Algunos supuestos de recepción jurídica y de derecho comparado
- Recepción
- Derecho
comparado - Recepción
de un objeto jurídico - Características
de estas recepciones - Clases
de Derecho comparado - Derecho
comparado de dos objetos jurídicos - Derecho
comparado de más objetos jurídicos
Introducción
El derecho
comparado es muy importante en el estudio del derecho por
ello, queremos dedicarle estas líneas a efecto de destacar
su enorme importancia, la cual trasciende a otras disciplinas
jurídicas, como por ejemplo el derecho civil,
penal, administrativo, constitucional, procesal, registral,
notarial, aduanero, tributario, de comercio
internacional, de Internet y las tics,
informático, global, entre otras tantas.
El derecho comparado contiene diversos temas que deben merecer
estudios por parte de los comparatistas o comparativistas, por lo
tanto, hemos querido brindar en la presente sede conocimientos
mas amplios del tema materia de
estudio, ya que el tema resulta obvio y harto conocido, sin
embargo, pocos lo conocen, lo cual nos ha motivado a desarrollar
el presente en forma un tanto pormenorizada, lo que debe ser
materia de otros estudios mas amplios, sobre todo con mayor
número de ejemplos.
En todo caso uno de los temas que queremos explicar es que los
supuestos de la recepción es sólo una parte de los
supuestos del derecho comparado, es decir, la recepción es
un tema mas pequeño que el derecho comparado, o dicho de
otra forma el derecho comparado es un tema mas extenso que la
recepción.
La recepción es un tema mas reducido que el derecho
comparado, por ello, al estudiar el último también
estudiamos el primero.
Si un abogado conoce la recepción, es claro que
sólo conoce una parte del derecho comparado, porque deja
de lado otros temas, dentro de los cuales podemos citar la
comparación, microcomparación,
macrocomparación, armonización, unificación,
fusión
y escisión de derechos, inspiraciones,
transplantes, entre otros tantos temas del derecho comparado, los
cuales en el derecho peruano han alcanzado escaso desarrollo.
Recepción
La recepción es cuando se acoge un objeto
jurídico, pudiendo ser del mismo derecho o de otro, por
ejemplo puede ser del derecho peruano al derecho español, o
del derecho peruano del siglo XIX al derecho peruano del siglo
XXI, lo cual hemos desarrollado en otra sede, por lo tanto, es
claro o resulta claro que no queremos repetir conocimientos
vertidos en otras sedes u oportunidades.
Derecho
comparado
El derecho comparado consiste en comparar fuentes del
derecho, es decir, entre la misma fuente del derecho o entre
diferentes fuentes del
derecho. Por ejemplo en el primer supuesto puede ser comparar la
ley alemana
con la ley peruana. Y en el segundo supuesto es por ejemplo
comparar la jurisprudencia
con las ejecutorias sobre un determinado tema o totalmente.
Recepción
de un objeto jurídico
La recepción de un objeto jurídico es cuando por
ejemplo se recepciona una ley u otra fuente del derecho.
5. RECEPCION DE VARIOS OBJETOS JURIDICOS
La recepción de varios objetos jurídicos puede
ser de:
1) De dos objetos jurídicos.
2) De tres objetos jurídicos.
3) De cuatro objetos jurídicos.
4) De cinco objetos jurídicos.
5) De seis objetos jurídicos.
6) De siete objetos jurídicos.
7) De ocho objetos jurídicos.
8) De nueve objetos jurídicos.
9) De diez objetos jurídicos.
10) De mayor número de objetos
jurídicos.
6. RECEPCION DE DOS OBJETOS JURIDICOS
La recepción de dos objetos jurídicos es cuando
se recepciona dos leyes u otras
fuentes del derecho. Por ejemplo la recepción de dos
jurisprudencias o de dos ejecutorias, entre otras tantas
posibilidades.
7. RECEPCION DE TRES OBJETOS JURIDICOS
La recepción de tres objetos jurídicos es cuando
se recepciona tres leyes u otras fuentes del derecho. Por ejemplo
la recepción de tres costumbres.
8. RECEPCION DE CUATRO OBJETOS JURIDICOS
La recepción de cuatro objetos jurídicos es
cuando se recepciona cuatro leyes u otras fuentes del derecho.
Por ejemplo la recepción de cuatro ejecutorias.
9. RECEPCION DE CINCO OBJETOS JURIDICOS
La recepción de cinco objetos jurídicos es
cuando se recepciona cinco leyes u otras fuentes del derecho. Por
ejemplo la recepción parcial de cinco códigos
civiles.
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