Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Introducción al estudio del Derecho (página 2)



Partes: 1, 2

  • 3. JURISPRUDENCIA. Es la
    interpretación que de la ley hacen los tribunales en 5
    tesis ininterrumpidas por alguna en contrario, en el mismo
    sentido y aprobada por la mayoría de los ministros o
    magistrados.

  • 4. DOCTRINA. Son estudios realizados por
    especialistas en la ciencia del derecho con el
    propósito de interpretar, comprender y aplicar
    correctamente el derecho.

=FUENTES
REALES=
Son el cauce o canal por donde se manifiestan las
fuentes formales. (Factores y elementos que determinan el
contenido de las normas
jurídicas).

=FUENTES HISTORICAS= Son los documentos
(inscripciones, papiros, libros, etc.)
que encierran el texto de una
ley o conjunto
de leyes.

JUICIO ENUNCIATIVO.- Se refiere siempre a "lo que
es".

JUICIO NORMATIVO.- Se refiere siempre al "deber
ser".

Clasificación de las normas
jurídicas

Según su ámbito de
validez.

Espacial.

General.

Locales.

Temporal.

Vigencia.

Determinada.

Indeterminada.

Material.

Público.

Privado.

Personal.

Genéricas.

Individualizadas

DERECHO PÚBLICO.- Conjunto de normas
jurídicas que regulan las relaciones del estado, como
ente soberado, con los ciudadanos o con otros estados.

DERECHO PRIVADO.- Conjunto de normas
jurídicas que regulan las relaciones de los particulares
entre sí.

Elementos de
validez de los contratos

1.- Consentimiento.- La manifestación
exterior de la voluntad. (Oral o escrito). (Tácito: el
silencio que guardan las partes o expreso).

2.- Objeto.- Crear, transmitir, modificar,
extinguir derechos y obligaciones.
Es la cosa que el obligado debe dar, hacer o no hacer.

Requisitos:

  • Debe de existir en la naturaleza.

  • Determinado en cuanto a su especie.

  • Debe estar en el comercio.

Si falta alguno de los 2 (consentimiento u objeto), hay
nulidad absoluta, el acto surte provisionalmente los
efectos, los cuales serán destruidos a la fecha de su
celebración retroactivamente.

Características de las Nulidad
Absoluta:

  • Imprescriptible.- No prescribe el derecho a
    demandar por el sólo paso del tiempo.

  • Inconfirmable.- No se perfecciona

  • Puede ser demandada por cualquier
    interesado.

Nulidad Relativa.- Vicios del
consentimiento.

  • a) Error: la falsa apreciación de una
    realidad, o el desconocimiento de ella.

  • b) Dolo: es la maniobra empleada por una
    persona con el propósito de engañar a
    otra.

  • c) Mala fe: la disimulación del error de
    alguno de los contratantes una vez conocido.

  • d) Violencia: física o moral, siendo
    aquélla la que por medio del dolor se coacciona la
    voluntad para que se exteriorice en la celebración del
    acto jurídico, moral amenazas o
    intimidaciones.

  • e) Lesión: cuando alguno de por su
    ignorancia, inexperiencia o miseria se ve obligado a celebrar
    un contrato leonino.

Características de la Nulidad
Relativa.

  • Prescriptible. El derecho a demandar
    prescribe por el solo transcurso del tiempo

  • Confirmable. Se perfecciona por la
    realización de un acto jurídico
    posterior.

  • Sólo puede ser demandada por el
    interesado.

CAPACIDAD DE GOCE.- Actitud para ser sujeto de
derechos (inicia en el nacimiento).

CAPACIDAD DE EJERCICIO.- Actitud para ser sujeto
de derechos y obligaciones (inicia con la mayoría de
edad).

EL ESTADO.- La organización jurídica de una
sociedad
constituida en determinado territorio y bajo un poder de
mando. (Impenetrable e indivisible).

COEIMPERIO o CONDOMINIUM.- dos o más
estados internacionales forman un imperio.

ELEMENTOS DEL ESTADO.-

TERRITORIO.- Espacio geográfico en que
el estado
ejerce su poder. (Aspecto material).

Positivo: Todos los individuos que se
encuentran dentro del estado están sujetos a la autoridad de
él.

Negativo: Ningún poder ajeno puede
ejercer su poder dentro de otro poder.

POBLACIÓN.- Todos los individuos que
están dentro del estado. (Aspecto formal).

PODER.- Toda sociedad organizada necesita de un
poder que la gobierne.

SOBERANIA.- Ningún poder ajeno o
extraño puede ejercer su pode dentro de otro.

Jurisprudencia
técnica

Tiene por objeto (1) la exposición
ordenada y coherente de los preceptos jurídicos que se
hallan en vigor en una época y un lugar determinados y (2)
el estudio de los problemas
relativos a su interpretación y
aplicación.

Ramas de la Jurisprudencia
Técnica.

  • (1) SISTEMATICA
    JURÍDICA.-

Institución: Nucleó de preceptos
que reglamentan relaciones de igual naturaleza.

  • (2) TÉCNICA
    JURÍDICA.-

  • a. Interpretación.-
    Desentrañar el espíritu que guarda la
    Ley.

  • i. Legislativa o autentica. Pronunciada
    por los legisladores.

  • ii. Judicial. A cargo de los tribunales
    en sus diferentes resoluciones judiciales.

  • iii. Doctrinal. A cargo de los
    especialistas en ciencia del derecho.

  • iv. Privada. A cargo de los
    particulares.

  • i. Prohibida en materia
    Penal.

  • ii. Permitida en materia
    Civil.

  • c. Retroactividad.- Aplicar una norma
    jurídica a un caso ocurrido con posterioridad.

  • i. A ninguna Ley se le dará efecto
    retroactivo en perjuicio de persona alguna.

  • i. Tiempo.- Se refiere a la
    retroactividad.

  • ii. Espacio. La pluralidad de
    legislaciones.

  • e. Vigencia. El estado considera
    obligatorio iniciar.

EL STATUS DEL INDIVIDUO ESTA
CONFORMADO POR LOS DERECHOS DE:

Petición. Libertad.
Acción.
Políticos.

EL DERECHO DE PETICIÓN permite a las
personas dirigirse a los poderes públicos, tanto a los
órganos parlamentarios como a los gobiernos, con una
petición cuyo contenido puede ser muy diverso.

Hechos y actos
jurídicos

HECHOS NATURALES.- No interviene la voluntad del
hombre, sin
embargo ocasiona consecuencias de derecho.

HECHOS DEL HOMBRE.- Si interviene la voluntad del
hombre y ocasiona consecuencias de derecho.

ACTO JURÍDICO.- Manifestación de la
voluntad.

HECHO JURÍDICO.- Es la denominación
tradicional, es preferible dejar la denominación
tradicional por la de SUPUESTO JURÍDICO.

SUPUESTO JURÍDICO.- Es la hipótesis de cuya realización
depende el cumplimiento por la norma.

HIPÓTESIS.

DISPOSICIÓN.

División de los supuestos
jurídicos.

-Simples.- Sólo tiene una
hipótesis. (Homicidio
simple).

Complejos.- Está conformado por
más de una hipótesis. (Homicidio
calificado).

De eficacia:

-Inmediata. Surten efectos en el momento mismo de
su realización (Enajenación).

-Diferida. Surten sus efectos momento a momento
(Enajenación a plazos).

-Dependientes. Para su eficacia necesita estar
unido a otro supuesto jurídico.

Independientes. Vale por si solo sin necesidad
de hallarse unido a otro supuesto jurídico.

Compatible. Son compatibles entre sí,
cuando al realizarse suman consecuencias o producen otros
nuevos.

Incompatibles. Al enlazarse con él,
aniquila sus efectos.

FILOSOFÍA. General (El descubrimiento. (El
problema absoluto y el absoluto problema).

CIENCIA. Fragmenta ( Las bases
piramidales.

DERECHO DE ACCIÓN: se define como la
facultad de pedir de los órganos jurisdiccionales la
aplicación de las normas jurídicas a casos
concretos ya sea con el propósito de esclarecer una
situación dudosa, o con el fin de aclarar la existencia de
una obligación y en ese caso hacerla efectiva.

SANCIÓN: Consecuencia jurídica que
el incumplimiento de un deber produce en relación con el
obligado.

Clasificación de las sanciones:

  • 1. Cumplimiento +
    indemnización.

  • 2. Cumplimiento + castigo.

  • 3. Indemnización + castigo

  • 4. Cumplimiento + indemnización +
    castigo.

COACCIÓN: Es la aplicación forzada
de la sanción. Cuando un juez dicta sentencia, condenando
a una persona a que
pague voluntariamente con el fallo, tiene el actor derecho a
pedir que la sanción se imponga por la fuerza.

Método
exegético (
escuela exegética)

La interpretación de la ley consiste en
interpretar exclusivamente la voluntad del legislador, para
determinar lo que quiso decir (búsqueda del pensamiento
del autor de la ley), tomando en consideración las
necesidades del momento en que la aplicación de
la

Ley ha de realizarse.Para encontrar la
verdadera voluntad del legislador el intérprete debe
auxiliarse de los

siguientes medios:1.
Examen de los trabajos preparatorios, exposiciones de motivos,
diario de debates parlamentarios.2. Análisis de la tradición
histórica y de la costumbre con el fin de conocer las
condiciones que prevalecían en la época en que la
ley fue expedida.CRITICA A LA ESCUELA
EXEGETICA.- (Peniche Bolio):
Los exegetas no pueden superar el
problema que con frecuencia se presenta de dos disposiciones
legales contemporáneas que ofrecen una
contradicción irreductible. Estos problemas no pueden ser
superados a través de "descubrir la voluntad del
legislador", pues la contradicción de las disposiciones
legales conduce a la destrucción
recíproca.

 

 

 

 

 

Autor:

Salomón Gutiérrez
Barajas

Prof. Jesús Francisco Ramírez
Estrada

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter