- Código
civil dominicano - Código
procedimiento civil - Código
Procesal Penal - Código
Tributario - Código
de Trabajo - Código
de Niños, Niñas y Adolescentes - Código
Monetario y Financieros - Código
del Comercio - Conclusión
- Bibliografía
Introducción
Los Códigos son el fundamento legal para cualquier
sociedad, en
nuestra legislación existen una serie de Códigos
que han cambiado y avanzando a través del tiempo; en la
sociedad Dominicana se han presentado una serie de cambios
relacionados con la familia,
personas, costumbre, etc. Y al momento de ocurrir estos cambios
en la sociedad, las leyes tienen que
ser modificadas para poder
adaptarse a esta nueva sociedad cambiante.
El tema que es motivo de análisis en este trabajo tiene
como fundamento, las distintas modificaciones o reformas hechas a
nuestras Códigos.
Los objetivos de
estas modificaciones o reformas que se han llevado a cavo durante
diversas etapas o periodos, han sido justificados con el motivo
de mejorar la situación del país creando las
condiciones necesarias para el desarrollo
tanto de nuestra conducta personal como
colectiva en la sociedad.
Las modificaciones de los códigos han pasado por 14
gobiernos a lo largo de la historia republicana. Por lo
menos, seis presidentes impulsaron más de una
modificación a la Carta
Sustantiva, como lo son: Pedro Santana, Buenaventura Báez,
Ramón
Cáceres, Horacio Vásquez, Rafael Leonidas Trujillo
Molina y Joaquín Balaguer, entre otros.
En otras ocasiones han servido para dar grandes pasos de
avance social como abolir el voto "clasista, el cual a inicios de
la
República estaba destinado solamente para los
profesionales y personas de poder social y económico. Las
mujeres estaban excluidas de ejercer el voto.
A continuación tendrán a su disposición
todos los conocimientos concernientes a estas Modificaciones, en
que han consistidos y por que se han realizado, así como
todos los factores relacionados a este tema.
Código
civil dominicano
El código
que de manera sobresaliente recogió las exigencias, que
fueron concebidas a partir de la
Ilustración, sobre la forma que debía tener un
cuerpo legislativo moderno, fue el Code Civil que
promulgó Napoleón en 1804, razón por la cual
también es conocido como Código de
Napoleón. Este resultó ser el modelo que,
por imitación o imposición, se expandió por
los países europeos y americanos.
República Dominicana, en 1845, confiere vigencia al
código napoleónico original, es decir, en
francés (publicando en 1884 una traducción al español).
Podemos citar algunas de las modificaciones que se les han
hecho al código
civil de la República
Dominicana:
MODIFICACIONES:
Art. 545, según Ley 4952 del 6 de julio de 1910,
Art. 776, según Ley 390Art. 16, según Ley 295 del 21 del mayo de 1919
En el 1921 se modifican los Art. 55, Art. 77, Art. 79,
Art. 81según Ley 654 del 18 de julio de 1921, G O.
3240.En el 1935 se modifica Art. 834 mediante las leyes
siguientes: Ley 201 del 21 de diciembre de 1939, G O. 5397.y
la Ley 185 del 6 de febrero de 1943; y actualmente. Ley 1930
del 9 de febrero de 1949, Art., 815, según Ley 935 del
25 de junioArt. 45, según Ley 1072 del 17 de marzo de 1936
En el 1940 se modifican los artículos 213 hasta el
215 según Ley 390 del 14 de diciembre, el Art. 226,
Art. 442, Art.420 según la ley anteriormente ya
mencionadaEn el 1941 Se Modifican los Art, 216, según Ley
390, Art. 386, Art. 390, Art. 424 según Ley 452, Art.
347, según Ley 513, Art. 475, Art. 617, Art.706, Art.
707, Art. 2266 según Ley 585, Art. 642, Art. 644,
según Ley 143, Art 2267, según Ley 55Art. 19, según Ley 485 del 15 de enero de 1944
Art. 727, Art. 730 según Ley 1097 del 26 de enero
de 1946Ley 1604 del 21 de diciembre de 1947
En el año 1948 se modificaron los Art., 189,
modificado por la ley 1860, G. O. en cuanto a la
redacción de los actos y a los requisitos a que los
mismos se encuentran sometidos Art. 343 Hasta el Art. 369,
según Ley 1693
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