Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Capitulaciones matrimoniales




Enviado por Heidy Luna



Partes: 1, 2

    1. Capitulaciones
      matrimoniales
    2. Naturaleza
      contractual de las capitulaciones
    3. Nulidad de las
      capitulaciones
    4. Consideraciones
      para decidir
    5. Bienes propios
      y gananciales
    6. Conclusión
    7. Fuentes

    Introducción

    Las convenciones matrimoniales son pactos entre los
    cónyuges relativos a los bienes ya sea
    adoptando un determinado régimen de relaciones
    patrimoniales que la ley autoriza o
    conviniendo o modificando parcialmente un régimen.

    Hay 2 supuestos. La designación de los bienes que cada
    uno lleva al matrimonio es pre
    constituir la prueba de la existencia y carácter propio de tales bienes por medio
    de un inventario que
    sea útil en el futuro en el momento de la
    disolución del matrimonio.

    Y las donaciones que el esposo hiciera a la esposa.

    Están sujetas a la celebración del matrimonio y
    a que el matrimonio sea válido.

    La naturaleza de
    la sociedad
    conyugal incide en el modo de resolver cuestiones
    específicas relativas a la titularidad de los bienes y a
    su gestión. Constituye una comunidad en
    el sentido que se le atribuye a los regímenes que se basan
    en la existencia de bienes que cualquiera que fuese el
    cónyuge que los adquirió durante el matrimonio, son
    cooparticipados a la disolución del matrimonio.

    Capitulaciones
    matrimoniales

    El objeto de las capitulaciones matrimoniales radica, de forma
    directa y precisa, en instrumentar las estipulaciones conyugales
    referentes al régimen económico del matrimonio,
    pero que, de forma complementaria, puede referirse también
    a "cualesquiera otras disposiciones por razón del
    matrimonio" (p.ej., el regalo o donación propter nuptias
    que los suegros realizan a favor del cónyuge de su hijo o
    hija)

    Las capitulaciones son un acto o convenio perfeccionado por
    los futuros contrayentes, con la finalidad de determinar el
    régimen patrimonial del matrimonio, es decir, es una
    relación contractual donde la pareja antes de formalizar
    su relación, fijan la forma mediante la cual se
    regirá la comunidad de bienes durante la unión
    conyugal. Nuestra legislación reconoce a los contrayentes
    amplia libertad para
    estipular su régimen patrimonial matrimonial, fundamentado
    en la autonomía de la voluntad, como principio fundamental
    del campo de las relaciones contractuales, siempre y cuando no
    sean acordadas cláusulas contrarias a las leyes, a normas de orden
    publico y a las buenas costumbres.

    Ahora bien, existen ciertos elementos que regulan la validez
    de las capitulaciones matrimoniales, en primer lugar deben
    otorgarse antes de la celebración del matrimonio, siendo
    nulas todas aquellas estipulaciones celebradas en fecha posterior
    a la celebración matrimonial, así como su
    alteración también en la misma oportunidad. En
    segundo lugar, deben los contrayentes tener capacidad suficiente
    para celebrar las capitulaciones, siendo esta la misma capacidad
    que requieren para contraer matrimonio. Por ello, seria contrario
    decir que quien puede casarse, no pueda estipular, conjuntamente
    con la persona con quien
    va a contraer matrimonio, el régimen patrimonial
    matrimonial. En tercer lugar, las capitulaciones deben ser
    debidamente protocolizadas ante la Oficina de
    Registro
    Inmobiliario del lugar donde vaya a celebrarse el matrimonio,
    ello debido a que tal régimen no solo interesa a los
    cónyuges, sino también a los terceros que se puedan
    ver afectados por las estipulaciones efectuadas por los futuros
    contrayentes. En cuarto lugar y como elemento esencial para su
    validez, dichas capitulaciones no pueden ser contrarias a ley o
    al orden público.

    La nulidad de las capitulaciones matrimoniales, no es mas que
    la sanción civil que impone el legislador, determinada por
    la trasgresión de una disposición legal en el acto
    de su celebración, que implica su eliminación de la
    vida jurídica total o parcialmente

    Naturaleza
    contractual de las capitulaciones

    La doctrina mayoritaria predica el carácter contractual
    de las capitulaciones matrimoniales.

    Algunos autores prefieren conceptuarlas como acto complejo,
    dado el posible contenido atípico de las
    capitulaciones.

    Es el contrato que
    firman los futuros esposos para precisar el régimen
    económico sobre los bienes tenidos y por tener cada uno
    durante el matrimonio. El Código
    Civil prevé que los bienes están sujetos a las
    reglas que fijen los cónyuges; en ausencia de ellas, de
    forma supletoria y obligatoria impera aquél.
    También obra la ley cuando un tribunal declara la nulidad
    de las capitulaciones por violar en su redacción normas imperativas de orden
    público inderogables por la voluntad de las partes. Pero,
    hasta que no sean declaradas nulas, son válidas y no
    actuará el sistema legal
    sustitutivo sobre la comunidad limitada de los bienes gananciales
    entre marido y mujer, Art. 148
    CC. En apoyo citamos jurisprudencia
    del Tribunal Supremo de Justicia, Sala
    de Casación Civil, junio 2007, "Quintero contra
    Padrón": No procede el régimen legal
    sucedáneo estatuido en el Código
    Civil, cuando las partes han suscrito capitulaciones.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter