Monografias.com > Criminología > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Aspectos político-criminales de las medidas coercitivas de la criminalidad de la Administración Pública y la criminalidad común



Partes: 1, 2


    1. Objetivos de la investigación

    2. Justificación

    3. Marco teórico

    4. Hipótesis de la investigación

    5. Variables e indicadores

    6. Metodología

    7. Esquema propuesto

    8. Presupuesto (estimado)

    9. Bibliografía

    Aspectos político-criminales de las
    medidas coercitivas aplicables a la criminalidad de la Administración
    Pública y la criminalidad común

    Planteamiento del
    problema

    1.1. SITUACIÓN DE LA REALIDAD
    PROBLEMÁTICA

    Nuestro sistema
    político tiene como base fundamental su legitimidad.
    Es de principio que los destinatarios de la acción
    gubernamental estén convencidos de la conveniencia y
    bondad del sistema y acepten
    de conformidad, el ejercicio del poder por
    parte de sus destinatarios. Esta legitimidad se alimenta
    diariamente cuando el pueblo cree y así lo acepta, que el
    Gobierno se
    interesa y trata de solucionar sus problemas y
    que en esa tarea utiliza adecuadamente los recursos
    públicos, actuando con transparencia y objetividad en el
    ejercicio de la función
    pública, en aras del bien común. Esto nos lleva a
    hablar, dentro del proceso de
    legitimación, de la necesaria existencia de
    una ética de
    la función pública que oriente las acciones del
    Gobierno en la búsqueda del bien común como fin
    último del Estado. En un
    régimen democrático, ese fin último origina
    los valores de
    libertad,
    justicia y
    solidaridad,
    sobre los que se levanta todo el sistema, cuya
    legitimación se centra en la actualización de esos
    valores y en
    la consecución del bien común. En este contexto, la
    ausencia de ética en la función pública se
    traduce en corrupción de los funcionarios y con ello
    se deslegitima el sistema político. Es, por lo tanto,
    necesaria la actuación legislativa para producir normas y cuerpos
    de leyes que
    permitan la fiscalización de la actividad de la
    Administración Publica y se regule debidamente la
    responsabilidad de los funcionarios
    públicos y las garantías procesales de los
    ciudadanos para requerirla.

    En realidad, la criminalidad de la Administración Pública tiene
    gravísimas consecuencias no sólo para el Estado,
    sino para toda la población, puesto que ésta afecta
    las bases mismas del sistema en el que descansa nuestra sociedad.
    Más aún, es un error querer analizar la corrupción
    del aparato público como un delito
    común en cuanto a sus características
    típicas, y no visualizarlo como un fenómeno
    delictual de organizaciones
    criminales,- de hecho o de derecho,- de carácter nacional o incluso transnacional.
    Bien se puede afirmar que la corrupción, es el punto
    focal, el punto de unión, en el que descansan las diversas
    modalidades de delitos
    típicos del crimen nacional y transnacional organizado,
    puesto que es lo que los hace posibles. Cada vez que se consuma
    un hecho delictivo de este tipo, bien sea por comisión,
    omisión o comisión por omisión, hay una
    función pública violentada[1]

    En la dogmática moderna, la diferenciación entre
    delitos de dominio y delitos
    de infracción de un deber es defendida por un sector de la
    doctrina a partir de su formulación originaria por ROXIN.
    La diferenciación parte del presupuesto de
    que las expectativas normativas que se ven garantizadas por las
    normas penales admiten distintos modos de defraudación.
    Estas formas diferenciadas de defraudación, se reflejan en
    distintos mecanismos de imputación de la responsabilidad
    y, por tanto, condicionan la estructura del
    injusto típico[2]

    El presupuesto básico de la diferenciación es el
    siguiente: en los delitos de dominio se incumple un mandato
    general que incumbe a cualquier persona. Los
    delitos de infracción de un deber presuponen, por el
    contrario, el incumplimiento de mandatos especiales de los que
    son destinatarios ciertos grupos de
    personas. Ciertamente, esta diferenciación merece
    ulteriores precisiones a la luz de la
    complejidad de las relaciones sociales y de las posibilidades de
    acción que se le brindan al ser humano. En las sociedades
    modernas, las posibilidades de acción del ser humano y el
    desarrollo
    individual no se realizan, de forma exclusiva, dentro de la
    esfera de organización de cada uno, sino que cada vez
    son más frecuentes actuaciones en organizaciones ajenas
    que se asumen como propias, y actuaciones que dependen, de
    vinculaciones institucionales. En este sentido, las instituciones,
    en cuanto dotan de forma el modo de organización de una
    sociedad, son fuentes de
    expectativas y condicionan, de este modo, las esferas de
    actuación de las personas vinculadas por dichas
    instituciones[3]

    Como es conocido, los delitos de infracción de un deber
    deben su formulación a ROXIN, quien desarrolla la
    categoría a los efectos de establecer reglas especiales de
    autoría y participación en determinados delitos
    comisivos, de los que constituye el paradigma los
    delitos cometidos por los funcionarios públicos en el
    ejercicio de su cargo. En lo que concierne al Código
    Penal peruano, se trata de los delitos regulados en el
    Capítulo II del Título XVIII del Libro II
    (arts. 376 a 401).

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter