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Nacionalización y privatización de la banca mexicana




Enviado por erikazs



    Indice
    1.
    Introducción

    2. Aspectos de la
    nacionalización.

    3. Reprivatización De La Banca
    Mexicana (1990- a la fecha)

    4.
    Hemerografía

    5.
    Bibliografía

    1.
    Introducción

    En las sociedades
    humanas modernas, es imposible conceder el supuesto de la
    ausencia del sistema bancario
    sea cual fuere su tendencia política, y
    así mismo la evolución tanto de las sociedades
    como de los sistemas
    bancarios van de la mano (o al menos en el supuesto más
    sano así debería de ser), dependiendo de las
    necesidades reales, se propone una solución que puede
    conllevar a una evolución o a una regresión, como se
    ha dado a lo largo de la historia en diversos
    aspectos, pero en este momento trataremos el tópico del
    Sistema Bancario
    Mexicano, que como se verá en esta investigación, no ha sido de los pocos
    puntos que se han salvado de la regresión.

    Resulta importante la definición de a quien le
    corresponde la operación de los bancos, si al
    Estado
    directamente como resulta en los países socialistas
    (República Democrática Popular de China,
    República Democrática Popular de Cuba,
    República Democrática Popular de Corea), o si los
    bancos deben
    ser operados por personas físicas o jurídicas
    colectivas privadas (Inglaterra,
    Estado Unidos,
    Alemania y
    otros capitalistas).

    También se da el fenómeno de lo que se
    puede llamar participación privada y pública en la
    operación de los bancos, como sucedió en México de
    1930 a 1982, y otra vez a partir de 1991. Lo que llama la
    doctrina nacionalización de la banca, puede
    significar políticamente la decisión de los
    gobernantes de:
    1. Que los bancos sean operados exclusivamente por ciudadanos
    nacionales de un determinado país, con exclusión de
    la participación de extranjeros, o,
    2. Que los bancos sean operados exclusivamente por el Estado, ya
    sean en administración directa, o bien, a
    través de personas jurídicas colectivas, creadas
    ex-profeso para ese efecto.1

    2. Aspectos de la
    nacionalización.

    Desde una perspectiva más amplia, puede suponerse
    que se inició con la
    organización de los bancos centrales como instrumento
    de los Estados.
    La nacionalización general de los bancos es más
    reciente y posiblemente los ejemplos podrían ser la
    nacionalización de la banca de Francia en
    1946 y 1981 y la mexicana en 1982.
    La nacionalización de la Banca no se ha establecido
    solamente en los países socialistas, sino también
    en los capitalistas ha sido llevada a cabo en los últimos
    años con intensidad diversa. En unos casos sólo ha
    comprendido al banco central
    (mayoría de los países), en otros a los bancos
    comerciales, en su totalidad.

    A) Nacionalización O
    Expropiación De La Banca Privada (1982-1990)

    La expropiación de la Banca privada, llevada a cabo con
    fecha 1º de Septiembre de 1982, por parte del Gobierno Federal
    Mexicano, en lo político y en lo jurídico trajo una
    serie de reformas constitucionales y legales.
    En 1982, el proceso
    evolutivo de las instituciones
    de crédito
    experimentó cambios estructurales, pues el principio
    tradicional de la legislación mexicana, que consideraba a
    la Banca como una actividad concesionada por el Estado a
    los particulares, se sustituyó por la decisión
    política
    fundamental de la nacionalización del servicio
    público de Banca y Crédito
    Como consecuencia de lo anterior, se cambió el esquema del
    Sistema Bancario Mexicano, que se integraba con instituciones
    privadas, mixtas y públicas, y dió lugar a un
    sistema bancario plenamente en manos del Estado. También
    la estructura del
    Banco de
    México se
    modificó, pues en lugar de adoptar la forma de sociedad
    anónima, en 1982, quedó definido en su ley
    orgánica como un organismo público
    descentralizado.

    A partir de ese momento operarían dos clases de
    instituciones de crédito, las sociedades nacionales de
    crédito y las instituciones nacionales de crédito,
    las primeras regidas por la Ley Reglamentaria
    del Servicio
    Público de Banca y Crédito y, en lo que se opusiera
    a sus disposiciones, por la Ley General de Instituciones de
    Crédito y Organizaciones
    Auxiliares; y las segundas reguladas en su caso, por sus leyes
    orgánicas y por la Ley General de Instituciones de
    Crédito y Organizaciones
    Auxiliares vigente desde 1941, estas son algunas de las reformas
    legislativas que se tuvieron que originar.
    Es un hecho que el decreto expropiatorio trajo una serie de
    cambios estructurales y una abundante legislación sobre la
    materia, de
    1982 a enero de 1985.Problemas de
    interpretación de la expropiación. El decreto de
    expropiación de los bancos privados y las reformas legales
    posteriores, trajeron problemas de
    interpretación en su origen y que sólo
    después de pasado tiempo y nuevas
    reformas, procedimientos y
    nueva legislación se han ido aclarando.
    Imprecisión terminológica en el decreto de
    expropiación. En cuanto a los problemas planteados por el
    decreto de expropiación, estos comenzaron desde el
    empleo de la
    terminología, así se habló de
    nacionalización, estatización, expropiación,
    etc.; técnicamente, fue una expropiación, ya
    que:
    Expropiación.- Jurídicamente es un acto de derecho
    público, por medio del cual el Estado impone al
    particular la transferencia de la propiedad de
    determinados bienes, cuando
    los mismos son necesarios para la realización de la
    actividad del Estado y existe una causa de utilidad
    pública que así lo requiera, siempre que se cubra
    al particular una indemnización.1
    Nacionalización.- Como concepto
    jurídico será un procedimiento
    administrativo para adquirir bienes por el
    Estado, únicamente por lo que hace a los de la Iglesia, pero
    tratándose de todos lo demás susceptibles de
    apropiación por el soberano, se estará a los
    dispuesto por el procedimiento
    administrativo expropiatorio.
    Estatización.- Jurídicamente no es contemplada por
    la ley, ni por la doctrina, como modo de adquirir bienes, por lo
    que se puede sostener que dicho término corresponde al
    campo político exclusivamente, refiriéndose en
    concreto a un
    sistema político que tiende a exaltar la plenitud del
    poder y la
    preeminencia del Estado sobre los demás órdenes y
    entidades.

    B) Conclusiones.
    De lo dicho se puede concluir que se expropiaron las acciones de
    las sociedades de crédito privadas que prestaban el
    servicio público de banca y crédito; y se
    nacionalizó la actividad respectiva, según las
    reformas del artículo 28 constitucional.2

    C) Problemas Y Consecuencias De
    La Nacionalización

    Al parecer la expropiación o nacionalización de la
    Banca privada como una medida política general, no estaba
    dentro de los programas de
    gobierno de los
    diferentes titulares que ocuparon el Poder
    Ejecutivo Federal desde 1917 hasta septiembre de 1982. La
    decisión de la expropiación tal como parece, fue
    tomada en forma súbita y como consecuencia del estado de
    crisis que
    vivió el país es esas fechas. Existen opiniones en
    el sentido de considerarla como un acto personalísimo y coyuntural, una
    decisión que fue tomada no como parte de un programa de
    gobierno, sino más bien obligada por las
    circunstancias.
    La decisión política de expropiar los bancos
    privados en 1982 trajo muchas consecuencias, pero entre las
    más importantes fue una serie de actos por medio de los
    cuales se trató de dar la impresión de que era
    irreversible, de compararla con la expropiación petrolera
    del 18 de marzo de 1938, de equipararla con los dos jefes de
    Estado en las decisiones trascendentales, en hacer un esfuerzo
    enorme en todos los medios de
    comunicación para justificar la medida, en reformar
    con prisa al artículo 28 de la Constitución Federal, para agregarle el
    párrafo
    quinto, así como la fracción XIII bis al
    artículo 123 (incidentalmente el referido párrafo
    quinto del artículo 28 de la Constitución fue derogado en el mes de mayo
    de 1990).
    También se descontó a la mayoría de los
    trabajadores mexicanos, en forma compulsiva, el importe de tres
    días de salario para
    formar lo que se llamó Fondo Nacional de Solidaridad que
    según sus promotores serviría para pagar parte de
    la indemnización por la expropiación de las
    acciones de
    los bancos, pero al que se dió un destino diferente, se
    legisló en exceso y se habló en un tono
    dogmático de que era una decisión irreversible.
    Pero además hubo otras dos acciones que causaron un grave
    daño a la sociedad mexicana
    porque infundió una gran desconfianza en el sistema
    bancario y en la credibilidad de las acciones de los responsables
    al conducir la causa pública. Esas dos medidas fueron:
    primero el control
    generalizado de cambios; y segundo, la congelación de las
    cuentas que hasta
    el 1º de septiembre de 1982 mantenían los mexicanos,
    en los bancos, en moneda extranjera.

    D) Opinión De La
    Nacionalización De La Banca

    La referencia al proceso de
    expropiación de 1982, ya no tiene más que un
    valor
    histórico pues ya se revirtió con las reformas a la
    Constitución que fueron aprobadas en el mes de mayo de
    1990 y con la publicación de la nueva Ley de Instituciones
    de Crédito en julio del propio año, así como
    la iniciación del proceso de desincorporación, pero
    aún por razones históricas es conveniente dejarlo
    asentado porque durante ocho años dio vigencia a la
    llamada Banca Estatizada.
    En algún sentido creció el número de
    empleados de los bancos y los fraudes cometidos a los mismos
    parece ser que también se incrementaron; los bancos
    crecieron, figuraron dentro de la lista de los 100 bancos
    más grandes de América
    Latina, aumentó el número de sucursales tanto
    en el país como en el extranjero, aumentó el
    número de cuentas maestras
    y el auge en el empleo de las
    tarjetas de
    crédito también es evidente.

    3. Reprivatización De La Banca Mexicana
    (1990- a la fecha)

    Hasta 1990, el sistema de la banca mexicana, fue formado
    por el gobierno poseyendo instituciones de crédito
    nacional, más tarde a través de la
    rectificación constitución y la promulgación
    de la Ley de Crédito e Instituciones a mezclado la banca y
    el crédito (y su sistema ) fue estabilizado.
    Estas medidas permiten la privatización de los bancos comerciales y
    la opción de una estructura
    legal para servicios
    múltiples bancarios y su inclusión en grupos
    financieros privados.
    La privatización de los bancos comerciales, resultó
    de la necesidad de modernizar y hacer el sistema
    financiero más competitivo con respecto a ambos
    financiamientos, el crecimiento
    económico y su proceso así como la
    canalización de red y recursos para
    producir y estructurar proyectos de una
    manera óptima.
    El presidente de México en ese entonces, Carlos Salinas de
    Gortari, dentro de su Programa de
    Modernización del Estado consideró conveniente
    promover los cambios, primero a la Constitución
    después mediante la iniciativa de una nueva Ley de
    Instituciones de Crédito a fin de restablecer el
    régimen mixto en la prestación de servicios de
    banca y crédito.
    La propuesta para un cambio
    constitucional consistió fundamentalmente en derogar el
    párrafo quinto del artículo 28 de la
    Constitución Política de los Estados Unidos
    Mexicanos (que había sido reformado en octubre-noviembre
    de 1982)
    Esta iniciativa mereció un consenso mayoritario de la
    opinión
    pública y fue aprobada en el constituyente permanente
    con la participación de la mayoría de los partidos
    de oposición representados en la Cámara de
    Diputados.La nueva Ley de Instituciones de Crédito, cuya
    iniciativa envió también al Congreso el Presidente
    de la República, fue aprobada por el mismo Congreso, con
    el voto participativo de partidos de la oposición.
    Este trascendental cambio en la
    política del Estado, estimo como lo señaló
    la iniciativa fue un paso para modernizar al Estado Mexicano y
    como lo señaló el Presidente Salinas de Gortari fue
    conveniente revisar y cambiar los mitos del
    pasado.
    La nueva Ley de Instituciones de Crédito fue publicada en
    el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de
    1990.

    A) proceso de
    reprivatización.

    El proceso de privatización o desincorporación de
    los 18 bancos múltiples implica la transformación
    de las Sociedades
    Anónimas a Sociedades Nacionales de Crédito, ya
    que éstas son sociedades
    mercantiles que realizan actos de comercio.
    Lo anterior conforme lo dispone el artículo séptimo
    transitorio, en el que da 360 días para que el Ejecutivo
    Federal expida los decretos de transformación.; lo que
    implicó que el procedimiento de privatización
    aunque no se expresó cuanto podría tardar, se
    llevó uno o dos años; sin olvidar los distintos
    conflictos que
    se suscitaron respecto de la falta de personalidad
    de los bancos al momento de cobrar las deudas contraídas
    por los clientes frente a
    loas instituciones bancarias.
    Otro efecto de la desincorporación de los bancos fue que
    sus trabajadores, sin perjuicio de sus derechos, ahora se van a se
    regir por el apartado A del artículo 123 de la
    Constitución y la Ley Federal del
    Trabajo cuando se convirtieron en bancos privados.

    B) Opinión De La
    Reprivatización De La Banca Mexicana

    Diversas circunstancias a las que se tiene que enfrentar la Banca
    mexicana como la
    globalización del comercio entre
    las naciones, las consecuencias de un tratado de libre
    comercio con Estados Unidos de
    América
    y Canadá, la apertura de la actividad bancaria a la
    competencia
    extranjera operaciones del
    mercado interno y
    el convertirse en un factor importante del desarrollo
    económico de la última década de este
    siglo e inicio del siguiente.
    De acuerdo con los factores de riesgo como los
    altos gastos de
    operación, la dimensión menor de los bancos
    mexicanos frente a los extranjeros con base en los
    estándares internacionales y el bajo nivel de inversión en desarrollo
    informático de comunicaciones, los Bancos mexicanos
    tendrán que mejorar más sus sistemas de
    capacitación, sus niveles de
    captación, de eficiencia, su
    infraestructura informática y también ponerse al
    nivel de los bancos extranjeros para de este modo realizar una
    competencia digna
    y sobre todo sana, aún cuando el proceso de reacomodo se
    inició a partir de 1991 y que la competencia fue y sigue
    siendo difícil; y que esto se pensó
    repercutiría positivamente en la economía del
    país, buscando mayores índices de eficiencia y un
    menor costo de dinero1,
    pues no ha sido así de positivo como se esperaba.
    No se duda que en un largo plazo se logren alcanzar todas las
    metas y supuestos propuestos, pero aún la Banca mexicana
    sigue luchando con obstáculos, que si bien no son
    resultado de la reprivatización, sí son más
    de fondo, como el surgimiento de problemas, que si se hubiera
    realizado la desincorporación de manera adecuada pensando
    en los futuros inconvenientes no se hubieran suscitado litigios
    como la falta de personalidad
    de las instituciones de crédito.

    4.
    Hemerografía

    Diario Oficial de la Federación. miércoles
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    Crédito Público Decreto que establece la
    nacionalización de la Banca Privada.
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    autonomía al Banco de México".- Decreto por el que
    se reforman los artículos 28, 73 y 123 de la
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    financieros" en la Revista
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    "Bancos a grupos billonarios" en La Jornada. México,
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    21.
    Acosta, Carlos.- "La banca mexicana crece a la marginarán
    instituciones externas, alerta Carlos Abedrop" en la Revista
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    "Memoria de la
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    Rangel M., J. Jesús.- "Enormes utilidades de las estrellas
    del sistema bancario" en El Financiero.- México, D.F.,-
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    5. Bibliografía

    ACOSTA Romero, Miguel. Derecho Bancario. Ed.
    Porrúa, S.A. México, 1991. 4ª ed. Pp.18-19,
    40-41.
    HERREJÓN Silva, Hermilo. Derecho Bancario. Ed. Trillas,
    México, 1988. Pp. 67-68.

     

     

    Autor:

    Lic. Erika Zavala Salas

    Universidad nacional autónoma de México,
    facultad de derecho
    Materia:
    derecho bancario bursátil mexicano

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