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Teorías y prácticas de la supervisión de las escuelas




Enviado por Isadora García



Partes: 1, 2

    1. Finalidades
      de la supervisión
    2. Objetivo
      de la supervisión
    3. Factores
      condicionantes de la supervisión educativa
    4. La
      supervisión, funciones de control y
      evaluación
    5. El
      supervisor como orientador asesor y experto en el sistema
      educativo

    Las funciones de
    la supervisión

    De forma muy breve, enumero con algún comentario las
    funciones
    antes aludidas y encomendadas a la supervisión:

    a) Información: el inspector posee
    información plenamente actualizada sobre la realidad y las
    novedades en el sistema
    educativo, por lo que es una función
    que puede desarrollar de forma idónea. Conoce ampliamente
    los centros escolares y también la normativa, con lo cual
    tiene en sus manos la posibilidad de facilitar información
    a todos los sectores sociales interesados en el campo de la educación:
    familias, profesorado de todos los niveles, personal no
    docente, alumnado, personal de las distintas administraciones
    -locales y centrales- que se relacionan con el sistema, etc.

    b) Asesoramiento: habitualmente, el inspector posee una
    formación académica especializada, pues es
    requisito para su acceso al puesto que desempeña.
    Independientemente de su formación inicial -en la que, sin
    duda, podrá asesorar al profesorado-, existe un amplio
    campo en el que, casi, es el único especialista en el
    sistema: organización, administración, gestión, evaluación…, de los centros docentes. En
    estos ámbitos es el profesional idóneo para
    asesorar, casi siempre a los directivos de los centros. El
    asesoramiento en las diferentes áreas curriculares o
    científicas estará a cargo del personal oportuno de
    las mismas, pero difícilmente se encuentra, fuera de la
    supervisión, a personal apropiado para asesorar a los
    directivos en los temas citados. Creo que es el campo
    específico de asesoramiento para la
    supervisión.

    c) Mediación: como ya mencioné antes, la
    posición asignada, habitualmente, a la supervisión
    en el sistema, hace que deba desempeñar un papel de
    mediación que no es posible desde otras instancias: es el
    puente entre la
    Administración y la escuela -en
    sentido amplio: incluyo a todos los sectores sociales que
    intervienen en ella. El camino que recorre la información
    entre realidad y normativa, sociedad y
    administración, se lleva a cabo a
    través de la mediación que realizan los
    inspectores. Si falla este mecanismo, la teoría
    y la práctica educativas corren el riesgo de quedar
    sin conexión, ampliándose las distancias que, en
    muchos casos, ya existen entre ambas.

    d) Control: la
    comprobación de cómo se está aplicando la
    normativa que rige el sistema está a cargo de la
    supervisión. Suele ser una competencia
    exclusiva, pues es desde donde se visita el centro con cierta
    frecuencia y, en consecuencia, desde donde se puede realizar esta
    función. Además, requiere de la autoridad
    debida, delegada desde la Administración, para que se
    ejerza sobre el conjunto del funcionamiento escolar,
    especialmente sobre los directivos y profesorado. El control,
    como indica su propia denominación, supone solamente la
    verificación o confirmación de la veracidad o
    exactitud de algo, en nuestro caso del funcionamiento adecuado de
    la escuela. Sin más. Las consecuencias de este control
    -casi un mero diagnóstico– conducen al ejercicio de otra
    función, más amplia, como es la de
    evaluación.

    e) Evaluación: es la función genuina de la
    supervisión. Suele ser exclusiva de este cuerpo
    especializado y, además, se asimila con mucha frecuencia
    evaluación con supervisión o inspección:
    tanta es su identidad.
    Supone el ejercicio de la valoración permanente del
    sistema educativo: para reforzar los puntos fuertes y para
    superar la situación existente en las áreas de
    mejora. A través de la supervisión puede realizarse
    esta evaluación de modo continuo, lo que permite ajustar,
    también continuamente, el sistema "formal" a la escuela
    "real". Por otro lado, el supervisor, aunque buen conocedor del
    centro, mantiene la distancia suficiente como para llevar a cabo
    evaluaciones externas, colaborando y asesorando en las internas o
    autoevaluaciones institucionales que el propio centro realice. La
    evaluación es una función clave para mantener la
    mejora permanente del sistema educativo, que, en definitiva, es
    conseguir la educación y la
    escuela de calidad que se
    persigue desde todas las instancias.

    Finalidades de la
    supervisión

    En definitiva, ¿para qué es necesaria la
    supervisión y todas las funciones que se le encomiendan en
    el sistema educativo? ¿Cuáles son las metas que
    debe alcanzar la supervisión con el ejercicio de sus
    competencias?
    De forma global, estas finalidades pueden sintetizarse en
    dos:

    Partes: 1, 2

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