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Justicia pronta, expedita y para todos, a través de la ciberjusticia



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    Justicia que no es pronta y expedita no
    es justicia.

    El artículo 17 de la Constitución Política de los
    Estados Unidos
    Mexicanos, respecto a la forma en que se debe impartir justicia
    en México,
    dispone: "Toda persona tiene
    derecho a que se le administre justicia por tribunales que
    estarán expeditos para impartirla en los plazos y
    términos que fijen las leyes, emitiendo
    sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial
    .",
    sin embargo este postulado en la práctica, en la vida
    real, ha sido, es y será tal vez por mucho tiempo una
    utopía.

    El sentir generalizado de la ciudadanía, es que no existe una justicia
    pronta (rápida) y expedita (libre de todo estorbo), y que
    sea accesible a todos, lo que se ha constituido en un factor que
    obstaculiza el desarrollo del
    país; para nadie es un secreto que la lentitud de la
    impartición y procuración de justicia, con su
    resultante rezago, es un mal presente y constante, al que se le
    debe encontrar una solución.

    La administración de justicia en sus dos
    aspectos, procuración e impartición, es un servicio
    público que el Estado
    está obligado a prestar en beneficio de todos y cada uno
    de los integrantes de la sociedad,
    servicio que debe ser de calidad, eficaz y
    eficiente.

    A pesar de este deber constitucional, no se cuenta con
    datos
    estadísticos reales y completos que evidencien la
    situación de la
    administración de justicia, sin embargo con la escaza
    información disponible en la red electrónica y con la experiencia en esta
    materia, se
    puede afirmar que este servicio público es deficiente e
    incapaz de convertir en derecho positivo
    la encomienda constitucional de una justicia pronta, expedita y
    para todos.

    Por tal motivo el Estado debe
    realizar una serie de cambios para alcanzar los axiomas antes
    señalados, no basta la creación de más
    tribunales y juzgados, tal y como el Poder Judicial de
    la Federación lo ha venido haciendo desde hace ya algunos
    años, lo que sin duda ha permitido una distribución más eficiente de la
    carga de trabajo, a
    pesar de esto, la congestión existente es evidente,
    así tenemos por ejemplo, que un juicio de amparo,
    sigue tardando más de seis meses en ser resuelto, o bien
    un juicio civil del fuero común en primera instancia puede
    durar más de dos o tres años en ver dictada la
    sentencia, en perjuicio de la celeridad procesal que es
    garantía de seguridad
    jurídica, por lo que también es imprescindible
    simplificar y concentrar los procedimientos a
    través de la oralidad y la cibernética, esto es, la
    organización judicial requiere también
    funcionar de manera eficiente, utilizando los métodos y
    las tecnologías más recientes (informática).

    La implantación de las redes de comunicación ligadas a la potencialidad de
    los instrumentos para almacenar, gestionar y transmitir
    información está originando una rápida
    transformación de los tradicionales modos de organización social y económica, lo
    que tiene su impacto en los estilos de vida y los patrones de
    convivencia. Las administraciones públicas no quedan al
    margen de estas transformaciones. La administración de justicia, en tanto
    servicio público, tampoco.

    Los sectores que comprendieron primero la potencialidad
    de este proceso fueron
    los sectores financieros privados y, paulatinamente, ello ha
    impactado en todo el sistema
    económico –productivo y de servicios
    hasta llegar al ámbito de lo público: la
    administración y los servicios
    públicos.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación,
    ha realizado diversos foros proponiendo una reforma judicial,
    como es el caso de la Consulta Nacional sobre una Reforma
    Integral y Coherente del Sistema de Impartición de
    Justicia en el Estado Mexicano, consultable en:

    —————————————————————-http://www.scjn.gob.mx/PortalSCJN/RecJur/ReformaJudicial1/LibroBlancoReformaJudicial/33Acciones.htm,
    sin embargo, de la lectura de
    los resultados obtenidos con dicha consulta, no se observa una
    propuesta decidida hacia la ciberjusticia, solo encontramos una
    ligera insinuación para la utilización de las
    nuevas
    tecnologías, así tenemos que de los aspectos
    conclusivos y relevantes de la consulta de mérito, se
    observan tres ejes rectores que son:

    La reforma del amparo como
    una condición previa y necesaria, pero no suficiente, para
    mejorar sustantivamente la impartición de justicia del
    país, pues ésta es la institución que
    articula y da congruencia al conjunto del sistema. El
    fortalecimiento de los poderes judiciales de las entidades
    federativas
    , pues ellos son los responsables de dar respuesta
    a la mayor parte de la demanda de
    impartición de justicia del país.

    La reforma de la justicia penal que
    atraviesa por una crisis
    profunda y que requiere de una revisión integral orientada
    por una aplicación efectiva de los principios de
    presunción de inocencia, contradicción,
    concentración, inmediación, y un equilibrio
    procesal adecuado entre defensa, acusación y
    víctimas. De los tres ejes se desprenden 33 acciones, de
    las cuales solo se mencionan aquellas que pudieran servir de
    sustento al uso de las nuevas tecnologías de la
    información.

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