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La Fiscalía General de la República y el Estado de Derecho



Partes: 1, 2

     

    1. La
      Fiscalía General de la República y el estado de
      derecho
    2. Funciones
      coordinadas
    3. Defender
      los intereses del Estado y de la sociedad
    4. Promover de
      oficio o a petición de parte la acción de la
      justicia en defensa de la legalidad
    5. Dirigir la
      investigación del delito con la colaboración de
      la Policía Nacional civil en la forma que determine la
      ley
    6. Promover la
      acción penal de oficio o a petición de
      parte
    7. Conclusión
    8. Referencias
      bibliográficas

    Introducción

    El Ministerio Fiscal, como
    parte integral del Ministerio Público juega un papel muy
    importante en la vida institucional y democrática de la
    Nación;
    tanto así que una de sus funciones,
    quizá la más trascendental, es defender los
    intereses del Estado y de la
    sociedad.

    En la práctica histórica esa función
    del Ministerio Público, ha sido limitada a defender los
    intereses del gobierno y de los
    gobernantes, bajo la denuncia de existir una ruptura entre los
    intereses de éstos y la ciudadanía (Pueblo)

    En términos generales puede decirse que la
    Fiscalía General de la
    República tiene como carga principal: Garantizar el
    Estado de
    Derecho; bajo la premisa que la Constitución de la República es la
    norma principal y primaria, cuya inobservancia, vuelve nulo al
    Estado de Derecho.

    Otra importancia del Ministerio Público es la carga que
    tiene de sopesar (equilibrar) entre el estricto cumplimiento de
    la norma escrita y las necesidades y exigencias sociales,
    precisamente por su situación de representante de los
    intereses del Estado y de la sociedad.

    El pueblo, del cual emanan todas las funciones
    institucionales, la soberanía y el poder
    público debe y puede subordinar el funcionamiento del
    Ministerio Fiscal, para lo cual es indispensable la
    creación y organización del "Poder Popular" que ya es
    operativo en otros países donde se ha implementado el
    "Socialismo del
    Siglo XXI" como por ejemplo Venezuela.

    La reinvención del Ministerio Fiscal obviamente se debe
    al evidente fracaso de la otrora dominante tendencia conservadora
    neoliberal del derecho, que generó marginación y
    humillación de la población pobre y que a la vez formo toda
    una estructura de
    adoración y pleitesía a los poderosos, bien por ser
    adinerados o por estar en puestos importantes de la administración
    pública, del cual, claro está, aún hay
    remanentes, que paulatinamente irán
    desapareciendo, como el típico caso del Diputado Ciro Cruz
    Cepeda; para dar paso al emergente "Estado Revolucionario de
    Derecho", donde es cierto y efectivo el principio popular, como
    fuente emanadora de las funciones estatales e institucionales,
    donde hay igualdad plena
    y real y las libertades son del pueblo y no de un grupo reducido
    de oligarcas burgueses.

    La
    Fiscalía General de la República y
    el estado de
    derecho

    La Fiscalía General de la República forma parte
    del Ministerio Público, juntamente con la
    Procuraduría General de la República y la
    Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos;
    se trata de tres entidades totalmente diferentes y
    autónomas entre sí.

    Indudablemente que las tres entidades que conforman el
    Ministerio Público son importantes, en virtud de las
    funciones que desarrollan.

    Según el Art. 193 de la Constitución de la
    República, las funciones del Fiscal General de la
    República, son:

    1º Defender los intereses del Estado y de la
    Sociedad;

    2º Promover de oficio o a petición de parte la
    acción
    de la justicia en
    defensa de la legalidad;

    3º Dirigir la
    investigación del delito con la
    colaboración de la Policía Nacional Civil en la
    forma que determine la ley;

    4º Promover la acción penal de oficio o a
    petición de parte;

    5º Defender los intereses fiscales y representar al
    Estado en toda clase de
    juicios y en los contratos sobre
    adquisición de bienes
    inmuebles en general y de los muebles sujetos a
    licitación, y los demás que determine la ley;

    6º Promover el enjuiciamiento y castigo de los indiciados
    por delitos de
    atentados contra las autoridades, y de desacato;

    7º Nombrar comisiones especiales para el cumplimiento de
    sus funciones;

    8º Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar
    denuncias a los Fiscales de la Corte Suprema de Justicia, de las
    Cámaras de Segunda Instancia, de los Tribunales Militares
    y de los tribunales que conocen en primera instancia, y a los
    Fiscales de Hacienda. Iguales atribuciones ejercerá
    respecto de los demás funcionarios y empleados de su
    dependencia;

    Partes: 1, 2

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