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El presupuesto participativo (página 2)



Partes: 1, 2

Plan de Desarrollo
Concertado – PDC.

Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del
desarrollo regional o local y del presupuesto
participativo. Contiene los acuerdos sobre la Visión de
Desarrollo y Objetos Estratégicos de mediano y largo
plazo, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales.
Este Plan se
evalúa una vez al año y como resultado de dicha
evaluación, se reajusta, modifica o
ratifica.

Participación de otras Instituciones
en el Plan de Desarrollo Concertado.

La Visión del Plan de Desarrollo
Concertado es única para todas las instituciones
públicas y privadas de un ámbito territorial. Los
objetivos de
desarrollo del PDC involucran en su ejecución a los
diversos actores, dependiendo la misión de
cada uno de ellos.

PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO

El Presupuesto Participativo es un espacio de
concertación por el cual las autoridades electas de los
Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales así como
las organizaciones
de la población, debidamente representadas;
definen en conjunto, a través de una serie de mecanismos
de análisis y de toma de
decisiones, cada uno desde su ámbito, y de acuerdo a
las decisiones adoptadas en cada una de las fases previstas para
la realización del Proceso del
Presupuesto Participativo; cómo y a qué se van a
orientar los recursos de los
que se disponen a nivel regional y local, especialmente aquellos
para gastos
de inversión,
teniendo en cuenta, la visión de desarrollo distrital,
provincial, regional y nacional considerados en sus Planes de
Desarrollo Concertados, los objetivos establecidos en sus Planes
Estratégicos Institucionales, así como la
priorización de los proyectos
buscando la mayor
rentabilidad social; debiéndose reflejar
además, de manera concreta y efectiva, los compromisos y
aportes de la propia población y de los diferentes
organismos públicos y privados presentes en el
proceso.

PRINCIPIOS:

a) Participación, los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales promueven la participación de la
sociedad civil
en sus planes de desarrollo y en el presupuesto participativo.

b) Transparencia, de tal forma que toda la
comunidad
tenga información suficiente acerca de los
asuntos públicos y colectivos que se decidan y
ejecuten.

c) Igualdad de
oportunidades,
de la sociedad
debidamente organizada para participar, sin discriminación de carácter
político, ideológico, religioso, racial, género o
de otra naturaleza.

d) Tolerancia,
garantía de reconocimiento y respeto a la
diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman
la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.

e) Eficiencia y
Eficacia,

los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales optimizan los
recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos
del Plan de Desarrollo Concertado.

f) Equidad,
igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores
sociales que requieran ser atendidos de manera
especial.

g) Competitividad, los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales orientan su gestión
hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones
públicas hacia la promoción del desarrollo.

h) Corresponsabilidad entre el Estado
(gobiernos regional y gobierno local,
universidades, otros) y la sociedad civil (organizaciones de
base, Colegios profesionales, asociaciones civiles,
empresariales, juveniles; y otros), en la identificación
de oportunidades, solución de los problemas de
la comunidad;
ambos relacionados a la priorización de proyectos de
desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y
PP.

i) Solidaridad,
la disposición de todo agente participante para asumir los
problemas de otros como propios, sin intereses
particulares.

j) Respeto a los Acuerdos, la participación ciudadana en los asuntos
públicos se fundamenta en el compromiso de llevar
adelante, por parte de todos los actores, las decisiones
concertadas. Estas decisiones no pueden ser modificadas
unilateralmente.

OBJETIVOS:

a) Promover la creación de condiciones
económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren
los niveles de vida de la población y fortalezcan sus
capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones
concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de
pertenencia y las relaciones de confianza.

b) Mejorar la asignación y ejecución de
los recursos públicos, de acuerdo a las

prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo
Concertados y los Planes

Sectoriales Nacionales, propiciando una cultura de
responsabilidad fiscal, sobre
la base de acuerdos concertados.

c) Reforzar la relación entre el Estado y la
sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismos de
democracia
directa y democracia representativa generando compromisos y
responsabilidades compartidas.

d) Fijar prioridades del gasto
público, en materia de
gastos de
inversión, garantizando la sostenibilidad de la
inversión ya ejecutada y estableciendo un orden de
prelación para la ejecución de los proyectos que se
prioricen y sean declarados viables bajo las normas técnicas y
procedimientos
establecidos en la Ley
27293, Ley del Sistema Nacional
de Inversión Pública.

e) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al
sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento
de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo
Concertado, creando conciencia
respecto de los derechos y las obligaciones
que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores, en
el funcionamiento del Estado y en el desarrollo
sostenible del territorio donde habitan.

f) Crear y desarrollar, a partir de la normativa
existente, políticas
públicas y condiciones institucionales que promuevan la
generación y ejecución de la inversión
privada.

g) Buscar el aumento de la competitividad regional y
local, así como la superación de la pobreza a
través de mejoras sustantivas en infraestructura, nivel de
educación,
cobertura de salud, seguridad
jurídica, establecimiento de derechos de propiedad,
adecuada regulación en estándares de calidad y
sanidad, entre otros.

h) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la
rendición de cuentas y la
ejecución de las acciones concertadas en el Proceso del
Presupuesto Participativo; así como la vigilancia de la
acción
pública en general, fortaleciendo las capacidades
regionales y locales para el desarrollo del Presupuesto
Participativo.

CARACTERÍSTICAS

a) Participativo, reconociendo la multiplicidad
de actores y roles de la sociedad debidamente organizada, permite
la participación, de quienes no ostentan el mandato
popular, en un marco institucional con arreglo a Ley, en el
proceso de toma de
decisiones y en la ejecución conjunta de las acciones
destinadas a alcanzar los objetivos considerados en el
Presupuesto y en los Planes de Desarrollo Concertados.

b) Racional y coherente, los presupuestos
están equilibrados entre ingresos y
gastos; se enmarcan en las políticas sectoriales
nacionales, y las acciones priorizadas que comprenden
están relacionadas a la consecución de los
objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado y la
efectiva disponibilidad de recursos en un marco que contribuye a
la sostenibilidad de las finanzas
públicas.

c) Flexible, el proceso y sus productos
deben tener la capacidad de adaptarse a los cambios
políticos, sociales y económicos que afecten a la
Región o Municipio.

d) Multianual, las acciones priorizadas, pueden
trascender el año fiscal, de manera consistente con los
objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

e) Concertado, permite a
través de la interacción de múltiples actores
sociales con diversidad de enfoques, identificar los intereses,
problemas, soluciones y
potencialidades de desarrollo de un determinado territorio y/o
grupo social;
y en consecuencia determinar acuerdos y definir acciones
destinadas a resolver los problemas y aprovechar las
potencialidades.

f) Gradual e irreversible, el proceso
participativo debe ir desarrollándose hasta alcanzar el
100% de sus presupuestos de inversiones y
acciones de promoción y coordinación del
desarrollo.

CAPÍTULO II

Articulación
del plan de desarrollo concertado,
plan estratégico
institucional y presupuesto participativo

Los Planes de Desarrollo Concertados (largo plazo)
elaborados a nivel regional, provincial y distrital se articulan
directamente con los Planes de Desarrollo Estratégicos o
Institucionales (mediano plazo) a través de los objetivos
estratégicos y las actividades y proyectos plasmados en
estos instrumentos de gestión. El Presupuesto
Participativo se construye en el marco de dichos criterios y
conforme la priorización de las actividades y proyectos
como resultado del Proceso Participativo.

Articulación Horizontal o
Transversal.

Cuando los actores e instituciones que operan dentro de
un mismo ámbito o circunscripción armonizan sus
propuestas y acciones; esta articulación se expresa en los
planes de desarrollo y en los presupuestos institucionales de
cada ámbito territorial.

Articulación Vertical o
Longitudinal.

Permite vincular a actores e instituciones de varios
niveles de gobierno para que se involucren en propuestas de
acciones que requieren de su participación conjunta ya sea
para abordar una temática específica (salud por
ejemplo) o para ver de manera integral los retos del
desarrollo.

El Gobierno Nacional que tiene a su cargo el rol
rector, orientador y regulador, define las políticas
sectoriales las cuales servirán de marco al sistema de
planeamiento

El Gobierno Regional diseña
políticas y normas, así como planes regionales de
desarrollo concordantes con las políticas nacionales y
acorde a su competencia,
así como a las voluntades y acuerdos que se generen en
cada región.

Los Gobiernos Locales, a través de
políticas y planes locales, concordantes con las
políticas y planes regionales y nacionales, orientan su
esfuerzo a la armonización de acciones concertadas,
orientadas al desarrollo sostenible local.

Para la debida articulación del Proceso
Participativo, de manera previa al desarrollo de los procesos a
nivel local, el Gobierno Regional debe validar, actualizar o
mejorar, la Visión del Desarrollo y Objetivos
Estratégicos de la Región. De esta manera, no
sólo la Provincia y el Distrito contarán con el
referente de la Región para la definición,
actualización o mejora de su propia Visión y
Objetivos Estratégicos, sino que será posible
coordinar y aunar esfuerzos para el desarrollo de acciones cuyo
ámbito de realización y financiamiento
trascienda las capacidades, posibilidades y jurisdicción
de la Provincia o el Distrito.

De este modo, se pueden trabajar acciones conjuntas
orientadas a aprovechar potencialidades o solucionar problemas
que individualmente los gobiernos subnacionales no
estarían en condiciones de realizar, buscando optimizar el
gasto y mejorar la rentabilidad
de la inversión, aprovechando las economías de
escala y la
integración de esfuerzos. Es necesario que
cada nivel de gobierno atienda en primera instancia sus competencias
exclusivas y luego las competencias compartidas.

/

Articulación de Acciones entre los Niveles de
Gobierno

El Proceso del Presupuesto Participativo debe
articularse adecuadamente entre los diferentes niveles de
gobierno, de tal manera que su desarrollo permita la retroalimentación de los procesos
particulares, tanto del distrito a la provincia y de la provincia
a la región, como a la inversa.

De este modo, los problemas y potencialidades evaluados
en el diagnóstico distrital, que requieran de
acciones coordinadas con la provincia, se deben evaluar en los
talleres de diagnóstico provincial; y, aquellos que
implican la realización de acciones de impacto regional,
deberán ser considerados en los talleres de la
Región. Para estos fines, el Gobierno Regional en
coordinación con el Consejo de Coordinación
Regional, debe asumir el liderazgo para
la promoción y articulación de los procesos,
aprovechando las economías de escala que puedan generarse
y la capacidad de la que disponen en tareas específicas,
como la concertación de cronogramas, convocatoria,
difusión del proceso o capacitación de agentes
participantes.

La coordinación de esfuerzos conjuntos del
Gobierno Regional con los Gobiernos Locales, con las entidades
del Gobierno Nacional y otras organizaciones que tengan presencia
en el ámbito regional, permitirán consolidar el
proceso; así como la sincronización de los plazos
de realización de los procesos
correspondientes.

CAPÍTULO III

Programación
participativa del presupuesto

1. Las Instancias de la Programación Participativa

Conforman instancias de participación en el
proceso de programación participativa del
presupuesto:

• El Consejo de Coordinación
Regional

• El Consejo de Coordinación Local
Provincial

• El Consejo de Coordinación Local
Distrital

El Consejo de Coordinación
Regional

Es un órgano consultivo y de coordinación
del gobierno regional con las municipalidades. Se encuentra
compuesto por el Presidente Regional, quien lo preside, los
Alcaldes Provinciales de la región y los representantes de
la sociedad civil.

El Consejo de Coordinación Local
Provincial

Es un órgano de coordinación y
concertación de las Municipalidades Provinciales.
Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside,
pudiendo delegar tal función en
el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por
los

Alcaldes Distritales de la respectiva
jurisdicción provincial y por los representantes de las
organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y
nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios
empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y
cualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las
funciones y
atribuciones que le señala la presente Ley.

FASES DEL PROCESO
PARTICIPATIVO

La preparación del Proceso Participativo se
realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa
de cada gobierno regional o gobierno local. Dicha secuencia se
constituye, en el procedimiento
básico a desarrollar en los procesos regionales y locales,
el mismo que debe realizarse sin perjuicio de los procesos,
experiencias previas o más avanzadas de Presupuestos
Participativos.

/

FASE 1.
Preparación

Los gobiernos regionales y los gobiernos locales en
coordinación con sus respectivos Consejos de
Coordinación, se encargan con la debida oportunidad y
anticipación del desarrollo de las actividades de
difusión, sensibilización del Proceso Participativo
para cada año fiscal. Asimismo, a través de la
Oficina de
Planificación y Presupuesto o la que haga
sus veces en el Pliego, deben disponer de la siguiente
información:

• Plan de Desarrollo Concertado; para su
revisión, validación o
modificación.

• Plan
Estratégico Institucional (gobierno regional), Plan de
Desarrollo institucional (gobierno local), para conocimiento.

• Detalle de problemas planteados por la sociedad
civil, recepcionados por el gobierno regional o gobierno local y
que requieren atención.

• Detalle de los proyectos priorizados en el
proceso participativo del año anterior, considerados en
los Presupuestos Institucionales (nivel de ejecución,
recursos necesarios para su culminación, en caso no se
haya terminado, entre otros).

• Relación de proyectos ejecutados por el
gobierno regional o gobierno local, costos de
mantenimiento
y responsables de su sostenibilidad.

• Recursos totales por fuente de financiamiento que
el gobierno regional o el gobierno local cuente para destinar al
Proceso Participativo; así como la mayor disponibilidad de
recursos los cuales se considerarán como un monto
adicional para el Proceso Participativo.

Informe de los
compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades del
Estado, en procesos participativos anteriores y su nivel de
cumplimiento.

• Informe de mejoras de infraestructura de servicios:
educación, salud, saneamiento, formalización de la
actividad económica, formalización de propiedad;
entre otros, según corresponda.

FASE 2. Convocatoria

Los gobiernos regionales y gobiernos locales en
coordinación con sus respectivos Consejos de
Coordinación convocan a participar en el Proceso del
Presupuesto Participativo para el año fiscal vigente,
haciendo uso de los medios de
comunicación más adecuados según su
localidad, mediante anuncios en los diarios, avisos, etc.

Así mismo el Presidente Regional o el Alcalde de
común acuerdo con sus Consejos de Coordinación
proponen la ordenanza del Proceso Participativo al Consejo
Regional o Concejo Municipal respectivo para su
aprobación. Dicha Ordenanza reglamenta el Proceso
Participativo del ejercicio; precisándose, entre otros, la
conformación del Equipo Técnico, los mecanismos de
identificación y registro de los
agentes participantes, cronograma de trabajo para
el desarrollo de las acciones del Proceso Participativo y las
responsabilidades de los agentes participantes.

De igual modo, la Ordenanza debe precisar la
responsabilidad de la Oficina de Presupuesto y
Planificación y los mecanismos para que el Consejo
Regional o Concejo Municipal, según corresponda, pueda
fiscalizar desde el inicio hasta la conclusión del Proceso
Participativo, además de garantizar la
incorporación, en el Presupuesto vigente, de las
actividades y proyectos priorizados y señalados en el Acta
de Acuerdos y Compromisos y en el "Documento del Presupuesto
Participativo".

FASE 3. Identificación, Registro de Agentes
Participantes

La identificación de los Agentes Participantes
debe incluir la mayor participación y representatividad de
la sociedad civil. Estos deben ser elegidos para cada proceso
participativo por las respectivas organizaciones a las cuales
representan.

Para ello, el Gobierno Regional o Gobierno Local
dispondrá de formas de registro de los Agentes
Participantes complementarias a las ya existentes, formalizando
la presencia de grupos
sociales territoriales, organizaciones temáticas y
funcionales; vinculadas a los ejes de desarrollo del Plan de
Desarrollo Concertado.

Así mismo, deberá promover la
integración al proceso, de las distintas representaciones
sociales tales como: Direcciones Regionales, Universidades,
Entidades Públicas de Desarrollo, Asociaciones Juveniles,
Organizaciones Empresariales, Colegios Profesionales,
Organizaciones Sociales de Base, Comunidades, Asociaciones de
personas con discapacidad y
otros en situación de riesgo y
vulnerabilidad, sea por razones de pobreza,
etnicidad, violencia o
género

De los Agentes
Participantes

Con Voz y Voto:

• El Consejo de Coordinación
Regional

• El Consejo de Coordinación
Local

• El Presidente Regional

• El Alcalde

• El Consejo Regional

• El Concejo Municipal

• La Sociedad Organizada

• Los Organismos del Estado

Con Voz pero sin Voto:

• El Equipo Técnico

Conformación del Equipo
Técnico

En la Ordenanza del Proceso Participativo, se precisa
cómo estará conformado el Equipo Técnico y
cuáles serán sus responsabilidades durante el
proceso, debiendo garantizarse la inclusión de
representantes de la sociedad civil.

Dentro de las responsabilidades básicas deben
estar:

• Capacitar a los agentes sobre las distintas fases
del proceso

• Capacitar a la sociedad civil sobre
identificación de problemas y priorización de los
mismos

• Apoyo en la
organización y ejecución de los talleres de
trabajo

• Preparar la información para el debate en los
talleres de trabajo

• Evaluación de los problemas priorizados y
planteamiento de alternativas de solución

• Presentación y sustentación ante el
Consejo de Coordinación de las alternativas
propuestas

• Desarrollar la evaluación técnica y
financiera de los proyectos priorizados

• Evaluar la viabilidad de los proyectos
priorizados en los talleres de trabajo (para los casos de
municipios no sujetos al SNIP)

• Elaboración del Documento del Proceso
Participativo para cada año fiscal

• Otros que disponga el Titular del
Pliego.

FASE 4. Capacitación de Agentes
Participantes

Los gobiernos regionales y gobiernos locales en
coordinación con las instituciones de la Sociedad Civil
implementan mecanismos de capacitación para los Agentes
Participantes y promueven programas de
desarrollo de capacidades que incorporen de manera especial a los
Consejeros Regionales, Regidores y líderes
sociales.

La capacitación para el desarrollo del Proceso
Participativo debe ser una tarea permanente, que se ajuste a las
necesidades y características de la población de la
localidad y puede ser realizada a través de una diversidad
de modalidades como: talleres, asambleas o reuniones en las que
las autoridades y la población se informen y comprendan
las tareas que involucra dicho proceso.

Asimismo, la Dirección Nacional del Presupuesto
Público en coordinación con la Presidencia del
Consejo de Ministros, los gobiernos regionales, los gobiernos
locales, los Organismos de la Sociedad Civil y la
Cooperación Internacional, desarrollarán, en el
marco de la capacitación a nivel regional y municipal a
que se refiere la Ley de Bases de la Descentralización y normas complementarias,
programas de capacitación descentralizados orientados a
fortalecer el Proceso del Presupuesto Participativo, así
como otros que se consideren necesarios para el
proceso.

FASE 5. Desarrollo de Talleres de
Trabajo

Se denomina así, a las reuniones de trabajo de
los Agentes Participantes del Proceso, convocadas por los
Presidentes Regionales o los Alcaldes en calidad de Presidente
del Consejo de Coordinación Regional o Local, según
corresponda, en las cuales, sobre la base de la visión y
los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo
Concertado, que previamente han sido actualizados, se plantean
las acciones a implementar, señalándose los
compromisos que los diversos actores públicos y privados
asumirán en la ejecución del Presupuesto
Participativo.

El número de talleres debe ajustarse a la
necesidad de cada lugar, según las características
de organización del territorio de cada ámbito
regional, provincial o distrital; debiendo tomar en
consideración la diversidad lingüística de las poblaciones,
orientadas a una mayor inclusión y receptividad de
ciudadanos que hablan lenguas
nativas diferentes al castellano.

Corresponde al Presidente Regional o al Alcalde
Provincial o Distrital, asegurar que el desarrollo de los
talleres de trabajo se inicien con una convocatoria
suficientemente anticipada, dado que estos constituyen el espacio
para: (i) la interacción entre las diferentes instancias
de los niveles de gobierno, la misma que puede derivar en
acuerdos de financiamiento compartido de acciones, según
lo descrito en el Capítulo III; (ii) la
articulación de las intervenciones de las entidades del
Gobierno Nacional con las de otros niveles de gobierno y con la
comunidad; (iii) la articulación de las iniciativas
privadas con las intervenciones de los tres niveles de gobierno y
de la sociedad civil y; (iv) que las autoridades elegidas
presenten las propuestas del gobierno regional o gobierno local,
según sea el caso.

El Equipo Técnico es el encargado de brindar
apoyo para la realización de los talleres de trabajo,
debiendo preparar la información necesaria y consolidar
sus resultados para el posterior desarrollo técnico y
evaluación de las propuestas de acciones resultantes del
proceso a ser consideradas en los presupuestos
institucionales.

Talleres de trabajo del Plan de
Desarrollo Concertado – PDC

El PDC es una herramienta de planificación
elaborada participativamente y constituye una guía para la
acción en el largo plazo. Debe contener una Visión
de Futuro que genere criterios orientadores para las iniciativas
e inversiones de los diversos actores económicos, sociales
e institucionales de un ámbito, así como
constituirse en el documento marco para la formulación de
las políticas públicas regionales y
locales.

Su importancia radica en que:

  • Orienta el desarrollo de un territorio tomando en
    cuenta las políticas nacionales, sectoriales y
    regionales

  • Permite a los actores de un territorio decidir su
    futuro

  • Posibilita la integración y
    articulación de los distintos intereses e iniciativas
    para promover el desarrollo del territorio

  • Permite la identificación de las
    potencialidades de desarrollo de la región o
    Localidad

  • ?Permite una mayor viabilidad política
    técnica y financiera de los programas y proyectos que
    se formulen en el marco del planeamiento del
    desarrollo

  • ?Fortalece procesos de relación entre
    diferentes actores públicos y privados

  • ?Permite la colaboración
    interinstitucional

  • ?Permite superar los problemas de corto plazo y
    concertar las voluntades, los esfuerzos, las potencialidades
    y los recursos del territorio para responder a los
    desafíos que plantean lograrse en el marco del
    desarrollo establecido en el Plan

  • Es la base para llevar a cabo el Presupuesto
    participativo

Diagnóstico Temático y
territorial

Es el análisis de las necesidades, problemas,
capacidades y potencialidades, relacionadas con los aspectos
económicos, sociales, culturales y ambientales, que
permitirá formular una propuesta de desarrollo integral de
acuerdo a cada realidad. Este análisis debe incluir las
relaciones con nuestros vecinos, otras comunidades, distritos,
provincia, con la región, con el nivel nacional y en las
zonas de frontera con
países limítrofes.

Asimismo, el Diagnóstico Temático y
Territorial, permite clarificar las causas de nuestros problemas,
escoger la mejor opción para resolverlos y encontrar el
camino más adecuado para generar desarrollo, a partir del
aprovechamiento de las potencialidades y los cambios que
necesitamos para alcanzar las aspiraciones comunes.

Para el desarrollo de los talleres temáticos y
territoriales, se precisa de una etapa previa en la que los
Agentes Participantes del Proceso, se reúnen con los
ciudadanos a los que representan, con el propósito de
determinar sus propios problemas y potencialidades. En esta
reunión también proceden a señalar su
interés
de participar y orientar sus acciones hacia los objetivos del
Plan.

El diagnóstico se realiza en tres
momentos:

El equipo técnico recopila información de
los agentes participantes, sobre los problemas, necesidades y
prioridades para su atención. Las Direcciones Regionales
de Salud, Educación, Agricultura,
etc., participan aportando la información de su
competencia. Un segundo momento corresponde al análisis de
dicha información para determinar sus causas y efectos,
proponer alternativas, eliminar deficiencias, efectuar
modificaciones; es decir plantear una situación
optimizada. En el tercer momento se contrasta la política local
definidas con las políticas de Estado del Acuerdo
Nacional, lineamientos de políticas sectoriales contenidos
en los PESEM, la estrategia de
superación de la pobreza, seguridad alimentaria y
lineamiento regionales.

Para desarrollar el diagnóstico es necesario
analizar los siguientes temas básicos:

Condiciones de vida de la población.
Análisis de la población, nutrición, salud,
educación, saneamiento básico, vivienda y derechos
fundamentales y otros servicios básicos.

Actividades económicas. Identificar la
producción presente o futura de bienes y
servicios, zonas y condiciones, a fin de determinar las
potencialidades económicas.

Territorio y medio
ambiente.
Análisis del estado situacional de las
vías de comunicación, energía, medio
ambiente,
riesgos o
amenazas.

Institucionalidad y actores locales. Conocer las
capacidades de las personas y organizaciones públicas y
privadas que forman parte de la comunidad (distrito, provincia o
región) nivel de identidad y de compromiso con el
desarrollo. Con esta información como insumo, los agentes
participantes proponen desarrollar acciones, las que
deberán estar orientadas al logro de los objetivos
estratégicos del Plan. Estas acciones deben constituir la
mejor alternativa de un conjunto de opciones previamente
evaluadas cualitativa y cuantitativamente. El impacto de
éstas deben guardar relación con el nivel de
gobierno que las ejecuta. Por ejemplo, las acciones derivadas del
proceso en el ámbito regional deben tener impacto regional
(o interprovincial) y se dan en respuesta a problemas y
potencialidades de índole regional. Por su parte, las
acciones derivadas del proceso provincial debe tener impacto
provincial (o interdistrital) y darse en respuesta a problemas y
potencialidades de índole provincial

Las potencialidades de un territorio, entendidas como
capitales o recursos, podemos distinguirlos en:

  • Naturales: mineros, forestales,
    energéticos, agrarios, marítimos, entre
    otros.

  • Físico o de infraestructura: Red vial,
    industrias, sistema energético, etc.

  • ?Humanos: capacidades, destreza, nivel
    educativo, etc.

  • ?Sociales: organizaciones públicas y
    privadas.

  • Económicos y financieros: Oferta
    crediticia, actividades económicas consideradas con
    perspectivas de desarrollo.

La combinación y el uso óptimo de dichos
recursos permiten activar el proceso de crecimiento del aparato
productivo local o regional, generación de empleo,
así como la creación o consolidación de
unidades o cadenas productivas, que bajo determinadas condiciones
y estrategias
sustentan el proceso de desarrollo sostenible.

Revisión de la Visión del
Desarrollo

Una vez realizado el diagnóstico se debe revisar,
validar o modificar la visión de desarrollo a partir de la
cual se podrá efectuar un análisis
estratégico de la gestión regional o local. Contar
con una buena Visión es la clave para el éxito
del desarrollo; la visión es proyectarse al futuro, es la
representación de lo que debe ser el futuro de nuestra
localidad, es la respuesta a la pregunta ¿qué
queremos ser?; tiene la fuerza de unir
a la gente, en torno de una
identidad y una aspiración común.

Ejes y Objetivos
Estratégicos

Los Ejes Estratégicos, son las áreas,
campos, procesos claves o dimensiones prioritarias que
encontramos en la visión que permiten
sistemáticamente alcanzar el desarrollo; en estas
áreas se concentrarán los esfuerzos institucionales
e individuales y se organizan las acciones en el largo plazo,
teniendo en cuenta los objetivos estratégicos
identificados para cada eje.

Entre los principales ejes estratégicos
tenemos:

  • ?Desarrollo Social: educación, salud,
    cultura, seguridad, desarrollo de capacidades, entre
    otros

  • Desarrollo económico:
    turístico, agrario, comercio, servicios,
    competitividad, entre otros

  • Medio ambiente: saneamiento, manejo
    sustentable de los recursos naturales, entre
    otros.

  • Desarrollo Institucional y de
    capacidades:
    participación ciudadana, relaciones
    entre actores públicos y privados, prevención y
    resolución de conflictos, mejora de la calidad de los
    servicios, mayor accesibilidad a los servicios
    públicos, modernización institucional, entre
    otros.

Los Objetivos Estratégicos son las prioridades o
propósitos que orientan las acciones identificadas para
cada eje estratégico. Los objetivos estratégicos
establecen las prioridades y las pautas para realizar la
secuencia de acciones estratégicas en el tiempo.

Luego de formular los objetivos estratégicos de
desarrollo de cada eje, se procede a redactar la versión
final o el ajuste de la Visión de Desarrollo.

Talleres o audiencia de Rendición
de Cuentas

Una vez concluido el ejercicio presupuestario, los
titulares de pliego deben estar en condiciones de informar a la
población sobre el cumplimiento de los

Acuerdos y Compromisos asumidos en el Proceso
Participativo del año anterior, tanto por las entidades
del Estado como de la Sociedad Civil. Esta acción debe
comenzar al inicio de cada Proceso Participativo del ejercicio
correspondiente. En esta fase se tiene que informar el nivel de
solución a los problemas priorizados en el ejercicio
anterior y como la inversión efectuada

por el Estado y la sociedad civil está mejorando
la calidad de
vida de la población.

En esta reunión de trabajo también se
informa respecto al impacto de la inversión realizada en
el desarrollo local o regional, así como el grado de
avance en la implementación del Plan de Desarrollo
Concertado y el nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos
por cada uno de los actores, públicos y privados
participantes del proceso, con el objetivo de
mejorar y orientar el proceso en curso.

En general, la experiencia de los procesos
participativos anteriores, debe alimentar el proceso, evitando la
duplicidad de tareas.

Es responsabilidad del Presidente Regional y del
Alcalde:

• Entregar la información correspondiente a
la rendición de cuentas de los resultados del Proceso
Participativo del año anterior.

• Sustentar los cambios efectuados y modificaciones
presupuestarias originados por variaciones en las acciones
priorizadas en el proceso.

Talleres de trabajo de definición
de criterios y de priorización de acciones

Un representante del Equipo Técnico, de
preferencia miembro de la Oficina de Planificación y
Presupuesto o la que haga sus veces del pliego, procederá
a informar a los agentes participantes respecto de los recursos
de los que se disponen, para la definición de problemas y
priorización de proyectos en el Proceso Participativo, una
vez deducidas las obligaciones fijas. En dicho informe
hará un breve recuento de las obligaciones fijas e
ineludibles del gobierno regional o gobierno local, a fi n que
los Agentes Participantes conozcan con claridad cuáles son
las reales restricciones presupuestarias de la
entidad.

Taller de definición y
priorización de problemas

Un aspecto fundamental para el adecuado uso de los
recursos, es que éstos se orienten a la solución de
problemas, entendiéndose un problema como la ausencia o
carencia de servicios básicos, que afectan a un sector de
la población y que se desea resolver de manera integral y
conjunta, para que la población pueda desarrollarse de
manera óptima. El problema no debe ser definido como la
negación de una solución, sino que debe dejar
abierta la posibilidad de encontrar múltiples alternativas
para resolverlo. En estos talleres los Agentes Participantes
discuten y definen los principales problemas que aquejan el
ámbito regional o local a fi n de priorizar aquellos que
consideran deben tener una solución en el corto plazo para
lo cual deben aplicar criterios a fi n de establecer un orden de
prelación.

Los criterios para la priorización deben ser
coherentes con:

• Los Objetivos Estratégicos del Plan de
Desarrollo Concertado

• Las funciones que le competen desarrollar
(exclusivas y compartidas)

• Que la sociedad civil desee resolver dicho
problema

• Que esté ubicado en un sector
estratégico de la población

• Relacionado a necesidades básicas de la
población

Taller de priorización de
proyectos

Una vez evaluado los problemas existentes en cada
ámbito territorial por el Equipo Técnico
correspondiente, éste presenta diversas alternativas,
dependiendo de cada caso y situación, pudiendo
éstas constituirse en proyectos de
inversión pública, orientados a dar una
solución integral al problema priorizado; para tal fi n se
pueden aplicar los siguientes criterios:

• Los Objetivos Estratégicos del Plan de
Desarrollo Concertado

• Las funciones que le competen
desarrollar (exclusivas y compartidas)

• Proyectos que presenten mayor
rentabilidad social, en base a los problemas priorizados
participativamente.

• El cofinanciamiento por parte de la
población beneficiaria u otro

• El nivel de cumplimiento de
obligaciones tributarias de la población beneficiaria con
su gobierno

• El impacto en la población
beneficiada

• Los niveles de pobreza

• El efecto en el empleo
local

• Los grupos vulnerables o en
situación de riesgo

• Otros que se adecuen a cada ámbito
territorial.

Sobre la base de los proyectos priorizados vinculados
directamente a la priorización de problemas, el Equipo
Técnico brinda el soporte para la evaluación de las
acciones que deberán considerarse ser incluidos en el
Presupuesto Institucional.

La asignación de recursos para el financiamiento
de proyectos de inversión no debe determinarse por
criterios de división territorial, zonificación
urbana, o distribución porcentual de los recursos en
base a otros criterios; los recursos deben ser distribuidos en
base a la priorización de solución de los problemas
más relevantes de la jurisdicción.

De los recursos destinados para el proceso
participativo

Los niveles de recursos que los gobiernos regionales o
locales considerarán, de manera referencial, como techos
presupuestales, están constituidos por los montos
asignados en el año inmediato anterior.

FASE 6. Evaluación
Técnica

Es realizada por el Equipo Técnico y comprende la
evaluación técnica de los problemas priorizados
participativamente, evaluación de alternativas de
solución a los problemas y sustentación
técnica y financiera de las propuestas de proyectos de
inversión que se constituyen en verdades soluciones a los
problemas priorizados por los agentes participantes en los
talleres de trabajo, en el marco de los criterios de viabilidad
del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP y
el Costo Total del
proyecto.

Para los Gobiernos Locales que no se encuentran dentro
del SNIP se recomienda la elaboración de Perfiles de
Proyectos, que permitan al Equipo Técnico evaluar el
impacto de éstos en el desarrollo local.

La evaluación de viabilidad de los proyectos, en
aquellas municipalidades que no se encuentran en el SNIP, debe
considerar además del financiamiento para la
ejecución el financiamiento para operación y
mantenimiento, el cual puede ser cofinanciado mediante aportes
concretos de recursos financieros, físicos o humanos,
debiéndose levantar un Acta con los resultados y
conclusiones, que deberá ser suscrita por los agentes
participantes en señal de conformidad.

Las propuestas de acciones, con sus costos estimados,
son resumidas y presentadas luego por el Equipo Técnico a
los Agentes Participantes para su aprobación. Las acciones
priorizadas en el proceso y cuyo financiamiento requiera total o
parcialmente recursos públicos, serán tomadas en
cuenta para su incorporación en el Presupuesto
Institucional, como actividades o proyectos, según
corresponda.

El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y
Compromisos del presupuesto participativo. Asimismo, elabora el
"Documento del Presupuesto Participativo para cada año
fiscal" en base a los resultados obtenidos de los Talleres de
Trabajo.

Otros aspectos a considerar para el
manejo del presupuesto participativo

Cartera de Proyectos

La Cartera de Proyectos contiene el registro de todos
los perfiles de los proyectos de inversión no ejecutados,
priorizados y no priorizados, que se encuentran en la fase de
preinversión. Dichos proyectos pueden ser sometidos a
consulta en los talleres de trabajo del proceso participativo, a
partir de los cuales se priorizan aquello que constituyen la
mejor alternativa para la solución de problemas de la
comunidad.

Perfil de proyectos

Es la primera etapa de la fase de pre inversión y
tiene como objetivo principal la identificación del
problema que ocasiona la necesidad de elaborar un proyecto; junto
con el problema se identifican las causas, los objetivos del
proyecto y las alternativas de solución al problema,
así como una evaluación preliminar de dichas
alternativas.

Se recomienda a las municipalidades que no se encuentran
dentro del SNIP, realizar un esfuerzo para la elaboración
de perfiles simplificados, a fin que los gastos de
inversión se orienten a la solución de los
problemas locales y a mejorar la calidad de vida de la
población.

La elaboración de perfiles y el manejo de la
Cartera de Proyectos permite a la autoridad
local plantear proyectos viables durante el proceso participativo
y de esta manera llegar a acuerdos ejecutables durante el
ejercicio fiscal. Se evitara crear expectativas en los agentes
participantes al no aprobar ideas de proyectos que durante la
evaluación técnica pueden resultar no
viables.

Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto
participativo, no califica su viabilidad, el Presidente del
gobierno regional o Alcalde dispondrá el reemplazo de
dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades
establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles
para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento
al Consejo de Coordinación correspondiente y al
Comité de Vigilancia y Control del
Presupuesto Participativo.

Priorización de proyectos hacia funciones
exclusivas, y desarrollo de actividades
compartidas.

Los gobiernos regionales y gobiernos locales tienen como
función general promover el desarrollo armónico,
integral y sostenible de sus ámbitos jurisdiccionales; sin
embargo, muchas municipalidades no cuentan con los recursos
financieros para realizar todas las inversiones que se requieren
para el desarrollo local; por tal razón, los recursos de
inversión en esos casos, deben orientarse prioritariamente
a la realización de las funciones exclusivas que le asigna
la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y
buscar que otros actores desarrollen las acciones
restantes.

De otro lado, el Proceso Participativo debe promover el
desarrollo de actividades conjuntas entre la municipalidad, otras
entidades del Estado y sociedad civil, orientadas al cumplimiento
de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Es decir,
todas las entidades e instituciones de un ámbito regional
o local, deben orientar sus actividades y proyectos a la
solución de problemas, vinculados al desarrollo de los
objetivos del PDC.

En el proceso participativo se puede priorizar proyectos
cuya ejecución comprometan recursos de más de un
ejercicio fiscal, a fin de orientar la inversión local
a proyectos que significan verdades soluciones a los problemas
más relevantes de la comunidad
.

FASE 7. Formalización de Acuerdos
y Compromisos

Acuerdos y Compromisos del Plan de
Desarrollo Concertado

Los Agentes Participantes, una vez definida la
visión y los objetivos del desarrollo, que forman parte
del Plan de Desarrollo Concertado, adoptan los siguientes
acuerdos y compromisos:

• Desarrollar y/o adaptar los planes
institucionales u organizacionales, según corresponda a la
Visión y Objetivos del Plan de Desarrollo Concertado, en
concordancia con los Ejes estratégicos y la Misión
que le compete a cada una de las instituciones u organizaciones
representadas en el proceso participativo. Ello permitirá
vincular directamente los objetivos de mediano plazo a los
objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

• Desarrollar actividades y proyectos de manera
coordinada y conjunta, orientadas al logro de los objetivos del
Plan de Desarrollo Concertado.

• Asumir compromisos de trabajo permanente entre la
autoridad regional, local y la sociedad civil, orientada al
desarrollo sostenible.

• Difusión de la Visión, Objetivos y
compromisos asumidos en el Plan de Desarrollo Concertado, hacia
la comunidad.

Aprobados los acuerdos, éstos se
formalizarán suscribiendo el Acta de Acuerdos y
Compromisos, el cual debe contener las firmas de todos los
Agentes Participantes que participaron en el proceso.

Acuerdos y Compromisos del Presupuesto
Participativo.

Los agentes participantes, en la etapa final de
priorización de proyectos y desarrollo de actividades,
vinculadas a los problemas priorizados participativamente,
realizan las siguientes acciones:

• Los resultados del Presupuesto Participativo
consolidados por el Equipo Técnico en el "Documento del
Presupuesto Participativo para cada año fiscal",
incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico y
financiero de las propuestas y su incidencia en la
solución de los problemas, son presentados por el
Presidente del gobierno regional o Alcalde a los Agentes
Participantes para su discusión, consideración,
modificación y aprobación final de
Acuerdos.

• Las propuestas de modificaciones deben ser
justificadas y deberán ser evaluadas por el Equipo
Técnico e informadas a los agentes
participantes.

• Desarrollar actividades de manera coordinada y
compartida, orientadas al logro de los objetivos del Plan de
Desarrollo Concertado.

• Aprobados los acuerdos, los miembros de los
Consejos de Coordinación y los Agentes Participantes
formalizan los acuerdos suscribiendo un Acta de Acuerdos y
Compromisos, el cual debe contener las firmas de todos los
Agentes Participantes, incluyendo a los miembros del
CCR.

Aprobados y formalizados los acuerdos y compromisos del
Proceso Participativo, éstos convertidos en actividades y
proyectos son incluidos en el Presupuesto Institucional de
Apertura para su aprobación por el Consejo Regional y
Concejo Municipal, según corresponda.

El "Documento del Proceso Participativo
para cada año fiscal"

Corresponde al Equipo Técnico elaborar el
"Documento del Proceso Participativo para cada año fiscal"
de acuerdo a los contenidos mínimos establecidos. Dicho
documento debe estar firmado por el Presidente Regional o
Alcalde, según corresponda.

El trabajo de priorización de proyectos debe
considerar los plazos de entrega del Proyecto del Presupuesto
Institucional al Ministerio de Economía y Finanzas,
establecidas en la Directiva de Programación y
Formulación, para que dichas prioridades sean incluidas en
el Proyecto del Presupuesto para cada año fiscal. Estos
proyectos serán evaluados por el equipo técnico
hasta el mes de setiembre, a fin que el Proyecto de Presupuesto
Institucional definitivo que remitan al Ministerio de Economía y Finanzas
en el mes de octubre, incluyan sólo los proyectos viables
para su ejecución en cada año fiscal.

Dicho documento, con el Acta de Acuerdos y Compromisos
del Proceso Participativo debe ser remitido a la Dirección
Nacional de Presupuesto Público junto con el Proyecto de
Presupuesto Institucional del año siguiente en el plazo
establecido por la Directiva de Programación,
Formulación y Aprobación del Presupuesto de los
Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para cada
año fiscal.

El Presidente del Gobierno Regional o Alcalde,
según corresponda, dispondrá su publicación
en los medios
disponibles para conocimiento de la comunidad, los acuerdos y
compromisos asumidos por los agentes participantes, así
como el cuadro de priorización d proyectos.

/

FASE 8. Rendición de
Cuentas

La rendición de cuentas constituye el punto de
partida de los Talleres de Trabajo que llevarán a cabo los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el desarrollo del
Proceso del Presupuesto Participativo. A través de ella,
el Presidente Regional o el Alcalde darán a conocer a los
Agentes Participantes el cumplimiento de los acuerdos tomados en
el proceso participativo del año anterior; asimismo, es un
momento propicio para que de manera general, las autoridades
informen respecto a los resultados de su gestión en el
año anterior y el nivel de avance en la ejecución
del presupuesto del año actual, tanto a nivel de
actividades como de proyectos; así como el logro de los
Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo
Concertado.

Anual

Con el fin de ordenar el desarrollo de la
rendición de cuentas, los titulares de pliego, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales o sus representantes
elaborarán un breve Informe o Resumen Ejecutivo sobre la
rendición de cuentas del Proceso Participativo previo,
tanto en relación a los compromisos asumidos durante el
proceso participativo del año anterior, su
ejecución y el efecto de la inversión desarrollada
en el desarrollo regional y local, la gestión regional o
municipal en general; y, la calidad y los mecanismos de
participación desarrollados para fortalecer a la sociedad
civil y la gobernabilidad local y regional, el mismo que
deberá hacerse de conocimiento de la población en
general a través de los medios que se encuentren a su
alcance.

De igual modo, los agentes participantes de la sociedad
civil, entidades del Gobierno Nacional y Organismos de
Cooperación Técnica Internacional, informan sobre
el cumplimiento de los compromisos que asumieron, a fin de llevar
adelante las acciones priorizadas en dicho proceso;
constituyéndose así la rendición de cuentas,
en un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades
regionales y locales y la sociedad civil.

De esta manera, la rendición de cuentas permite
al Gobierno Regional o Gobierno Local evaluar el desarrollo del
proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir
responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las
acciones trazadas en el Proceso Participativo, de manera
consistente con sus Planes de Desarrollo Concertados, así
como para la retroalimentación del proceso.

Semestral.

En el mes de octubre de cada año, los titulares
de pliego de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
publican el avance en la ejecución del gasto
público y los resultados logrados en el marco de los
acuerdos del Proceso Participativo y del Presupuesto
Institucional de la entidad y de los compromisos asumidos por la
sociedad civil, entidades del Gobierno Nacional con presencia en
la jurisdicción, la cooperación técnica
internacional y la entidades privadas, tomando como referencia
los indicadores de
desempeño que se hayan definido o las
principales metas físicas definidas en la
formulación del Presupuesto Institucional. Asimismo, sin
perjuicio de lo antes señalado, el Gobierno Regional o
Gobierno Local implementa los mecanismos de transparencia y
rendición de cuentas que considere necesarios, en el marco
de la normatividad vigente.

Trimestral

Del mismo modo, con el objeto de apoyar la transparencia
de este ejercicio, la Dirección Nacional de Presupuesto
Público publicará en su página
Web, en los meses de abril, julio, octubre y enero del
siguiente año, de acuerdo a lo comunicado por el Consejo
Nacional de Descentralización, la información
trimestral respecto a las transferencias efectuadas por el
Gobierno Nacional a cada uno de los pliegos presupuestarios
conformantes del Gobierno Regional y Gobierno Local. Los
Comités de Vigilancia y Control, alcanzan un informe de
manera trimestral al Consejo de Coordinación Local, sobre
las acciones desarrolladas durante el trimestre y el cumplimiento
de los acuerdos concertados en el proceso
participativo.

Permanente

Las Oficinas de Planeamiento y
Presupuesto de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, o
las que hagan sus veces en el pliego, efectuarán el
seguimiento y evaluación de los Planes de Desarrollo
Concertados y Presupuesto Participativo, para lo cual
registrarán en el "Aplicativo Interactivo para el Proceso
Participativo del Presupuesto", la información del avance
de ejecución física y financiera
de las decisiones resultantes del proceso, en relación a
los compromisos asumidos por las autoridades y demás
agentes participantes; información que también
será presentada de acuerdo a los lineamientos de
Evaluación Presupuestaria que oportunamente
aprobará la Dirección Nacional del Presupuesto
Público.

En este sentido, la evaluación es continua y
dinámica y consiste en determinar los
resultados del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto
Participativo en base al análisis y medición económica, empleando para
ello indicadores de desempeño o las principales metas
físicas definidas en la formulación del Presupuesto
Institucional. La evaluación genera elementos para
concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente
al cumplimiento de los objetivos y acciones trazadas en el Plan
de Desarrollo, así como para la retroalimentación
del proceso.

Los avances del proceso se podrán hacer de
conocimiento a la ciudadanía a través de los
portales Web de los
Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, que han sido
implementados en cumplimiento de la Ley Nº 27806 – Ley
de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.

CAPÍTULO IV

Los mecanismos de
vigilancia participativos y responsabilidad del
proceso

1. Comités de Vigilancia y
Control

Los agentes participantes para fines de las acciones de
vigilancia ciudadana del proceso participativo eligen el
Comité de Vigilancia y Control, entre los agentes
participantes de la sociedad civil; éste se conforma al
inicio del proceso y finaliza su labor en diciembre del
año siguiente.

En tal sentido, en un año coexisten dos
Comités de Vigilancia y Control. Aquel conformado para el
año en curso y el año siguiente; y el otro que
continúa vigilando por segundo año el Proceso de la
Ejecución del Presupuesto.

Requisitos para ser elegidos

• Ser Agente Participante, representante de una
organización social de base o de institución
privada, que forman parte del ámbito
jurisdiccional

• Radicar en la jurisdicción donde se
desarrolla el proceso participativo

Funciones

El número mínimo de personas que integran
los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (04)
miembros y son competentes para:

• Vigilar el desenvolvimiento de las distintas
etapas de proceso participativo, según los principios del
presente instructivo; así como el cumplimiento de los
acuerdos concertados en el Presupuesto Participativo.

• Vigilar que los proyectos priorizados formen
parte del Presupuesto Institucional de Apertura.

• Vigilar que la municipalidad cuente con un
cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente
al proceso participativo, a fin de facilitar la
vigilancia.

• Vigilar que los recursos municipales y de la
sociedad civil, destinados al presupuesto participativo del
ejercicio fiscal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos
y compromisos asumidos.

• Informar semestralmente a los Consejos de
Coordinación Regional y Local y a la Sociedad Civil en
general, sobre los resultados de la vigilancia.

• Que se cumplan con las rendiciones de cuentas
establecidas.

Información a proporcionar al Comité de
Vigilancia y Control.

Los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales deben proporcionar a los Comités de Vigilancia, la
siguiente información:

  • El Presupuesto Institucional de
    Apertura correspondiente a la inversión

  • Ejecución de ingresos
    semestrales

  • Ejecución de gastos de
    inversión, semestral y anual.

Además, los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, deben proporcionar obligatoriamente, de acuerdo a la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
a los Comités de Vigilancia y Control, así como a
los ciudadanos en general, la información que soliciten
respecto al proceso del presupuesto participativo.

Los Comités de Vigilancia y Control, así
como los ciudadanos en general que lo requieran, a través
de dichos Comités, tienen la facultad, en caso encuentren
indicios o pruebas que
señale la comisión de delito, de
realizar la denuncia correspondiente ante instancias como la
Contraloría General de la
República, el Ministerio Público, el Congreso
de la República y la Defensoría del
Pueblo.

Comité de Vigilancia de
Obra.

Con el fin de apoyar la labor de vigilancia que viene
desarrollando el inspector o supervisor de obras, que de acuerdo
al Artículo 148º del Reglamento de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado, los beneficiarios de
los proyectos pueden constituir Comités de Vigilancia de
Obra.

2. Responsabilidad del Proceso
Participativo

Del Presidente Regional y
Alcalde

El Presidente Regional y el Alcalde, son responsables de
llevar adelante las distintas fases del Proceso Participativo,
conforme a los mecanismos que establece la Ley Marco del
Presupuesto Participativo y su Reglamento.

De los Consejeros Regionales y Regidores
Municipales

Los Consejeros Regionales y los Regidores Municipales,
según sus respectivas Leyes
Orgánicas, son responsables de fiscalizar el Proceso
Participativo para cada año fiscal y de aprobar el
Presupuesto Participativo Anual, conforme al Acta de Acuerdos y
Compromisos y el "Documento del Presupuesto Participativo", en
aplicación del Principio Rector 8. Respeto a los Acuerdos,
de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo.

De las Oficinas de Planificación
y Presupuesto

La Oficina de Planificación y Presupuesto o la
que haga sus veces en el Gobierno Regional y Gobierno Local, como
parte del Equipo Técnico nombrado mediante Ordenanza, es
responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar los
resultados obtenidos en el Proceso Participativo para cada
año fiscal.

Del Órgano de Control Institucional y de la
Contraloría General de la República

El Órgano de Control Institucional del gobierno
regional y gobierno local, en el marco de sus funciones dentro
del Sistema Nacional de Control, efectúa el control
gubernamental relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo. En
el caso que los Gobiernos Locales no cuenten con una Oficina de
Control
Interno, la Contraloría General de la República
dispondrá las acciones pertinentes en el marco de sus
atribuciones. La Contraloría General de la
República en el marco de la Ley Nº 27785, es la
encargada de velar por el cumplimiento del presupuesto
participativo.

Conclusiones

El Presupuesto Participativo es un instrumento de
política y a la vez de gestión, a través del
cual las autoridades regionales y locales, así como las
organizaciones de la población debidamente representadas,
definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar
los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de
Desarrollo Estratégico o Institucional, según
corresponda, los cuáles están directamente
vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo
Concertado.

El presupuesto participativo que Carlos Grey define – en
su Manual de
Presupuesto Participativo – como un espacio público
no estatal, en el cual el gobierno y la sociedad se reúnen
para ponerse de acuerdo acerca de cómo definir las
prioridades de los ciudadanos hacia la "agenda" de las
políticas públicas. Además de poner en manos
de la población un mecanismo de control sobre el uso que
el gobierno local hace de los fondos públicos".

El presupuesto participativo, según los expertos,
aparece formalmente en el Perú en el distrito de
Limatambo, provincia de Anta, en el Cusco el año de 1993.
Pero, históricamente tiene su origen el año 1983
con la creación de la Municipalidad del distrito de
Villa El
Salvador,
en Lima,  en la que se decide
realizar la gestión edilicia bajo la forma de cogobierno:
municipio – vecindario.

Bibliografía

GREY, Carlos. Manual No. 2: Finanzas municipales
para el desarrollo sostenible.
Foro ciudades para la
vida.

GREY, Carlos. Manual No. 1: Presupuesto
Participativo.
Foro ciudades para la vida.

DIAZ, Julio. Manual No. 3: Normas sobre el
presupuesto participativo en los ámbitos regional y
local.
Foro ciudades para la vida.

Ley Nº 28056 – Ley Marco del
Presupuesto Participativo.

Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Alejandro Camarena Carlos

Estudiante de décimo primer ciclo en
la Universidad
San
Martín de Porres. Perteneciente al tercio
superior.

Partes: 1, 2
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