1. Introducción
  2. Impuesto sobre la renta
  3. Ley de I.S.L.R.
  4. Ley de Impuesto sobre la renta. Sesenta años de existencia
  5. Principios
  6. ¿Cuáles son los Sujetos Pasivos del Impuesto Sobre la Renta?
  7. ¿Quiénes Están Obligados a Declarar?
  8. Beneficios o incentivos fiscales
  9. El Impuesto sobre la Renta
  10. Casos Prácticos
  11. Conclusión
  12. Bibliografía

INTRODUCCIÓN

El sistema tributario venezolano ha ido evolucionando y madurando paulatinamente, para así lograr la integración entre las características de los tributos que lo conforman y las particularidades y necesidades económicas del país. Es por ello, que las disposiciones legales que regulan los tributos que conforman el sistema tributario venezolano, han sido modificadas y reformadas en la medida que las condiciones económicas de Venezuela lo ameriten, como consecuencia de hacer frente a las necesidades públicas, que son aquéllas que nacen de la vida colectiva y se satisfacen o se intentan satisfacer mediante la actuación del Estado, tales como: defensa y resguardo de la soberanía del país, salud, educación, crecimiento, desarrollo, etc. con el fin último de lograr el beneficio colectivo.

Uno de los tributos que ha sido objeto de diversas modificaciones, es el Impuesto sobre la Renta, cuyo objetivo es gravar la renta o el enriquecimiento percibido por los contribuyentes, con ocasión de las diversas actividades que estos puedan ejercer.

En líneas generales, Venezuela aplica el principio fiscal de la territorialidad, es decir, que las actividades económicas que se desarrollan en su espacio generan impuestos, sin que por ello estas operaciones den lugar a doble tributación. En esta línea, Venezuela tiene firmados convenios para evitar la doble tributación con la mayoría de los países con los que mantiene buenas relaciones económicas (Italia, Francia, Holanda, Bélgica y Suecia; en negociación con Estados Unidos, Polonia, España, Barbados, Canadá y Portugal). Además, no existen restricciones en cuanto a la repatriación de la utilidades o ganancias netas producto de la inversión ni hay obligación de reinvertir las mismas en el territorio nacional.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

COMPETENCIA DEL PODER PÚBLICO NACIONAL

Artículo 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional:

Ordinal 12: La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.

¿A qué y a Quién?

LEY DE I.S.L.R.

Artículo 1°. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley.

Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley

Ventajas del I.S.L.R.:

1.- es un impuesto productivo : produce un alto rendimiento

2.- el aumento de su alícuota puede aumentar sus ingresos sin la necesidad de crear nuevos gravámenes

3.- adaptación a los objetivos de justicia social:

deducciones personales

progresividad

discriminación de la fuente de ingreso

Dificultades:

1.- obstaculiza el ahorro y la capitalización: mas produce mas paga


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