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Resumen derecho administrativo

Enviado por eugenio cappa

Partes: 1, 2

  1. Criterios para clasificar las funciones del Estado
  2. D. Administrativo
  3. Organización administrativa
  4. Sujetos del Estado
  5. Principios fundamentales de la Org. Administrativa
  6. Organismos
  7. Forma de la Adm. Pública
  8. Soberanía, Autonomía, Autarquía, Autarcia
  9. Órganos en la Adm. Pública
  10. Tema: Acto Administrativo

Estado de derecho fue el resultado de ciertas circunstancias, entre las que se destacan la revolución inglesa (1688) y la francesa (1789), la emancipación americana (1776) y las teorías políticas enunciadas por Montesquiu (división de poderes) y Roseeu (la ley como expresión de la voluntad general).

Según Cassagne, el estado es la perfecta organización Jurídico-Política de la comunidad que procura el bien común, es un ente orgánico unitario estructurado jurídicamente bajo la forma de una corporación, que detenta el ejercicio del poder.

El estado puede actuar como persona del derecho privado, cuando contrata con particulares en el mismo plano de igualdad (vender inmuebles propios) o como persona de derecho publico, cuando no hay plano de igualdad y aplica su poder publico para regular la act. De los individuos. (Ej. Dar una concesión).

¿Por qué se relaciona el estado con el D.Administrativo? porque el D.administrativo es la rama del derecho publico que estudia la organización y actuación del estado con respecto a los individuos.

Elementos: 1) Población: es el elemento humano, 2) Territorio: elemento geográfico, 3) poder: fuerza que tiene el estado para llevar a cabo sus objetivos sociales. Será legítimo si se persigue objetivos comunitarios, 4) Gobierno: conjunto de órganos que ejercen el poder, para el cumplimiento de las funciones del estado.

Tipos de Estado

  • Unitario: con un solo ordenamiento jurídico

  • Federal: una coexistencia de ordenamientos jurídicos-federal o nacional y provinciales, que ejercen el poder que no han delegado a la nación.

Poder público: es el poder del estado, único y dividido en 3 funciones, la división de poderes es la distribución del poder entre distintos órganos, para que cada uno ejerza determinadas función, todas ellas destinadas al cumplimiento de los cometidos estatales. Pero ojo, los que están divididos son las funciones, no el poder. Esta teoría surge de la obra "el espíritu de las leyes" del año 1748 que propone dividir el poder en 3 partes evitando de esa forma su concentración, al dividirlo se logra equilibrio.

Funciones: el estado no es estático y ejerce su poder para alcanzar los fines detallados en el preámbulo de la CN (bienestar Gral., libertad, bien común, paz interior, justicia) esta actividad es desarrollada por las tres funciones:

1) Ejecutiva: se ocupa de que se cumplan la ley, satisfacer los intereses comunitarios impostergables, función principal del poder ejecutivo dentro de la cual esta la función administrativa.

2) Legislativa: se ocupa de dictar, alterar o suspender leyes siempre que sean conformes a la constitución nacional. (Congreso, cámara de diputados y senadores)

3) Judicial: Función que se ocupa de interpretar y aplicar la ley en casos concretos, para resolver controversias jurídicas entre partes con intereses contrapuestos (corte suprema de justicia y tribunales inferiores)

4) Contralor: a partir de la reforma de 1994 se crearon órganos, que tienen funciones de control, auditoria Gral. De la nación, defensor del pueblo, etc.

Cada órgano además participa en las otras dos funciones:

  • LEGISLATIVA: ejecutiva (aprueba tratados), Judiciales (Interviene en juicio político)

  • EJECUTIVO: Legislativo (Promulga leyes), Judiciales (indulta o conmuta penas)

  • JUDICIAL: legislativo (declara inconstitucional una ley) Ejecutiva (nombra o remueve un funcionario)

Criterios para clasificar las funciones del Estado

a) Subjetiva u orgánico: toma en cuenta el órgano que realiza la función, de esta forma solo habría act. Administrativas en el PE, Legislativo en el PL, etc.

b) Objetivo o Material: considera el contenido del acto sin reparar en el órgano que lo cumple. Es el que debe aplicarse al d. administrativo ya que hay actividad materialmente administrativo en el PL, PJ.

D. Administrativo


Partes: 1, 2

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