La auditoria ecológica, un instrumento de gestión en la preservación de los problemas medio ambientales
- Resumen
- Disposiciones
normativas en el Derecho Cubano que regulan la
auditoría - Relación
del derecho administrativo con el derecho ambiental en
Cuba - La
auditoría ecológica en el derecho ambiental
dentro del ordenamiento jurídico - Conclusiones
- Bibliografía
La auditoria ecológica, una
herramienta de gestión
en la mitigación de los problemas
medio ambientales en la provincia Granma.
Resumen
El tema de la auditoria ambiental, es una
temática que en Cuba
aún no ha sido resuelta en la Legislación, responde
por parte del autor a la continuación de varios trabajos
sobre esta temática realizados, los que han estado
relacionados con el ejercicio de la auditoria interna y la
auditoria gubernamental, en torno a lo
establecido en el derecho positivo
cubano como tema central de este articulo, de las normas cubanas
ISO, y sobre
la inspección ambiental que ejecuta el Ministerio de
Ciencias,
Tecnología
y Medio
Ambiente.
Se hace un breve recorrido a los orígenes de la
auditoria, hasta llegar a la institución de la auditoria
ambiental, y como ha concurrido esta institución
jurídica en el ordenamiento del país. Con
precisiones de lo que se dispone en la norma jurídico
administrativa, y hacia quien esta va dirigida. Revisamos lo que
se establece en la Ley de la
auditoria en Cuba, quienes están facultados para
ejercitarla, y sus normativas y procedimientos
establecidos por el órgano de encargo estatal.
Empleamos como métodos de
investigación el de la búsqueda y la
revisión bibliográfica, logrando con esto información sobre el tema, utilizamos el
método de
análisis técnico jurídico de
las disposiciones normativas que guardan relación con el
artículo, y el exegético
analítico.
Practicamos entrevistas a
inspectores estatales ambientales, a auditores en el ejercicio;
que nos permitiera tener una mayor información sobre el
tema tratado, obteniendo con ello un mensaje claro sobre lo que
se hace en el país.
Las conclusiones atinadas sobre la distinción que
hay entre los métodos,
procedimientos y regulaciones entre auditoria e inspección
ambiental por parte de los organismos de la
Administración del Estado; el primero como
órgano rector y el segundo quien la ejecuta.
Introducción
1.- Breve reseña histórica de la
auditoria en Cuba: Consideraciones preliminares.
En el siglo XVIII la función de
la auditoría fue asumida por la
metrópoli española en Cuba. En las luchas por la
soberanía nacional, el Brigadier Domingo
Méndez Capote fue el primer Auditor General del
Ejército Libertador en Cuba, ejerciendo esta
función pública.[1]
En el año 1764 la administración relacionada con las finanzas
públicas estaba constituida por la Intendencia de
Hacienda y el Tribunal de Cuentas, sobre los cuáles
recaen las funciones de la
percepción, los registros
contables y la vigilancia del cumplimiento de las rentas, como
los recursos
públicos.
En los años 1790 y 1837 se manifiesta una
tendencia a la formación y constitución de los organismos
técnicos económicos del país, dando lugar a
una organización verdaderamente estatal. Con la
creación del Consejo de la Administración en 1861, en la que
participaba el Intendente General de Hacienda y el Presidente del
Tribunal de Cuentas, constituyó un paso importante
en el fortalecimiento de los mecanismos de control.
Posteriores reformas establecieron nuevos sistemas de
contabilidad,
rentas y la regularización en la formación de los
presupuestos,
funcionando bajo la vigilancia y la supervisión del Gobierno Superior
Civil, como una especie de poder
ejecutivo, dirigido por el Gobernador General y estructurado
por los Intendentes, el Fiscal de la
Real Audiencia y el Presidente del Tribunal de Cuentas.
En 1909 al promulgarse el Decreto No. 78 "Ley del
Poder
Ejecutivo", durante una parte importante de la etapa republicana,
la función de fiscalización fue ejercida por el
Interventor General de la
República, nombrado por el Presidente de la nación
y se subordinaba directamente al Ministro de Hacienda.
En 1940, la Constitución de la República,
establece el Tribunal de Cuentas como la entidad fiscalizadora
superior, con una más amplia jurisdicción que
la que ejerce el Interventor General, sin embargo, por diferentes
razones demora su creación por disposición legal
hasta 1950. Con la fundación del Banco Nacional de
Cuba en 1948, a este se le concede entre sus atribuciones, la
fiscalización de todas las entidades bancarias
establecidas en el país.
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