- Violación
sexual - Signos
médicos legales de la violación - Atentados
contra el pudor - Conclusiones
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- Glosario
- Bibliografia
INTRODUCCIÓN
El avance del derecho nos ha llevado a estudiar y a comprender
una rama más sencilla que es la Medicina
Legal.
Esta rama del Derecho se desenvuelve en amplitud en todo lo
referido a la comprobación de los delitos con
sustento médico, pero nosotros trataremos como punto en
nuestro trabajo la
VIOLENCIA
SEXUAL, entendiéndose como la violencia que se hace ante
una persona para
abusar de ella en contra su voluntad, abarcando además los
procesos a
seguirse para la identificación de la violación
sexual, hecho que le compete al Médico Legal, mediante lo
que se denomina el Peritaje
Legal.
Además de mencionar las consecuencias que puede traer
hacia una persona la violación sexual, sobre todo las
psicológicas.
Estamos seguros que esta
obra será sumamente útil y confiamos en que en ella
los motive a seguir profundizando en el mismo porque nos preocupa
y estamos comprometidos con:
La defensa de la integridad física, de la dignidad
de la persona y el respeto a sus derechos fundamentales.La investigación científica sobre las causas
de lesiones físicas y maltratos psíquicos y la
aplicación de los conocimientos médicos y
legales para esclarecer situaciones con incidencia en el
ámbito judicial.
De otro lado, la Medicina Legal
constituye un apoyo importante, por ejemplo para determinar si
efectivamente fue una violación sexual o sexo
consentido, basándose en la
investigación ocular, de laboratorio;
con el transcurrir del tiempo y
gracias al avance científico, la Criminalística cuenta hoy con métodos
sofisticados que le permiten determinar con certeza la identidad del
autor de la violación como es el caso de la prueba del
ADN.
Finalmente, la ciencia y
la tecnología a emplear se encuentran en un
proceso
dinámico de avance, toda vez que los perpetradores
utilizan técnicas
para evitar ser identificados, lo que podría conllevar a
la impunidad del
delito
cometido.
CAPITULO I:
VIOLACIÓN
SEXUAL
I. ANTECEDENTES DE LA VIOLACIÓN
El delito de violación surgiría cuando al
desaparecer la promiscuidad social y ser sustituida por la libido
en los albores de la humanidad, el hombre como
sujeto poseyera a la mujer
violentamente contra su voluntad.
En la mayor parte del mundo. La historia legislativa del
delito de violación revela que sus sanciones se han
caracterizado por su rigor.
En el derecho canónico, únicamente se
consideró el "struprum violentum" (estupro violento), para
el caso en que se realizara el desfloramiento y se obtuviera
ésta en contra de la voluntad de la mujer, no
obstante, se estipulaba que en la mujer ya desflorada no se
podía cometer el delito en cuanto a las penalidades
canónicas que eran las prescritas para la
fornicación, no se sintió la necesidad de su
aplicación para reprimirse la violación por los
tribunales laicos con la pena de
muerte.
En nuestro país, durante la época
prehispánica, encontramos al delito en estudio, sancionado
en el Imperio Inca, castigándolo con la pena de muerte en la
horca. Es muy importante recordar que entre nuestros pueblos
prehispánicos, a la mujer se le respetaba en gran forma,
además de penalizar de manera muy severa a este
ilícito, por lo cual no existía el índice de
violaciones como en nuestros días.
Durante la época colonial, debemos hacer memoria que se
aplicaron algunas de las leyes que
regían en España,
por consiguiente, tenemos en Perú colonial las leyes de
Indias, entre otras así como las anteriormente
señaladas, El Fuero Real, el Fuero Juzgo y las Siete
Partidas.
En los Códigos Penales modernos, sin que la
infracción haya perdido su acento de máxima
gravedad dentro de los delitos
sexuales, se ha abandonado la penalidad de muerte para los
casos de violación en sí mismos considerados, sin
perjuicio de extremar las sanciones, mediante agravaciones
especiales o por acumulación, cuando con ella coinciden
otros eventos
delictuosos, como los de contagio venéreo, asalto,
incesto, lesiones y homicidio.
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