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La situación de la negociación colectiva y libertad sindical de la Confederación Trabajadores Rerum Novarum – CTRN (página 3)



Partes: 1, 2, 3

En el sector
público hay 38 sindicatos, el
96 % esta completamente activo, pero del sector privado, solo
tiene un 24% de los sindicatos que esta activo, ya que la
mayoría son de la Federación Agraria, que
están casi inactivos. Como se observa son más
sindicatos del Sector Privado, pero comparemos por
afiliación. Existe mayor miembros afiliados en el Sector
Público entre empresas
institucionales y gobierno central
como municipales, que el sector privado.

DATOS AÑO 2001

Total de afiliación de CTRN 155043
Azul

Asalariados sector privado 8365 Rojo

Asalariados sector público 93478
Amarillo

No asalariados sector privado 53200
Celeste

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Este cuadro nos indica que el sector público la CTRN
tiene un 60.29% de afiliación, la cual esta completamente
activa y mantiene por medio de sus cuotas la Central, pero que
34.31% aunque son afiliados, son del sector privado no asalariado
, los cuales son inactivos y los activos del
sector privado es solo un 5.39%.

CAPITULO II.

Análisis y
comparación de datos

Esta segunda parte contempla la comparación de datos obtenidos
en el Ministerio de Trabajo y
Seguridad
Social sobre las negociaciones colectivas con respecto a los
arreglos directos realizados desde un periodo comprendido del
año 1967 hasta el año 2001, ya que a partir de esa
fecha los datos no están lo suficientemente completos.

La comparación se hace con respecto además del
movimiento
solidarista , ya que es un modelo
instalado según su doctrina para procurar la justicia y la
paz social, la armonía obrero-patronal y el desarrollo
intregal de sus asociados. Su filosofía es contraria a la lucha de
clases. Considera que debe unirse el capital y
el trabajo, el
patrono y el trabajador, para juntos incrementar la producción y mejorar las condiciones
socioeconómicas de los trabajadores. Los recursos de la
Asociación Solidarista provienen de dos fuentes
principales: el ahorro mensual
de los trabajadores que según la Ley puede ser el
3 y hasta un 5 por ciento, y un aporte mensual de la empresa, cuyo
porcentaje se pacta entre esta y los trabajadores De 1972 a 1982
el Movimiento Solidarista pasó de 12 asociaciones a varios
centenares. Especialmente de 1978 en adelante el Movimiento se
extendió del Valle Central a la zona Atlántica, el
Pacífico Sur y al Norte del país. Se ha trasladado
del sector industrial y comercial agrícola, del sector
privado al público, y de Costa Rica que
fue el primer país que lo impulsó y puso en
práctica, el cual se ha extendido hasta el Salvador,
Nicaragua, Honduras, Colombia y
Venezuela.

Pero su mayor impulso se promovió
aún más a partir del año 1982 pero que se
logró mejorar ha partir de la promulgación de la
Ley de Asociaciones Solidaristas en 1984, lo cual le ha dado al
solidarismo, los mismos derechos y prerrogativas
legales de los otros movimientos sociales como el cooperativismo
y el sindicalismo
democrático.

El Solidarismo representa casi el 9.1% del
Producto Interno
Bruto, y el patrimonio
acumulado a la fecha supera los 1.334 millones de dólares
en el año 2.001, ya que son sobre todo para fomentar el
ahorro y el manejo por parte del patrono de sus dirigentes.
Además se realiza un análisis de Investigación con varios datos tomados del
Instituto Nacional de estadísticas y Censos de Costa Rica
conocido por su siglas INEC, y el Ministerio de trabajo y
Seguridad
Social, donde se relaciona a la
organización sindical, con la fuerza de
trabajo y con el movimiento solidarista, movimiento el cual tiene
sus raíces en Costa Rica; El análisis se contemplo
para los últimos 15 años , sobre todo se hace un
análisis de cuatro años pero con separaciones por
quinquenio. Estos se tomarán como base para determinar, el
comportamiento
de algunos factores que repercuten en el desarrollo del
movimiento sindical; los años serán, el de 1991,
1996, 2001 y 2006

CUADRO No. 3

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GRAFICO No. 1

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El cuadro anterior muestra
claramente como el Movimiento Sindical tuvo un asenso en la firma
de las negociaciones colectivas entre los años de 1967 al
1981, pero comienza a descender gradualmente a partir del
año 82 con la introducción de la ley solidarista y el
impulso por parte de los empresarios del movimiento
solidarista.

Esta más claro en la Agricultura en
torno a firma de
convenciones, no se han realizado nuevas negociaciones colectivas
solamente se actualizan o hay prórrogas a las convenciones
que ya existen, sobre todo entre Palma Tica y los Sindicatos SDTG
y SITRADIQUE, y la Chiriquí con SITRACHIRI. Todos estos
sindicatos son afiliados a la Confederación Rerum Novarum
(CTRN). O sea de tener 104 en el año de 1981 hemos llegado
a tener solamente 4 en el 2001 o sea han desaparecido cien
negociaciones en las empresas agrícolas.

En los últimos 5 años únicamente se han
firmado o prorrogado 55 convenciones colectivas de las cuales 30
han sido entre los sindicatos y las municipalidades, 2 en la
Electricidad y
4 en el sistema
bancarios, 4 en otros servicios como
Seguros (INS)
, JAPDEVA, CNP, REGISTRO NACIONAL
o seo que de los 55 , 43 son de sindicatos del Sector Publico. En
el sector privado entonces tenemos que solamente existen 12
Negociaciones Colectivas y debemos aclara que recientemente por
medio de un resolución de la Procuraduría General
de la
República indicó que ya las negociaciones de
los municipios ya perdieron su vigencia. Es además
importante hacer notar que en el comercio solo
se registra una convención durante todo el periodo
estudiado, indudablemente esta ya perdió vigencia, ya que
nuestra legislación a las Convenciones Colectivas lo
máximo que les da de vigencia es de 3 años.

CUADRO No. 4

CONVENCIONES COLECTIVAS POR SECTOR PRODUCTIVO Y
NÚMERO DE BENEFICIARIOS SEGÚN POBLACION OCUPADA

POBLACION OCUPADA POR RAMA DE
ACTIVIDAD,

JULIO 2000

TOTAL

%

TOTAL

CONVEN

CIONES COLECTIVAS

TOTAL

BENEFI

CIARIOS

% BENEF

CON RESP POBL OCU

TOTAL

1318625

100

55

25688

1,95

AGRICULTURA, .CAZA, SILVICULTURA Y
PESCA

269209

20,4

4

1547

0,57

EXPLOTACION MINAS Y CANTERAS

2609

0,2

 

 

 

INDUSTRIA MANUFACTURERAS

190258

14,4

7

1729

0,91

ELECTRICIDAD, GAS Y
AGUA

10877

0,8

3

3600

33,10

CONSTRUCCIÓN

89715

6,8

 

 

 

COMERCIO POR MAYOR Y MENOR

266832

20,2

 

 

 

TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNIC.

78832

6

2

2221

2,82

ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS

64261

4,9

4

8493

13,22

SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSON.

337085

25,6

35

8098

2,40

NO BIEN ESPECIFICADA

8947

0,7

 

 

 

Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social

CUADRO No. 5

ASALARIADOS

POBLACIÓN ASALARIADA JULIO
2000

TOTAL

%

TOTAL CONVENCIONESCOLECTIVAS

TOTAL BENEFICIARIOS

% BENEF

CON RESP

POBL ASAL

EMPLEADOS U OBREROS ESTADO

186056

14,1

42

22112

11,88

EMP U OBRERO EMPRESA
PRIVADA

684256

51,9

13

3576

0,52

SERVICIO DOMESTICO

62760

4,8

 

 

 

TOTAL

933072

70,8

55

25688

2,75

CUADRO No. 6

ACTIVIDADES NO REMUNERADAS

NO REMUNERADOS JULIO 2000

TOTAL

%

TOTAL

33 791

2,6

CUADRO No. 7

POR SECTORES

SECTOR INSTITUCIONAL JULIO
2000

TOTAL

%

TOTAL CONVENCIONES COLECTIVAS

TOTAL BENEFICIARIOS

% BENEF. CON RESP. POBL. ASAL.

TOTAL

1318625

100

55

25688

1,95

SECTOR PUBLICO

186519

14,1

42

22112

11,86

GOBIERNO CENTRAL

93862

7,1

 

 

 

INSTITUCIONES AUTONONOMAS Y SEMIAUTON.

82671

6,3

12

18112

21,91

MUNICIPALIDADES

9986

0,8

30

4000

40,06

SECTOR PRIVADO

1130542

85,7

13

3576

0,32

ORGANUISMOS INTERNACIONALES

1564

0,1

 

 

 

IGNORADO

 

 

 

NOTA:

El análisis de los cuadros anteriores se utilizó
los datos de la Encuesta de
julio 2000, por cuanto la del 2001 no cuenta con la información suficiente para realizar este
tipo de comparación. Ya que los demás años
están desactualizadas

GRAFICO No. 2

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Fuente INEC

Los anteriores cuadros y sobre todo el grafico nos demuestra
que la cantidad de funcionarios públicos comparados con
los privados son cinco veces mas que los Trabajadores Privados.
Los trabajadores privados son un 85.7 % y los trabajadores
Públicos son un 14.3%, es entonces cuando decimos que
deberían ser más negociaciones colectivas en el
sector privado.

Pero si nos vamos a la cantidad de trabajadores que cubre las
convenciones colectivas la situación es contraria para el
sector privado cubre a un 11.86% mientras que en el sector
privado cubre solamente a un 0.32% de los trabajadores.

Pero si nos vamos a los Arreglos directos vemos que
sucede:

CUADRO No. 8

LOS ARREGLOS DIRECTOS FIRMADOS EN COSTA RICA
ENTRE ENTES PATRONALES Y COMITES DE TRABAJADORES O SINDICATOS POR
AÑO Y RAMA DE ACTIVIDAD ECONOMICA

PERIODO

TOTAL

AGRICULTURA

INDUS

TRIA MANU

FACTU

RERA

INDUS

TRIA CONS

TRUC-

CION

COMER

CIO

ELEC-TRICI-DAD, GAS, Y

AGUA

TRANS-

PORTE,

ALMACENA., Y COMU.

ESTA-BLECI-MIENTOS FINAN.

SERVI-

CIOS

COMUNA

LES

TOTAL

1078

914

111

10

8

1

27

11

26

1967-1971

9

1

3

1

1

1

2

1

1972-1976

19

6

11

2

1977-1981

55

16

26

6

4

 

1

2

1982-1986

127

104

19

1

3

1987-1991

279

259

11

1

2

1

5

1992-1996

330

289

27

1

1

9

3

1997-2001

287

239

14

0

0

0

15

10

9

GRAFICO No. 3

ARREGLOS DIRECTOS

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Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

El cuadro y la imagen nos
muestra que han ido en ascenso los arreglos directos y que los
patronos no están fomentando las negociaciones colectivas
solamente están fomentando los arreglos directos y que
según consultas realizadas a trabajadores usualmente
utilizan a las organizaciones
solidaristas o su estructura
para lograr su cometido.

Además podemos determinar que en el Sector de la
Agricultura, lugar donde antes existían más
negociaciones colectivas en la actualidad se han incrementado los
arreglos directos, cuando en el año de 1967 solamente era
uno han pasado a ser 289 arreglos directos.

CUADRO No. 9

CUADRO COMPARATIVO DE CONVENCIONES COLECTIVAS Y
ARREGLOS DIRECTOS FIRMADOS EN COSTA

DURANTE EL PERIODO 67-96

Monografias.com

Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social

GRAFICO No. 4

Monografias.com

Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social

El cuadro y la imagen anterior refleja con claridad lo
sucedido a partir de la existencia del ingreso de la ley del
movimiento solidarista la cual fomenta su desarrollo partir del
año 82, a partir de esa fecha poco a poco se van
disminuyendo las negociaciones colectivas y se incrementan los
arreglos directos.

CUADRO No. 10

SINDICATOS Y ASOCIACIÓN SOLIDARISTA

AÑOS 1991 a 2006

AÑOS

Cant. Sindicatos

Afiliados Sind.

Asoc. Solidaristas

Afiliados Solid.

1991

432

112,389

1,149

124,229

1996

319

118,886

1,481

170,406

2001

301

102,924

1,374

206,147

2006

252

121,129

1,248

222,138

Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

GRAFICO No. 5

AFILIADOS A SINDICATOS VRS SOLIDARISTAS

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El cuadro anterior nos demuestra que las organizaciones
sindicales existentes comparado con las organizaciones
solidarista existentes en esa época, los solidaristas nos
superan en un 62.41%, en el año 1991 , en un 78.46% , en
el año 1996, en un 78.09% , en el año 2001 y en un
79.82% en el año 2006, lo que significa que las
asociaciones solidaristas han podido avanzar desde el 1991 a la
fecha en un 17.4% de más, mientras que el panorama para el
movimiento sindical es otro, mientras que en 1991 éramos
un 37.59% comparados con los solidaristas en el año 1996
bajamos a ser un 20.19 % menos organizaciones. Tomando como
referencia las inscritas ante el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social.

GRAFICO No. 6

Monografias.com

Fuente Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social

Pero lo podemos ver más claro, en el cuadro No.10 como
referencia entre las organizaciones inscritas del movimiento
sindical en 1991 en ese momento eran 432 organizaciones y para el
año 2006 pasaron a ser solo 252 organizaciones, lo que
significa que han desaparecido un 41.77% de las organizaciones
existentes en 1991.

Ahora vemos lo que sucedió comparando entre las
membrecía de las organizaciones sindicales y solidaristas.
En 1991 el movimiento sindical era un 90.47% de la
membrecía con respecto a la solidarista, pero para el
año de 2006 decaímos en un 35% de
membrecía.

Pero un mejor reflejo de lo que acontece en Costa Rica es
comparando la membrecía de cada una de los
movimientos.(ver cuadro 11) Mientras que el movimiento
solidarista en 1991 tenía 124,229 afiliados para el
año 2006 cuenta con 222,138, lo que quiere decir que
mejoraron en un 78.81% su afiliación, el movimiento
sindical aunque no decae lo puede hacer en un 7.77% de
afiliación. Pero para mejor entender lo que acontece en
Costa Rica, el siguiente cuadro nos puede mostrar mejor la
situación, ya que la comparación con los
trabajadores que ingresan a laborar, ya que podemos comparar el
movimiento sindical en el contexto de las fuerza de trabajo en
general.

CUADRO No 11.

COMPARACIÓN POBLACIÓN TOTAL VRS
AFILIADOS

SINDICATOS Y SOLIDARISTAS

AÑO

TOT- POBL

TOTAL

OCUP

DESO

AFIL- SIND

AFIL-SOLID

 

 

O+D *

 

 

 

 

1991

2871085

1065701

1006646

59055

112,389

124,229

1996

3202440

1220914

1145021

75893

118,886

170,406

2001

3906742

1653321

1552924

100397

102,924

206,147

2006

4353843

1945955

1829928

116027

121,129

222,138

O = ocupados

D = desocupados

Fuente: INEC

El anterior cuadro demuestra que la población en Costa Rica creció
tomando como parámetro el año 1991 y hasta el 2006
en un 51.64%, ya que pasamos de ser 2 871 085 personas a 4 353
843, además que la población de trabajadores
creció en un 54.75%, la población de trabajadores
ocupados creció en un 81.75%, los desocupados crecieron un
96.47%. Esto indica que aunque crecieron la población de
los trabajadores que están laborando, pero que el grupo de
trabajadores que pasan sin un empleo
creció. O sea más del doble de las personas que en
aquella época estaban desocupadas aun se encuentran en
igual condición pero con el agravante que hay casi el
doble de desocupados de aquella época.

Ahora bien si analizamos la situación de los afiliados
a los sindicatos aunque sube la membrecía sindical en un
7.77% no crece ni siquiera en la proporción como crece la
población en general que es de un 51.64% y mucho menos con
respecto a la población de trabajadores tanto ocupados
como desocupados que creció un 54.75%, y menos con
respecto a los ocupados que es de un 81.75%. Pero si analizamos
la membrecía de las Asociaciones Solidaristas crece en un
78.81%, superando no solo al crecimiento de la población
en general, si no también el crecimiento de trabajadores
que es de un 54.75%, pero casi alcanza a los ocupados que es de
un 81.75%. Para poder
comprender un poco mejor la realidad del movimiento sindical
pasamos al siguiente cuadro que compara la población

CUADRO No. 12

COMPARACIÓN TRABAJADORES SECTOR
PÚBLICO Y PRIVADO

VRS SINDICATOS y SOLIDARISTAS

Año

Pob.-Total

Sector Publico

Sector Privado

AFIL. SIND

AFIL – SOLD

1991

2871085

163142

890744

112,389

124,229

1996

3202440

167375

977327

118,886

170,406

2001

3906742

222368

1330481

102,924

206,147

2006

4353843

269936

1645276

121,129

222,138

Datos suministrados por INEC

El anterior cuadro nos puede ayudar a mejorar lo que acontece
ya que podemos visualizar lo mejor, en el siguiente grafico

GRAFICO No. 7

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Datos INEC

Las anteriores comparaciones nos demuestran que el poco avance
en el movimiento sindical costarricense desde 1991 hasta la
fecha, cada avance desaparecen las organizaciones sindicales y la
afiliación no avanza con respecto al crecimiento del
sector y que al no poder avanzar en el desarrollo del movimiento
sindical en las empresas privadas de Costa Rica, repercute que
día a día sean menos organizaciones sindicales. Lo
muestran el cuadro 13 y los anteriores gráficos 5 y 7, el trabajador
público cada día es menos y el trabajador privado
cada día es más. Si lo vemos en porcentaje podemos
decir lo siguiente, lo que los afiliados de 1991 a 2006 a
aumentado un 7.77% y el afiliado solidarista a aumentado un
78.81%, y que el sector publico a aumentado de 1991 a la fecha un
65.46% pero que el sector privado a aumentado 84.71% o sea la
afiliación sindical no crece ni siquiera porcentualmente
al avance de su sector, mientras que el solidarista casi aumenta
conforme a su sector. Pero las negociaciones colectivas cada vez
son menos porcentualmente al avance del sector privado ya que
para el 2001 teníamos 55 negociaciones colectivas que 42
son del sector Publico y 13 del sector Privado, como ya lo
habíamos afirmado (ver cuadro No. 7). Por lo que queda
demostrado que el gobierno y los empresarios, no están
incentivando el crecimiento del Sector Sindical.

Encuesta realizada a
dirigentes de CTRN

Se realizo una encuesta a dirigentes de la Central de
Trabajadores Rerum Novarum (CTRN) para analizar el avance o
mejora en las condiciones de la Negociación Colectiva y la libertad
Sindical en esta Central Sindical. La encuesta se realizo sobre
todo a dirigentes de los sindicatos que están afiliados a
la central sindical y fue realizado a 42 personas. Con el fin de
conocer los conocimientos y la participación en los
procesos de
negociación colectiva y Libertad Sindical.

La población encuestada presenta las siguientes
características:

Género, el 80.95% de las personas entrevistadas son
hombres y el 19.05% mujeres.

Grupo etáreo: El 14.28% de las personas entrevistadas
son menores de 35 años, el 52.38% se ubica entre los 36 y
50 años, y el 33.34 % tienen 51 años o
más.

En cuanto al tiempo de
afiliación al movimientos sindical, el 14.28% cuenta con
una afiliación menor a cinco años, el 14.28% se
ubica entre los 11 y 15 años de afiliación, el
14.28% entre los 16 y 20 años, el 14.28% entre los 21 y 25
años de afiliación, el 23.81% se ubica entre los 26
y 30 años y el 19.07% tiene más de treinta
años de afiliación al movimiento sindical.

De los entrevistados el 57.14% pertenece o ha pertenecido a
alguna estructura de la confederación, principalmente al
Comité Ejecutivo, en forma minoritaria a otras estructuras
como Tribunal Electoral, Comisión de Juventud y
Comité de Ética.

El 85.71% son dirigentes nacionales en su sindicato base
y el 14.29% son dirigentes intermedios o regionales.

Los resultados obtenidos son los siguientes:

PREGUNTAS REALIZADAS SOBRE LA LIBERTAD
SINDICAL

En la pregunta No. 10 sobre el derecho de
Asociación
Sindicalmente es percibido por el
85.7% de los entrevistados como algo imposible para los
trabajadores del sector privado y es en la actualidad muy
castigado en la sector público, Aunque muchos insisten que
la legislación Constitucional y leyes son muy
determinantes, pero no encuentran o no existen avances. Solo para
un 14. 3% es una realidad y es respaldada por la Carta
Magna.

En cuanto a la pregunta No. 11 sobre el Derecho a Huelga, el
95,2% de los entrevistados indican que los derechos
existen en las leyes positivas, pero que en la practica, cuando
se ejerce el derecho de la huelga, los patronos tratan de
intimidar o amedrentar de muchas maneras dentro de ellas con la
aplicación rebajas en salarios o bien,
con el despido para tratar de evitar o desvirtuar esta
posibilidad e indican que no EXISTEN AVANCE alguno.

Con respecto a la pregunta No. 12 sobre el Derecho a
Negociar Colectivamente,
percibe el 100% de los
entrevistados como un hecho posible dentro del sector
público, o sea se puede negociar o presentar una
negociación colectiva, pero a pesar de los tropiezos que
existen , como lo es tener que pedir autorización previa a
la Comisión de Negociaciones Colectivas, la cual no cuenta
con representación laboral y
autoriza qué se puede y qué no se puede negociar,
hasta después de este requisitos los jerarcas pueden
negociar. Pero aunque se logre negociar y se homologue, esto no
da muchos resultados, ya que existen un alto nivel de
incumplimiento, a las cláusulas pactadas, o sea, no ha
existido avance en este derecho.

13. El 71,4% considera que las razones para que no
existan avances en la libertad Sindical entendiéndose esta
como sus tres derechos, el derecho a huelga, derecho a
negociación, derecho a sindicalización; se deben a
las políticas
antisindicales y neoliberales que los gobiernos implementan. Pero
el 29.6% considera que las razones para que no existan
esos avances son los propios sindicatos, sobre todo la
relación que tienen con sus bases y entre sí como
con los otros sindicatos.

14. El 61% señala entre las prácticas
más comunes del Gobierno, para eliminar derechos
laborales, la presentación de recursos de amparos y
recursos de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional,
contra cualquiera de las cláusulas ya homologadas por el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la imposibilidad de
aprobación de leyes que garanticen la Libertad Sindical y
la Negociación Colectiva en la Asamblea Legislativa, pero
el restante 39% cree que lo hace a través de la
campaña sistemática que realizan los medios de
comunicación contra los sindicatos.

15. El 42.8% de los entrevistados considera que el
derecho que se encuentra en mayor peligro de los trabajadores es
el de la sindicalización (Asociación) y el restante
57.2 % se refiere a la desmejora en algunos derechos como
son el salario, jornadas
laborales y vacaciones además la seguridad social entre
otros.

16. El 52.3% de los entrevistados indica que los
problemas
laborales más frecuentes en su empresa, son casos en que a
los trabajadores los obligan a extender la jornada, y no les
pagan comúnmente el tiempo extraordinario y además
que existe imposibilidad de acceder a mejores puestos o a
ascender dentro de la empresa ; el restante 47.7% indica
el acceso a crear sindicatos o a asociarse en los mismos,
sindicalización y lograr tener una convención
colectiva, es el mayor problema.

17. EL 80,9% de los entrevistados piensa que el derecho
individual más violado por el gobierno o los empresarios
es el derecho a poder crear sindicatos, cuando se intenta en el
sector privado, son despedidos los dirigentes o personas que se
afilian, prácticamente el mismo día de constitución, incluso si el patrono escucha
el rumor, pueden ser despedidos aún antes de poder
constituir el sindicato. El 19.1 % restante indica que el
tener un el trabajo digno y estable; y el derecho a
información.

18. El 71% de los entrevistados insiste en que el
derecho sindical que más se irrespeta por empresarios y
gobierno, es el de crear sindicatos u obstaculizar para que las
personas se puedan sindicalizar, el restante 29% se
refiere a mejora salarial. O sea, que al no permitir crear un
sindicato o evitar que se afilie al mismo, se viola tanto el
derecho individual como el colectivo.

PREGUNTAS REALIZADAS SOBRE LA NEGOCIACION
COLECTIVA

En las preguntas dirigidas sobre todo a
Negociación Colectiva, los entrevistados
contestaron lo siguiente:

19. A la pregunta de que si la organización negocia colectivamente el
66,6% indica que su organización sí negocia
colectivamente y el 33,4% indica que NO.

21. A la pregunta de que si ha participado en algún
proceso de
negociación Colectiva el 66,6% indica que ha
participado en su organización de la negociación
colectiva, pero el 33,4% nunca ha participado en los
procesos de Negociación.

22. A la pregunta de si conoce en su organización
algún avance en el clausulado, que mejore las
garantías en materia de
negociación colectiva en derechos individuales, el
42% indica que cuando se negocia, la mayor parte de las
veces logran tener mejoras en relación con los salarios ,
en la relación con los puestos y con las garantías
sociales, el 38% dice que no existe ninguna mejora y el
20% no responde, ya que su organización no tiene
negociación Colectiva..

23. A la pregunta de si conoce en su organización
algún avance en el clausulado, que mejore las
garantías Colectivas o de su organización el
41.2% de los encuestados dice que no existe mejora en los
derechos de la organización, el 32,3% dice que
existe mejora en los derechos de la organización tales
como permisos con goce de salario y formación sindical, el
26.5% no responde porque no conoce o no ha estado en esos
procesos.

24. Cuando se les pregunta a los encuestados si han tenido
formación en procesos de Negociación Colectiva
indica el 57% que si ha participado en procesos de
formación en ese tema, pero el 43% no ha tenido
esta experiencia.

25. Reafirma el 85.7% que los problemas más
frecuentes de violación a la Negociación Colectiva,
en la empresa donde laboran es que siempre se incumplen las
cláusulas sobre los salarios que fueron negociados,
respeto a los
individuos, el resto no responde porque no cuenta con
negociación colectiva.

26. A la pregunta sobre si conoce de alguna experiencia de
negociación, donde haya contribuido a una mejora con la
CTRN, el 57% de los entrevistados considera que sí
existen experiencias importantes en las que la
Confederación ha apoyado el proceso con favorables
resultados.

27. El 80.9% considera que en su organización
existen capacitaciones que ayudan al avance de la Libertad
Sindical. La mayoría señala la capacitación en materia de
legislación y derecho
laboral, únicamente una de las personas indica haber
recibido capacitación concretamente con el tema de
libertad sindical.

28. El 85.7% de los encuestados dice que en CTRN existe
capacitación para el avance en la libertad sindical.
Indican tres temas de capacitación principalmente:
Formación de Formadores Sindicales Jóvenes,
Formación de Lideres Sindicales y Legislación
Laboral.

29. El 52.3% de los encuestados dice que en su
organización sí hay capacitación sobre
Negociación Colectiva. Sobre el tipo de
capacitación mencionaron charlas sobre negociación,
seminarios y grupos de
estudios. El 47.7% indica que no existe esta
capacitación en su organización.

30. El 66.6% considera que si existe capacitación sobre
Negociación Colectiva en CTRN, mencionan capacitaciones
con OIT, con el departamento legal de la CTRN y en el tema de
técnicas de negociación. El 23.81%
responde que no existe esta capacitación. El 9.59 % no
responde.

31. El 85.7% de los encuestados considera que la
capacitación recibida corresponde a una estrategia de
CTRN o su organización. El 14.3% opina que no corresponde
a una estrategia.

32. El 42.86% considera que los lideres sindicales deben tener
conocimientos sobre Normas
Internacionales de trabajo y Convenios de OIT, el 42.86% en
Legislación Laboral, el 14.28% Derechos Humanos
y Capacitación Sindical. También señalan en
forma complementaria, algunos otros temas como Seguridad Social,
Libertad Sindical, Métodos
Negociación, Derecho a Huelga y estrategias,
Materia Salarial, Técnicas de Negociación, Liderazgo,
Manejo administrativo del sindicato y elaboración de
denuncias.

ANÁLISIS SOBRE LOS DATOS REFLEJADOS DE LA
ENCUESTA

Esta encuesta refleja que más de la tercera parte de
los mismos miembros de los sindicatos afiliados a la
Confederación de Trabajadores Rerum Novarum creen que el
derecho de Negociación Colectiva si se puede dar en el
Sector Público, pero que para el Sector Privado casi es
imposible. Lo mismo muestras las estadísticas del propio
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Pero además
indican que aunque se puede negociar en el Sector Público
cada vez son desconocidas cláusulas y el gobierno por
medio de algunos de personeros han presentado recursos ante la
Sala Constitucional que ha eliminado cláusulas de las
negociaciones Colectivas.

Indican que las políticas dirigidas por el gobierno y
otras instancias del mismo, han evitado el avance y han ayudado
más bien al decaimiento del movimiento sindical. El 71%
indica que se obstaculiza la creación de sindicatos en
ambos sectores , pero sobre todo en el sector privado y el 42%
indica que el derecho con mayor peligro es el de
sindicalización o de asociación , que es el mismo,
que indican en otra pregunta el de crear sindicatos y estar
afiliado a ellos; pero un 57% cree que el mayor peligro porque
esta en desmejora es el salario, jornadas laborales y vacaciones
además la seguridad social, que son las condiciones que se
negocian en el instrumento Colectivo.

Los trabajadores se ven frecuentemente obligados a laborar
extensamente horas de más, sin pago de extras. La
mayoría de los afiliados a los sindicatos indican que si
han negociado colectivamente o han tenido alguna experiencia,
pero hay un 34.4% que no ha tenido la experiencia, ya que su
organización no negocia colectivamente o no ha podido
negociar.

Pero cuando se les consulta sobre la capacitación
recibida indican que los dirigentes deben estar mayormente
capacitados incluso dan algunos temas que consideran importantes
reforzar, pero que además si han captado que la CTRN o su
sindicato, ha ayudado en la capacitación y que ello a
ayudado en algún avance en la negociación
Colectiva.

Propuesta
formativa

Consolidar equipos de dirigentes y/o afiliados sindicales con
la capacitación y formación necesaria, para que
sirvan como asesores, supervisores y guías laborales en
Negociación Colectiva y Libertad Sindical.

JUSTIFICACIÓN

En el proceso de planificación
estratégica que la CTRN ha desarrollado, y como parte
de su diagnóstico, se han reconocido como
problemas centrales en el campo educativo, la ausencia de un
plan
sistemático que permita: a) El desarrollo de facilitadores
con una visión integral de las organizaciones y de sus
procesos; b) El contar con especialistas temáticos, en
este caso, en materia de Libertad Sindical y Negociación
Colectiva, que apoyen la
investigación y sustenten técnicamente todos
los procesos, como asesores, supervisores y guías.

La encuesta realizada a dirigencia de la CTRN, demuestra la
necesidad de contar con mayores procesos de formación,
máxime que la realidad nos demuestra que el movimiento
sindical cada día cuenta con menos porcentaje de
afiliación, por ejemplo, el porcentaje de
afiliación en el sector privado llega apenas a 0.32% de
los asalariados de ese sector.

Para dar respuesta a esta realidad, se hace necesario
diseñar un programa integral
de capacitación que atienda los requerimientos de la
organización para superar los vacíos fundamentales,
con lo cual se logre un proceso sostenido en materia educativa y
formativa, y por lo tanto, de crecimiento socio político
de toda la organización.

Un proyecto
educativo con un método
sistémico y por tanto, una visión
estratégica de la educación. El
proceso es la ruta que nos trazamos para pasar de la realidad
actual a una nueva condición deseada, de acuerdo con la
opción política y a los
principios
desde los que realizamos nuestra acción.

Este proyecto será una opción pedagógica
concreta, para su realización se deberán establecer
convenios y alianzas con otros actores, instituciones
y especialistas en el campo de la pedagogía y la metodología.

Con el desarrollo del mismo, también se pretende lograr
una mayor incidencia en temas trascendentales de la vida
nacional, como lo son la Libertad Sindical y el derecho a
Negociación Colectiva, profundizar las acciones ya
iniciadas por el sindicalismo costarricense y promover un
cambio
nacional hacia el reconocimiento, respeto y defensa de este
derecho fundamental.

OBJETIVO GENERAL

Implementar un plan de formación sindical que
contribuya al fortalecimiento de dirigencia que coadyuve en la
lucha por la defensa y la promoción de las Libertades Sindicales y la
Negociación Colectiva y brinden asesoría y
acompañamiento a los Sindicatos afiliados, en esta
materia.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1- Consolidar mediante procesos de capacitación,
equipos de líderes que funjan como asesores, apropiados de
instrumentos teóricos y prácticos que les permitan
ejercer una eficaz asesoría, supervisión y guía en los procesos
laborales de Negociación Colectiva y Libertad
Sindical.

2- Establecer un convenio universitario para que se imparta la
formación sindical requerida, con el sistema de
acreditación de diplomados, bachilleres , licenciaturas y
maestrías.

3- Capacitar a dirigentes y afiliados en Materia de Libertad
Sindical y Negociación Colectiva, para que actúen
como facilitadores de procesos educativos.

4- Diseñar una estrategia y metodología para
socializar y multiplicar los resultados generados durante los
primeros años del proyecto, para que se cristalice en un
proceso permanente y sostenido.

ACCIONES

1- Diseño
del programa de formación educativa con los requerimientos
universitarios para graduar a técnicos, bachilleres,
licenciados y master en Materia Laboral que contemple la
especialización en Libertad Sindical y Negociación
Colectiva.

2- Realización de gestiones con universidades
públicas (Universidad de
Costa Rica y Universidad Nacional -IESTRA), para suscribir el
convenio de formación.

3- Elaboración del perfil de las personas a
seleccionar, para que participen en el proceso de
formación.

4- Selección
de personas a capacitarse, de acuerdo con el perfil
elaborado.

5- Ejecución del proceso de formación, a
través de los cursos y módulos previamente
diseñados con la universidad.

6- Establecimiento de espacios permanentes de retroalimentación en técnicas de
capacitación para formadores y formadoras en
asesoría y guía laborales, en Libertades Sindicales
y procesos de Negociación Colectiva.

7- Creación de las condiciones que permitan la
concreción de grupos de apoyo para el trabajo relacionado
con la Libertad Sindical y la negociación Colectiva de la
CTRN.

8- Instalación de una oficina de
especialistas en derecho laboral con los graduados de este
proceso, para que accionen como asesores, guías y
colaboren con los diferentes sectores sindicales en los procesos
de negociación colectiva y libertad sindical.

RESPONSABLES

El Comité Ejecutivo de la Confederación de
Trabajadores Rerum Novarum en general y la Secretaría de
Educación
en particular y los órganos de apoyo instaurados para la
ejecución del plan
estratégico de la CTRN.

TIEMPO DE EJECUCIÓN

Primeros 6 meses para las acciones previas a la
ejecución propiamente del proceso de formación
(Diseño de los programas de
formación, suscripción del convenio).

Dos meses para la selección de los participantes al
proyecto.

Tres años para la ejecución del proceso de
formación de los Diplomados, 4 años para los
Bachilleratos y 5 años para la Licenciatura y la
maestría 1 año.

Resultados

1- Convenio firmado con una universidad pública que
ofrezca a los sindicalistas procesos de formación
socio-laboral debidamente acreditados.

2- Contar con dos equipos de al menos 30 dirigentes para que
funjan como asesores, en el tema de Libertad Sindical y la
Negociación Colectiva.

3- Treinta personas capacitadas como facilitadoras de procesos
sindicales, con los conocimientos básicos
metodológicos y pedagógicos para esa función.

4- Estrategia metodológica definida para un proceso,
permanente y sostenido, de formación acreditada.

EVALUACIÓN

Se realizará un proceso de evaluación
integral continua, desde el inicio del proyecto, donde
participarán todos los actores involucrados en el mismo.
Entendida esta como una herramienta para determinar los cambios
necesarios que garanticen un mejor proceso de
formación.

Se utilizará la autoevaluación,
coevaluación, entrevistas,
encuestas y
otros.

Conclusión

Con el presente estudio se puede concluir que la simple
declaración de derechos establecidos en la
Constitución Política y en los Convenios
Internacionales, requiere ineludiblemente, el complemento de los
procedimientos
y reglamentación adecuada y suficiente, para garantizar su
respeto mínimo. Al no existir en Costa Rica tales
procedimientos o reglamentación mínima, el derecho
a la libertad sindical ha quedado únicamente declarado en
la ley y en la Constitución Política, sin que en la
práctica se garantice su respeto.

Aunque la Constitución y las leyes lo establezcan, en
nuestro país no existe en forma real el derecho
fundamental para todos los trabajadores, de realizar convenciones
colectivas. Se demuestra que casi está vedado el derecho
en el Sector Privado y está en constante ataque y
retroceso en el Sector Público.

Según el propio análisis realizado por los
magistrados de la Sala Constitucional, plasmados en los votos
emanados de este órgano, se puede indicar que no es
suficiente con el Reglamento de Negociaciones del Sector
Público, dictado por medio de decreto ejecutivo, aunque
existan los expedientes para la aprobación de los
convenios 151 y 154 de la OIT en la Asamblea Legislativa y se
pueda dar su ratificación por medio de una ley de la
República, esto no basta, ya que por tener un rango menor
a la Constitución Política, no logran variar los
criterios ni la posición de la Sala Constitucional.

El derecho a la Convención Colectiva es un derecho
fundamental, así establecido en las garantías
sociales de nuestra Constitución, que si genera alguna
duda en cuanto a la aplicación en algún sector,
debe interpretarse a la luz de los
tratados o
convenios internacionales como el 151 y 154 de la OIT. Sin
embargo con respecto a este derecho fundamental, la Sala se ha
pronunciado en el sentido de que por no tener mayor rango que la
Constitución Política, no es aplicable para el
sector público.

Se ha demostrado con esta situación jurídica,
que es necesario aprobar la reforma Constitucional, para
establecer eficaz y válidamente la posibilidad de que los
trabajadores puedan efectuar convenciones colectivas, a fin de
normar o reglamentar sus condiciones laborales. Y no exista, como
en la actualidad, una discriminación de los sectores.

Al existir roce entre las leyes laborales con las
estatutarias, y las estatutarias o administrativas son aplicadas
al sector público, y como se evidenció que es en el
Sector Público donde en la actualidad contamos con mayores
instrumentos colectivos, declarar inconstitucionales algunas
convenciones colectivas celebradas en el pasado por medio de una
serie de fallos judiciales y decisiones del Poder
Ejecutivo y en general de la Administración
Pública, aduciendo que los funcionarios
públicos no pueden celebrar convenciones colectivas por
contar con un régimen estatutario que se contrapone por
definición a las convenciones colectivas mismas, y
establece una diferencia entre el sector público,
otorgándoles a unos el derecho y negándoselos a
otros.

Existen 55 convenciones firmadas en el año 2000 y 43
son del Sector Público, con los mencionados fallos se ha
restringido aún más la escasa negociación
colectiva que existía en este sector. De igual forma, se
ha agravado el problema en materia de libertad sindical, ya que
los procedimientos judiciales que deberían tutelar esta
libertad son lentos, inexistentes o ineficaces, todo lo cual hace
que se haga imposible el respeto efectivo mínimo de la
libertad sindical y la negociación colectiva en Costa
Rica.

Ha quedado evidenciado que el fallo 5000-93 de la Sala
Constitucional o la ley 7360 y los restantes enunciados
constitucionales y legales de los derechos de libertad sindical y
negociación colectiva, así como los acuerdos
suscritos entre Gobierno y organizaciones sindicales, son
insuficientes para una tutela
mínima de los derechos de libertad sindical y
negociación colectiva.

Se puede indicar que a la fecha de hoy no hay absolutamente
ninguna ley de empleo público que regule la
negociación colectiva y la huelga en el sector
público. De igual forma, los proyectos de ley
que tienden a proteger la libertad sindical, incluyendo la
ratificación de los Convenios de O.I.T. en materia de
negociación colectiva y libertad sindical, cuya
aprobación se acordó desde el año 1992, no
han sido aprobados y algunos incluso han sido archivados.

También se puede concluir que en Costa Rica no existe
libertad sindical en el sector de empleo privado, ya que las
prácticas laborales desleales, específicamente las
reiteradas y difundidas represalias antisindicales (despidos,
discriminación, hostigamiento y maltratos),
no son enfrentadas eficaz y expeditamente por el ordenamiento
jurídico, todo lo cual produce muy altos niveles de
tolerancia e
impunidad. A
su vez, la negociación colectiva es limitada
indirectamente por el alto nivel de represión sindical en
el sector privado, y, en segundo lugar, por la
manipulación patronal del denominado "arreglo directo" y
los "comités permanentes de trabajadores", así como
por la participación ilegítima de las denominadas
asociaciones solidaristas.

Para terminar se puede concluir que ante esta situación
actual, reflejada en el estudio, incluyendo la encuesta de los
dirigentes de la Central Sindical, Confederación de
Trabajadores Rerum Novarum, es necesario contar con dirigentes
capacitados en Materia de Libertad Sindical y Negociación
Colectiva, con las herramientas
teóricas y practicas adecuadas, para coadyuvar en la lucha
para la defensa tanto para las negociaciones colectivas ya
existentes como para que a los sindicatos que no se les ha
permitido ejercer este derecho, puedan realizar negociaciones y
además, se proteja efectivamente el derecho de libertad
Sindical.

Anexos

LA SITUACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA Y LIBERTAD SINDICAL DE LA CONFEDERACIÓN
TRABAJADORES RERUM NOVARUM – CTRN

ENCUESTA A DIRIGENTES SINDICALES DE LA
CTRN

1- Nombre:__________________________________ 2- Sexo: M ___
F_____

3- Edad: ________ 4-Puesto o Cargo de Dirección
Sindical:____________________________

5-Afiliado al Sindicato base:
___________________________________________________

6-Empresa o institución para la que labora:
________________________________________

7-Cuántos años ha estado afiliado al movimiento
sindical ______________

8-Indique si ha pertenecido a alguna estructura de la CTRN: SI
____ NO _______

9-Indique cuál?
____________________________________________________________

SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL EN COSTA RICA:

(Entiéndase Libertad Sindical como a derecho huelga,
derecho a negociación, derecho a
sindicalización)

Indique el avance o los obstáculos sobre la Libertad
Sindical que conoce en la legislación costarricense en las
siguientes a materias, clasifique en avance en una escala de 1 al 5
en donde uno es menor avance y cinco el mayor avance.

10-DERECHO A ASOCIARSE SINDICALMENTE: 1( ) 2 ( ) 3( ) 4 ( ) 5
( ) e indique los OBSTACULOS
___________________________________________________________________________________

11-DERECHO A HUELGA: 1( ) 2 ( ) 3( ) 4 ( ) 5 ( ) e indique los
OBSTACULOS

___________________________________________________________________________________

12-DERECHO A NEGOCIAR COLECTIVAMENTE: 1( ) 2 ( ) 3( ) 4 ( ) 5
( ) e indique los OBSTACULOS
___________________________________________________________________________________

13-Cuáles considera usted que han sido las razones para
que no exista avance. ?
___________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________14-
Indique las prácticas más comunes de los gobiernos
en nuestro país o como los empresarios contribuyen a
elimininar derechos laborales. ?

__________________________________________________________________________

15-Cuál derecho laboral individual conoce que
está amenazado. ?

____________________________________________________________________________

16-Cuáles son los problemas laborales más
frecuentes que tienen los trabajadores de su empresa o
institución:
_______________________________________________________________________________

17-Cuál considera usted que es el Derecho Individual
que más irrespeta el gobierno o los empresarios en la
actualidad?

____________________________________________________________________________

18-Cuál considera usted que es el derecho sindical que
más irrespeta el gobierno o los empresarios en la
actualidad?

_____________________________________________________________________________

SOBRE NEGOCIACION COLECTIVA:

19-Su organización negocia colectivamente?: SI ____
NO_____

20-Ha estado usted en procesos de negociación Colectiva
de su organización u otro sindicato?

21-SI ____ NO_____ Indique cuáles
_________________________________________

Conoce en su organización algún avance en el
clausulado, que mejore las garantías en materia de
negociación colectiva indique sobre

22- Para mejorar derechos de los afiliados individuales.

_______________________________________________________________

________________________________________________________________

23- Para mejorar derechos de la organización a la cual
está afiliado.

________________________________________________________________

__________________________________________________________________

24 ¿Ha participado usted en procesos de
formación en materia de negociación colectiva?,
mencione Cuáles fueron sus principales aprendizajes.

______________________________________________________________

25-Cuáles son los problemas más
frecuentes que tienen los trabajadores de su empresa o
institución, en los que se viola la Negociación
Colectiva?
______________________________________________________

26-¿Cómo dirigente, usted conoce de
alguna experiencia de negociación donde haya contribuido a
una mejora con la CTRN?
______________________________________________________

SOBRE CAPACITACION SINDICAL EN AMBOS TEMAS

27-Ha existido en su organización
capacitación que ayude al avance en Libertad Sindical?

SI _____ NO_____ Indique cual
?__________________________________________

28-Ha existido en la CTRN capacitación que
ayude al avance en Libertad Sindical?

SI _____ NO_____ Indique
?__________________________________________

29- Ha existido en su organización
capacitación que ayude al avance en Negociación
Colectiva ?

SI _____ NO_____ Indique alguna que recuerda
__________________________________________

30- Ha existido en la CTRN capacitación que ayude al
avance en Negociación Colectiva ?

SI _____ NO_____ Indique alguna que recuerda
__________________________________________

31-Considera usted que corresponde la capacitación
recibida a una estrategia de la CTRN o de su organización
base: SI ________ NO _________ Justifique

_________________________________________

32-Cuáles conocimientos considera usted que debe tener
un dirigente de CTRN, para mejorar la libertad sindical?

______________________________________________________________

Por una mejor central sindical CTRN

Gracias por su ayuda:

Ing. Felipe Espinoza F.

Bibliografía

BAUTISTA (Oscar) Las Convenciones Colectivas de Trabajo en el
Sector Público.

Editorial Investigaciones
Jurídicas S.A., San José, 1997.

Romero (Jorge) Revista de
Ciencias
Jurídicas Nº 43 "Las Convenciones de Trabajo en
el Sector Público, un Punto de Vista". 1981

Romero (Jorge) Revista de Ciencias
Jurídicas Nº 86 "Empleo Público". 1998

Romero (Jorge) Revista Iustitia "Las Convenciones Colectivas
en el Voto 4453 de la Sala Constitucional" Año 14, Nº
166-167, (oct-nov 2000).

UBALDO (Jorge) El Convenio Colectivo como Fuente en el
Derecho del
Trabajo, en Veintitrés Estudios Sobre Convenios
Colectivos, Montevideo. Fundación Cultura
Universitaria, 1988.

Marina Ramírez A.
Elena Fallas Vega. Constitución Política de la
República de Costa Rica. Anotada y Concordada y con
Jurisprudencia
Constitucional. 2ed. San José: Investigaciones
Jurídicas S.A. Octubre 1.999

Decreto ejecutivo 29576-MTSS, de 15 de junio de 2001,
denominado "Reglamento para la Negociación de las
Convenciones Colectivas en el Sector Público" y su
reforma.

Proyecto: "Reforma del Artículo 192 de la
Constitución Política para Garantizar la
Negociación Colectiva en el Sector Público",
expediente legislativo 14.730

El proyecto: "Ley Para La Negociación de Convenciones
Colectivas en el Sector Público y de Adición de un
Inciso 5) al Artículo 112 de la Ley General de la
Administración Pública", expediente legislativo
14.675. Sala Constitucional, sentencia Nº 1692-92 de las
quince horas treinta minutos del veintitrés de agosto de
mil novecientos noventa y dos, sentencias número 4453-
2000, de 24 de mayo de 2000, y sentencia 7730-200 de 30 de agosto
de 2000 y la aclaración 9690-2000 de 1º de Noviembre
de 2000.

BAUTISTA (Oscar) Las Convenciones Colectivas de Trabajo en el
Sector Público.

Editorial Investigaciones Jurídicas S.A., San
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en el Voto 4453 de la Sala Constitucional" Año 14, Nº
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Marina Ramírez A. Elena Fallas Vega.
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Decreto ejecutivo 29576-MTSS, de 15 de junio de 2001,
denominado "Reglamento para la Negociación de las
Convenciones Colectivas en el Sector Público" y su
reforma.

Proyecto: "Reforma del Artículo 192 de la
Constitución Política para Garantizar

la Negociación Colectiva en el Sector Público",
expediente legislativo 14.730

El proyecto: "Ley Para La Negociación de Convenciones
Colectivas en el Sector Público y de Adición de un
Inciso 5) al Artículo 112 de la Ley General de la Administración Pública", expediente
legislativo 14.675. Sala Constitucional, sentencia Nº
1692-92 de las quince horas treinta minutos del veintitrés
de agosto de mil novecientos noventa y dos, sentencias
número 4453- 2000, de 24 de mayo de 2000, y sentencia
7730-200 de 30 de agosto de 2000 y la aclaración 9690-2000
de 1º de Noviembre de 2000.

 

 

 

Autor:

Felipe Espinoza Fernández

Costa Rica

Noviembre 2007

Master Formación de Formadores
Sociolaborales

Monografias.com

Partes: 1, 2, 3
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