Constitución Ecuatoriana de 1967 y análisis de la Constitución Paraguaya
Introducción
Antecedentes
Estructura
Principales Instituciones
Principales aportes
Conclusión
Situación paraguaya
La prescripción
La Constitución Nacional
La Corte Suprema de Justicia del Paraguay
Cuestionarios de Derecho Constitucional 2do año primer
nivel paralelo D
Bibliografía
Investigación de Derecho
Constitucional
Décimo séptima constitución
La nueva constitución convocada por el Dr. Clemente
Yerovi Indaburu, proclama la nueva carta magna el 25
de mayo de 1967, esta asamblea proclama a Otto Arosemana
Gómez presidente interino…
Presentación
El Presente trabajo es un
aporte al análisis Constitucional Ecuatoriano, que
servirá de ayuda a los estudiantes de este centro de
Estudios Superior.
Introducción
El Derecho
Constitucional en el Ecuador se ha
destacado por ser muy declarativo, pero al mismo tiempo ha sido
perjudicial con el tiempo ya que legisló para el momento y
que caen en desuso con el transcurrir de los años, por esa
experiencia las demás Constituciones que ha tenido el
Ecuador siempre ha habido voces de
alerta, que se debe legislar en forma general y que las leyes que se
creen deben reglamentar para el bien común.
Antecedentes
1.1 PERIODO DE RESTAURACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO
EN EL ECUADOR
La Junta Militar de Gobierno,
asumió el poder el, 11
de Julio de l963, derrocando al Doctor Carlos Julio Arosemena
Monroy, gobierno de hecho que fue reemplazado el 29 de Marzo de
1966, en que una coalición de partidos
políticos, luego de una serie de acontecimientos
violentos, entregó todos los poderes del Estado al
señor Clemente Yerovi Indaburu que fuera Ministro de
Agricultura y
muy versado en el aspecto económico. Y financiero.
Reorganizado brevemente el país, el señor
Clemente Yerovi elaboró un estatuto electoral que puso en
vigencia para convocar a elecciones de Diputados que
conformarían una Asamblea Nacional Constituyente, la misma
que se llevó a cabo en el, de Octubre de l966, cuyo
Presidente fue el dirigente conservador, doctor Gonzalo Cordero
Crespo, diputado azuayo quien puso en vigencia el Ordenamiento
Jurídico establecido por la Constitución de 1946
,mientras se redactara y se ponga en vigencia la nueva Carta
Fundamental que debía elaborar dicha Asamblea
Constituyente, que tuvo como característica l
heterogénea conformación política, cuya
sesión inaugural fue el 16 de Noviembre de 1966, en la que
luego de designar las respectivas autoridades de dicho cuerpo
legislativo procedió a la designación de un
Presidente Interino, cuya designación recayó en la
persona del
jurisconsulto guayaquileño Dr. Otto Arosemena
Gómez.
Estructura
2.1 PREÁMBULO
Al darse inicio a la nueva Carta Fundamental, se iniciaron
discusiones de tipo ideológico, político y
doctrinario con respecto a aprobar el preámbulo de la
nueva Constitución, en la que los legisladores de Centro
Derecha pretendían invocar la presencia de Dios en dicho
preámbulo, y los de Centro Izquierda trataban de impedir
que esto suceda. Triunfando la tesis
propuesta por los de Centro-Derecha. Quedando el preámbulo
de la Constitución de 1967 con la siguiente redacción.
"El pueblo del Ecuador, fiel a la tradición
democrática y republicana que inspiró su nacimiento
como Estado, consigna en esta Constitución las normas
fundamentales que amparan a sus habitantes y garantizan su libre
convivencia, bajo un régimen de fraternidad y justicia
social. Para ello invoca la protección de Dios, proclama
su inquebrantable adhesión a la causa de la paz y la
cultura
universales, declara inalienables los fueros de la persona
humana, y condena toda forma de despotismo individual y
colectivo".
2.2 ASPECTOS PRINCIPALES
Empieza citando las formas de Estado y de Gobierno: MANIFIESTA
que la soberanía reside en el pueblo y que es
ejercida por los órganos del poder público, a los
que responsabiliza del fiel cumplimiento de sus normas.
PROCLAMA la igualdad de
los ecuatorianos ante la ley y la
obligación de éstos de sujetarse al orden
jurídico y constitucional, del Estado.
HABLA luego del territorio, del que dice es "" INALIENABLE E
IRREDUCTIBLE", y que comprende el de la Real Audiencia de
Quito,
especifica y detalla minuciosamente la extensión y
circunscripción del territorio estatal ecuatoriano. Mas
adelante pasa a establecer el idioma oficial y los símbolos patrios. Ratifica también
que la capital el
Ecuador es Quito.
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