- Objetivo
específico - Planteamiento
del problema - Marco
teórico - El
Juicio - Cédula
de identidad - Marco
metodológico
Procedencia de la Acción
de Rectificación de la Partida de Nacimiento
Del Sr. Rico Tapiaz Carlos Daniel
Objetivo
general
Procedencia de la acción de rectificación de la
partida de nacimiento del sr: rico tapiaz Carlos Daniel. De
nacionalidad
venezolana portador de la cedula de identidad
personal Nro.
v- 20.092.918 domiciliado en la ciudad de Bruzual municipio
muñoz del estado apure.
Dicha partida tiene un error de escritura en
su segundo apellido (tapias el cual es falso por el cambio de
última letra de z x s).
El verdadero es tapiaz dado por su madre que firma
legalmente María Alejandra tapias de rico. Este
procedimiento
judicial se llevara acabo con la finalidad de obtener la
resolución de problema erróneo del sr: Rico
tapias Carlos Daniel. Que ha tenido dificultades para
realizar ciertas operaciones
jurídicas.
Objetivo
específico
— solicitar al juez de primera instancia que tenga
jurisdicción en el municipio donde se extendió la
partida.
— el problema que presenta el ciudadano rico tapias amerita
un juicio.
— prestarle la máxima colaboración al
ciudadano Rico Tapias. Para que sede exitosamente el
procedimiento jurídico.
— presencia de los padres en el momento del procedimiento y
a falta de estos testigos del sr: tapias
Planteamiento del
problema
Para plantearnos este problema, es necesario tener en
consideración las siguientes excepciones:
Para garantizar el valor de las
actas del estado civiles, la ley a establecido
que ninguna partida puede reformarse después de extendida
y firmada, sino en virtud de sentencia ejecutoriada y por orden
del tribunal de primera instancia a cuya jurisdicción
corresponda el municipio donde se extendió la partida
(c.cart:501) salvo que estando presente todavía el
declarante y los testigos, algo de estos o el funcionario, se
dieran cuenta de alguna inexactitud u omisión, pues
entonces podrá hacerse la corrección o
adición inmediatamente después de las firmas,
suscribiendo todo los intervinientes la modificación
(c.c art:462) así pues la rectificación de
partidas, salvo en el caso excepcional ya mencionado presuponen
un juicio .
Es el llamado proceso
judicial que amerita el sr: Rico Tapias Carlos Daniel.
Marco
teórico
PROCEDIMIENTO JUDICIAL:
Es concebido doctrinalmente como la forma en que se concretiza
la actividad jurisdiccional, y constituye el elemento
dinámico del proceso. En su sentido más amplio, se
refiere a las normas de
desarrollo del
proceso, de ritualidad, tramitación, o formalidades para
la realización de los derechos subjetivos con el
debido respeto a los
derechos y garantías.
Está constituido por la combinación y coordinación de varios actos
jurídicos que, siendo procesales autónomos, tienen
por objeto la producción del efecto jurídico final
propio del proceso, es decir, está compuesto por los actos
de inicio, desarrollo y conclusión del mismo.
Por ello, en su aspecto externo, aparece como una
sucesión temporal de actos, donde cada uno de ellos es
presupuesto del
siguiente y condición de eficacia del
anterior.
Generalmente dentro de un proceso nos encontramos con un solo
procedimiento. Sin embargo, es común que dentro del mismo
existan varios procedimientos,
cuando se suscitan cuestiones secundarias o accesorias al asunto
principal.
Página siguiente |