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Es lo mismo decir causa y motivo

Enviado por Mery Gutierrez Yalico

Partes: 1, 2

  1. ¿Es lo mismo decir causa y motivo?
  2. La causa fin o causa final
  3. Conclusiones
  4. Bibliografía

¿Es lo mismo decir causa y motivo?

La importancia de la notación de la causa del negocio jurídico. Consideramos a la causa uno de los temas importantes porque es un tema muy debatido. Cuando trate de buscar posiciones de juristas con respecto a la causa me encontré con diversas posiciones y me puse a pensar ¿qué posición es la correcta?... Después de leer muchos autores como: Aníbal Torres Vásquez, Juan Espinoza Espinoza, La Gaceta Jurídica, Lizardo Taboada y Diez picazo. A mi parecer la posición más exacta la toma Lizardo Taboada, notable doctrinario que ha estudiado profundamente el tema de la causa. A continuación presentaré mi ensayo que se basa en la causa y motivo; ya que hay muchas confusiones sobre este tema tratare de dilucidar ambos conceptos.

Hay que recordar que la teoría del negocio jurídico señala a demás que la manifestación de la declaración de la voluntad, es el elemento principal del negocio el mismo que implica un propositito de los sujetos que lo celebran ya que es en base a ese propósito que la norma jurídica le atribuye los diferentes efectos jurídicos.

Por lo que hablaríamos de una vinculación que existe y ha existido siempre entre la noción causa y negocio jurídico y por lo tanto con el contrato. Al leer a Lizardo Taboada he encontrado diversas teorías en las que señalan lo siguiente:

  • 1) Especialistas que piensan que la causa es un motivo abstracto.

  • 2) Especialistas que piensan que la causa es el móvil concreto, impulsivo y determinante, la intención practica y típica que ha determinado una persona, para celebrar un determinando negocio jurídico.

  • 3) Tratadistas que opinan que la causa es un elemento objetivo completamente independiente de los motivos, viendo en ella una finalidad típica del negocio o la función jurídica o la función económica social del negocio jurídico.

  • 4) Existen igualmente ciertos autores que consideran que deben haber o que existen dos nociones de causa, en una causa objetiva o una causa subjetiva.

  • 5) Otros por el contrario piensan que la causa es el elemento objetivo que permite la incorporación de determinados motivos de las partes.

Nota: Toda esta gama de teorías nos lleva a múltiples confusiones.

Para Lizardo Taboada la causa "es únicamente un aspecto de construcción negocial o contractual, para otros constituye una materia que está íntimamente vinculada no solo con la noción del negocio sino con las teorías de los vicios de la voluntad, de la interpretación de los actos negociales, de los negocios anómalos, de la alteración de la relación jurídica negocial, de las modalidades, de la ineficacia funcional, de la conversión", etc.

Nota: Es sumamente importante estudiar la causa del negocio jurídico por su significado legal.

A continuación procederemos a desarrollar el tema de la causa para un mejor entendimiento:

Causa fuente: significa el origen y fundamento de las relaciones jurídicas obligatorias, no se concibe un efecto jurídico sin una causa. El hecho produce un efecto y la norma lo jurídiza.

Causa fin de causa final (Teoría objetiva): Fin perseguido por el acto o negocio finalidad abstracta, concreta y típica que induce al agente a actuar.

Causa función: Función económica social que cumple el contrato y por tal está reconocida por el derecho.

Causa resultado: Indica el resultado que él puede obtener valiéndose de determinado acto.

De causa móvil o causa fin (Teoría subjetiva): Es el fin perseguido por las partes al celebrar un negocio o acto. Indica el motivo personal e individual no típico psicológico, algún modo exteriorizado que impulsa a la realización del acto jurídico.

Teoría unitaria: Unifica la teoría de causa final y causa fin.

Hay que recordar que la aplicación de la causa se da a los contratos, obligaciones y actos jurídicos.

*Existen diversas disputas entre las teorías anticausalistas y causalistas las cuales veremos a continuación:

Anticausalistas: "Concepto falso e inútil, se confunde con otros elementos como el consentimiento y el objeto".----------------------( Tal como lo señala Aníbal Torres Vásquez.

Causalistas: "La causa es un requisito para la validez del contrato y los actos jurídicos".


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