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Conflicto entre intimidad y libertad de expresión en la TV



Partes: 1, 2

    1. Doctrina sobre el derecho a
      la intimidad
    2. Efectos
      sociales de la televisión
    3. Libertad
      de expresión en la TV entredicho
    4. Naturaleza
      de la televisión: su carácter masivo, funciones y
      efectos
    5. Conclusiones
    6. Referencias
      bibliográficas

    Introducción

    El presente trabajo
    describe el derecho a la libre expresión como fundamental,
    ya que es esencial a la lucha para el respeto y
    promoción de todos los derechos humanos.
    Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y
    clamar cambios – el hombre
    está condenado a la opresión.

    La colisión entre estos dos derechos fundamentales, la
    intimidad y la libertad de
    información, consagrados por la generalidad
    de los ordenamientos jurídicos occidentales, es motivo de
    permanente análisis por el derecho, por el periodismo y
    por la opinión
    pública.

    Sobre la doctrina en torno a la
    libertad de información, nos hemos fijado primero en su
    evolución histórica,
    señalando etapas que hacen comprensible también su
    desarrollo
    conceptual.

    El conflicto
    entre intimidad y la libertad de
    expresión en la TV es tema de gran actualidad y
    trascendencia, por estar en juego tanto el
    respeto a la intimidad de la persona humana,
    como el derecho a la libertad de información, base
    fáctica del pluralismo sobre el que se sustenta el Estado
    democrático, derechos que frecuentemente entran en
    colisión.

    De allí la necesidad de contar con criterios
    uniformes en su resolución, que aún están
    ausentes en la experiencia internacional, generándose un
    vacío que atenta contra la seguridad
    jurídica, sin la cual no puede desarrollarse adecuadamente
    la vida humana de relación en una sociedad como
    la actual cada vez más globalizada.

    En cuanto a los contenidos que forman parte de nuestra
    pesquisa, hacemos una valoración de las formas de
    resolución del conflicto. Para ello ofrecemos algunos
    criterios que permiten una correcta ponderación de los
    derechos en disputa.

    CAPÍTULO I

    Doctrina sobre el
    derecho a la intimidad

    Es notorio el conflicto existente entre la libertad de
    información y el derecho a la intimidad, más
    aún si diariamente somos testigos, a través de
    programas
    periodísticos televisivos, sea de investigación o de espectáculos, que
    nos informan sobre la esfera íntima de personajes de
    notoriedad pública, como los políticos,
    funcionarios públicos, artistas, deportistas, empresarios,
    etc., donde se suscitan divergencias en torno a los límites de
    la libertad de información y el derecho a la
    intimidad.

    1.1. Aspectos históricos y
    conceptuales:

    1.1.1. Evolución e importancia:

    Señalamos tres momentos significativos en la
    evolución de nuestro concepto, que de
    alguna manera definen también su propia
    configuración y perfiles.

    1.1.2. Antigüedad y medioevo. Los
    antecedentes:

    Aranguren cree que la intimidad es una construcción moderna, en tanto el hombre antiguo
    veía transcurrir su vida toda en el espacio de lo
    público, en el ágora, el mercado o la
    calle, mientras las viviendas carecían de divisiones. En
    efecto, las sociedades
    antiguas, de carácter rural y estructura
    patriarcal, desconocieron una estera privada en el individuo. Una
    cierta concepción colectivizada de la vida afirmaba, ante
    todo, el espacio de lo público, en el que se
    desenvolvía el trabajo, el
    culto y el ocio. Es la cultura
    citadina moderna la que admite una cierta reserva en la vida de
    las personas.

    La sociedad helénica no parece haber hecho
    diferencia entre la vida pública y la privada. El
    reconocimiento del llamado derecho a la intimidad es consecuencia
    de una prolongada evolución, cuyos hitos más
    remotos pueden encontrarse recién en la sociedad romana.
    Allí se busca un principio privado en oposición a
    otro público. Es también en el derecho romano
    donde encontramos una protección jurídica del
    honor, concepto históricamente ligado a la intimidad y
    cuya autonomía sólo se produce
    contemporáneamente.

    Es con el cristianismo
    que el hombre alcanza un estado de
    individualidad, donde "…cada hombre singular tiene un
    destino personal
    independiente…".

    La idea de intimidad también tiene alguna
    manifestación durante el medioevo. La noción de
    persona estuvo presente en la filosofía de la época y la
    escolástica distinguió entre sus bienes
    externos y aquellos que le son inherentes. Asentaba en el
    ascetismo religioso de raíz cristiana, la noción de
    persona engendró un espacio para lo íntimo,
    enriquecido también por la herencia
    grecorromana. Quizá la más notable expresión
    de la idea de intimidad en aquella época fue el
    reconocimiento de la inviolabilidad del domicilio.

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