
individuales, éstos son realizados por los profesionales
libres de la agrimensura, contratados al efecto. Por leyes
especiales se autoriza a elaborar planos individuales, para
programas de titulación y excepcionalmente, el Catastro
sólo levanta planos de propiedades de las instituciones
estatales.

Por otro lado, no se logra la uniformidad, porque el Registro
no envía al Catastro la información que recibe y
procesa.

Certificado Catastral

La Ley de Catastro que está en vigencia, busca integrar
el Catastro y el Registro en una actividad estrechamente
relacionada, con el fin de corregir todas las demás
deficiencias del sistema.

El Certificado catastral conduciría a ejercer el
control del aspecto descriptivo de la propiedad. Así, al
tener el catastro mapas catastrales de los predios, los
propietarios quedan obligados, en caso de transacciones, a
realizar la descripción destallada de sus parcelas, en los
documentos donde ellas consten.

El certificado catastral que recibe el Registro, junto con la
escritura
pública, debe ser devuelto por éste al Catastro,
con la nueva información proveniente de la
transmisión inmobiliaria, para producir una retroalimentación de los datos.

Actualmente, no existen mapas catastrales en toda la
República que permitan la descripción de las
propiedades y como consecuencia, no se expiden certificados
catastrales que hagan efectiva la relación Catastro-
Registro.

Planos y Cartografía Catastral

Para cumplir la Ley de Catastro, se deben tener planos y
cartografía adecuada que deben elaborarse por
métodos modernos y expeditos.

Inclusión de la Información Catastral en
el Folio Real

En el Folio Real se está incluyendo la
información catastral, solamente en las segregaciones y
fusiones de fincas como lo exige la Ley de Catastro, sin
necesidad de que existan zonas catastradas; esta
información se reduce al número del plano
catastrado.

Intercambio de Información

No existe actualmente intercambio de información entre
el Catastro y el Registro.

Conclusiones

1- Podríamos decir que de los esfuerzos realizados por
el Gobierno de República, uno de ellos ha sido buscar la
modernización del Sector
Público. Dentro de las metas para se plantearon para
el Registro Nacional fue de cumplir con lograr la compatibilidad
del Catastro Nacional con el Registro de Bienes Inmuebles, lo
cual en la actualidad no se ha realizado plenamente.

2- De un estudio realizado, se logró determinar que,
nuestro país, carece de un catastro técnicamente
elaborado y que refleje adecuadamente la realidad jurídica
de la propiedad inmueble.

Por esta razón debe ser prioritaria la formación
del catastro físico del territorio Nacional, el cual
sería finiquitado con la Confección y
Registración de los Mapas Catastrales Digitales, que
apoyen el fortalecimiento de la gestión
municipal, en el uso de la información catastral, la
regularización de la tenencia de las áreas bajo
regímenes especiales de propiedad.

3- Los Mapas Catastrales deben de hacerse georeferenciados en
cada una de sus propiedades o predios, deben ser una
cartografía automatizada con el almacenamiento
computarizado de los archivos. Esto ayudaría a la
prevención y resolución
de conflictos sobre derechos relacionados con la propiedad
inmuebles, se estará ejecutando una vez aprobado el
proyecto que se está gestionando con el Banco
Interamericano de Desarrolla BID, el cual contempla la
resolución alterna de conflictos,
corno parte de solución para contribuir a mejorar la
seguridad jurídica, cuando existan litigios.

En la actualidad, se ha obtenido la cooperación
especial del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el
cual se han venido trabajando las propuestas de los que hoy
dirigen el Registro, para la elaboración del "Programa de
Regularización del Catastro y Registro".
Pero esta
propuesta debería contemplar algunas de la experiencia de
los funcionarios del Catastro y Registro de Bienes Inmuebles que
conocen de los problemas
diarios del quehacer Registral Catastral, preparando un
documento, el cual sirva para el estudio y análisis por
parte de las partes involucradas, que contenga información
necesaria la cual lleve Costa Rica a lograr el objetivo
primordial que es el mejoramiento de la seguridad jurídica
de los derechos sobre la propiedad inmueble y que el Mapa
Catastral es un documento oficial que complementa esta tarea.

Bibliografía

LIBROS

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del Catastro Nacional"
, Costa Rica, Octubre de 1983.

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"
Need for a Mulripurpose Cadastre",
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DIAZ PICCALUGA, Alfredo,
"Diseño de un Programa de Catastro, Segunda
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Dirección del Catastro Nacional, "Catastro
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", Publicaciones del Registro Nacional.
Costa Rica, 2003

Dirección del Catastro Nacional,
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Tomo 1
", Publicaciones del Registro Nacional. Costa Rica,
2002.

Dirección del Catastro Nacional,
"Guía de Requisitos de Inscripción Registral,
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Rica, "
Informe Registro Nacional Plan de Acción
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Registro Nacional. Costa Rica, 2000

National Academy Press, "Procedures and Standards
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", Washington D. C. ,1983.

Antecedentes y Evaluación del Catastro
Nacional ,
AID. Octubre de 1983.

SITIOS WEB
consultados.

www.historia.htmhistoria.htm

www.registronacional.go.cr

Entrevistas.

Ing. Juan Araque S, Sub-director Catastro Nacional, Registro
Nacional Costa Rica.

Lic. Pablo Trejos A, Registrador de Registro Nacional, Costa
Rica

 

 

 

Autor:

Ing. Felipe Espinoza Fernández

Curso: Métodos de investigación jurídica

Profesora: Lic. Vanesa Cambronero

Universidad Autónoma de Centroamérica
U.A.C.A.

Colegio Iñigo de Loyola

Año 2004

Partes: 1, 2, 3
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