EL EQUIPO DE TRABAJO,
DEDICA EL PRESENTE TRABAJO A NUESTROS SERES MAS
QUERIDOS.
INTRODUCCIÓN
El Tribunal Constitucional cumple una función de
suma importancia en nuestro país. Es innegable que estamos
ante una institución pública que funciona bien y
que goza del reconocimiento mayoritario de la ciudadanía. Una primera
constatación, entonces, es que más allá de
los discursos y de
las discrepancias que podamos formular en relación con
ciertos fallos, en términos generales, el Tribunal
Constitucional en nuestro país viene cumpliendo una
función de defensa y protección efectiva de los
derechos
constitucionales de los ciudadanos. Esto no es poca cosa, si
tenemos en cuenta que hace menos de diez años salimos de
una situación de caos político después de la
huída de Fujimori de nuestro país, y después
de un periodo signado por la sistemática violación
de los derechos de la población, sobre todo en relación a
la población rural. Si revisamos los fallos del Tribunal
Constitucional de un tiempo a esta
parte, advertiremos rápidamente un conjunto de sentencias
que protegen y tutelan derechos constitucionales de la
población. Contra el despido arbitrario, sobre el
auxilio judicial para personas de escasos recursos, contra
las ordenanzas municipales que establecen arbitrios
públicos, contra las ordenanzas de la Municipalidad de
Huarochirí que autorizaron el ingreso a Lima de combis,
buses camión, acceso a la información pública, medicinas para
enfermos del sida,
sanción penal por dilación judicial, cierre de
discotecas, ley de medio
pasaje, atención de niños y
gestantes por contaminación en la Oroya, secretismo
judicial y control
ciudadano, Ordenanzas Regionales que declaran patrimonio
cultural a la hoja de coca y otros. También tenemos
otras sentencias que reconocen nuevos derechos fundamentales como
la objeción de conciencia, el
derecho a la verdad y más.
Esta labor del Tribunal Constitucional no pasa desapercibida por
el grueso de la población. Prueba de ello es el respaldo
ciudadano que poco a poco viene ganando el Tribunal
Constitucional como órgano de defensa y protección
de los derechos constitucionales. Ello es significativo en un
país como el nuestro, donde el escepticismo ciudadano es
un deporte nacional,
sobre todo si se trata de instituciones
públicas muy trascendentales como el Congreso, la
Policía y otras.
Si tenemos en cuenta que a través de los procesos
constitucionales, cualquier persona puede
quejarse y solicitar la tutela de sus
derechos fundamentales a través de los jueces ordinarios
y, en recurso extraordinario, ante el Tribunal Constitucional,
podemos concluir que estos procesos, en los hechos, están
convirtiendo a los ciudadanos en guardianes del la ley
fundamental y de los derechos ciudadanos reconocidos por la
constitución material y formal. Si bien es
cierto que sin garantías jurídicas no hay
Constitución propiamente dicha; podemos concluir
también que sin un tribunal Constitucional íntegro
y cumplidos no hay garantías constitucionales que
valgan.
La gran mayoría de los ciudadanos no entiende mucho de los
tecnicismos jurídicos del texto
constitucional, por ello el Tribunal Constitucional con el
renombre que viene alcanzando y con la eficacia de sus
resoluciones es la llamada ha hacer entender a la
ciudadanía que el respeto a la
Constitución nos diferencia de los regímenes
autoritarios y dictatoriales y nos protege contra la autocracia
pasada o futura.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO
I.-CONCEPTO
El Tribunal o Corte Constitucional es aquel
órgano especializado que tiene a su cargo, principalmente,
hacer efectiva la primacía de la Constitución.
Tiene la atribución de revisar la adecuación de las
leyes, y
eventualmente de los proyectos de ley
y los decretos del poder
ejecutivo, a la Constitución, realizando un examen de
constitucionalidad de tales actos.
De acuerdo al modelo
kelseniano, el Tribunal Constitucional actúa como un
legislador negativo, pues carece de la facultad de crear leyes
pero, pero en el caso de que entienda que una de las promulgadas
vulnera lo dispuesto en la Constitución, tiene poder para
expulsarla del ordenamiento jurídico, derogándola
total o parcialmente.
Teorías más recientes, sostienen que la
tarea del Tribunal Constitucional es ejercer una función
jurisdiccional, resolviendo conflictos de
carácter constitucional, que puede incluye
la revisión de la actuación del poder
legislativo, la protección de los derechos
fundamentales y la distribución de competencias
entre los poderes constituidos.
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