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Sistemas Presupuestarios (Contabilidad Pública)




Enviado por Omar Horacio Ojeda



Partes: 1, 2


    1. Instancias de los recursos

    2. Etapas de compromiso, devengado y pagado en lo relativo a
      gastos

    3. Resumen

    4. Bibliografía utilizada

    Sistemas
    presupuestarios Clásicos

    El presupuesto, como
    instrumento financiero del estado, pasa
    por tres etapas sucesivas:

    • a) Preventiva: Comprende las instancias de:

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    • b) Ejecutiva: Lleva a cabo las previsiones contenidas
      en el presupuesto a través de las siguientes
      acciones:

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    • c) Etapa Critica: Involucra el examen de las cuentas
      formuladas por el poder ejecutivo y en ella se demuestra de
      qué manera ha sido ejecutado el presupuesto.

    La ley 24.629 en el
    primer párrafo
    de su artículo 2o dispone:

    ARTICULO 2º.- El Poder
    Ejecutivo Nacional deberá, en el marco de lo
    establecido en el artículo 101 de la Constitución Nacional, presentar al
    Congreso de la Nación
    en forma trimestral y dentro de los treinta (30) días de
    vencido el trimestre respectivo, estados demostrativos de la
    ejecución del presupuesto general de la
    administración nacional, siguiendo las clasificaciones
    y niveles de autorizaciones incluidos en la ley de presupuesto,
    exponiendo los créditos originales y sus modificaciones,
    explicitando la
    motivación de los desvíos y los avances
    logrados en los aspectos mencionados en esta ley.

    La etapa ejecutiva esta formada por un conjunto de procedimientos
    administrativo-financieros aplicados por el Estado para
    la realización de los gastos y la
    percepción de los recursos.

    Los recursos pasan en su ejecución por varias
    instancias:

    • Fijación,

    • Exacción y,

    • Ingreso al Tesoro.

    Los gastos también tienen varias instancias, a
    saber:

    • Compromiso en curso de formación,

    • El compromiso contraído,

    • Reconocimiento y liquidación,

    • Ordenamiento de Pago y,

    • El pago.

    Desde este punto de vista ejecutivo los sistemas
    presupuestarios se clasifican en dos grupos:

    • SISTEMA PRESUPUESTARIO DE CAJA

    • SISTEMA PRESUPUESTARIO DE COMPETENCIA

    Luego explicaremos ambos sistemas, pero antes es necesario
    tratar 2 temas que nos permitirán entender claramente que
    implica un presupuesto de caja y de competencia.

    Instancias de los
    recursos

    Es importante decir que las siguientes instancias en todos los
    casos deben presentarse, pero no necesariamente deben hacerlo en
    el mismo orden señalado, puede haber transcripciones
    completas, y su orden relativo depende de cada tipo de entrada
    pública.

    • FIJACION: es la operación pública practicada
      por autoridad publica competente con sujeción a las
      normas de procedimiento aplicables con el propósito
      de:

    • a) individualizar el deudor del Estado;

    • b) verificar el crédito a favor del Estado;
      y

    • c) liquidar el importe que por medio de la
      exacción el contribuyente o usuario debe ingresar a la
      oficina recaudadora pertinente.

    La finalidad de ésta fase es determinar con
    precisión el derecho del Estado a exigir un ingreso de
    fondos al tesoro. Su objeto práctico es delimitar los
    elementos de la obligación tributaria –sujeto
    pasivo, monto de lo adeudado, fecha de vencimiento
    – a fin de librar el instrumento ejecutivo contra el
    deudor.

    Es precoso insistir en las diferencia existentes entre el
    proceso de
    cálculo
    de los recursos por medio del balance financiero preventivo, y la
    fijación de las entradas como etapa ejecutiva posterior,
    tendiente a determinar el crédito
    del Estado.

    El cálculo de recursos pertenece a la esfera de la
    contabilidad
    preventiva y la citada fijación a la contabilidad
    ejecutiva. El primero representa una mera estimación
    elaborada sobre la base de datos
    estadísticos, la experiencia, la observación de los hechos y la
    situación económica general; sirve para establecer
    preventivamente el importe presunto a recaudar en ese
    período, su objetivo es
    contribuir al equilibrio
    presupuestario.

    El propósito del cálculo de recursos es
    simplemente financiero, sin relevancia jurídica. En
    cambio, el de
    la fijación de las entradas es predominantemente
    jurídico, pues tiende a determinar el derecho creditorio
    del Estado y a definir los elementos de la llamada
    relación jurídico tributaria
    , que es de
    naturaleza
    obligatoria. La fijación de las entradas tiene pleno
    efectos jurídicos y obliga tanto a la administración como a los administrados que
    ésta operación identifica. El calculo de recursos
    no es fuente de derechos y obligaciones,
    en tanto que la fijación de las entradas es fuente de
    relaciones jurídicas entre un sujeto de derecho
    público y otro de derecho privado.

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