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Impuesto sobre la Renta



Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Impuesto sobre la
      renta
    3. Ley de I.S.L.R.
    4. Ley de
      Impuesto sobre la renta. Sesenta años de
      existencia
    5. ¿Cuáles son
      los Sujetos Pasivos del Impuesto Sobre la Renta?
    6. ¿Quiénes
      Están Obligados a Declarar?
    7. Beneficios o
      incentivos fiscales
    8. El Impuesto
      sobre la Renta
    9. Casos
      Prácticos
    10. Conclusión
    11. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    El sistema
    tributario venezolano ha ido evolucionando y madurando
    paulatinamente, para así lograr la integración entre las
    características de los tributos que
    lo conforman y las particularidades y necesidades
    económicas del país. Es por ello, que las
    disposiciones legales que regulan los tributos que conforman el
    sistema
    tributario venezolano, han sido modificadas y reformadas en la
    medida que las condiciones económicas de Venezuela lo
    ameriten, como consecuencia de hacer frente a las necesidades
    públicas, que son aquéllas que nacen de la vida
    colectiva y se satisfacen o se intentan satisfacer mediante la
    actuación del Estado, tales
    como: defensa y resguardo de la soberanía del país, salud, educación,
    crecimiento, desarrollo,
    etc. con el fin último de lograr el beneficio
    colectivo.

    Uno de los tributos que ha sido objeto de
    diversas modificaciones, es el Impuesto sobre la
    Renta, cuyo objetivo es
    gravar la renta o el enriquecimiento percibido por los
    contribuyentes, con ocasión de las diversas actividades
    que estos puedan ejercer.

    En líneas generales, Venezuela aplica el
    principio fiscal de la
    territorialidad, es decir, que las actividades económicas
    que se desarrollan en su espacio generan impuestos, sin
    que por ello estas operaciones den
    lugar a doble tributación. En esta línea, Venezuela
    tiene firmados convenios para evitar la doble tributación
    con la mayoría de los países con los que mantiene
    buenas relaciones económicas (Italia, Francia,
    Holanda, Bélgica y Suecia; en negociación con Estados Unidos,
    Polonia, España,
    Barbados, Canadá y Portugal). Además, no existen
    restricciones en cuanto a la repatriación de la utilidades
    o ganancias netas producto de la
    inversión ni hay obligación de
    reinvertir las mismas en el territorio nacional.

    IMPUESTO SOBRE LA
    RENTA

    COMPETENCIA DEL PODER
    PÚBLICO NACIONAL

    Artículo 156. Es de la competencia del
    Poder Público Nacional:

    Ordinal 12: La creación, organización, recaudación, administración y control de los
    impuestos sobre la renta, sobre sucesiones,
    donaciones y demás ramos conexos, el capital, la
    producción, el valor
    agregado, los hidrocarburos
    y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y
    servicios; de
    los impuestos que recaigan sobre el consumo de
    licores, alcoholes y
    demás especies alcohólicas, cigarrillos y
    demás manufacturas del tabaco; y de los
    demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los
    Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.

    ¿A qué y a Quién?

    LEY DE
    I.S.L.R.

    Artículo 1°. Los enriquecimientos
    anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en
    especie, causarán impuestos según las normas
    establecidas en esta ley.

    Salvo disposición en contrario de la
    presente ley, toda persona natural o
    jurídica, residente o domiciliada en Venezuela,
    pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea
    que la causa o la fuente de ingresos
    esté situada dentro del país o fuera de él.
    Las personas naturales o jurídicas no residentes o no
    domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto
    establecido en esta Ley

    Ventajas del I.S.L.R.:

    1.- es un impuesto productivo : produce un alto
    rendimiento

    2.- el aumento de su alícuota puede
    aumentar sus ingresos sin la necesidad de crear nuevos
    gravámenes

    3.- adaptación a los objetivos de
    justicia
    social:

    deducciones personales

    progresividad

    discriminación de la fuente de ingreso

    Dificultades:

    1.- obstaculiza el ahorro y la
    capitalización: mas produce mas paga

    Partes: 1, 2

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